Inmobiliaria Rosclaric Limitada
Diario Oficial
公司信息
公司目的
a) El diseño, construcción, remodelación, mantención, acondicionamiento, reparación, administración, compraventa, corretaje y arriendo de todo tipo de edificios, obras de ingeniería, casas, departamentos, predios rurales o urbanos y toda clase de inmuebles. b) La realización de todo tipo de servicios de ingeniería, construcción, mantenimiento, reparación, comercialización y arriendo de maquinarias e insumos asociados y la inversión de los fondos disponibles en toda clase de bienes muebles, inmuebles, derechos, acciones y todo bien material e inmaterial que pueda ser objeto de apropiación.
资本
总资本
$3.692.170.304
实缴资本
$3.692.170.304
待缴资本
$0
股份
100
股东(4)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Accionista 5.xxx.xxx-7 | 5.xxx.xxx-7 | 85% | $3.138.344.759 |
CLAUDIA ALEJANDRA CORVALÁN ESPINOZA Accionista 10.xxx.xxx-2 | 10.xxx.xxx-2 | 5% | $184.608.515 |
Accionista 10.xxx.xxx-6 | 10.xxx.xxx-6 | 5% | $184.608.515 |
RICARDO ANTONIO CORVALÁN ESPINOZA Accionista 10.xxx.xxx-5 | 10.xxx.xxx-5 | 5% | $184.608.515 |
法定代理(1)
公报所载公司沿革
- 设立· 2011年3月2日
Constitución de INMOBILIARIA ROSCLARIC LIMITADA, también denominada ROSCLARIC LTDA.
- 其他行为· 2016年11月3日
La sociedad fue modificada por escritura pública de 3 de noviembre de 2016.
- 资本变更· 2016年11月28日
Se reinvierten aportes para formalizar el aumento de capital pendiente.
ROSA lNÉS ESPINOZA ASTUDILLO · CLAUDIA ALEJANDRA CORVALÁN ESPINOZA · ROSA ANDREA CORVALÁN ESPINOZA · RICARDO ANTONIO CORVALÁN ESPINOZA
摘要官方正文
ANTONIETA MENDOZA ESCALAS, abogado, Notario Titular de la Décimo Sexta Notaría y Conservador de Minas de Santiago, con oficio en calle San Sebastián número dos mil setecientos cincuenta, comuna de Las Condes, certifico: Por escritura pública con esta fecha, ante mí, Doña ROSA lNÉS ESPINOZA ASTUDILLO, cédula de identidad número cinco millones ochocientos treinta mil cuatrocientos setenta y dos guion siete, domiciliada en José Domingo Cañas número dos mil novecientos catorce, Ñuñoa, Santiago, por sí y en representación de doña CLAUDIA ALEJANDRA CORVALÁN ESPINOZA, cédula de identidad número diez millones setecientos noventa y cuatro mil setecientos cuarenta y cuatro guion dos, domiciliada en José Domingo Cañas número dos mil novecientos catorce, Ñuñoa, Santiago, doña ROSA ANDREA CORVALÁN ESPINOZA, cédula de identidad número diez millones setecientos noventa y cuatro mil seiscientos setenta y cinco guion seis, domiciliada en Montenegro número mil setenta y cinco, departamento doscientos cuatro, Ñuñoa, Santiago, y don RICARDO ANTONIO CORVALÁN ESPINOZA, cédula de identidad número diez millones setecientos noventa y cuatro mil setecientos cuarenta y ocho guion cinco, domiciliado en Pasaje Juan Moya número cuatrocientos veinte, Ñuñoa, Santiago, transforman a una sociedad anónima cerrada la sociedad “lNMOBILIARIA ROSCLARIC LIMITADA”, también denominada con su nombre de fantasía “ROSCLARIC LTDA.”, constituida por escritura pública de fecha dos de marzo del año dos mil once, ante Antonieta Mendoza Escalas, Notario de Santiago. El extracto de esta sociedad se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Santiago, a fojas trece mil trescientos noventa y seis número diez mil noventa y cinco del año dos mil once y se publicó en el Diario Oficial de fecha quince de marzo del año dos mil once. Posteriormente la sociedad fue modificada por escritura pública de fecha tres de noviembre del año dos mil dieciséis, ante ANTONIETA MENDOZA ESCALAS, Notario de Santiago. El extracto de esta sociedad se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Santiago, a fojas ochenta y cuatro mil doscientos cuarenta y siete número cuarenta y cinco mil trescientos sesenta y dos del año dos mil dieciséis y se publicó en el Diario Oficial de fecha veintitrés de noviembre del año dos mil dieciséis. La razón social será “ROSCLARIC S.A.”