Capacitaciones Silfos SpA
Diario Oficial
公司信息
资本
总资本
$3.000.000
实缴资本
$3.000.000
待缴资本
$0
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
ESTEFANIA FRANCISCA TRUJILLO MALDONADO Accionista 16.xxx.xxx-9 | 16.xxx.xxx-9 | - | - |
Accionista 15.xxx.xxx-3 | 15.xxx.xxx-3 | - | - |
公报所载公司沿革
- 设立· 2013年3月29日
Se constituye CAPACITACIONES SILFOS LIMITADA, también como SILFOS LTDA.
ESTEFANIA FRANCISCA TRUJILLO MALDONADO · KIA-RING ANDREA HASAN AHUMADA · Jonathan Andrés Bórquez Bórquez
- 权益转让· 2017年4月27日
Jonathan Andrés Bórquez Bórquez se retira y cede su participación social por partes iguales a las otras socias.
Jonathan Andrés Bórquez Bórquez · ESTEFANIA FRANCISCA TRUJILLO MALDONADO · KIA-RING ANDREA HASAN AHUMADA
- 公司形式转换· 2022年3月10日
La sociedad se transforma en SpA y cambia su nombre a CAPACITACIONES SILFOS SpA o ESCUELA DE LO ESENCIAL SpA.
ESTEFANIA FRANCISCA TRUJILLO MALDONADO · KIA-RING ANDREA HASAN AHUMADA
- 管理人变更· 2022年9月30日
Se modifica y sustituye íntegramente la cláusula relativa a la administración de la sociedad.
ESTEFANIA FRANCISCA TRUJILLO MALDONADO · KIA-RING ANDREA HASAN AHUMADA
摘要官方正文
MARCELA MARÍA PÍA TAVOLARI OLIVEROS, abogado, Notario Público y Archivero Judicial, en mi oficio de calle Blanco número seiscientos cuarenta y ocho, certifico: que por escritura fecha hoy ante mí, ante mí, ESTEFANIA FRANCISCA TRUJILLO MALDONADO, chilena, soltera, actriz licenciada en artes escénicas, cédula nacional de identidad Nº 16.124.024-9, con domicilio en Amunategui 2500, Edificio Sauce, Departamento 41, Recreo, Viña del Mar, y doña KIA-RING ANDREA HASAN AHUMADA, chilena, soltera, ingeniero industrial, cédula nacional de identidad Nº 15.973.053-3, domiciliada en Rodríguez 99, departamento 2402, Valparaíso, modificaron la actual sociedad por acciones denominada “CAPACITACIONES SILFOS SpA” ó “ESCUELA DE LO ESENCIAL SpA”, en la siguiente forma: PRIMERO: Por escritura de 29 marzo 2013, otorgada ante Notario Valparaíso Manuel Placencio Peñaloza, Suplente del Titular Ricardo Maure Gallardo, comparecientes y Jonathan Andrés Bórquez Bórquez, constituyeron la sociedad comercial de responsabilidad limitada “CAPACITACIONES SILFOS LIMITADA”, la que también actúa con el nombre de fantasía de “SILFOS LTDA.”, Rol Único Tributario Nº 76.275.063-5, y cuyo estatuto se contiene en la misma escritura señalada. El extracto se inscribió a fojas 359 vuelta, número 392 del Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso del año 2013, y publicado en el Diario Oficial de fecha 2 de abril de 2013. Luego, por escritura de 27 abril 2017, otorgada ante la Notario Eliana Gabriela Gervasio Zamudio, modificaron sociedad, retirándose de la misma Jonathan Andrés Bórquez Bórquez, y cediendo su participación social, en partes iguales, a las antedichas socias, modificando el plazo de la misma y otros pactos que allí se señalaban. El extracto fue inscrito a fojas 549 número 445 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso del año 2017, y fue publicado en el Diario Oficial Nº 41.766 de fecha 25 de mayo de 2017. Luego, por escritura de 10 marzo 2022, otorgada ante la Notario