Salud & Vida Limitada
Diario Oficial
公司信息
公司目的
La prestación de servicios profesionales en el campo de la odontología, medicina tradicional, medicina alternativa u otras áreas de la salud, ya sea en forma directa o a través de convenios sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar u organismos del sector público, municipal o privado; toma e interpretación de exámenes de salud o médicos, telemedicina y/o afines; capacitación tanto en Universidades, Institutos Técnicos y Profesionales, Otec o similares; en general desarrollar todas las actividades conexas, análogas y/o complementarias de la actividad principal que el socio determine.
资本
总资本
$200.000
实缴资本
$200.000
待缴资本
$0
股份
200
股东(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Accionista 12.xxx.xxx-3 | 12.xxx.xxx-3 | 100% | $200.000 |
管理人(1)
法定代理(1)
CARLA ANDREA RIQUELME SEPULVEDA
公报所载公司沿革
- 设立· 2003年9月30日
Constitución original de SALUD & VIDA LIMITADA
- 其他行为· 2013年9月21日
Modificación de la sociedad
- 其他行为· 2018年5月31日
Nueva modificación de la sociedad
- 权益转让· 2020年12月28日
Carla Andrea Riquelme Sepulveda cede el 50% de sus derechos a Manuel Andres Migueles Rojas
CARLA ANDREA RIQUELME SEPULVEDA · MANUEL ANDRES MIGUELES ROJAS
- 权益转让· 2020年12月28日
Hector Riquelme Herrera, representado por Carla Andrea Riquelme Sepulveda, cede el 20% de sus derechos a Manuel Andres Migueles Rojas
HECTOR RIQUELME HERRERA · CARLA ANDREA RIQUELME SEPULVEDA · MANUEL ANDRES MIGUELES ROJAS
- 股东退出· 2020年12月28日
Se acepta el retiro de Carla Andrea Riquelme Sepulveda y Hector Riquelme Herrera
- 公司形式转换· 2020年12月28日
La sociedad limitada se transforma en sociedad por acciones denominada SALUD & VIDA SpA
摘要官方正文
VIVIANA LORETO KRAMM VASQUEZ, Abogado, Suplente del Notario Público Titular de Osorno don JOSE ROBINSON DOLMESTCH URRA, M.A. Matta Nº680, certifica: Que por escritura pública otorgada con fecha 28 de Diciembre del 2020, ante don José Dolmestch Urra JOSÉ ROBINSON DOLMESTCH URRA, Notario Público Titular de Osorno, certifica, por escritura MANUEL ANDRES MIGUELES ROJAS, odontólogo, C.I.NAC. Nº12.588.781 3, Hermanos Phillipi 1.120, Osorno y CARLA ANDREA RIQUELME SEPULVEDA, ingeniero comercial, C.I.NAC. Nº12.522.938 7, Hermanos Phillipi 1.120, Osorno, por sí y en representación de HECTOR RIQUELME HERRERA, profesor jubilado, C.I.NAC. Nº5.080.628 6, Pasaje El Canelo 054, Villa Santa Terecita de Colín, Maule; celebraron contrato de modificación, cesión de derechos y transformación de sociedad de responsabilidad limitada “SALUD & VIDA LIMITADA”, RUT Nº76.169.006 K, capital sociedad $200.000, 28 de diciembre año 2020, ante Notario Público Titular de Osorno José Robinson Dolmestch Urra, Repertorio Nº3250 2020. Dicha sociedad fue constituida por escritura pública 30 Septiembre año 2003, otorgada ante Notario Público Titular de Talca Juan Bianchi Astaburuaga. Extracto sociedad se inscribió a fojas 1109 Nº555 en Registro Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca año 2003 y publicado Diario Oficial Nº37.682, 11 Octubre de 2003. Sociedad referida modificada por escritura pública 21 Septiembre año 2013, otorgada ante Notario Público Titular de Talca Ignacio Vidal Domínguez, Repertorio Nº4.225 2013, cuyo extracto fue inscrito con el Nº1126 en Registro Comercio año 2013 del Conservador de Bienes Raíces de Talca. Nuevamente modificada referida sociedad por escritura pública 31 Mayo año 2018, otorgada ante Notario Público Titular de Talca Héctor Manuel Ferrada Escobar, Repertorio Nº2.360 2018, cuyo extracto fue inscrito fojas 1353 Nº480 en Registro Comercio año 2018 del Conservador de Bienes Raíces de Talca y publicado Diario Oficial Nº42.088, 21 Junio año 2018. Se modifica sociedad referida, siguiente forma: a) Socia CARLA ANDREA RIQUELME SEPULVEDA, vende, cede y transfiere totalidad de haberes y derechos en sociedad, correspondientes 50% del capital, a MANUEL ANDRES MIGUELES ROJAS, quien compra, acepta y adquiere para sí, los que avalúan de