Sociedad Construcción Y Servicios Profesionales Legos Limitada
Diario Oficial
公司信息
资本
总资本
$4.000.000
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Socio 15.xxx.xxx-0 | 15.xxx.xxx-0 | 99% | - |
MAKARENA ESTEFANÍA PINCHEIRA REBOLLEDO Socio 17.xxx.xxx-6 | 17.xxx.xxx-6 | 1% | - |
管理人(1)
公报所载公司沿革
- 设立· 2012年3月2日
Se constituye la sociedad LEGOS LTDA. por Ana Dorila Poblete Carrasco y Pedro Egidio Sobarzo Villa.
- 权益转让· 2014年1月21日
Ana Dorila Poblete Carrasco cede el 50% del capital social a Priscila Enelda Flores Gutiérrez y pierde la calidad de socia.
ANA DORILA POBLETE CARRASCO · PRISCILA ENELDA FLORES GUTIÉRREZ
- 资本变更· 2016年1月7日
Se aumenta el capital social en $20.000.000, aportados por Priscila Enelda Flores Gutiérrez y Pedro Egidio Sobarzo Villa.
PRISCILA ENELDA FLORES GUTIÉRREZ · PEDRO EGIDIO SOBARZO VILLA
- 权益转让· 2017年11月2日
Priscila Enelda Flores Gutiérrez cede derechos a Pedro Egidio Sobarzo Villa y Nataly del Carmen Sobarzo Villa; se cambia la administración a ambos indistintamente.
PRISCILA ENELDA FLORES GUTIÉRREZ · PEDRO EGIDIO SOBARZO VILLA · NATALY DEL CARMEN SOBARZO VILLA
- 权益转让
Nataly del Carmen Sobarzo Villa cede 95% de sus derechos a Pedro Egidio Sobarzo Villa y 5% a Makarena Estefanía Pincheira Rebolledo; Pedro Egidio Sobarzo Villa queda como administrador único.
NATALY DEL CARMEN SOBARZO VILLA · PEDRO EGIDIO SOBARZO VILLA · MAKARENA ESTEFANÍA PINCHEIRA REBOLLEDO
摘要官方正文
Ministerio del Interior ELIANA ANDREA MARTÍNEZ CÁRDENAS, Abogado, Notario Público Suplente de la Titular doña Esmirna Vidal Moraga, con oficio en calle Antonio Varas 979, Temuco, certifica: Por Escritura Pública de fecha 13 de Agosto de 2025, Repertorio N° 8560-25, ante mí: doña NATALY DEL CARMEN SOBARZO VILLA, chilena, divorciada, contador auditor, con domicilio en avenida Simón Bolívar número cero novecientos ochenta y cinco, departamento número trescientos cuatro, Jardines de Las Rosas, comuna y ciudad de Temuco, cédula de identidad número catorce millones doscientos setenta y un mil quinientos cincuenta y ocho guión nueve; don PEDRO EGIDIO SOBARZO VILLA, chileno, soltero, ingeniero constructor, con domicilio en Zorzal número cero dos mil cuatrocientos cincuenta, comuna y ciudad de Temuco, cédula de identidad número quince millones seiscientos cincuenta y cinco mil quinientos cuarenta y seis guión cero, y doña MAKARENA ESTEFANÍA PINCHEIRA REBOLLEDO, chilena, soltera, enfermera, con domicilio en Casa Piedra número cero ciento veinticinco, comuna y ciudad de Padre Las Casas, y de paso por esta, cédula de identidad número diecisiete millones quinientos cuarenta y siete mil ochocientos noventa guión seis, modificaron la sociedad comercial de responsabilidad limitada llamada “SOCIEDAD CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS PROFESIONALES LEGOS LIMITADA”, cuyo nombre de fantasía es LEGOS LTDA., constituida por escritura pública de fecha 02/03/2012, otorgada ante el Notario Público de Temuco don Juan Antonio Loyola Opazo, por doña ANA DORILA POBLETE CARRASCO y don PEDRO EGIDIO SOBARZO VILLA, la que fue inscrita a fojas 452 v, número 367, del Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año 2012. Un extracto de la mencionada sociedad fue publicado en el Diario Oficial en su edición número 40.210 con fecha 12/03/2012, con un capital social de $4.000.000.- Posteriormente y por escritura pública de fecha 21/01/2014, otorgada ante el Notario Público de Temuco, don Juan Antonio Loyola Opazo, dicha sociedad fue modificada. Modificación que fue inscrita a fojas 214, número 151 del Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año 2014. Un extracto de la mencionada modificación social fue publicado en el Diario Oficial en su edición número 40.769 con fecha 29/01/2014. En dicha modificación la socia doña ANA DORILA POBLETE CARRASCO vendió, cedió y transfirió el cien por ciento del capital, derechos, haberes y/o débitos que le correspondía en la sociedad a doña PRISCILA ENELDA FLORES GUTIÉRREZ, lo que equivale al cincuenta por ciento del total del capital social. El precio de la cesión fue la suma de $2.500.000.-, que la cesionaria pagó a la cedente, ya individualizada, en dinero efectivo y de contado en el acto de suscripción de la escritura de modificación dicha, por lo anterior doña ANA DORILA POBLETE CARRASCO perdió la calidad de socia. Asimismo, en dicha modificación se acordó que los administradores de la sociedad eran doña PRISCILIA ENELDA FLORES GUTIÉRREZ y/o don PEDRO EGIDIO SOBARZO VILLA, quienes actuarían anteponiendo sus firmas a la razón social, pudiendo representarla con las mismas facultades y limitaciones señaladas en la Cláusula Séptima del pacto social original. Posteriormente y por escritura pública de fecha 07/01/2016, otorgada ante el Notario Público de Temuco don Juan Antonio Loyola Opazo, dicha sociedad fue nuevamente modificada. Modificación que fue inscrita a fojas 249 v, número 143 del Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año 2016. Un extracto de la mencionada modificación social fue publicado en el Diario Oficial en su edición número 41.358 con fecha 16/01/2016. En dicha modificación los socios modificaron la Cláusula Quinta del pacto social original, aumentando el capital social mediante el aporte de la suma de $20.000.000.