Ingenieria Y Construccion Ricardo Ballesta SpA
Diario Oficial
公司信息
资本
总资本
$5.000.000
实缴资本
$5.000.000
待缴资本
$0
股份
500
股东(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
JUAN CARLOS VILLABLANCA ROBLES Accionista 12.xxx.xxx-6 | 12.xxx.xxx-6 | 100% | $5.000.000 |
管理人(1)
JUAN CARLOS VILLABLANCA ROBLES
公报所载公司沿革
- 权益转让· 2025年5月5日
Ricardo Andres Ballesta Reyes vende y cede 325 acciones a Juan Carlos Villablanca Robles, quien queda como único accionista.
RICARDO ANDRES BALLESTA REYES · JUAN CARLOS VILLABLANCA ROBLES
摘要官方正文
Ministerio del Interior PEDRO ENRIQUE HIDALGO SARZOSA, Abogado, Notario Público Interino de la Segunda Notaría de Concepción, según consta en Decreto Económico Nº211, protocolizado al final del registro del 6º Bimestre del año 2023, con el Nº792, con oficio en calle Castellón Nº116, Concepción, certifico: Que, por escritura pública de fecha 05 de mayo de 2025, Repertorio Nº1731-2025 compareció ante mí, don RICARDO ANDRES BALLESTA REYES, chileno, casado, ingeniero ejecución mecánico, cédula de identidad Nº7.758.745-4 domiciliado en calle Freire Nº322, Concepción, y don JUAN CARLOS VILLABLANCA ROBLES, chileno, casado, constructor civil, cédula de identidad Nº12.528.439-6, domiciliado en Pasaje 2 casa 4.043 Villa Los Notros, comuna de Hualpén, modificaron sociedad INGENIERIA Y CONSTRUCCION RICARDO BALLESTA SpA Rut.Nº76.180.775-7, capital inicial de $5.000.000.- dividido en 500 acciones, extracto inscrito en el Registro de Comercio a fojas 2.994 Nº 2419, del año 2011 del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Concepción.- Don Ricardo Andres Ballesta Reyes vendió, cedió transfirió a don Juan Carlos Villablanca Robles quien compró, aceptó y adquirió para 325 acciones, ordinarias, nominativas de igual valor de una misma serie y sin valor nominal, de INGENIERIA Y CONSTRUCCION RICARDO BALLESTA SpA como consecuencia don Juan Carlos Villablanca Robles quedó como único y actual accionista de INGENIERIA Y CONSTRUCCION RICARDO BALLESTA SpA haciéndose titular de todos los derechos que le correspondía al vendedor en dicha sociedad. Que como único y actual socio de INGENIERIA Y CONSTRUCCION RICARDO BALLESTA SpA don Juan Carlos Villablanca Robles introduce las siguientes modificación al pacto social relativos a; Uno) Se modifica el Artículo Décimo Tercero del Título Tercero. Administración, sustituyéndolo por el siguiente: “ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO: a) La administración, representación y el uso del nombre de la sociedad será a través de un administrador y corresponderá a don JUAN CARLOS VILLABLANCA ROBLES. El administrador, tendrá todas las facultades necesarias para representar judicial y extrajudicialmente a la sociedad, así como para ejecutar el objeto de la compañía, de modo que, anteponiendo su firma al nombre de la sociedad, pueda obligarla en todo tipo de actos y contratos, con todas las facultades de administración y disposición, pudiendo autocontratar y conferir mandatos especiales. ACEPTACIÓN. Presente en este acto don JUAN CARLOS VILLABLANCA ROBLES ya individualizado en la comparecencia, declara expresamente, aceptar la administración conferida.”. DOS) Se modifica el Artículo Décimo Octavo y Artículo Vigésimo Tercero del Título Cuarto. Junta de Accionistas, sustituyéndolos por los siguientes: ARTÍCULO DÉCIMO OCTAVO: No se requerirá la celebración de una Junta Extraordinaria de Accionistas para acordar la disolución, transformación, fusión o división de la sociedad, o a cualquiera reforma de sus estatutos, si los accionistas titulares de la totalidad de las acciones emitidas con derecho a voto manifestaren su consentimiento en una escritura pública, o bien, en un instrumento privado en el cual las firmas de los otorgantes sean autorizadas por notario público en cuyo registro será protocolizado dicho instrumento. Un extracto de la escritura pública o del instrumento privado protocolizado en que conste el consentimiento escrito de la unanimidad de los accionistas, en que se acuerde la reforma de los estatutos de la sociedad, deberá ser inscrito y publicado en la forma que dispone el artículo cuatrocientos veintisiete en relación al artículo cuatrocientos veintiséis, ambos del Código de Comercio.” “ARTÍCULO VIGÉSIMO TERCERO: Los acuerdos de las juntas de accionistas se adoptarán con el voto favorable de, a lo menos, la mayoría absoluta de las acciones con derecho a voto. Con todo, se requerirá el voto conforme de las dos terceras partes de las acciones emitidas con derecho a voto para tomar cualquier acuerdo relativo a las materias que se señalan en el inciso segundo del artículo sesenta y siete de la Ley de Sociedades Anónimas.”; TRES) Se modifica el Artículo Primero Transitorio del Título Octavo. Suscripción y Pago de Acciones. sustituyéndolo por el siguiente: “El capital de la sociedad asciende a la suma de cinco millones de pesos, dividido en quinientas acciones ordinarias, nominativas, de igual valor, de una misma serie, y sin valor nominal, todas íntegramente pagadas y suscritas con anterioridad a este acto de la siguiente forma: Don JUAN CARLOS VILLABLANCA ROBLES es titular de quinientas acciones. SIETE) Se elimina el Artículo Segundo Transitorio del Título Octavo. Demás estipulaciones escritura extractada. Concepción, mayo 19 de 2025. Doy fe.
最近登记事项
- MODIFICACIÓN
INGENIERIA Y CONSTRUCCION RICARDO BALLESTA SpA
CVE 2649765