común acuerdo en $100.000, pagados en forma indicada en escritura extractada. b) Socio HECTOR RIQUELME HERRERA representado por CARLA ANDREA RIQUELME SEPULVEDA, vende, cede y transfiere totalidad de haberes y derechos en sociedad, correspondientes 20% del capital, a MANUEL ANDRES MIGUELES ROJAS, quien compra, acepta y adquiere para sí, los que avalúan de común acuerdo en $40.000, pagados en forma indicada en escritura extractada. c) Socios comparecientes aceptan expresamente el retiro de CARLA ANDREA RIQUELME SEPULVEDA y HECTOR RIQUELME HERRERA. A partir de esta fecha, queda como único socio de “SALUD & VIDA LIMITADA”, MANUEL ANDRES MIGUELES ROJAS, con una participación del 100% en capital social, y en tal calidad transforma la persona jurídica señalada en cláusulas anteriores en una sociedad por acciones, denominada “SALUD & VIDA SpA”, de acuerdo a lo dispuesto en artículos 424 y siguientes Código de Comercio, cuyos estatutos son: ESTATUTOS DE “SALUD & VIDA SpA”. TITULO PRIMERO: DEL NOMBRE, DOMICILIO, DURACION y OBJETO: Nombre Sociedad “SALUD & VIDA SpA”. Domicilio Osorno, sin perjuicio que pueda establecer agencias, filiales, sucursales o establecimientos en resto del país o en extranjero. Sociedad comenzará a regir con esta fecha y tendrá duración indefinida. Objeto de sociedad consistirá en: La prestación de servicios profesionales en el campo de la odontología, medicina tradicional, medicina alternativa u otras áreas de la salud, ya sea en forma directa o a través de convenios sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar u organismos del sector público, municipal o privado; toma e interpretación de exámenes de salud o médicos, telemedicina y/o afines; capacitación tanto en Universidades, Institutos Técnicos y Profesionales, Otec o similares; en general desarrollar todas las actividades conexas, análogas y/o complementarias de la actividad principal que el socio determine. TITULO SEGUNDO: DEL CAPITAL SOCIAL. Capital de sociedad $200.000, dividido en 200 acciones nominativas, misma serie, ordinarias, y de un valor de $1.000 cada una. Capital queda totalmente suscrito y pagado en este acto en forma indicada en artículos transitorios de estos Estatutos. Las acciones podrán ser emitidas sin necesidad de imprimir láminas físicas de dichos títulos. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado, no gozarán de derecho alguno. TITULO TERCERO: DE LA ADMINISTRACION SOCIAL. Administración de sociedad será ejercida por MANUEL ANDRES MIGUELES ROJAS, quien estará premunido de facultades señaladas en Artículo Sexto del Título Tercero de la escritura extractada. TITULO CUARTO. DE LOS ACCIONISTAS. Accionistas se reunirán en juntas ordinarias y extraordinarias. Juntas ordinarias se celebrarán una vez al año dentro del trimestre siguiente a la fecha del balance. Juntas extraordinarias podrán celebrarse en cualquier tiempo, cuando lo exijan necesidades sociales, para decidir cualquier materia que la ley o los estatutos entreguen al conocimiento de la junta accionistas y siempre que tales materias se señalen en citación correspondiente. Juntas ordinarias de accionistas conocerán siguientes materias: i) Examen de situación de sociedad, informes de auditores externos, aprobación o rechazo del balance y estados financieros presentados por administrador o liquidadores si corresponde; ii) Distribución de utilidades de cada ejercicio y en especial reparto de dividendos; y iii) En general cualquiera materia de interés que no sea propia de junta extraordinaria. Son materias Junta Extraordinaria Accionistas, conocer y pronunciarse sobre modificaciones estatuarias y materias señaladas en la Ley. TITULO QUINTO. DEL BALANCE Y DISTRIBUCION DE UTILIDADES. Sociedad practicará balance general al 31 diciembre de cada año y un estado de ganancias y pérdidas del respectivo ejercicio comercial. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó para inscribir. Osorno, 12 enero 2021.
