Sociedad De Inversiones La Gloria Limitada
Diario Oficial
公司信息
资本
总资本
$20.980.032.935
实缴资本
$20.980.032.935
待缴资本
$0
股东(5)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 20% | $4.196.006.587 |
Socio | - | 20% | $4.196.006.587 |
Socio | - | 20% | $4.196.006.587 |
Alessandra Viviana Lubiano Aste Socio | - | 20% | $4.196.006.587 |
Socio | - | 20% | $4.196.006.587 |
管理人(5)
公报所载公司沿革
- 设立· 2011年8月3日
Se constituye Sociedad de Inversiones La Gloria Limitada.
- 管理人变更· 2013年11月14日
Se modifica la administración de la sociedad.
- 资本变更· 2014年3月24日
Se aumenta el capital social de $10.000.000 a $11.999.952.418.
- 资本变更· 2014年8月25日
Se aumenta el capital social a $12.343.952.418.
- 资本变更· 2014年10月8日
Se aumenta el capital social a $13.227.952.418.
- 资本变更· 2015年1月16日
Se aumenta el capital social a $13.561.952.418.
- 资本变更· 2015年4月24日
Se aumenta el capital social a $20.920.032.935.
- 资本变更· 2015年10月13日
Se aumenta el capital social a $20.980.032.935 y se distribuye entre los socios.
Juan Atilio Lubiano Bruzzo · Alessandra Viviana Lubiano Aste · Carla Maddalena Lubiano Aste · Daniela Giovanna Lubiano Aste · Luciana Giannina Lubiano Aste · Juan Eduardo Lubiano Aste
- 身故· 2017年12月11日
Fallece el socio Juan Atilio Lubiano Bruzzo.
- 继承· 2019年12月13日
Se otorga la posesión efectiva de la herencia intestada de Juan Atilio Lubiano Bruzzo a su cónyuge e hijos.
Viviana Virginia Aste Bozzo · Daniela Giovanna Lubiano Aste · Carla Maddalena Lubiano Aste · Luciana Giannina Lubiano Aste · Alessandra Viviana Lubiano Aste · Juan Eduardo Lubiano Aste · Juan Atilio Lubiano Bruzzo
- 继承· 2022年3月7日
Se adjudican a los hijos de Juan Atilio Lubiano Bruzzo las acciones/derechos que le correspondían en la sociedad.
Daniela Giovanna Lubiano Aste · Carla Maddalena Lubiano Aste · Luciana Giannina Lubiano Aste · Alessandra Viviana Lubiano Aste · Juan Eduardo Lubiano Aste · Juan Atilio Lubiano Bruzzo
摘要官方正文
Luis Enrique Tavolari Oliveros, abogado, Notario Público Titular de la 22° Notaría de Santiago, calle Don Carlos 2.889, Las Condes, certifica que por escritura pública otorgada ante mí el 7 de Marzo de 2022, Repertorio Nº1.038-2022, doña Viviana Virginia Aste Bozzo, domiciliada en Avenida Presidente Riesco Nº 3.421, departamento Nº1.201, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana; doña Daniela Giovanna Lubiano Aste, domiciliada en calle San Francisco de Asís Nº1.700 casa 45, Monte Asís, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; doña Carla Maddalena Lubiano Aste, domiciliada en Condominio Hacienda Chicureo, casa Nº223, Chicureo, comuna de Colina, Región Metropolitana; don Luis Felipe Núñez Matta, domiciliado en Avenida Apoquindo Nº3076, oficina 401, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, actuando como mandatario y en representación de doña Luciana Giannina Lubiano Aste, domiciliada en Hampton Drive Nº1705, Davis, Estado de California, Estados Unidos de América; doña Alessandra Viviana Lubiano Aste, domiciliada en calle Arquitecto Sullivan Nº6.031, comuna de Vitacura Región Metropolitana, y don Juan Eduardo Lubiano Aste, domiciliado en Avenida Américo Vespucio Norte Nº576, departamento 202, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, modificaron sociedad de responsabilidad limitada denominada SOCIEDAD DE INVERSIONES LA GLORIA LIMITADA, Rol Único Tributario Nº 76.160.036-2, constituida por escritura pública otorgada el día 3 de Agosto del año 2.011 ante el Notario Público de Santiago don Jaime Morandé Orrego, cuyo extracto se inscribió a fojas 44.623 Nº32.991 en el Registro de Comercio del año 2011 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y se publicó en el Diario Oficial Nº40.029 de fecha 6 de Agosto del mismo año, sociedad que ha sido modificada en las siguientes siete oportunidades: 1) mediante escritura pública otorgada el día 14 de Noviembre de 2013 ante el Notario Público de Santiago don René Benavente Cash, en lo relativo a la administración de la sociedad y otras materias, cuyo extracto se inscribió a fojas 92.267 Nº60.116 en el Registro de Comercio del año 2013 Conservador de Bienes Raíces de Santiago y se publicó en el Diario Oficial Nº40.717, del día 27 de Noviembre de 2013. 