Marcela Tavolari Oliveros, comparecientes transformaron la mencionada sociedad en una sociedad por acciones, modificando también el nombre de la misma a “CAPACITACIONES SILFOS SpA ó “ESCUELA DE LO ESENCIAL SpA”. El extracto fue inscrito a fojas 154 vuelta número 102 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso del año 2022, y fue publicado en el Diario Oficial Nº 43.205 de fecha 17 de marzo de 2022. Finalmente, por escritura de 30 septiembre 2022, otorgada ante la Notario Marcela Tavolari Oliveros, comparecientes modificaron y sustituyeron íntegramente el artículo undécimo del título tercero de la cláusula tercera del pacto social vigente, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial Nº 43.376 de fecha 14 de octubre de 2022, no así inscrito en el registro conservaticio. SEGUNDO: Comparecientes y accionistas sociedad, vienen en resciliar o dejar sin efecto la escritura pública de fecha 30 de septiembre de 2022, otorgada ante la Notario Público de Valparaíso doña Marcela Tavolari Oliveros, por la que las comparecientes modificaron y sustituyeron íntegramente el artículo undécimo del título tercero de la cláusula tercera del pacto social vigente. TERCERO: Comparecientes y accionistas de la mencionada sociedad, modifican y sustituyen íntegramente el artículo undécimo del título tercero de la cláusula tercera del pacto social vigente, en el sentido de rectificar la cláusula sobre administración de la sociedad en los términos señalados en escritura extractada. CUARTO: En todo lo no modificado se mantiene plenamente vigente el pacto social y sus modificaciones, y, en consecuencia, se mantiene inalterado el capital social señalado en el artículo quinto del título segundo de la cláusula tercera del pacto social vigente, ascendente a la suma de $3.000.000.-, que se encuentran íntegramente enterados. Portador facultado legalización. Demás estipulaciones escritura extractada. Extracto redactado por el abogado don Rafael San Martín Meneses. Valparaíso, 29 de diciembre del año 2023.
公司信息
资本
总资本
$3.000.000
实缴资本
$3.000.000
待缴资本
$0
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
ESTEFANIA FRANCISCA TRUJILLO MALDONADO Accionista 16.xxx.xxx-9 | 16.xxx.xxx-9 | - | - |
Accionista 15.xxx.xxx-3 | 15.xxx.xxx-3 | - | - |
管理人(2)
ESTEFANIA FRANCISCA TRUJILLO MALDONADO
公报所载公司沿革
- 设立· 2013年3月29日
Se constituye CAPACITACIONES SILFOS LIMITADA o SILFOS LTDA. por las comparecientes y Jonathan Andrés Bórquez Bórquez.
ESTEFANIA FRANCISCA TRUJILLO MALDONADO · KIA-RING ANDREA HASAN AHUMADA · Jonathan Andrés Bórquez Bórquez
- 股东退出· 2017年4月27日
Jonathan Andrés Bórquez Bórquez se retira y cede su participación social en partes iguales a las socias.
Jonathan Andrés Bórquez Bórquez · ESTEFANIA FRANCISCA TRUJILLO MALDONADO · KIA-RING ANDREA HASAN AHUMADA
- 公司形式转换· 2022年3月10日
La sociedad limitada se transforma en sociedad por acciones y cambia su nombre a CAPACITACIONES SILFOS SpA ó ESCUELA DE LO ESENCIAL SpA.
ESTEFANIA FRANCISCA TRUJILLO MALDONADO · KIA-RING ANDREA HASAN AHUMADA
- 管理人变更· 2022年9月30日
Se modifica íntegramente el artículo sobre administración de la sociedad.
