Sociedad Agricola Ganadera Y Forestal Galvarino Limitada
Diario Oficial
公司信息
管理人(2)
EDUARDO ENRIQUE BENEDICTO CORTES QUEZADA
MARIA ALEJANDRA DEL PILAR QUEZADA QUEZADA
公报所载公司沿革
- 设立· 2013年12月24日
Se constituye la sociedad de responsabilidad limitada.
EDUARDO ENRIQUE BENEDICTO CORTES QUEZADA · IVETTE TAMARA SOLANGE CORTES QUEZADA · MARIA ALEJANDRA DEL PILAR QUEZADA QUEZADA
- 其他行为· 2018年6月15日
La sociedad es modificada en escritura pública.
摘要官方正文
Ministerio del Interior JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública de fecha veintidós de Octubre de dos mil veinticinco, ante mí, don EDUARDO ENRIQUE BENEDICTO CORTES QUEZADA, chileno, Ingeniero Comercial, soltero, cédula de identidad número diecisiete millones trescientos sesenta y cinco mil cuarenta y dos guión seis, domiciliado en Temuco, calle La Aguada número setecientos ochenta y cinco; doña IVETTE TAMARA SOLANGE CORTES QUEZADA, chilena, profesora, conviviente civil, cédula de identidad número diecisiete millones setecientos veintisiete mil quinientos veinticuatro guión siete, domiciliada en la comuna de Valdivia, Poste nueve, sector las Gaviotas, de paso en ésta; y doña MARIA ALEJANDRA DEL PILAR QUEZADA QUEZADA, chilena, Ingeniera en Administración de Empresas, casada y separada de bienes, según se acreditará al final de esta escritura, cédula de identidad número quince millones seiscientos cincuenta y seis mil ciento noventa y ocho guión tres, domiciliada en Temuco, calle Luis Durand número cero dos mil trescientos cuarenta y cinco, departamento quinientos cuatro, Torre “Villarrica”, expusieron: Por escritura pública de fecha veinticuatro de diciembre del año dos mil trece, otorgada en la Notaría de Temuco de don Humberto Toro Martínez-Conde, se constituyó una sociedad comercial de responsabilidad limitada denominada “SOCIEDAD AGRICOLA GANADERA Y FORESTAL GALVARINO LIMITADA” o, “AGRICOLA GANADERA Y FORESTAL GALVARINO LTDA.”, rol único tributario número setenta y seis millones trescientos veintitrés mil ochocientos cuarenta y nueve guión cero, sociedad cuyo extracto fue inscrito a fojas ochenta y tres vuelta con el número cincuenta y siete en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año dos mil catorce y publicado en la edición del Diario Oficial número cuarenta mil setecientos cuarenta y cuatro, de fecha treinta de diciembre del año dos mil trece. Dicha sociedad fue modificada por escritura pública de fecha quince de junio del año dos mil dieciocho, otorgada en la Notaría de Temuco de don Jorge Elías Tadres Hales, modificación cuyo extracto fue inscrito a fojas ochocientos veintitrés con el número cuatrocientos ochenta y nueve en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año dos mil dieciocho, y publicado en la edición del Diario Oficial número cuarenta y dos mil ochenta y ocho, de fecha veintiuno de junio del año dos mil dieciocho. Presente Modificación: Se modifica la cláusula Sexta del pacto social, en el sentido que sin perjuicio de todas facultades allí indicadas, se otorgan expresamente a los socios administradores, a saber, a don EDUARDO ENRIQUE BENEDICTO CORTES QUEZADA y/o a doña MARIA ALEJANDRA DEL PILAR QUEZADA QUEZADA, para que actuando conjunta, indistinta o separadamente, pueda: Dar y tomar bienes en hipotecas, posponer, alzar, cancelar hipotecas, incluso con cláusulas de garantía general. Dar y recibir en prenda bienes muebles, valores mobiliarios, derechos, acciones y demás cosas corporales o incorporales, sea en prenda civil o comercial de cualquier tipo, sea