. El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago. El objeto de la sociedad será: a) El diseño, construcción, remodelación, mantención, acondicionamiento, reparación, administración, compraventa, corretaje y arriendo de todo tipo de edificios, obras de ingeniería, casas, departamentos, predios rurales o urbanos y toda clase de inmuebles. b) La realización de todo tipo de servicios de ingeniería, construcción, mantenimiento, reparación, comercialización y arriendo de maquinarias e insumos asociados y la inversión de los fondos disponibles en toda clase de bienes muebles, inmuebles, derechos, acciones y todo bien material e inmaterial que pueda ser objeto de apropiación. CAPITAL: El capital social es la suma de tres mil seiscientos noventa y dos millones ciento setenta mil trecientos cuatro pesos dividido en cien acciones, sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado por los constituyentes en el acto de transformación, en la siguiente forma: A) ROSA lNÉS ESPINOZA ASTUDILLO suscribe y paga en este acto ochenta y cinco acciones, que representan el ochenta y cinco por ciento del capital social, esto es, tres mil ciento treinta y ocho millones trescientos cuarenta y cuatro mil setecientos cincuenta y nueve pesos, de los cuales dos mil setecientos sesenta y ocho millones quinientos noventa y cuatro mil setecientos cincuenta y nueve pesos se pagaron mediante los aportes sociales realizados con anterioridad y el saldo, de trescientos sesenta y nueve millones setecientos cincuenta mil pesos se tienen de común acuerdo por pagados, en este acto, mediante la reinversión de trescientos sesenta y nueve millones setecientos cincuenta mil pesos que ROSA lNÉS ESPINOZA ASTUDILLO hizo a la sociedad que en este acto se transforma, con fecha veintiocho de noviembre del año dos mil dieciséis y que, estando dentro de los plazos reglamentarios para realizar todos los avisos correspondientes al Servicio de Impuestos Internos, quedó pendiente la formalización del correspondiente aumento de capital, lo que se hace mediante el presente acto. El pago de este saldo de trescientos sesenta y nueve millones setecientos cincuenta mil pesos referido precedentemente se entenderá, para todos los efectos legales, que representa la adquisición de acciones de pago proporcionales. B) CLAUDIA ALEJANDRA CORVALÁN ESPINOZA suscribe y paga en este acto cinco acciones, que representan el cinco por ciento del capital social, esto es, ciento ochenta y cuatro millones seiscientos ocho mil quinientos quince pesos, de los cuales ciento sesenta y dos millones ochocientos cincuenta y ocho mil quinientos quince pesos se pagaron mediante los aportes sociales realizados con anterioridad y el saldo, de veintiún millones setecientos cincuenta mil pesos se tienen de común acuerdo por pagados, en este acto, mediante la reinversión de veintiún millones setecientos cincuenta mil pesos que CLAUDIA ALEJANDRA CORVALÁN ESPINOZA hizo a la sociedad que en este acto se transforma, con fecha veintiocho de noviembre del año dos mil dieciséis y que, estando dentro de los plazos reglamentarios para realizar todos los avisos correspondientes al Servicio de Impuestos Internos, quedó pendiente la formalización del correspondiente aumento de capital, lo que se hace mediante el presente acto. El pago de este saldo de veintiún millones setecientos cincuenta mil pesos referido precedentemente se entenderá, para todos los efectos legales, que representa la adquisición de acciones de pago proporcionales. C) ROSA ANDREA CORVALÁN ESPINOZA suscribe y paga en este acto cinco acciones, que representan el cinco por ciento del capital social, esto es, ciento ochenta y cuatro millones seiscientos ocho mil quinientos quince pesos, de los cuales ciento sesenta y dos millones ochocientos cincuenta y ocho mil quinientos quince pesos se pagan mediante los aportes sociales realizados con anterioridad y el saldo, de veintiún millones setecientos cincuenta mil pesos se tienen de común acuerdo por pagados, en este acto, mediante la reinversión de veintiún millones setecientos cincuenta mil pesos que ROSA ANDREA CORVALÁN ESPINOZA hizo a la sociedad que en este acto se transforma, con fecha veintiocho de noviembre del año dos mil dieciséis y que, estando dentro de los plazos reglamentarios para realizar todos los avisos correspondientes al Servicio de Impuestos Internos, quedó pendiente la formalización del correspondiente aumento de capital, lo que se hace mediante el presente acto. El pago de este saldo de veintiún millones setecientos cincuenta mil pesos referido