ESTEFANIA FRANCISCA TRUJILLO MALDONADO · KIA-RING ANDREA HASAN AHUMADA
摘要官方正文
MARCELA MARÍA PÍA TAVOLARI OLIVEROS, Abogado, Notario Público y Archivero Judicial, con oficio en calle Blanco 648, Valparaíso, certifico: que por escritura pública de fecha 29 de diciembre del 2023 ante el notario suplente don IGNACIO ADOLFO ZAMORANO ORELLANA, doña ESTEFANIA FRANCISCA TRUJILLO MALDONADO, chilena, soltera, actriz licenciada en artes escénicas, cédula nacional de identidad Nº 16.124.024-9, con domicilio en Amunategui 2500, Edificio Sauce, Departamento 41, Recreo, Viña del Mar, y doña KIA-RING ANDREA HASAN AHUMADA, chilena, soltera, ingeniero industrial, cédula nacional de identidad Nº 15.973.053-3, domiciliada en Rodríguez 99, departamento 2402, Valparaíso, modificaron la actual sociedad por acciones denominada “CAPACITACIONES SILFOS SpA” ó “ESCUELA DE LO ESENCIAL SpA”, en la siguiente forma: PRIMERO: Por escritura pública de 29 de marzo de 2013, otorgada ante el Notario Público de Valparaíso don Manuel Placencio Peñaloza, Suplente del Titular don Ricardo Maure Gallardo, las comparecientes y don Jonathan Andrés Bórquez Bórquez, constituyeron la sociedad comercial de responsabilidad limitada “CAPACITACIONES SILFOS LIMITADA”, la que también actúa con el nombre de fantasía de “SILFOS LTDA.”, Rol Único Tributario Nº 76.275.063-5, y cuyo estatuto se contiene en la misma escritura señalada. El extracto respectivo se inscribió a fojas 359 vuelta, número 392 del Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso del año 2013, y fue publicado en el Diario Oficial de fecha 2 de abril de 2013. Luego, por escritura pública de fecha 27 de abril de 2017, otorgada ante la Notario Público de Viña del Mar doña Eliana Gabriela Gervasio Zamudio, modificaron dicha sociedad, retirándose de la misma don Jonathan Andrés Bórquez Bórquez, y cediendo su participación social, en partes iguales, a las antedichas socias, modificando el plazo de la misma y otros pactos que allí se señalaban. El extracto respectivo fue inscrito a fojas 549 número 445 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso del año 2017, y fue publicado en el Diario Oficial Nº 41.766 de fecha 25 de mayo de 2017. Luego, por escritura pública de fecha 10 de marzo de 2022, otorgada ante la Notario Público de Valparaíso doña Marcela Tavolari Oliveros, las comparecientes transformaron la mencionada sociedad en una sociedad por acciones, modificando también el nombre de la misma a “CAPACITACIONES SILFOS SpA ó “ESCUELA DE LO ESENCIAL SpA”. El extracto respectivo fue inscrito a fojas 154 vuelta número 102 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso del año 2022, y fue publicado en el Diario Oficial Nº 43.205 de fecha 17 de marzo de 2022. Finalmente, por escritura pública de fecha 30 de septiembre de 2022, otorgada ante la Notario Público de Valparaíso doña Marcela Tavolari Oliveros, las comparecientes modificaron y sustituyeron íntegramente el artículo undécimo del título tercero de la cláusula tercera del pacto social vigente, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial Nº 43.376 de fecha 14 de octubre de 2022, no así inscrito en el registro conservaticio. SEGUNDO: Que, por el presente instrumento, las comparecientes y accionistas de la mencionada sociedad, vienen en resciliar o dejar sin efecto la escritura pública de fecha 30 de septiembre de 2022, otorgada ante la Notario Público de Valparaíso doña Marcela Tavolari Oliveros, por la que las comparecientes modificaron y sustituyeron íntegramente el artículo undécimo del título tercero de la cláusula tercera del pacto social vigente. TERCERO: Que, por el presente instrumento, las comparecientes y accionistas de la mencionada sociedad, vienen en modificar y sustituir íntegramente el artículo undécimo del título tercero de la cláusula tercera del pacto social vigente, en