2) En segundo lugar, mediante escritura pública otorgada el día 24 de Marzo de 2014 en la notaría de Santiago de don René Benavente Cash, rectificada mediante escritura pública otorgada el día 16 de Abril de 2014 en la misma notaría, por medio de las cuales se aumentó su capital social de $10.000.000, ya enterado y pagado, a la cantidad de $11.999.952.418. Un extracto de la primera de esas escrituras se inscribió a fojas 24.300 Nº 15.220 en el Registro de Comercio del año 2014 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y se publicó en el Diario Oficial Nº40.823, del día 2 de abril de 2014, y el extracto de la escritura de rectificación se inscribió a fojas 30.317 Nº18.943 del mismo Registro, año y Conservador, y se publico en el Diario Oficial Nº 40.841 del día 25 de abril de 2014. 3) En tercer lugar, mediante escritura pública otorgada el 25 de Agosto de 2014 en la notaría de don René Benavente Cash, por medio de la cual se aumentó su capital social, ya enterado y pagado, a la cantidad de $12.343.952.418. Un extracto de esa escritura se inscribió a fojas 67.351 Nº41.049 en el Registro de Comercio del año 2014 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y se publicó en el Diario Oficial Nº40.956, del día 11 de septiembre de 2014. 4) En cuarto lugar, mediante escritura pública otorgada el 8 de Octubre de 2014 en la notaría de don René Benavente Cash, por medio de la cual se aumentó su capital social, ya enterado y pagado, a la cantidad de $13.227.952.418. Un extracto de esa escritura se inscribió a fojas 80.553 Nº49.130 en el Registro de Comercio del año 2014 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y se publicó en el Diario Oficial Nº40.986, del día 18 de octubre de 2014. 5) En quinto lugar, mediante escritura pública otorgada el 16 de Enero de 2015 en notaría de don René Benavente Cash, por medio de la cual se aumentó su capital social de $13.227.952.418.- ya enterado y pagado, a la cantidad de $13.561.952.418. Un extracto de esa escritura se inscribió a fojas 12.000 Nº7.485 en el Registro de Comercio del año 2015 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y se publicó en el Diario Oficial Nº41.076, del día 6 de febrero de 2015. 6) En sexto lugar, mediante escritura pública otorgada el 24 de Abril de 2015 en la notaría de don René Benavente Cash, por medio de la cual se aumentó su capital social de $13.561.952.418.-, ya enterado y pagado, a la cantidad de $20.920.032.935. Un extracto de esa escritura se inscribió a fojas 32.741 Nº 19.347 en el Registro de Comercio del año 2015 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y se publicó en el Diario Oficial Nº 41.147, del día 2 de mayo de 2015. 7) Y en séptimo y último lugar, mediante escritura pública otorgada el día 13 de octubre de 2015 en la misma Notaría de Santiago de don René Benavente Cash, por medio de la cual se aumentó su capital social de $20.920.032.935.-, ya enterado y pagado, a la cantidad de $20.980.032.935.-, distribuida entre los socios así: la suma de $1.273.168.334.- por el socio don Juan Atilio Lubiano Bruzzo, y la suma de $3.941.372.920,20.- por cada uno de los otros socios doña Alessandra Viviana, doña Carla Maddalena, doña Daniela Giovanna, doña Luciana Giannina y don Juan Eduardo, todos de apellidos Lubiano Aste. Un extracto de esa escritura se inscribió a fojas 80.928 Nº47.169 en el Registro de Comercio del año 2015 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y se publicó en el Diario Oficial Nº41.296, del día 2 de Noviembre de 2015. Mediante la escritura que extracto, los comparecientes, en cumplimiento con lo prescrito por el artículo 350 del Código de Comercio, dejan testimonio que el día 11 de diciembre del año 2017 falleció el socio don Juan Atilio Lubiano