precedentemente se entenderá, para todos los efectos legales, que representa la adquisición de acciones de pago proporcionales. D) RICARDO ANTONIO CORVALÁN ESPINOZA suscribe y paga en este acto cinco acciones, que representan el cinco por ciento del capital social, esto es, ciento ochenta y cuatro millones seiscientos ocho mil quinientos quince pesos, de los cuales ciento sesenta y dos millones ochocientos cincuenta y ocho mil quinientos quince pesos se pagan mediante los aportes sociales realizados con anterioridad y el saldo, de veintiún millones setecientos cincuenta mil pesos se tienen de común acuerdo por pagados, en este acto, mediante la reinversión de veintiún millones setecientos cincuenta mil pesos que RICARDO ANTONIO CORVALÁN ESPINOZA hizo a la sociedad que en este acto se transforma, con fecha veintiocho de noviembre del año dos mil dieciséis y que, estando dentro de los plazos reglamentarios para realizar todos los avisos correspondientes al Servicio de Impuestos Internos, quedó pendiente la formalización del correspondiente aumento de capital, lo que se hace mediante el presente acto. El pago de este saldo de veintiún millones setecientos cincuenta mil pesos referido precedentemente se entenderá, para todos los efectos legales, que representa la adquisición de acciones de pago proporcionales. La duración de la sociedad será indefinida. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 29 de noviembre 2016.
公司信息
资本
总资本
$3.692.170.304
股东(4)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 85% | $3.138.344.759 |
CLAUDIA ALEJANDRA CORVALÁN ESPINOZA Socio | - | 5% | $184.608.515 |
Socio | - | 5% | $184.608.515 |
RICARDO ANTONIO CORVALÁN ESPINOZA Socio | - | 5% | $184.608.515 |
摘要官方正文
ANTONIETA MENDOZA ESCALAS, Notario Títular 16º Notaría de Santiago, con oficio en San Sebastián 2750, Las Condes, certifico: Por escritura pública con esta fecha, ante mi, Doña ROSA lNÉS ESPINOZA ASTUDILLO, domiciliada en José Domingo Cañas dos mil novecientos catorce, Ñuñoa, Santiago, por sí y en representación de doña CLAUDIA ALEJANDRA CORVALÁN ESPINOZA, domiciliada en José Domingo Cañas dos mil novecientos catorce, Ñuñoa, Santiago, doña ROSA ANDREA CORVALÁN ESPINOZA, domiciliada en Montenegro número mil setenta y cinco, departamento doscientos cuatro, Ñuñoa, Santiago, y don RICARDO ANTONIO CORVALÁN ESPINOZA, domiciliado en Pasaje Juan Moya número cuatrocientos veinte, Ñuñoa, Santiago, modifican la sociedad “INMOBILIARIA ROSCLARIC LIMITADA ”, también denominada con su nombre de fantasía “ROSCLARIC LTDA.”, constituida por escritura pública de fecha dos de marzo del año dos mil once, ante Antonieta Mendoza Escalas, Notario de Santiago. El extracto de esta sociedad se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Santiago, a fojas trece mil trescientos noventa y seis número diez mil noventa y cinco del año dos mil once y se publicó en el Diario Oficial de fecha quince de marzo del año dos mil once. Modificación consiste: 1) Los socios acuerdan aumentar el capital de la sociedad individualizada en la cláusula anterior de forma que el capital social será de tres mil seiscientos noventa y dos millones ciento setenta mil trescientos cuatro pesos. Este aumento de capital se aporta y entera por la socios en la siguiente forma; Uno) ROSA lNÉS ESPINOZA ASTUDILLO, aporta tres mil ciento treinta y ocho millones trescientos cuarenta y cuatro mil setecientos cincuenta y nueve pesos, que se paga en la siguiente forma; a) dos millones cien mil pesos mediante el aporte de todos sus derechos sociales en la sociedad INVERSIONES MAFERNA LIMITADA, rol único tributario número setenta y seis millones ciento treinta y nueve mil doce guion cero, que ascienden al setenta por ciento de participación, avaluados de común acuerdo por los socios en dos millones cien mil pesos. Aporte que ha quedado enterado y pagado el día de hoy, con la suscripción de la escritura de modificación social pertinente, en esta misma notaría. b) treinta y tres millones cuatrocientos cincuenta y cinco mil ciento treinta y tres pesos mediante el aporte de todos sus derechos sociales en la sociedad SOCIEDAD DE SERVICIOS Y COMERCIAL FIX CAR LIMITADA, rol único tributario número setenta y seis