Comercial El Rincon Ganadero Limitada
Diario Oficial
公司信息
股东(3)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
JORGE FRANCISCO CANEPA FAJARDO Socio 10.xxx.xxx-1 | 10.xxx.xxx-1 | 64% | - |
Socio 7.xxx.xxx-4 | 7.xxx.xxx-4 | 21% | - |
Socio 76.602.809-8 | 76.602.809-8 | 15% | $115.000.000 |
管理人(2)
JORGE FRANCISCO CANEPA FAJARDO
PABLO ALEJANDRO ARRIAGADA CASTILLO
公报所载公司沿革
- 设立· 2012年7月25日
Constitución de COMERCIAL EL RINCON GANADERO LIMITADA.
- 其他行为
Maribel Paz Prado Rodríguez cede y transfiere un 15% de sus derechos sociales a LA CIGARRA SpA.
- 管理人变更
Se modifica la administración y representación para que actúen conjuntamente Jorge Francisco Canepa Fajardo y Pablo Alejandro Arriagada Castillo.
JORGE FRANCISCO CANEPA FAJARDO · PABLO ALEJANDRO ARRIAGADA CASTILLO
摘要官方正文
ALFREDO EDUARDO FONSECA MIHOVILOVIC, Notario Público Interino de Punta Arenas, con oficio en calle 21 de Mayo Nº 1123, certifica: Por escritura pública de fecha 19 de abril de 2023 repertorio 697-23, ante mí, JORGE FRANCISCO CANEPA FAJARDO, C.I. N° 10.105.973-1, MARIBEL PAZ PRADO RODRIGUEZ, C.I. N° 7.016.958-4, ambos con domicilio calle Quillota N° 202, comuna de Punta Arenas, y LA CIGARRA SpA, RUT N° 76.602.809-8, con domicilio en calle Cerro El Plomo N° 5931 of. N° 1011, comuna de Las Condes; modificaron sociedad comercial de responsabilidad limitada, denominada: “COMERCIAL EL RINCON GANADERO LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha 25 de julio de 2012, otorgada ante Notario de Punta Arenas, don Edmundo Correa Paredes, e inscrita a fojas 506, N° 454 del Registro de Propiedad del año 2012 del Conservador de Bienes Raíces de Punta Arenas. Modificaciones consisten: a) Maribel Paz Prado Rodríguez, vende, cede y transfiere a la sociedad LA CIGARRA SpA, la cual debidamente representada compra, acepta y adquiere para sí, un 15% del capital social, en la suma de $115.000.000, que la cesionaria paga en este acto, al contado y en dinero efectivo a la cedente, quien declara recibirlo a su completa y total satisfacción, otorgando recibo del pago del precio; b) Producto de esta cesión de derechos sociales, la nueva participación social queda determinada de la siguiente forma: JORGE FRANCISCO CANEPA FAJARDO, con 64% de los derechos sociales; MARIBEL PAZ PRADO RODRIGUEZ, con el 21% de los derechos sociales; y la sociedad por acciones LA CIGARRA SpA, con un 15% de los derechos sociales; c) Se modifica el comienzo de la cláusula cuarta de la forma siguiente: “ARTICULO CUARTO: ADMINISTRACION, REPRESENTACION Y USO DE LA RAZON SOCIAL: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá conjuntamente al socio JORGE FRANCISCO CANEPA FAJARDO y al tercero PABLO ALEJANDRO ARRIAGADA CASTILLO, los que actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas personales, la representarán con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos, no siendo necesario acreditar frente a terceros si ellos corresponden o no al giro social, y sin que la siguiente enumeración sea taxativa podrán:…”. En lo demás se mantiene íntegramente vigente el artículo cuarto con relación a las facultades conferidas a los administradores; d) se reemplaza el artículo octavo por el siguiente: “ARTICULO OCTAVO: UTILIDADES Y PERDIDAS: Las utilidades y las eventuales pérdidas se repartirán entre los socios en la misma proporción de los aportes. En lo que respecta, específicamente a la sucursal de la comuna de Puerto Natales, los socios acuerdan que las utilidades y las eventuales pérdidas que genere dicha sucursal se repartirán en un cincuenta por ciento para la sociedad LA CIGARRA SpA, un cuarenta por ciento para don Jorge Francisco Canepa Fajardo y un diez por ciento para doña Maribel Paz Prado Rodríguez. Lo anterior en atención a la responsabilidad en la gestión, operación y control de la referida sucursal en particular.”; y d) se reemplaza el artículo décimo primero por el siguiente: “ARTICULO DECIMO PRIMERO: DISOLUCION: La sociedad no se disuelve por fallecimiento, incapacidad sobreviviente, insolvencia de la sociedad o de cualquier suceso que afecte la libre disposición de los bienes, sea de la sociedad o de algún socio. La sociedad continuará en tales eventos que se refiere a un socio, con el socio afectado o sus herederos o causahabientes, y si estos fueren varios, designarán un representante común que será el único autorizado para actuar en y respecto de la sociedad. El nombramiento debe constar en escritura pública anotada al margen de la inscripción del estatuto social. El referido mandatario ejercerá todos los derechos que tenía el difunto, salvo administrar la sociedad y usar de su razón social." En todo lo no modificado sigue vigente el pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada. Punta Arenas 26 de abril de 2023.
最近登记事项
- MODIFICACIÓN
COMERCIAL EL RINCON GANADERO LIMITADA
CVE 2310228