Bruzzo en Santiago, lugar de su último domicilio, sin dejar testamento. La posesión efectiva de su herencia intestada fue otorgada a su cónyuge sobreviviente doña Viviana Virginia Aste Bozzo y a sus cinco hijos, doña Daniela Giovanna, doña Carla Maddalena, doña Luciana Giannina, doña Alessandra Viviana y don Juan Eduardo, todos de apellidos Lubiano Aste, mediante Resolución Exenta del Director Regional Región Metropolitana de Santiago Nº100.623 de fecha 13 de diciembre de 2019, número de Inscripción 77644 del año 2019. En el inventario de los bienes del causante y su rectificación, contenido en la referida Resolución Administrativa, se incluyeron los derechos del causante como socio de Sociedad de Inversiones La Gloria Limitada. El impuesto que afectó a la herencia del causante fue pagado íntegramente, según consta del Certificado de Pago Total de Impuesto a las Herencias de fecha 24 de febrero de 2021 de la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos. Esta resolución se inscribió a fojas 78.131 N°110.021 en el Registro de Propiedad del año 2.020 del Conservador de Bienes de Santiago. En conformidad con lo establecido en la cláusula Novena de la escritura pública de constitución de Sociedad de Inversiones La Gloria Limitada, los comparecientes dejan testimonio que como consecuencia del fallecimiento del socio don Juan Atilio Lubiano Bruzzo, quien estaba casado en régimen de sociedad conyugal con doña Viviana Virginia Aste Bozzo, son actualmente los únicos socios de esa sociedad, la sucesión de don Juan Atilio Lubiano Bruzzo, compuesta por su cónyuge sobreviviente doña Viviana Virginia Aste Bozzo, y por sus cinco hijos doña Daniela Giovanna, doña Carla Maddalena, doña Luciana Giannina, doña Alessandra Viviana y don Juan Eduardo, todos de apellidos Lubiano Aste, sin perjuicio de los derechos de la primera como su cónyuge sobreviviente, y por los cinco últimos nombrados como socios sobrevivientes, y el capital social de $20.980.032.935.-, que esta totalmente enterado y pagado, esta distribuido entre los socios así: la suma de $1.273.168.334.- por la sucesión de don Juan Atilio Lubiano Bruzzo, y la suma de $3.941.372.920,20.- por cada uno de los otros socios doña Daniela Giovanna, doña Carla Maddalena, doña Luciana Giannina, doña Alessandra Viviana y don Juan Eduardo, todos de apellidos Lubiano Aste. La responsabilidad personal de los socios está limitada al monto de sus respectivos aportes. Mediante escritura pública otorgada el día 7 de marzo de 2022 ante esta Notaría, Repertorio Nº1.037-2022, los comparecientes practicaron una liquidación parcial de la sociedad conyugal y una partición parcial de la herencia de don Juan Atilio Lubiano Bruzzo, y adjudicaron a cada uno de sus hijos doña Daniela Giovanna, doña Carla Maddalena, doña Luciana Giannina, doña Alessandra Viviana y don Juan Eduardo, todos de apellidos Lubiano Aste, una quinta parte de la totalidad de los derechos que correspondían a don Juan Atilio Lubiano Bruzzo en Sociedad de Inversiones La Gloria Limitada. Como consecuencia de lo anterior, doña Daniela Giovanna, doña Carla Maddalena, doña Luciana Giannina, doña Alessandra Viviana y don Juan Eduardo, todos de apellidos Lubiano Aste, han pasado a ser los únicos socios de Sociedad de Inversiones La Gloria Limitada, y en tal calidad introducen las siguientes modificaciones a su estatuto social, contenido en la escritura pública de su constitución otorgada el día 3 de agosto de 2011 ante el Notario Público de Santiago don Jaime Morandé Orrego, y en las escrituras públicas de sus modificaciones, antes referidas: UNO: Se modifica la cláusula Primera del estatuto de la sociedad, contenido en la escritura de su constitución, en cuanto a que los únicos socios de la sociedad son doña Daniela Giovanna Lubiano Aste, doña Carla Maddalena Lubiano Aste, doña Luciana Giannina Lubiano Aste, doña Alessandra Viviana Lubiano Aste y don Juan Eduardo Lubiano Aste. DOS: Se modifica la cláusula Tercera