el siguiente sentido: “TITULO TERCERO. DE LA ADMINISTRACIÓN. Artículo Undécimo: La administración y representación de la sociedad corresponderá indistinta y separadamente a doña ESTEFANIA FRANCISCA TRUJILLO MALDONADO y/o a doña KIA-RING ANDREA HASAN AHUMADA, quienes individualmente, y anteponiendo el nombre de la sociedad o razón social a su firma, representarán a la sociedad con las más amplias facultades de administración, disposición de bienes y de representación judicial y extrajudicial de la sociedad, pudiendo efectuar todos los actos, celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza, que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, y en general, realizar toda clase de operaciones que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, sin limitación alguna. Por vía ilustrativa, se deja testimonio que las facultades del administrador comprenden, entre otras, las siguientes: Uno) Representar judicial y extrajudicialmente a la sociedad, ante toda clase de autoridades políticas, administrativas, municipales, marítimas, portuarias y aduaneras, organismos o instituciones de derecho público, fiscales o semifiscales, autoridades de orden tributario, previsional o laboral, de administración autónoma, organismos, servicios, etcétera, o personas de derecho privado, sean ellas naturales o jurídicas, civiles o comerciales, sociedades, empresas, corporaciones, fundaciones, etc.; Dos) Comprar, vender, permutar y, en general, adquirir y enajenar a cualquier título, toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluso bienes raíces urbanos o rurales, derechos sobre éstos, valores mobiliarios, acciones, debentures, bonos u otros; celebrar contratos de promesa sobre los bienes enumerados y otros, pudiendo constituir hipotecas, incluso con cláusula de garantía general, pactar prohibiciones de gravar y enajenar, constituir prendas, servidumbres, usufructo sobre toda clase de bienes inmuebles o muebles, sean éstos últimos, valores mobiliarios, derechos, acciones y demás cosas corporales o incorporales; celebrar contratos de custodia y de administración de bienes; Tres) Dar y tomar en arrendamiento, arrendamiento con opción de compra o leasing, comodato, administración, concesión, o bien, a cualquier otro título, toda clase de bienes, sean éstos corporales o incorporales, raíces o muebles; Cuatro) Dar y recibir dinero y otros bienes en depósito, sea éste necesario o voluntario y en secuestro; Cinco) Recibir bienes en hipoteca, incluso con cláusula de garantía general; alzar y posponer hipotecas; Seis) Recibir en prenda muebles, valores mobiliarios, derechos, acciones y demás cosas corporales o incorporales, sea en prenda civil, mercantil, bancaria, agraria, industrial, warrants, sin desplazamiento, de cosa mueble vendida a plazo y otras especiales, y cancelarlas; Siete) Celebrar contratos de transporte, de fletamento, de cambio, de correduría y de transacción; Ocho) Celebrar contratos para constituir a la sociedad en agente, representante, comisionista, distribuidora o concesionaria, o para que ésta los constituya; Nueve) Representar a la sociedad en las Juntas de Accionistas o reuniones de socios de aquellas sociedades de las que la sociedad sea accionista o socia, con derecho a voz y voto, con las más amplias atribuciones, pudiendo acordar la reforma de sus estatutos, su terminación anticipada, su disolución y/o liquidación; concurrir, en representación de la sociedad a la constitución de sociedades de cualquier tipo, tanto civiles como comerciales, sean anónimas, colectivas, de responsabilidad limitada, en comandita por acciones o simple, asociaciones o cuentas en participación, etcétera, quedando expresamente facultado para estipular contratos de sociedad en los, que, él o uno de los otros socios, accionistas o asociados, o su apoderado sea el mismo