Silcat Servicios De Ordeña Mecánica Y Asesorías Agrícolas Integrales Limitada
Diario Oficial
公司信息
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Socio 8.xxx.xxx-9 | 8.xxx.xxx-9 | 70% | - |
Socio 15.xxx.xxx-3 | 15.xxx.xxx-3 | 30% | - |
管理人(2)
公报所载公司沿革
- 设立· 2012年8月10日
Constitución de SILCAT SERVICIOS DE ORDEÑA MECÁNICA Y ASESORÍAS AGRÍCOLAS ÍNTEGRALES LIMITADA.
- 其他行为· 2013年10月25日
Primera modificación de la sociedad.
- 其他行为· 2021年10月15日
Segunda modificación de la sociedad.
- 其他行为· 2023年8月23日
Tercera modificación de la sociedad.
- 权益转让· 2024年11月7日
Álvaro Andrés Navarro Oliva vende, cede y transfiere su 20% de derechos sociales a Hugo Patricio Silva Vera, produciéndose su retiro de la sociedad.
摘要官方正文
RODRIGO PATRICIO FERRER FIGUEROA, Abogado, Notario Público y Conservador de Bienes Raíces Titular de las comunas de Río Negro y Purranque, con oficio en calle Vicuña Mackenna N° 243, Río Negro, certifica: Que, por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 07 de noviembre de 2024, Bajo el Repertorio N° 825-2024, don HUGO PATRICIO SILVA VERA, chileno, casado, empresario, cédula nacional de identidad N° 8.787.861-9, domiciliado en Pasaje San Mateo N° 802, de la ciudad de Osorno; don MARCO ANDRÉS SILVA RUIZ, chileno, soltero, Técnico en Administración de Empresas, cédula nacional de identidad N° 15.296.558-3, domiciliado en Pasaje San Mateo N° 802, de la ciudad de Osorno; y don ÁLVARO ANDRÉS NAVARRO OLIVA, chileno, soltero, Técnico Vendedor, cédula nacional de identidad N° 16.245.809-4, domiciliado en calle José María Sotomayor número ciento veintitrés, Villa Las Rosas, Francke, de la ciudad de Osorno, modificaron la sociedad de Responsabilidad Limitada SILCAT SERVICIOS DE ORDEÑA MECÁNICA Y ASESORÍAS AGRÍCOLAS ÍNTEGRALES LIMITADA, cuyo nombre de fantasía es SILCAT LTDA., constituida por escritura pública de 10 de agosto de 2012, otorgada ante el Notario Público de Río Negro, don RODRIGO PATRICIO FERRER FIGUEROA, Repertorio N° 513-2012, cuyo extracto autorizado fue publicado en el Diario Oficial, en su edición N° 40.338, y fue inscrito a fojas 178, número 113, de Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Río Negro del año 2012; Sociedad que ha sido modificada por: (1) Escritura pública de 25 de octubre de 2013, otorgada ante el señor Notario Público de Rio Negro, don Rodrigo Patricio Ferrer Figueroa, Repertorio bajo el N° 757-2013, cuyo extracto autorizado fue publicado en el Diario Oficial, en su edición N° 40.695, e inscrito a fojas 262 vuelta, número 148, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Río Negro del año 2012; (2) Escritura pública de 15 de octubre de 2021, otorgada ante el señor Notario Público de Rio Negro, don Rodrigo Patricio Ferrer Figueroa, Repertorio bajo el N° 1016-2021, cuyo extracto autorizado fue publicado en el Diario Oficial, en su edición N° 43.082, e inscrito a fojas 94 vuelta, número 62, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Río Negro del año 2021; (3) Escritura pública de 23 de agosto de 2023, otorgada ante el señor Notario Público de Rio Negro, don Rodrigo Patricio Ferrer Figueroa, Repertorio bajo el N° 663-2023, cuyo extracto autorizado fue publicado en el Diario Oficial, en su edición N° 43.636, e inscrito a fojas 62, número 36, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Río Negro del año 2023.- La modificación consistió en lo siguiente: UNO) Que, conforme a los estatutos don ALVARO ANDRÉS NAVARRO OLIVA, titular del 20% de los derechos sociales, vendió, cedió y transfirió dicha participación social a don HUGO PATRICIO SILVA VERA, produciéndose, en consecuencia, su retiro de la sociedad; DOS) a consecuencia de lo anterior, quedaron como socios don HUGO PATRICIO SILVA VERA, con una participación social del 70% y don MARCO ANDRÉS SILVA RUIZ con una participación equivalente al 30% de los derechos sociales; TRES) don MARCO ANDRÉS SILVA RUIZ y don HUGO PATRICIO SILVA VERA, modificaron el pacto social, en todo