del estatuto social, contenida en la escritura de su primera modificación otorgada el día 14 de Noviembre de 2013 ante el Notario Público de Santiago don René Benavente Cash, en cuanto a que de ahora en adelante la administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación legal, corresponderán a todos los socios doña Daniela Giovanna Lubiano Aste, doña Carla Maddalena Lubiano Aste, doña Luciana Giannina Lubiano Aste, doña Alessandra Viviana Lubiano Aste, y don Juan Eduardo Lubiano Aste, actuando conjuntamente cualquiera dos de ellos, con las más amplias facultades, salvo para: 1) constituir a la sociedad en aval o fiadora y codeudora solidaria u otorgar cualquier clase de garantía personal; 2) para enajenar bienes raíces sociales y gravarlos con hipoteca o en cualquier otra forma y para constituir sobre ellos prohibiciones de cualquier tipo; 3) para gravar bienes muebles sociales, sea con prendas u otras garantías reales; 4) para celebrar contratos de sociedad o asociación de cualquier clase; 5) para celebrar contratos de mutuo o crédito y reconocer créditos y novar derechos y obligaciones; y 6) para autocontratar. Para todos estos casos, antes enumerados, deberán actuar siempre conjuntamente todos los socios. TRES: Se modifica la cláusula Cuarta de los estatutos de la sociedad, cuyo texto esta contenido en la escritura pública de su última modificación social otorgada el día 13 de octubre de 2015 en la Notaría de Santiago de don René Benavente Cash, en cuanto a que el capital de la sociedad, ascendente a $20.980.032.935.-, pasa a corresponder a sus 5 socios por partes iguales, esto es, la suma de $4.196.006.587.- para cada uno de los señores doña Daniela Giovanna, doña Carla Maddalena, doña Luciana Giannina, doña Alessandra Viviana y don Juan Eduardo, todos de apellidos Lubiano Aste. En consecuencia, se reemplaza el tenor de dicha cláusula Cuarta por el siguiente: “Cuarto: El capital de la sociedad es la cantidad de $20.980.032.935.-, que se encuentra totalmente enterado y pagado por los socios por partes iguales, esto es, la suma de $4.196.006.587.- por cada uno de los socios doña Daniela Giovanna, doña Carla Maddalena, doña Luciana Giannina, doña Alessandra Viviana y don Juan Eduardo, todos de apellidos Lubiano Aste. La responsabilidad personal de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes.”. CUATRO: Se sustituye la cláusula Novena del estatuto social, relativa al fallecimiento de cualquiera de los socios, contenida en la escritura pública de su primera modificación otorgada el día 14 de Noviembre de 2013 ante el Notario Público de Santiago don René Benavente Cash, por la siguiente: “Noveno: El fallecimiento de cualquiera de los socios no producirá el término de la sociedad, la que continuará entre los socios sobrevivientes y la sucesión del socio difunto. En tal caso el uso de la razón social, la administración y la representación legal de la sociedad seguirán correspondiendo a los socios sobrevivientes y también al representante de la sucesión del socio fallecido, en la forma establecida en la cláusula Tercera de estos estatutos sociales. La sucesión del socio fallecido será representada ante sus otros socios y la sociedad por un mandatario común, designado de consuno dentro del plazo de 90 días contado de que ocurra su defunción. En caso de que no hagan esa designación dentro de dicho plazo, la hará el árbitro a que se refiere la cláusula Undécima de los estatutos de la sociedad.”. Los socios mantienen su responsabilidad limitada al monto de sus respectivos aportes. En todo lo demás, quedan vigentes las cláusulas del estatuto social primitivo contenido en las escrituras de constitución y de modificación de la sociedad, antes referidas. Santiago, 29 de Marzo de 2022. Luis Enrique Tavolari Oliveros, Notario Público.
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- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD DE INVERSIONES LA GLORIA LIMITADA
CVE 2108061