mandatario; modificarlas, transformarlas, convenir su terminación anticipada, su disolución y/o liquidación; Diez) Celebrar contratos de seguros, pudiendo acordar primas, fijar riesgos, plazos y demás condiciones, cobrar pólizas, endosarlas y cancelarlas; aprobar e impugnar liquidaciones de siniestros; Once) Celebrar contratos de trabajo, sean éstos colectivos o individuales, contratar trabajadores y contratar servicios profesionales o técnicos. Doce) Celebrar cualquier otro contrato nominado o no. En los contratos que la sociedad celebre, se podrán convenir y modificar toda clase de pactos y estipulaciones, estén o no contemplados especialmente por las leyes y sean de su esencia, de su naturaleza o meramente accidentales; fijar precios, intereses, rentas, honorarios, remuneraciones, reajustes, indemnizaciones, plazos, condiciones, deberes, atribuciones, épocas y forma de pago y de entrega, cabidas, deslindes, etcétera. Trece) Pactar solidaridad activa o pasiva, convenir cláusulas penales a favor de la sociedad; aceptar toda clase de cauciones reales o personales y toda clase de garantías en beneficio de la sociedad o hacer que ésta las constituya; fijar multas a favor o en contra de ella; pactar prohibiciones de gravar o enajenar, ejercitar o renunciar sus acciones como las de nulidad, rescisión, resolución, evicción, etcétera, y aceptar la renuncia de derechos y acciones; rescindir, resolver, resciliar, dejar sin efecto, poner término o solicitar la terminación de toda clase de contratos; exigir rendiciones de cuentas, aprobarlas u objetarlas y, en general, ejercitar y renunciar todos los derechos y acciones que competen a la sociedad. Catorce) Representar a la sociedad ante los bancos nacionales o extranjeros, estatales o particulares con las más amplias facultades que puedan necesitarse; darles instrucciones y cometerles comisiones de confianza; abrir y administrar cuentas corrientes bancarias de depósito y/o de crédito, depositar, girar o sobregirar en ellas, imponerse de sus movimientos y cerrar unas y otras, todo ello tanto en moneda nacional como extranjera; aprobar y objetar saldos; retirar talonarios de cheques o cheques sueltos; arrendar cajas de seguridad, abrirlas y poner término a su arrendamiento; colocar y/o retirar dinero o valores, sea en moneda nacional o extranjera, en depósito, custodia o garantía y cancelar los certificados respectivos; contratar acreditivos en moneda nacional o extranjera; efectuar operaciones de cambio, tomar boletas de garantía, dar y tomar dinero y otros bienes en mutuo y, en general, contratar préstamos en cualquier forma con toda clase de organismos e instituciones de crédito y/o de fomento, de derecho público o privado, sociedades civiles o comerciales, bancos, sociedades financieras, y, en general, con cualquier persona natural o jurídica, estatal o particular, nacional o extranjera, ya sea como créditos en cuenta corriente, créditos simples, créditos documentarios, avances contra aceptación, sobregiros, créditos en cuentas especiales, contratando líneas de créditos, o bien, en cualquier otra forma. Quince) Abrir cuentas de ahorro, reajustables o no, a plazo, a la vista o condicionales, en el Banco del Estado de Chile o Bancoestado, en los Servicios de Vivienda y Urbanismo, en instituciones de previsión o en cualquier otra institución de derecho público o privado, sea en su beneficio exclusivo o en el de sus trabajadores; depositar y girar en ellas, imponerse de su movimiento, aceptar e impugnar saldos y cerrarlas. Dieciséis) Girar, suscribir, aceptar, reaceptar, renovar, prorrogar, revalidar, endosar en dominio, cobro o garantía, depositar, protestar, des-contar, cancelar, cobrar, transferir, extender y disponer en cualquier forma de cheques, letras de cambio, pagarés, libranzas, vales y demás documentos mercantiles o cambiarios, sean éstos