cuando indican e individualizan a los socios, lo que a contar de esta fecha, son los referidos; CUATRO) don MARCO ANDRÉS SILVA RUIZ y don HUGO PATRICIO SILVA VERA, modificaron la cláusula novena del pacto social, quedando el encabezado con la siguiente redacción, quedando lo demás, específicamente las cláusulas específicas de administración, en los mismos términos existentes a la fecha: “La administración, representación y uso de la razón social corresponderá indistintamente a cualquiera de los socios, por lo que, tanto don HUGO PATRICIO SILVA VERA y don MARCO ANDRÉS SILVA RUIZ, anteponiendo su firma a la razón social, obligarán a la ésta, pudiendo ejercer estas funciones con las más amplias facultades de administración frente a toda persona o institución, sea esta pública o privada, pudiendo ejercer la representación convencional, judicial y extrajudicial de la Sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, etcétera, que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines, pudiendo además delegar dichas facultades en apoderados o delegados especialmente designados al efecto. En el evento que uno de uno de los administradores muera, o pierda la libre administración de sus bienes, siendo esto último determinado por sentencia ejecutoriada, la administración corresponderá exclusivamente a los otros dos socios, sin que sea necesaria manifestación alguna de voluntad en tal sentido”.- Las modificaciones comenzarán a regir desde el otorgamiento de la escritura pública de modificación.- En todo lo no modificado, el estatuto social permanecerá vigente.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Río Negro, 16 de diciembre de 2024.
公司信息
资本
总资本
$4.000.000
股东(3)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Socio 8.xxx.xxx-9 | 8.xxx.xxx-9 | 50% | - |
Socio 15.xxx.xxx-3 | 15.xxx.xxx-3 | 30% | - |
Socio 16.xxx.xxx-4 | 16.xxx.xxx-4 | 20% | - |
管理人(3)
公报所载公司沿革
- 设立· 2012年8月10日
Constitución de la sociedad SILCAT SERVICIOS DE ORDEÑA MECÁNICA Y ASESORÍAS AGRÍCOLAS ÍNTEGRALES LIMITADA.
- 其他行为· 2013年10月25日
Primera modificación de la sociedad.
- 其他行为· 2021年10月15日
Segunda modificación de la sociedad.
- 权益转让· 2023年8月23日
HUGO PATRICIO SILVA VERA vendió, cedió y transfirió un 20% de sus derechos sociales a ÁLVARO ANDRÉS NAVARRO OLIVA.
- 管理人变更· 2023年8月23日
Se modificó la cláusula de administración para que cualquiera de los socios pueda administrar y representar indistintamente la sociedad.
HUGO PATRICIO SILVA VERA · MARCO ANDRÉS SILVA RUIZ · ÁLVARO ANDRÉS NAVARRO OLIVA
摘要官方正文
RODRIGO PATRICIO FERRER FIGUEROA, Abogado, Notario Público y Conservador de Bienes Raíces Titular de las comunas de Río Negro y Purranque, con oficio en calle Vicuña Mackenna N° 243, Río Negro, certifica: Que, por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 23 de agosto de 2023, Repertorio N°663 -2023, don HUGO PATRICIO SILVA VERA, chileno, casado, empresario, cédula nacional de identidad N° 8.787.861-9, domiciliado en Pasaje San Mateo N° 802, de la ciudad de Osorno; don MARCO ANDRÉS SILVA RUIZ, chileno, soltero, Técnico en Administración de Empresas, cédula nacional de identidad N° 15.296.558-3, domiciliado en Pasaje San Mateo N° 802, de la ciudad de Osorno; y don ÁLVARO ANDRÉS NAVARRO OLIVA, chileno, soltero, Técnico Vendedor, cédula nacional de identidad N° 16.245.809-4, domiciliado en calle José María Sotomayor número ciento veintitrés, Villa Las Rosas, Francke, de la ciudad de Osorno, modificaron la sociedad de Responsabilidad Limitada SILCAT SERVICIOS DE ORDEÑA MECÁNICA Y ASESORÍAS AGRÍCOLAS ÍNTEGRALES LIMITADA, cuyo nombre de fantasía es SILCAT LTDA., constituida por escritura pública de 10 de agosto de 2012, otorgada ante el Notario Público de Río Negro, don RODRIGO PATRICIO FERRER FIGUEROA, Repertorio N° 513-2012, cuyo capital inicial fue de $4.000.000, cuyo extracto autorizado fue publicado en el Diario Oficial, en su edición N° 40.338, y fue inscrito a fojas 178, número 