Turismo, Recreación Y Hotelería Raíces Del Lonquimay Limitada
Diario Oficial
公司信息
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
CHRISTIAN ALBERTO PONTILLO ARAVENA Socio 7.xxx.xxx-k | 7.xxx.xxx-k | - | - |
PAUL DICK ROKY CASTILLO CASTILLO Socio 1.xxx.xxx-7 | 1.xxx.xxx-7 | - | - |
法定代理(1)
JOHANA ELIZABETH MORALES SCHEID
公报所载公司沿革
- 设立· 2016年2月26日
Se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada Raíces del Lonquimay Ltda.
CHRISTIAN ALBERTO PONTILLO ARAVENA · PAUL DICK ROKY CASTILLO CASTILLO
摘要官方正文
CLAUDIO HERNAN MESINA SCHULZ, Abogado, Notario Público Titular de la 46 Notaria Santiago, Av. Vicuña Mackenna Nº 814, Ñuñoa, certifico: Por escritura Pública de fecha treinta de agosto de 2016, ante mí, don CHRISTIAN ALBERTO PONTILLO ARAVENA, chileno, casado con separación de bienes, microempresario, cédula nacional de identidad número siete millones quinientos catorce mil doscientos ochenta y dos guión k, casado y separado totalmente de bienes, domiciliado en Enrique Matte mil quinientos ochenta y dos, de la comuna de San Miguel, Región Metropolitana, y de paso en esta; y doña JOHANA ELIZABETH MORALES SCHEID, abogada, cédula nacional de identidad número dieciséis millones novecientos cuarenta y nueve mil setecientos noventa y uno guión cinco, quien comparece en representación de don PAUL DICK ROKY CASTILLO CASTILLO, chileno, soltero, microempresario, cédula nacional de identidad número quince millones quinientos ocho mil noventa y cinco guión siete, domiciliado en camino internacional Curacautín a Lonquimay, kilometro ochenta y cuatro de la comuna de Curacautín, en virtud de mandato especial, suscribieron ante mí escritura de complementación de Constitución de la Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada “TURISMO, RECREACIÓN Y HOTELERÍA RAÍCES DEL LONQUIMAY LIMITADA” Y/O “RAÍCES DEL LONQUIMAY LTDA.”, conformada por don CHRISTIAN ALBERTO PONTILLO ARAVENA y don PAUL DICK ROKY CASTILLO CASTILLO, mediante escritura pública otorgada con fecha veintiséis de febrero de dos mil dieciséis ante la Cuarenta y seis Notaría de Santiago, anotada bajo el Repertorio número ciento treinta y siete guión dos mil dieciséis, del primer Bimestre del año dos mil dieciséis, refiriendo que en la Escritura de Constitución, se indicó en la cláusula Quinta que el aporte efectuado por don Paul Dick Roky Castillo Castillo consistía en ceder y transferir en propiedad plena el inmueble denominado Lote K, ubicado en Malalcahuello de la comuna de Curacautín a la Sociedad en comento y que constituyó en ese acto. Que para la correcta transferencia de dominio del inmueble señalado, se complementó la escritura de constitución, en el sentido de acompañar el certificado de avalúo fiscal de la propiedad emitido para el segundo semestre del año dos mil dieciséis, debiendo decir: “A.- Certificado de Avalúo Fiscal: Se deja constancia que la propiedad materia de esta escritura tiene el siguiente número de Rol: doscientos cincuenta guión doscientos uno. “SII ONLINE. Certificado de Avalúo Fiscal. Comuna: CURACAUTÍN. Número de Rol: 250-201. Dirección o nombre de la propiedad: LOTE K MALALCAHUELLO. Destino de la propiedad: HABITACIÓN.El avalúo fiscal es de $4.855.526.- (cuatro millones ochocientos cincuenta y cinco mil quinientos veintiséis pesos), el avalúo exento de impuesto es $4.855.526.- (cuatro millones ochocientos cincuenta y cinco mil quinientos veintiséis pesos).- El avalúo afecto a impuesto es de $0.- (cero pesos).- VIGENTE AL SEGUNDO semestre del año dos mil dieciséis. Nota: El avalúo provisional que se certifica ha sido determinado según el procedimiento de Tasación Fiscal para el cálculo del impuesto Territorial, de acuerdo a la legislación vigente, por lo tanto, no corresponde a una tasación comercial de la propiedad. Por orden del director regional. Que a modo de complementar la individualización de los socios en la escritura de constitución de la Sociedad de Responsabilidad Limitada ya referida, se dejó constancia que el Socio constituyente, don PAUL DICK ROKY CASTILLO CASTILLO, tiene cédula nacional de identidad número quince millones quinientos ocho mil noventa y cinco guión siete, salvando así cualquier omisión en la que se hubiera incurrido en tal escritura, y para la práctica de cualquier acto en el que le cabe participar como socio.- Finalmente la escritura extractada, se entiende formar parte integrante de la escritura pública de Constitución de Sociedad de Responsabilidad Limitada, la cual se mantiene integra en todo lo no enmendado.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 30 de Agosto de 2016.
最近登记事项
- MODIFICACIÓN
TURISMO, RECREACIÓN Y HOTELERÍA RAÍCES DEL LONQUIMAY LIMITADA
CVE 1113730