nominativos, a la orden o al portador, en moneda nacional o extranjera, y ejercitar las acciones que a la sociedad le correspondan en relación con tales documentos. Diecisiete) Ceder y aceptar cesiones de créditos, sean nominativos, a la orden o al portador y, en general, efectuar toda clase de operaciones con documentos mercantiles, valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio; Dieciocho) Pagar en efectivo, por dación en pago, por consignación, por subrogación, por cesión de bienes, etcétera, todo lo que la sociedad adeudare, por cualquier título y, en general, extinguir obligaciones en cualquier forma; Diecinueve) Cobrar y percibir judicial o extrajudicialmente todo cuanto se adeude a la sociedad, a cualquier título que sea y por cualquier persona natural o jurídica, incluso el Fisco, instituciones, corporaciones, fundaciones de derecho público o privado, instituciones fiscales, semifiscales, de administración autónoma; instituciones privadas, etcétera, sea en dinero o en otra clase de bienes, corporales o incorporales, raíces o muebles, valores mobiliarios, etcétera; Veinte) Conceder quitas o esperas; Veintiuno) Otorgar y firmar recibos, finiquitos o cancelaciones y, en general, suscribir, otorgar, firmar, extender, refrendar o modificar, toda clase de documentos públicos o privados, pudiendo formular en ellos todas las declaraciones que estimen necesarias o convenientes; Veintidós) Constituir servidumbres activas o pasivas; Veintitrés) Solicitar para la sociedad permisos o concesiones administrativas de cualquier naturaleza u objeto; Veinticuatro) Instalar agencias, oficinas, sucursales o establecimientos, dentro o fuera del país; Veinticinco) Inscribir, registrar y renovar propiedad intelectual, industrial, nombres comerciales, marcas comerciales y modelos industriales, patentar inventos, deducir oposiciones o solicitar nulidades y, en general, efectuar todas las tramitaciones y actuaciones que sean procedentes en estas materias; Veintiséis) Entregar en y/o retirar de las oficinas de correos, telégrafos, aduanas y empresas estatales o particulares de transporte terrestre, marítimo o aéreo toda clase de correspondencia, certificada o no, piezas postales, giros, reembolsos, cargas, encomiendas, mercaderías, etcétera, dirigidas o consignadas a la sociedad o expedidas por ella; Veintisiete) Tramitar pólizas de embarque o transporte, extender, endosar o firmar conocimientos de embarque, recibos, pases libres, guías de tránsito, pagarés, órdenes de entrega de aduanas o de intercambio de mercaderías o de productos; y en general, ejecutar toda clase de operaciones aduaneras; Veintiocho) Concurrir y efectuar ante toda clase de autoridades políticas, administrativas, de orden, tributario, aduaneras, municipales, judiciales, de comercio exterior o de cualquier otro orden y ante cualquier persona de derecho público o privado, instituciones fiscales, semifiscales, de administración autónoma, organismos, servicios, servicio de impuestos internos, servicio de aduana, banco central, etcétera, toda clase de presentaciones, peticiones, declaraciones, incluso obligatorias; modificarlas o desistirse de ellas; Veintinueve) Contratar o efectuar toda clase de operaciones de comercio exterior y de cambios internacionales, estando facultados para representar a la sociedad en todas las operaciones, diligencias, trámites o actuaciones relacionadas con importaciones y exportaciones ante los bancos comerciales, Banco Central de Chile y cualquier otra entidad o autoridad competente, pudiendo al efecto representar y firmar registros de importación y exportación, abrir acreditativos divisibles o indivisibles, revocables o irrevocables; contratar aperturas de acreditativos; celebrar ventas condicionales; comprar y vender divisas; presentar solicitudes anexas, cartas explicativas, declaraciones