mediante prendas especiales y cancelarlas. Las hipotecas y prendas pueden caucionar obligaciones propias o de terceros a la sociedad, aun de sus propios socios; constituir, a la sociedad, en fiadora y codeudora solidaria, otorgar y aceptar fianzas simples y solidarias, avalar letras de cambio, pagarés y toda clase de instrumentos negociables, sea para caucionar obligaciones propias o ajenas. Aceptar, posponer, sustituir, dividir, alzar y cancelar toda clase de cauciones, sean reales o personales y toda clase de garantías a favor o en contra de la sociedad. Ceder, a cualquier título, toda clase de créditos, sean nominativos, a la orden o al portador y aceptar cesiones; y, en general efectuar toda clase de operaciones con documentos mercantiles, valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio.- En todo lo que no se modifica, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social y sus modificaciones. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 03 de noviembre de 2025.-
公司信息
资本
总资本
$8.000.000
实缴资本
$8.000.000
股东(3)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
EDUARDO ENRIQUE BENEDICTO CORTES QUEZADA Socio | - | 45% | $6.400.000 |
IVETTE TAMARA SOLANGE CORTES QUEZADA Socio | - | 27.5% | $800.000 |
MARIA ALEJANDRA DEL PILAR QUEZADA QUEZADA Socio | - | 27.5% | $800.000 |
管理人(2)
EDUARDO ENRIQUE BENEDICTO CORTES QUEZADA
MARIA ALEJANDRA DEL PILAR QUEZADA QUEZADA
公报所载公司沿革
- 设立· 2013年12月24日
Se constituyó la sociedad limitada Sociedad Agricola Ganadera y Forestal Galvarino Limitada.
EDUARDO ENRIQUE BENEDICTO CORTES QUEZADA · IVETTE TAMARA SOLANGE CORTES QUEZADA · MARIA ALEJANDRA DEL PILAR QUEZADA QUEZADA · IVETTE PILAR MARGARITA QUEZADA ISMAIL
- 权益转让· 2018年6月15日
IVETTE PILAR MARGARITA QUEZADA ISMAIL cede sus derechos sociales a EDUARDO ENRIQUE BENEDICTO CORTES QUEZADA, IVETTE TAMARA SOLANGE CORTES QUEZADA y MARIA ALEJANDRA DEL PILAR QUEZADA QUEZADA.
IVETTE PILAR MARGARITA QUEZADA ISMAIL · EDUARDO ENRIQUE BENEDICTO CORTES QUEZADA · IVETTE TAMARA SOLANGE CORTES QUEZADA · MARIA ALEJANDRA DEL PILAR QUEZADA QUEZADA
摘要官方正文
JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha quince de Junio de dos mil dieciocho, ante mí, don EDUARDO ENRIQUE BENEDICTO CORTES QUEZADA, domiciliado en Temuco, calle La Aguada número setecientos ochenta y cinco; doña IVETTE TAMARA SOLANGE CORTES QUEZADA, domiciliada en la comuna de Purén, calle Imperial número quinientos ochenta y nueve, de paso en ésta; doña MARIA ALEJANDRA DEL PILAR QUEZADA QUEZADA, domiciliada en Temuco, calle Luis Duran número cero dos mil trescientos cuarenta y cinco, departamento quinientos cuatro, Torre “Villarrica”; y doña IVETTE PILAR MARGARITA QUEZADA ISMAIL, domiciliada en Temuco, calle La Aguada número setecientos ochenta y cinco, expusieron: Que por escritura pública de fecha veinticuatro de diciembre del año dos mil trece, otorgada en la Notaría de Temuco de don Humberto Toro Martínez-Conde, se constituyó una sociedad comercial de responsabilidad limitada denominada “SOCIEDAD AGRICOLA GANADERA Y FORESTAL GALVARINO LIMITADA” o, “AGRICOLA GANADERA Y FORESTAL GALVARINO LTDA.”, rol único tributario número setenta y seis millones trescientos veintitrés mil ochocientos cuarenta y nueve guión cero, sociedad cuyo extracto fue inscrito a fojas ochenta y tres vuelta con el número cincuenta y siete en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año dos mil catorce y publicado en la edición del Diario Oficial número cuarenta mil setecientos cuarenta y cuatro, de fecha treinta de diciembre del año dos mil trece.