Constructora Jeas Limitada
Diario Oficial
公司信息
资本
总资本
$6.000.000
实缴资本
$6.000.000
待缴资本
$0
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
RODRIGO ALEJANDRO ARANCIBIA SEREY Socio | - | 70% | $4.200.000 |
RICARDO ENRIQUE ARANCIBIA SEREY Socio | - | 30% | $1.800.000 |
公报所载公司沿革
- 权益转让
Alan Jesús Arancibia Serey vende la totalidad de sus derechos sociales a Rodrigo Alejandro Arancibia Serey y Ricardo Enrique Arancibia Serey.
ALAN JESÚS ARANCIBIA SEREY · RODRIGO ALEJANDRO ARANCIBIA SEREY · RICARDO ENRIQUE ARANCIBIA SEREY
摘要官方正文
ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaria de Santiago, con oficio en calle La Concepción número sesenta y cinco, segundo piso, comuna de Providencia, certifico: por escritura pública con fecha 20 de Febrero de 2019, repertorio número 5.679, ante mí: RODRIGO ALEJANDRO ARANCIBIA SEREY, domiciliado en Pasaje Argelia N° 230, comuna de Quilicura, Región Metropolitana; don ALAN JESÚS ARANCIBIA SEREY, domiciliado Puesta del Sol S/N, comuna de Pichilemu, Región de O´Higgins; don RICARDO ENRIQUE ARANCIBIA SEREY, domiciliado en Pasaje del tranque N° 0221, comuna de Quilicura; modificaron la sociedad CONSTRUCTORA JEAS LIMITADA, inscrita a fojas 15.617 número 11.322, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces Santiago, correspondiente al año 2005. Modificaciones consisten: PRIMERO) ALAN JESÚS ARANCIBIA SEREY, vende la totalidad de sus derechos sociales que es titular, equivalente a un 50%, a: a) un 20% de sus derechos a RODRIGO ALEJANDRO ARANCIBIA SEREY, y b) Un 30% de sus derechos a RICARDO ENRIQUE ARANCIBIA SEREY. Consecuencia cesiones de derechos quedan como únicos socios: RODRIGO ALEJANDRO ARANCIBIA SEREY, con un 70% capital social y RICARDO ENREIQUE ARANCIBIA SEREY, con el 30% restante del capital social; SEGUNDO) Los actuales socios de la Sociedad modifican el ARTÍCULO QUINTO del Estatuto Social, reemplazándolo por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Sociedad es la cantidad de seis millones de pesos que los socios aportaron en las siguientes proporciones A) don RODRIGO ALEJANDRO ARANCIBIA SEREY, la cantidad de cuatro millones doscientos mil pesos, equivalentes al setenta por ciento de los derechos sociales, que ha pagado íntegramente con anterioridad a esta fecha; y B) don RICARDO ENRIQUE ARANCIBIA SEREY, la cantidad de un millón ochocientos mil pesos, equivalente al treinta por ciento de los derechos sociales, que ha pagado íntegramente con anterioridad a esta fecha”.- Responsabilidad de los socios sigue limitada al monto de sus respectivos aportes.- En todo lo no modificado por esta escritura sigue vigente pacto social primitivo.- Demás estipulaciones en escritura que extracto. Santiago 7 de Marzo de 2019.-
最近登记事项
- MODIFICACIÓN
Constructora Jeas Limitada
CVE 1563860