juradas y toda otra documentación pertinente, que fuere exigida por los bancos o por el Banco Central de Chile o por el servicio de aduana, solicitar la modificación de las condiciones bajo las cuales ha autorizado una determinada operación; autorizar cargos en las cuentas corrientes de la sociedad, a causa de operaciones de comercio exterior; Treinta) Representar a la sociedad ante toda clase de organismos de previsión, Administradoras de Fondos de Pensiones, Servicio de Seguro Social, Instituciones de Salud Previsional, Isapres, Instituto de Previsión Social, Instituto de Normalización Previsional y ante la Dirección o Inspecciones Comunales, Provinciales o Regionales del Trabajo y toda clase de organismos, instituciones o autoridades que se relacionen con las actividades laborales, de previsión y de seguridad social, pudiendo presentar toda clase de solicitudes y peticiones ante ellas, desistirse de las mismas, modificarlas y aceptar sus resoluciones; Treinta y uno) Representar a la sociedad en todos los juicios o gestiones judiciales ante cualquier tribunal, sea éste ordinario, especial, arbitral, administrativo o de cualquier clase, así intervenga la sociedad como demandante, demandada, querellante o querellada, o tercero de cualquier especie, pudiendo ejercitar toda clase de acciones, sean ellas ordinarias, ejecutivas, especiales, de jurisdicción contenciosa o de cualquier naturaleza. En el ejercicio de esta representación judicial, podrán actuar por la sociedad con todas las facultades ordinarias y extraordinarias del mandato judicial, en los términos previstos en los artículos séptimo incisos primero y segundo y artículo octavo del Código de Procedimiento Civil, pudiendo desistirse en primera instancia de la acción entablada, contestar demandas, aceptar la demanda contraria, renunciar los recursos o los términos legales, transigir, comprometer, otorgar a los árbitros facultades de arbitradores, prorrogar jurisdicción, intervenir en gestiones de conciliación o avenimiento, cobrar y percibir. Expresamente se declara que la facultad de transigir comprende también la tran
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公司目的
La prestación de servicios de asesorías y consultorías para la gestión de eventos y capacitaciones laborales, sin perjuicio de otras actividades similares o no, que los socios acuerden y sin que sea necesario para ello modificar éstos estatutos.
资本
总资本
$3.000.000
实缴资本
$3.000.000
待缴资本
$0
股份
100
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
ESTEFANIA FRANCISCA TRUJILLO MALDONADO Accionista 16.xxx.xxx-9 | 16.xxx.xxx-9 | - | - |
Accionista 15.xxx.xxx-3 | 15.xxx.xxx-3 | - | - |
摘要官方正文
MARCELA MARÍA PÍA TAVOLARI OLIVEROS, abogado, Notario Público y Archivero Judicial, en mi oficio de calle Blanco Nº 648, certifico: por escritura pública de fecha hoy, ante mí, ESTEFANIA FRANCISCA TRUJILLO MALDONADO, chilena, soltera, actriz licenciada en artes escénicas, cédula nacional de identidad número dieciséis millones ciento veinticuatro mil veinticuatro guion nueve, con domicilio en Amunátegui dos mil quinientos, Edificio Sauce, Departamento cuarenta y uno, Recreo, Viña del Mar, y doña KIA-RING ANDREA HASAN AHUMADA, chilena, soltera, ingeniero industrial, cédula nacional de identidad número quince millones novecientos setenta y tres mil cincuenta y tres guion tres, domiciliada en Rodríguez noventa y nueve, departamento dos mil cuatrocientos dos, Valparaíso, modificaron sociedad de responsabilidad limitada “CAPACITACIONES SILFOS LIMITADA” ó “SILFOS LTDA.”, en la siguiente forma: PRIMERO: Por escritura pública de fecha diecinueve de marzo de dos mil trece, otorgada ante el Notario Público de Valparaíso don Manuel Placencio Peñaloza, Suplente del Titular don Ricardo Maure Gallardo, las comparecientes y don Jonathan Andrés Bórquez Bórquez, constituyeron la