-, de acuerdo a la proporción de sus respectivos derechos sociales, de la siguiente manera: a) doña PRISCILA ENELDA FLORES GUTIÉRREZ aportó la suma de $10.000.000.-, en dinero efectivo y de contado, los cuales ingresaron a las arcas sociales en ese acto, y b) don PEDRO EGIDIO SOBARZO VILLA aportó la suma de $10.000.000.-, en dinero efectivo y de contado, los cuales ingresaron a las arcas sociales en ese acto. Posteriormente y por escritura pública de fecha 02/11/2017, otorgada ante el Notario Público de Temuco don Juan Antonio Loyola Opazo, dicha sociedad fue nuevamente modificada. Modificación que fue inscrita a fojas 1825, número 1113 del Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año 2017. Un extracto de la mencionada modificación social fue publicado en el Diario Oficial en su edición número 41.934 de fecha 16/12/2017. En dicha modificación la socia doña PRISCILA ENELDA FLORES GUTIÉRREZ, vendió, cedió y transfirió lo siguiente: a) el sesenta por ciento del capital, derechos, haberes y/o débitos que le correspondían en la sociedad a don PEDRO EGIDIO SOBARZO VILLA, lo que equivale al treinta por ciento del capital social. El precio de la cesión fue la suma de $7.200.000.-, que la cesionaria pagó a la cedente, ya individualizada, en dinero efectivo y de contado en el acto de suscripción de la escritura de modificación dicha, y b) el cuarenta por ciento del capital, derechos, haberes y/o débitos que le correspondía en la sociedad a doña NATALY DEL CARMEN SOBARZO VILLA, lo que equivale al veinte por ciento del capital social. El precio de la cesión fue la suma de $4.800.000, que la cesionaria pagó a la cedente, ya individualizada, en dinero efectivo y de contado en el acto de suscripción de la escritura de modificación dicha, por lo que doña ANA DORILA POBLETE CARRASCO, perdió la calidad de socia al haber cedido la totalidad de sus derechos. Asimismo, en dicha modificación se acordó que los administradores de la sociedad eran, indistintamente, don PEDRO EGIDIO SOBARZO VILLA y/o doña NATALY DEL CARMEN SOBARZO VILLA, quienes actuarían anteponiendo sus firmas a la razón social, pudiendo representarla con las mismas facultades y limitaciones señaladas en el pacto social original. Las modificaciones consistieron en: doña NATALY DEL CARMEN SOBARZO VILLA vendió, cedió y transfirió a don PEDRO EGIDIO SOBARZO VILLA el noventa y cinco por ciento de sus acciones y derechos que le corresponden en la “SOCIEDAD CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS PROFESIONALES LEGOS LIMITADA”, correspondientes al diecinueve por ciento del total del capital social, quien compró, aceptó y adquirió para sí. El precio de la cesión fue la suma de $4.560.000.-, que se pagaron en ese acto en dinero efectivo, declarando el cedente haber recibido del cesionario dicha suma al contado y a su entera y completa satisfacción Asimismo, doña NATALY DEL CARMEN SOBARZO VILLA vendió, cedió y transfirió a doña MAKARENA ESTEFANÍA PINCHEIRA REBOLLEDO el cinco por ciento de sus acciones y derechos que le corresponden en la “SOCIEDAD CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS PROFESIONALES LEGOS LIMITADA”, correspondientes al uno por ciento del total del capital social, quien compró, aceptó y adquirió para sí dicho porcentaje de acciones derechos haberes y/o débitos que a la primera corresponden en la mencionada sociedad pasando a ocupar el mismo lugar jurídico que correspondía a la socia saliente en el porcentaje antes señalado. El precio de la cesión es la suma de $240.000.-, que se pagaron en ese acto en dinero efectivo, declarando el cedente haber recibido del cesionario dicha suma al contado y a su entera y completa satisfacción. Además, los nuevos socios modificaron la Cláusula Séptima del pacto social originario señalando que el administrador de la sociedad será únicamente don PEDRO EGIDIO SOBARZO VILLA, ya individualizado, quien actuará anteponiendo su firma a la razón social, pudiendo representarla con las mismas facultades y limitaciones allí señaladas. En consecuencia, desde este momento, los únicos socios de la “SOCIEDAD CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS PROFESIONALES LEGOS LIMITADA” son don PEDRO EGIDIO SOBARZO VILLA, con un noventa y nueve por ciento de las acciones y derechos sociales y doña MAKARENA ESTEFANÍA PINCHEIRA REBOLLEDO con un uno por ciento de las acciones y derechos sociales. En todo lo que no se modificó por dicho instrumento seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social original y las citadas modificaciones. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Temuco, 19 de agosto de 2025.
最近登记事项
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS PROFESIONALES LEGOS LIMITADA
CVE 2699251