公司信息
公司目的
La prestación de servicios profesionales en el campo de la odontología, medicina tradicional, medicina alternativa u otras áreas de la salud, ya sea en forma directa o a través de convenios sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar u organismos del sector público, municipal o privado; toma e interpretación de exámenes de salud o médicos, telemedicina y/o afines; capacitación tanto en Universidades, Institutos Técnicos y Profesionales, Otec o similares; en general desarrollar todas las actividades conexas, análogas y/o complementarias de la actividad principal que el socio determine.
资本
总资本
$200.000
实缴资本
$200.000
待缴资本
$0
股份
200
股东(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Accionista 12.xxx.xxx-3 | 12.xxx.xxx-3 | 100% | $200.000 |
管理人(1)
法定代理(1)
CARLA ANDREA RIQUELME SEPULVEDA
公报所载公司沿革
- 设立· 2003年9月30日
Constitución original de SALUD & VIDA LIMITADA.
- 其他行为· 2013年9月21日
Primera modificación de la sociedad.
- 其他行为· 2018年5月31日
Segunda modificación de la sociedad.
- 权益转让· 2020年12月28日
Carla Andrea Riquelme Sepulveda cede el 50% de sus derechos a Manuel Andres Migueles Rojas; HECTOR RIQUELME HERRERA cede el 20% de sus derechos, representado por Carla Andrea Riquelme Sepulveda.
CARLA ANDREA RIQUELME SEPULVEDA · MANUEL ANDRES MIGUELES ROJAS · HECTOR RIQUELME HERRERA
- 股东退出· 2020年12月28日
Se acepta el retiro de Carla Andrea Riquelme Sepulveda y HECTOR RIQUELME HERRERA.
- 公司形式转换· 2020年12月28日
La sociedad limitada se transforma en sociedad por acciones denominada SALUD & VIDA SpA.
摘要官方正文
VIVIANA LORETO KRAMM VASQUEZ, Abogado, Suplente del Notario Público Titular de Osorno don JOSE ROBINSON DOLMESTCH URRA, M.A. Matta Nº680, certifica: Que por escritura pública otorgada con fecha 28 de Diciembre del 2020, ante don José Dolmestch Urra JOSÉ ROBINSON DOLMESTCH URRA, Notario Público Titular de Osorno, certifica, por escritura MANUEL ANDRES MIGUELES ROJAS, odontólogo, C.I.NAC. Nº12.588.7813, Hermanos Phillipi 1.120, Osorno y CARLA ANDREA RIQUELME SEPULVEDA, ingeniero comercial, C.I.NAC. Nº12.522.9387, Hermanos Phillipi 1.120, Osorno, por sí y en representación de HECTOR RIQUELME HERRERA, profesor jubilado, C.I.NAC. Nº5.080.6286, Pasaje El Canelo 054, Villa Santa Terecita de Colín, Maule; celebraron contrato de modificación, cesión de derechos y transformación de sociedad de responsabilidad limitada “SALUD & VIDA LIMITADA”, RUT Nº76.169.006K, capital sociedad $200.000, 28 de diciembre año 2020, ante Notario Público Titular de Osorno José Robinson Dolmestch Urra, Repertorio Nº32502020. Dicha sociedad fue constituida por escritura pública 30 Septiembre año 2003, otorgada ante Notario Público Titular de Talca Juan Bianchi Astaburuaga. Extracto sociedad se inscribió a fojas 1109 Nº555 en Registro Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca año 2003 y publicado Diario Oficial Nº37.682, 11 Octubre de 2003. Sociedad referida modificada por escritura pública 21 Septiembre año 2013, otorgada ante Notario Público Titular de Talca Ignacio Vidal Domínguez, Repertorio Nº4.225/2013, cuyo extracto fue inscrito con el Nº1126 en Registro Comercio año 2013 del Conservador de Bienes Raíces de Talca. Nuevamente modificada referida sociedad por escritura pública 31 Mayo año 2018, otorgada ante Notario Público Titular de Talca Héctor Manuel Ferrada Escobar, Repertorio Nº2.3602018, cuyo extracto fue inscrito fojas 1353 Nº480 en Registro Comercio año 2018 del Conservador de Bienes Raíces de Talca y publicado Diario Oficial Nº42.088, 21 Junio año 2018. Se modifica sociedad referida, siguiente forma: a) Socia CARLA ANDREA RIQUELME SEPULVEDA, vende, cede y transfiere totalidad de haberes y derechos en sociedad, correspondientes 50% del capital, a MANUEL ANDRES MIGUELES ROJAS, quien compra, acepta y adquiere para sí, los que avalúan de común acuerdo en $100.000, pagados en forma indicada en escritura extractada. b) Socio HECTOR