Road Maderas SpA
Diario Oficial
公司信息
资本
总资本
$100.000.000
实缴资本
$43.000.000
待缴资本
$57.000.000
股份
100,000
股东(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
PATRICIA JAVIERA ELGUETA DURAN Accionista 9.xxx.xxx-4 | 9.xxx.xxx-4 | 100% | $100.000.000 |
管理人(1)
PATRICIA JAVIERA ELGUETA DURAN
公报所载公司沿革
- 设立· 2010年8月31日
Se constituyó la E.I.R.L. 'ALFREDO ROA DE LA JARA ASESORIAS E.I.R.L.' o 'ROAD ASESORIAS E.I.R.L.'
- 公司形式转换· 2013年5月20日
La E.I.R.L. se transformó en la SpA 'ROAD SpA'
- 权益转让
Luis Alfredo Roa de la Jara cedió la totalidad de sus acciones a Patricia Javiera Elgueta Duran
LUIS ALFREDO ROA DE LA JARA · PATRICIA JAVIERA ELGUETA DURAN
摘要官方正文
JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha ocho de Enero de dos mil diecinueve, ante mí, Don LUIS ALFREDO ROA DE LA JARA, chileno, divorciado, ingeniero de ejecución en administración de empresas y contador, Cédula Nacional de Identidad número nueve millones setecientos treinta y nueve mil cuatrocientos sesenta y seis guion cero, domiciliado en calle Arturo Prat número novecientos cincuenta y cinco oficina doscientos tres de la comuna de Temuco; Doña PATRICIA JAVIERA ELGUETA DURAN, chilena, soltera, tecnólogo médico, Cédula Nacional de Identidad número nueve millones ciento sesenta y tres mil ochocientos cuarenta y cuatro guion cuatro, domiciliado en calle Claro Solar número seiscientos ochenta, departamento cuatrocientos uno de la comuna de Temuco, expusieron: Que por escritura pública de fecha treinta y uno de Agosto del año dos mil diez, otorgada ante el Notario Público de Temuco don Jorge Elías Tadres Hales, se constituyó una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, cuyo nombre era “ALFREDO ROA DE LA JARA ASESORIAS E.I.R.L.” o “ROAD ASESORIAS E.I.R.L.” Rol Único Tributario número setenta y seis millones ciento cincuenta y tres mil cincuenta y tres guion cuatro, y cuya inscripción rola a fojas novecientos noventa y nueve vuelta, Número novecientos sesenta y ocho en el Registro de comercio del año dos mil diez del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, y se publicó en el Diario Oficial con fecha ocho de septiembre del año dos mil diez, en su edición número treinta y nueve mil setecientos cincuenta y siete. Posteriormente, la sociedad se transformó en una Sociedad por Acciones denominada “ROAD SpA” por escritura pública de fecha veinte de mayo del dos mil trece ante Notario Público de Temuco don Jorge Elías Tadres Hales, cuya inscripción rola a fojas mil trescientos cincuenta y siete vuelta, número mil ochenta en el Registro de Comercio del año dos mil trece del conservador de Bienes Raíces de Temuco y cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial en su edición numero cuarenta mil quinientos sesenta y siete de fecha veinticinco de mayo del año dos mil trece. A la fecha, la Sociedad se encuentra vigente, y su capital estatutario asciende a la suma de $100.000.000.- dividido en cien mil acciones nominativas de una sola serie de igual valor y sin valor nominal; de las cuales solo están pagadas treinta y cinco mil acciones equivalentes a treinta y cinco millones de pesos. PRESENTE CESION: Por el presente instrumento don Luis Alfredo Roa de la Jara vende, cede y transfiere a doña Patricia Javiera Elgueta Duran la totalidad de las acciones que posee en ROAD SpA, doña Patricia javiera Elgueta Duran compra, adquiere y acepta, en el precio señalado en la cláusula cuarta siguiente. Siendo por ello la única socia de ROAD SpA la señora Patricia Javiera Elgueta Duran. Precio de la Venta. El precio de la compraventa de las acciones corresponde a la cantidad única, total y definitiva de treinta y cinco millones de pesos, pagado forma estipulada en escritura. PRESENTE MODIFICACION: Por este mismo acto la única socia de ROAD SpA, viene en efectuar las siguientes modificaciones: A) Modifíquese la razón social de ROAD SpA a ROAD MADERAS SpA; B) Modifíquese la cláusula décimo cuarta de la escritura de la SpA en su letra g) parte inicial en el siguiente sentido “Operar con todo tipo de Institución Financiera, como Bancos, Instituciones de Ahorro y Crédito, Mercado de Capitales y otros, en moneda, valores o divisas nacional o extranjera, sean estas físicas o digitales, contratos de todo tipo de cuentas, corrientes, bancarias y otras, invertir en todo tipo de depósito, como ser de ahorro a plazo o la vista, renovables y no renovables, cancelación de dichos depósitos así como el rescate de los mismos, solicitar todo tipo de crédito, en moneda, valores o divisas nacional o extranjera, sean estas físicas o digitales, depositar en cuentas de la empresa de cualquier tipo; girar y sobregirar en cuenta corriente y dar órdenes de cargos en cuenta corriente, mediante procedimientos digítales, cibernéticos y/o telefónicos;” manteniendo su redacción en la continuación de la letra g) después del punto y coma. Además, incorpórese la siguiente modificación en la parte final de la letra g) a continuación de la frase “mercado de capitales y de inversiones;” en la forma que se indica, esto es “ invertir, adquirir, fondos mutuos de cualquier tipo, así como sus derechos; pedir, aprobar o rechazar, cancelar, rescatar, los mismos, depositar en cuentas de la empresa de cualquier tipo, solicitar saldos de cuentas corrientes bancarias. contratar y operar tarjetas de crédito; contratar y operar tarjetas magnetizadas o con chips para cajero automático y/o cualquier dispositivo electrónico para estos efectos;” C) En la cláusula décimo cuarta letra J agregase antes de la frase “ servicios profesionales…” la frase “ todo tipo de”; D) En la cláusula décimo cuarto letra K agregase después de la frase “corporales e incorporales” la frase “y por anticipación” ; E) En la cláusula décimo cuarta letra I agregase entre la palabra “acciones” y la frase “mobiliarios en general” la frase “moneda y divisas nacional o extranjera, sean estas físicas, nominales o digitales y Valores”; F) En la cláusula décimo cuarta letra q después de la palabra “cuidar” ya antes de la frase “el orden interno” la frase “administrar, controlar y gestionar la solvencia económica y financiera de la empresa, así como” G) Modifíquese en la cláusula décimo séptima la frase “treinta por ciento “por “setenta por ciento“.- Por este mismo acto la única socia paga ocho mil acciones del saldo de acciones, equivalentes a ocho millones de pesos, que se suma a las treinta y cinco mil acciones ya ingresadas y pagadas, por lo que se han pagado la suma de cuarenta y tres mil acciones de las cien mil que forman el capital de la sociedad. El pago se hace con la entrega en dominio de una CAMIONETA, marca Nissan, año de fabricación dos mil once, modelo Terrano dos punto cinco, placa patente DBKF punto nueve seis guion K, valorada en ocho millones de pesos.- Se modifica la cláusula décimo primero de la escritura de la sociedad por acciones, en el sentido de señalar que el gerente es doña PATRICIA JAVIERA ELGUETA DURAN y no don Luis Alfredo Roa de la Jara. En todo lo no modificado, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social y sus modificaciones posteriores.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 14 de Enero de 2019.
最近登记事项
- MODIFICACIÓN
ROAD MADERAS SpA
CVE 1529291