113, de Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Río Negro del año 2012; modificada por escritura pública de 25 de octubre de 2013, otorgada ante el señor Notario Público de Rio Negro, don RODRIGO PATRICIO FERRER FIGUEROA, Repertorio bajo el N° 757-2013, cuyo extracto autorizado fue publicado en el Diario Oficial, en su edición N° 40.695, e inscrito a fojas 262 vuelta, número 148, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Río Negro del año 2012; modificada nuevamente por escritura pública de 15 de octubre de 2021, otorgada ante el señor Notario Público de Rio Negro, don RODRIGO PATRICIO FERRER FIGUEROA, Repertorio bajo el N° 1016-2021, cuyo extracto autorizado fue publicado en el Diario Oficial, en su edición N° 43.082, e inscrito a fojas 94 vuelta, número 62, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Río Negro del año 2021. La modificación consistió en lo siguiente: UNO) Que, conforme a los estatutos don HUGO PATRICIO SILVA VERA, era titular del 70% de los derechos sociales, de los que vendió, cedió y transfirió un 20% a don ALVARO ANDRÉS NAVARRO OLIVA; DOS) a consecuencia de lo anterior, quedaron como socios don HUGO PATRICIO SILVA VERA, don MARCO ANDRÉS SILVA RUIZ y don ALVARO ANDRÉS NAVARRO OLIVA con una participación equivalente al 50% de los derechos sociales el primero, un 30% de los derechos sociales el segundo y un 20% de los derechos sociales el tercero; TRES) don MARCO ANDRÉS SILVA RUIZ, don HUGO PATRICIO SILVA VERA, y don ÁLVARO ANDRÉS NAVARRO OLIVA modificaron el pacto social, en todo cuando indican e individualizan a los socios, lo que a contar de esta fecha, son los referidos.- CUATRO) don MARCO ANDRÉS SILVA RUIZ, don ÁLVARO ANDRÉS NAVARRO OLIVA y don HUGO PATRICIO SILVA VERA, modificaron la cláusula novena del pacto social, quedando el encabezado con la siguiente redacción, quedando lo demás, específicamente las cláusulas específicas de administración, en los mismos términos existentes a la fecha: “La administración, representación y uso de la razón social corresponderá indistintamente a cualquiera de los socios, por lo que, tanto don HUGO PATRICIO SILVA VERA, don MARCO ANDRÉS SILVA RUIZ, como don ÁLVARO ANDRÉS NAVARRO OLIVA anteponiendo su firma a la razón social, obligarán a la ésta, pudiendo ejercer estas funciones con las más amplias facultades de administración frente a toda persona o institución, sea esta pública o privada, pudiendo ejercer la representación convencional, judicial y extrajudicial de la Sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, etcétera, que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines, pudiendo además delegar dichas facultades en apoderados o delegados especialmente designados al efecto. En el evento que uno de uno de los administradores muera, o pierda la libre administración de sus bienes, siendo esto último determinado por sentencia ejecutoriada, la administración corresponderá exclusivamente a los otros dos socios, sin que sea necesaria manifestación alguna de voluntad en tal sentido”.- Las modificaciones comenzarán a regir desde el otorgamiento de la escritura pública de modificación.- En todo lo no modificado, el estatuto social permanecerá vigente.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Río Negro, 23 de agosto de 2023.
公司信息
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Socio 15.xxx.xxx-3 | 15.xxx.xxx-3 | 30% | - |
Socio 8.xxx.xxx-9 | 8.xxx.xxx-9 | 70% | - |
管理人(2)
公报所载公司沿革
- 设立· 2012年8月10日
Se constituyó la sociedad SILCAT SERVICIOS DE ORDEÑA MECÁNICA Y ASESORÍAS AGRÍCOLAS ÍNTEGRALES LIMITADA.
- 其他行为· 2013年10月25日
La sociedad fue modificada anteriormente por escritura de 25 de octubre de 2013.
- 权益转让· 2021年10月15日
Ángelo Antonio Catalán Bustos cede y transfiere sus derechos sociales a Marco Andres Silva Ruiz y Hugo Patricio Silva Vera.
ANGELO ANTONIO CATALÁN BUSTOS · MARCO ANDRES SILVA RUIZ · HUGO PATRICIO SILVA VERA
- 股东退出· 2021年10月15日
Ángelo Antonio Catalán Bustos se retira de la sociedad.