- PRESENTE MODIFICACION: Por instrumento extractado doña IVETTE PILAR MARGARITA QUEZADA ISMAIL cede el cincuenta por ciento de su interés social equivalente al treinta y cinco por ciento de los derechos sociales a don EDUARDO ENRIQUE BENEDICTO CORTES QUEZADA. El precio de la cesión es la suma de diecinueve millones cuatrocientos mil pesos que se pagan forma estipulada en escritura. Además, por instrumento extractado doña IVETTE PILAR MARGARITA QUEZADA ISMAIL cede el veinticinco por ciento de su interés social equivalente al diecisiete coma cincuenta por ciento de los derechos sociales a doña IVETTE TAMARA SOLANGE CORTES QUEZADA. El precio de la cesión es la suma de catorce millones quinientos cincuenta mil pesos que se pagan forma estipulada en escritura. Finalmente, por instrumento extractado doña IVETTE PILAR MARGARITA QUEZADA ISMAIL cede el veinticinco por ciento de su interés social equivalente al diecisiete coma cincuenta por ciento de los derechos sociales a doña MARIA ALEJANDRA DEL PILAR QUEZADA QUEZADA. El precio de la cesión es la suma de catorce millones quinientos cincuenta mil pesos que se pagan forma estipulada en escritura. Por su parte, los socios don EDUARDO ENRIQUE BENEDICTO CORTES QUEZADA, doña IVETTE TAMARA SOLANGE CORTES QUEZADA, y doña MARIA ALEJANDRA DEL PILAR QUEZADA QUEZADA, manifiestan expresamente su total conformidad con la cesión de derechos sociales antes indicada. Como consecuencia de lo anterior, conforman la “SOCIEDAD AGRICOLA GANADERA Y FORESTAL GALVARINO LIMITADA” o “AGRICOLA GANADERA Y FORESTAL GALVARINO LTDA.”, como únicos socios, don EDUARDO ENRIQUE BENEDICTO CORTES QUEZADA, con un cuarenta y cinco por ciento del interés social, doña IVETTE TAMARA SOLANGE CORTES QUEZADA, con un veintisiete coma cincuenta por ciento del interés social, y doña MARIA ALEJANDRA DEL PILAR QUEZADA QUEZADA, con un veintisiete coma cincuenta por ciento del interés social. Los socios expresan su determinación de continuar la sociedad, y de regirse en todo por el pacto social antes singularizado, con las solas modificaciones que se expresan a continuación.- Por instrumento extractado, los comparecientes ya individualizados, modifican la sociedad, en los siguientes términos: UNO) Se modifica la cláusula sexta del pacto social, en el sentido que la Administración de la Sociedad, su Representación y el Uso de la Razón Social y del Nombre de Fantasía, le corresponderá conjunta, indistinta o separadamente a los socios don EDUARDO ENRIQUE BENEDICTO CORTES QUEZADA y/o a doña MARIA ALEJANDRA DEL PILAR QUEZADA QUEZADA, con todas las facultades señaladas en dicha cláusula, sin limitación alguna.- Y DOS) Se modifica la cláusula quinta del pacto social, en el sentido que manteniéndose el capital social en la suma de ocho millones de pesos, se conforma ahora de la siguiente manera: I) Don EDUARDO ENRIQUE BENEDICTO CORTES QUEZADA, ha aportado en caja social la suma de SEIS MILLONES CUATROCIENTOS MIL PESOS; II) Doña IVETTE TAMARA SOLANGE CORTES QUEZADA, ha aportado en caja social la suma de OCHOCIENTOS MIL PESOS; y III) MARIA ALEJANDRA DEL PILAR QUEZADA QUEZADA, ha aportado en caja social la suma de OCHOCIENTOS MIL PESOS.- En todo lo no modificado, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 19 de Junio de 2018.
最近登记事项
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD AGRICOLA GANADERA Y FORESTAL GALVARINO LIMITADA
CVE 2725751
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD AGRICOLA GANADERA Y FORESTAL GALVARINO LIMITADA
CVE 1417769