sociedad comercial de responsabilidad limitada “CAPACITACIONES SILFOS LIMITADA”, la que también actúa con el nombre de fantasía de “SILFOS LTDA.”, Rol Único Tributario número setenta y seis millones doscientos setenta y cinco mil sesenta y tres guion cinco, y cuyo estatuto se contiene en la misma escritura señalada. El extracto respectivo se inscribió a fojas trescientos cincuenta y nueve vuelta, número trescientos noventa y dos del Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso del año dos mil trece, y fue publicado en el Diario Oficial de fecha dos de abril del año dos mil trece. Luego, por escritura pública de fecha veintisiete de abril del año dos mil diecisiete, otorgada ante la Notario Público de Viña del Mar doña Eliana Gabriela Gervasio Zamudio, modificaron dicha sociedad, retirándose de la misma don Jonathan Andrés Bórquez Bórquez, y cediendo su participación social, en partes iguales, a las antedichas socias, modificando el plazo de la misma y otros pactos que allí se señalaban. El extracto respectivo fue inscrito a fojas quinientos cuarenta nueve número cuatrocientos cuarenta y cinco del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso del año dos mil diecisiete, y fue publicado en el Diario Oficial número cuarenta y un mil setecientos sesenta y seis de fecha veinticinco de mayo de dos mil diecisiete. SEGUNDO: Que, por el presente instrumento se modifica la sociedad individualizada en la cláusula precedente, en el sentido que se modifica y sustituye la cláusula segunda del pacto social original por la siguiente “SEGUNDO: La razón social de esta sociedad será “CAPACITACIONRES SILFOS LIMITADA”, sin perjuicio de los cual podrán actuar válidamente ante terceros, inclusive ante bancos e instituciones financieras con el nombre de fantasía de “ESCUELA DE LO ESENCIAL LTDA.”, caso en el cual quedará obligada ante terceros del mismo modo que si actuara con su razón social íntegra”. TERCERO: Que, por este mismo acto, las comparecientes y socias de la mencionada sociedad, vienen transformarla en una sociedad por acciones bajo la nueva razón social de “CAPACITACIONES SILFOS SpA ó “ESCUELA DE LO ESENCIAL SpA”, formulando lo siguiente: NOMBRE: “CAPACITACIONES SILFOS SpA ó “ESCUELA DE LO ESENCIAL SpA”. OBJETO: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios de asesorías y consultorías para la gestión de eventos y capacitaciones laborales, sin perjuicio de otras actividades similares o no, que los socios acuerden y sin que sea necesario para ello modificar éstos estatutos. CAPITAL: El capital de la sociedad se mantiene inalterado en la suma de $3.000.000.- que se dividen ahora en cien acciones nominativas, de una única serie y sin valor nominal. en la forma que se indica en el TITULO DÉCIMO. DISPOSICIONES TRANSITORIAS. Artículo Primero Transitorio de la escritura. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: Cualquiera de las socias indistintamente o bien a través de personas especialmente designadas para ello por instrumento privado protocolizado o por escritura pública. DURACIÓN: 5 años, plazo que se entenderá prorrogado en forma automática por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social, y se notificará judicialmente, todo con una anticipación de a lo menos 3 meses antes del fin del respectivo período. DOMICILIO: Valparaíso, sin perjuicio de las agencias, representaciones, sucursales, y oficinas que pueda abrir y operar en otros puntos del país o en el extranjero. Portador facultado legalización y trámites Servicio de Impuestos Internos. Demás estipulaciones escritura extractada. Minuta redactada por abogado Rafael San Martín Meneses. Valparaíso, 10 de marzo del 2022.
最近登记事项
- MODIFICACIÓN
CAPACITACIONES SILFOS SpA
CVE 2460167
- MODIFICACIÓN
CAPACITACIONES SILFOS LIMITADA
CVE 2441065
- CONSTITUCIÓN
CAPACITACIONES SILFOS SpA
CVE 2100586