RIQUELME HERRERA representado por CARLA ANDREA RIQUELME SEPULVEDA, vende, cede y transfiere totalidad de haberes y derechos en sociedad, correspondientes 20% del capital, a MANUEL ANDRES MIGUELES ROJAS, quien compra, acepta y adquiere para sí, los que avalúan de común acuerdo en $40.000, pagados en forma indicada en escritura extractada. c) Socios comparecientes aceptan expresamente el retiro de CARLA ANDREA RIQUELME SEPULVEDA y HECTOR RIQUELME HERRERA. A partir de esta fecha, queda como único socio de “SALUD & VIDA LIMITADA”, MANUEL ANDRES MIGUELES ROJAS, con una participación del 100% en capital social, y en tal calidad transforma la persona jurídica señalada en cláusulas anteriores en una sociedad por acciones, denominada “SALUD & VIDA SpA”, de acuerdo a lo dispuesto en artículos 424 y siguientes Código de Comercio, cuyos estatutos son: ESTATUTOS DE “SALUD & VIDA SpA”. TITULO PRIMERO: DEL NOMBRE, DOMICILIO, DURACION y OBJETO: Nombre Sociedad “SALUD & VIDA SpA”. Domicilio Osorno, sin perjuicio que pueda establecer agencias, filiales, sucursales o establecimientos en resto del país o en extranjero. Sociedad comenzará a regir con esta fecha y tendrá duración indefinida. Objeto de sociedad consistirá en: La prestación de servicios profesionales en el campo de la odontología, medicina tradicional, medicina alternativa u otras áreas de la salud, ya sea en forma directa o a través de convenios sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar u organismos del sector público, municipal o privado; toma e interpretación de exámenes de salud o médicos, telemedicina y/o afines; capacitación tanto en Universidades, Institutos Técnicos y Profesionales, Otec o similares; en general desarrollar todas las actividades conexas, análogas y/o complementarias de la actividad principal que el socio determine. TITULO SEGUNDO: DEL CAPITAL SOCIAL. Capital de sociedad $200.000, dividido en 200 acciones nominativas, misma serie, ordinarias, y de un valor de $1.000 cada una. Capital queda totalmente suscrito y pagado en este acto en forma indicada en artículos transitorios de estos Estatutos. Las acciones podrán ser emitidas sin necesidad de imprimir láminas físicas de dichos títulos. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado, no gozarán de derecho alguno. TITULO TERCERO: DE LA ADMINISTRACION SOCIAL. Administración de sociedad será ejercida por MANUEL ANDRES MIGUELES ROJAS, quien estará premunido de facultades señaladas en Artículo Sexto del Título Tercero de la escritura extractada. TITULO CUARTO. DE LOS ACCIONISTAS. Accionistas se reunirán en juntas ordinarias y extraordinarias. Juntas ordinarias se celebrarán una vez al año dentro del trimestre siguiente a la fecha del balance. Juntas extraordinarias podrán celebrarse en cualquier tiempo, cuando lo exijan necesidades sociales, para decidir cualquier materia que la ley o los estatutos entreguen al conocimiento de la junta accionistas y siempre que tales materias se señalen en citación correspondiente. Juntas ordinarias de accionistas conocerán siguientes materias: i) Examen de situación de sociedad, informes de auditores externos, aprobación o rechazo del balance y estados financieros presentados por administrador o liquidadores si corresponde; ii) Distribución de utilidades de cada ejercicio y en especial reparto de dividendos; y iii) En general cualquiera materia de interés que no sea propia de junta extraordinaria. Son materias Junta Extraordinaria Accionistas, conocer y pronunciarse sobre modificaciones estatuarias y materias señaladas en la Ley. TITULO QUINTO. DEL BALANCE Y DISTRIBUCION DE UTILIDADES. Sociedad practicará balance general al 31 diciembre de cada año y un estado de ganancias y pérdidas del respectivo ejercicio comercial. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó para inscribir. Osorno, 12 enero 2021.
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