Inversiones Flotom Limitada
税务信息(SII)
实体类型
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
公司子类型
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
开始经营
SII 未报告开始经营日期
经济活动
SII 中没有登记的经济活动
盖章文件
SII 中没有登记的盖章文件
Diario Oficial
公司信息
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Carola Andrea Díaz Cruzat Socio 10.xxx.xxx-2 | 10.xxx.xxx-2 | - | - |
Socio 18.xxx.xxx-5 | 18.xxx.xxx-5 | - | - |
管理人(2)
摘要官方正文
HERNÁN CUADRA GAZMURI, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos N° 1.160, oficinas N° 101 y N° 102, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 26/05/2017, ante mí, doña CAROLA ANDREA DÍAZ CRUZAT, cédula de identidad N° 10.735.483-2 y doña F LORENCIA KELLY DÍAZ, cédula de identidad N° 18.642.070-5, ambas domiciliadas en Ave nida General San Martín N° 13.240, comuna de Colina, Región Metropolitana, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada denominada INVERSIONES FLOTOM LIMITADA, en adelante “la Sociedad”, inscrita a fojas 22.227 N° 16.170 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2005. Los socios acordaron modificar la cláusula décima y la cláusula décimo segunda del Estatuto de la sociedad, reemplazándolas al efecto por las siguientes: “CLAUSULA DÉCIMA: La sociedad no se disolverá en caso de fallecimiento de alguno de los socios, pero su sucesión deberá designar, dentro de los ciento veinte días siguientes al fallecimiento, un mandatario común que la represente. Si no lo hiciere, la designación podrá efectuarla cualquiera de los árbitros a que se refiere la cláusula décimo segunda a solicitud del socio sobreviviente o de uno cualquiera de los sucesores. La renuncia, la incapacidad sobreviniente o la insolvencia de alguno de los socios tampoco producirá la disolución de la sociedad en cuyo caso la sociedad continuará con los representantes del socio insolvente o incapaz debiendo estos últimos designar un mandatario común, en el plazo señalado más arriba, quien sólo tendrá derecho a imponerse de los negocios sociales y asistir a la facción de inventarios sin que tenga injerencia alguna en la administración. En caso de renuncia o incapacidad sobreviniente del socio administrador, la administración, representación y uso de la razón social de la Sociedad corresponderá a doña Florencia Kelly Díaz, cédula de identidad Número dieciocho millones seiscientos cuarenta y dos mil setenta guión cinco y a don Tomás Kelly Díaz, cédula de identidad Número veinte millones novecientos un mil cuatrocientos noventa y uno guión dos, conjuntamente y con las mismas facultades señaladas en el artículo cuarto del presente estatuto. CLAUSULA DÉCIMO SEGUNDA: Toda duda, conflicto, dificultad o controversia que se suscite entre las partes de este contrato con ocasión del mismo, o entre éstas y la sociedad, ya sean referidas a su validez, interpretación, cumplimiento, incumplimiento, terminación o cualesquiera otra, de cualquier naturaleza que fuere, incluyendo las cuestiones relativas a la validez de esta misma cláusula y a la designación de árbitros que ella contiene, serán resueltas por un árbitro arbitrador. Este árbitro procederá en forma breve y sumaria y resolverá en carácter de única instancia. Las partes de común acuerdo, y dentro del plazo de 5 días contados desde la solicitud de una de las partes, deberán designar un árbitro. De no producirse este acuerdo éste será nombrado por la Cámara de Comercio de Santiago A.G. entre los integrantes del cuerpo arbitral del Centro de Arbitraje y Mediación de Santiago. Las partes renuncian desde ya y en forma expresa a todos los recursos que pudieran interponer en contra de las resoluciones que pronuncie alguno de los árbitros designados precedentemente, e igualmente renuncian a todas las causales de implicancia y recusación que pudieren hacer valer respecto de las personas de ellos, ya sea por hechos presentes o futuros, conocidos o desconocidos de las partes.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 14 de Junio de 2017. H. Cuadra G.
最近登记事项
- MODIFICACIÓN
INVERSIONES FLOTOM LIMITADA
CVE 1234932
