股份公司76.365.836-8

Leng SpA

MODIFICACIÓN — 2023年3月31日

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公司信息

SpA
管理方式: Indistinta conjunta o separada por dos administradores

股东(2)

姓名持股比例

HERNAN JOAQUIN LENG ELORZA

Accionista

4.xxx.xxx-8

-

MACARENA LIZ LENG ASTETE

Accionista

17.xxx.xxx-8

-

管理人(2)

HERNÁN JOAQUÍN LENG ELORZA

4.xxx.xxx-8Administrador

MACARENA LIZ LENG ASTETE

17.xxx.xxx-8Administrador

摘要官方正文

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en calle La Concepción número 65, piso 2, Comuna de Providencia, certifica, que por escritura pública de fecha 21 de marzo de 2023, repertorio N°9.310-2023, ante mí: HERNAN JOAQUIN LENG ELORZA y MACARENA LIZ LENG ASTETE en calidad de accionistas de la Sociedad, lo que fue acreditado teniendo a la vista el Libro de Registro de Accionistas, modificó los Estatutos de la sociedad LENG SpA. siguientes sentidos: 1) Modificar el nombre de fantasía “POLYCAU”, reemplazando el ARTÍCULO PRIMERO de los Estatutos por el siguiente: “La razón social de la sociedad será “LENG SpA” pudiendo utilizar el nombre de fantasía “POLICAU SpA” 2) Modificar la administración de la sociedad sustituyendo exclusivamente en lo concerniente a las personas que detentarán la calidad de administrador, representante judicial, extrajudicial y el uso de la razón social de la sociedad LENG SpA, conservando la totalidad de las facultades allí otorgadas. Así se incorpora como administradora a MACARENA LIZ LENG ASTETE quien, indistintamente en forma conjunta o separada podrá ejercer la administración con su actual administrador, HERNÁN JOAQUÍN LENG ELORZA. Por tanto, el tenor de su nuevo y actual artículo décimo séptimo es el siguiente: “ARTÍCULO DECIMO SÉPTIMO: UNO) La administración, representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá, indistintamente, en forma conjunta o separada a don HERNÁN JOAQUÍN LENG ELORZA cédula nacional de identidad número cuatro millones doscientos veintinueve mil ochocientos cuarenta y seis guion ocho y/o a doña MACARENA LIZ LENG ASTETE, cédula nacional de identidad número diecisiete millones doscientos sesenta y cinco mil ciento sesenta y cinco guion ocho, quienes podrán delegar la facultad de administrar total o parcialmente en uno o más mandatarios o en un gerente general. Los administradores señalados representarán indistintamente a la sociedad ante toda clase de personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, con las más amplias facultades, pudiendo ejecutar o celebrar cualquier acto o contrato y, en particular y sin que la presente enumeración sea taxativa, lo siguiente; a) vender y comprar, permutar, adquirir y enajenar a cualquier título, toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales; b) dar y tomar bienes muebles o inmuebles en arrendamiento y alterar su forma; c) contratar con bancos comerciales, el Banco del Estado de Chile e instituciones de crédito o financieras, toda clase de operaciones bancarias, en particular cuentas corrientes, de depósito o de crédito, operar en ellas mediante giros, transferencias, cargos, abonos, órdenes de pago o no pago o cualesquiera otros medios de operación, pudiendo al efecto girar, sobregirar, cobrar, cancelar, endosar, revalidar y protestar cheques, retirar impugnar talonarios de saldos, efectuar cheques, depósitos reconocer e de dinero a la vista, a plazo, condicionales o de cualquiera otra clase y retirarlos; d) contratar operaciones de cambio; e) celebrar como acreedor o deudor y con cualesquiera persona operaciones de crédito de dinero, con o sin garantía o reajuste, ya sea en forma de préstamo o mutuo, pagaré, descuento, depósito, avance contra aceptación de letras de cambio, apertura de créditos o de cualquiera otra forma, incluso abrir acreditivos en moneda extranjera, todo ello por medio de créditos simples, rotativos, documentarios y otros; f) tomar boletas de garantía; g) suscribir, girar, aceptar, cobrar, cancelar, protestar, reaceptar y endosar letras de cambio, pagarés, cheques, conocimientos de embarque y demás documentos a la orden o al portador; h) operar con toda clase de papeles o efectos de comercio, sean nominativos a la orden o al portador y negociarlos; i) endosar en dominio, cobranza o garantía toda clase de documentos endosables; j ) aceptar y constituir toda clase de prendas ordinarias o especiales e hipotecas, con o sin cláusula de garantía general hipotecaria o prendaria, e incluso para garantizar operaciones futuras de la sociedad; k) alzar y posponer las garantías referidas en la letra anterior u otras garantías de distinta naturaleza; l) renunciar y reconocer acciones y deudas; m) cobrar y percibir todo lo que por cualquier motivo pertenezca o se adeude a la sociedad; n) depositar valores en custodia, en garantía y retirarlos, arrendar y hacer uso de cajas de seguridad; ñ) reconocer o compensar deudas judicial o extrajudicialmente; o) celebrar contratos de trabajo, de arrendamiento de servicios, y otorgar finiquitos y cancelaciones; p) efectuar y aceptar cesiones de derechos; q) celebrar o pactar contratos de seguro, igualas, transporte, comodato, promesas de contrato- , depósitos, contratos de construcción, de confección de obra material, mueble o inmueble, de arrendamiento de servicios inmateriales, sean maquilas, licencias, de fabricación o de cualesquiera otra denominación, de leasing, depósito warrants, cuenta corriente mercantil, trabajo; r) celebrar transacciones y novaciones; s) comprometer; t) constituir o adquirir sociedades de cualquier naturaleza o clase, asociaciones o cuentas en participación, consorcios o joint ventures, modificarlas y ponerles término; u) modificar, resolver, terminar, resciliar, anular, prorrogar, revocar, anular, rescindir y dejar sin efecto todo acto o contrato o convención, y estipular en ellos las cantidades, plazos, intereses, formas de pago, reajustes, atribuciones y los demás elementos de la esencia, naturaleza o accidentales; v) representar a la sociedad con las más amplias facultades y sin limitación alguna ante toda clase de personas, sociedades, civiles o comerciales, comunidades, cooperativas y otras entidades, organismos o personas en que la sociedad forme parte, ejerciendo todos los derechos que le correspondan, incluso los de voz y voto; w) cobrar dividendos, concurrir a juntas ordinarias y extraordinarias, e incorporar a la sociedad a dichas entidades; x) representar a la sociedad sin limitación alguna en todas las diligencias bancarias, tributarias, fiscales, aduaneros, mercantiles, civiles, laborales, previsionales, sanitarias, de salud, comercio exterior, en particular importaciones y exportaciones, compra y venta de divisas, de cambios internacionales, administrativas, gremiales o de cualquiera otra índole; y) retirar toda clase de correspondencia de correos y telégrafos de Chile y del extranjero, encomiendas, giros postales y telegráficos, conferir poderes generales o especiales y revocarlos; y en general, z) celebrar cualquier otro acto, contrato, pacto o convención.”. Santiago, 21 de marzo de 2023.

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