- 管理人变更· 2021年10月15日
Se modifica la cláusula de administración para que corresponda indistintamente a ambos socios.
摘要官方正文
RODRIGO PATRICIO FERRER FIGUEROA, Abogado, Notario Público y Conservador de Bienes Raíces Titular, de las comunas de Río Negro y Purranque, con oficio en calle Vicuña Mackenna N° 243, Río Negro, certifica: Que, por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 15 de octubre de 2021, Repertorio N°1016 -2021, don HUGO PATRICIO SILVA VERA, chileno, casado, empresario, cédula nacional de identidad N° 8.787.861-9, domiciliado en Pasaje San Mateo N° 802, de la ciudad de Osorno; don ANGELO ANTONIO CATALÁN BUSTOS, chileno, casado, técnico mecánico, cédula nacional de identidad N° 13.822.787-1, domiciliado en calle Vicente Reyes N° 1226, de la ciudad de Osorno, y don MARCO ANDRES SILVA RUIZ, chileno, soltero, Técnico en Administración de Empresas, cédula nacional de identidad N° 15.296.558-3, domiciliado en Pasaje San Mateo N° 802, de la ciudad de Osorno; modificaron la sociedad de Responsabilidad Limitada SILCAT SERVICIOS DE ORDEÑA MECÁNICA Y ASESORÍAS AGRÍCOLAS ÍNTEGRALES LIMITADA, cuyo nombre de fantasía es SILCAT LTDA, constituida por escritura pública de 10 de agosto de 2012, otorgada ante el Notario Público de Río Negro, don RODRIGO PATRICIO FERRER FIGUEROA, Repertorio N° 513-2012, cuyo extracto autorizado fue publicado en el Diario Oficial, en su edición N° 40.338, y fue inscrito a fojas 178, número 113, de Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Río Negro del año 2012; modificada por escritura pública de 25 de octubre de 2013, otorgada ante el señor Notario Público de Rio Negro, don RODRIGO PATRICIO FERRER FIGUEROA, Repertorio bajo el N° 757-2013, cuyo extracto autorizado fue publicado en el Diario Oficial, en su edición N° 40.695, e inscrito a fojas 262 vuelta, número 148, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Río Negro del año 2012.- La modificación consistió en lo siguiente: UNO) Que, conforme a los estatutos don ANGELO ANTONIO CATALÁN BUSTOS, era titular del 50% de los derechos sociales, los que, en vendió, cedió y transfirió a don MARCO ANDRES SILVA RUIZ, y a don HUGO PATRICIO SILVA VERA, a razón de un 60% del total al primero, y un 40% del total al segundo; DOS) a consecuencia de lo anterior se produjo el retiro de don ANGELO ANTONIO CATALÁN BUSTOS de la sociedad, quedando como socios don MARCO ANDRES SILVA RUIZ, y don HUGO PATRICIO SILVA VERA, con una participación equivalente al 30% de los derechos sociales el primero y un 70% de los derechos sociales el segundo; TRES) don MARCO ANDRES SILVA RUIZ, y don HUGO PATRICIO SILVA VERA, modificaron el pacto social, en todo cuando indican e individualizan a los socios, lo que a contar de esta fecha, son los referidos.- CUATRO) don MARCO ANDRES SILVA RUIZ, y don HUGO PATRICIO SILVA VERA, modificaron la cláusula novena del pacto social, quedando el encabezado con la siguiente redacción, quedando lo demás, específicamente las cláusulas específicas de administración, en los mismos términos existentes a la fecha: “La administración, representación y uso de la razón social corresponderá indistintamente a ambos socios, por lo que, tanto don HUGO PATRICIO SILVA VERA, como don MARCO ANDRES SILVA RUIZ, anteponiendo su firma a la razón social, obligarán a la ésta, pudiendo ejercer estas funciones con las más amplias facultades de administración frente a toda persona o institución, sea esta pública o privada, pudiendo ejercer la representación convencional, judicial y extrajudicial de la Sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, etcétera, que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines, pudiendo además delegar dichas facultades en apoderados o delegados especialmente designados al efecto. En el evento que uno de uno de los dos administradores muera, o pierda la libre administración de sus bienes, siendo esto último determinado por sentencia ejecutoriada, la administración corresponderá exclusivamente al otro, sin que sea necesaria manifestación alguna de voluntad en tal sentido”.- Las modificaciones comenzarán a regir desde el otorgamiento de la escritura pública de modificación.- En todo lo no modificado, el estatuto social permanecerá vigente.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Río Negro, 18 de octubre de 2021.-
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