millones ochenta y cuatro mil ciento veintiocho guion cinco, que ascienden al noventa y nueve por ciento de participación, avaluados de común acuerdo por los socios en treinta y tres millones cuatrocientos cincuenta y cinco mil ciento treinta y tres pesos. Aporte que ha quedado enterado y pagado el día de hoy, con la suscripción de la escritura de modificación social pertinente, en esta misma notaría. c) cuatrocientos cuatro millones ochenta y siete mil quinientos catorce pesos mediante el aporte de todos sus derechos sociales en la sociedad SOCIEDAD DE SERVICIOS DE ANÁLISIS AGRÍCOLAS LIMITADA, rol único tributario número setenta y nueve millones setecientos quince mil setecientos cincuenta guion tres, que ascienden al noventa y nueve por ciento de participación, avaluados de común acuerdo entre los socios en cuatrocientos cuatro millones ochenta y siete mil quinientos catorce pesos. Aporte que ha quedado enterado y pagado el día de hoy, con la suscripción de la escritura de modificación social pertinente, en esta misma notaría. d) cien millones de pesos mediante la reinversión de cien millones de pesos que ROSA lNÉS ESPINOZA ASTUDILLO hizo a la sociedad que en este acto se modifica, con fecha veintisiete de febrero del año dos mil catorce y que, previamente realizados todos los avisos correspondientes al Servicio de Impuestos Internos dentro de los plazos legales y para evitar múltiples modificaciones de estatutos, quedó pendiente la formalización del correspondiente aumento de capital, lo que se hace mediante el presente acto. e) cien millones de pesos mediante la reinversión de cien millones de pesos que ROSA lNÉS ESPINOZA ASTUDILLO hizo a la sociedad que en este acto se modifica, con fecha cinco de junio del año dos mil catorce y que, previamente realizados todos los avisos correspondientes al Servicio de Impuestos Internos dentro de los plazos legales y para evitar múltiples modificaciones de estatutos, quedó pendiente la formalización del correspondiente aumento de capital, lo que se hace mediante el presente acto. f) ochenta millones de pesos mediante la reinversión de ochenta millones de pesos que ROSA lNÉS ESPINOZA ASTUDILLO hizo a la sociedad que en este acto se modifica, con fecha trece de agosto del año dos mil catorce y que, previamente realizados todos los avisos correspondientes al Servicio de Impuestos Internos dentro de los plazos legales y para evitar múltiples modificaciones de estatutos, quedó pendiente la formalización del correspondiente aumento de capital, lo que se hace mediante el presente acto. g) setenta millones de pesos mediante la reinversión de setenta millones de pesos que ROSA lNÉS ESPINOZA ASTUDILLO hizo a la sociedad que en este acto se modifica, con fecha diecinueve de marzo del año dos mil quince y que, previamente realizados todos los avisos correspondientes al Servicio de Impuestos Internos dentro de los plazos legales y para evitar múltiples modificaciones de estatutos, quedó pendiente la formalización del correspondiente aumento de capital, lo que se hace mediante el presente acto. h) ochenta millones de pesos mediante la reinversión de ochenta millones de pesos que ROSA lNÉS ESPINOZA ASTUDILLO hizo a la sociedad que en este acto se modifica, con fecha dos de abril del año dos mil quince y que, previamente realizados todos los avisos correspondientes al Servicio de Impuestos Internos dentro de los plazos legales y para evitar múltiples modificaciones de estatutos, quedó pendiente la formalización del correspondiente aumento de capital, lo que se hace mediante el presente acto. i) ciento treinta millones de pesos mediante la reinversión de ciento treinta millones de pesos que ROSA lNÉS ESPINOZA ASTUDILLO hizo a la sociedad que en este acto se modifica, con fecha diez de julio del año dos mil quince y que, previamente realizados todos los avisos correspondientes al Servicio de Impuestos Internos dentro de los plazos legales y para evitar múltiples modificaciones de estatutos, quedó pendiente la formalización del correspondiente aumento de capital, lo que se hace mediante el presente acto. j) quinientos millones de pesos mediante la reinversión de quinientos millones de pesos que ROSA lNÉS ESPINOZA ASTUDILLO hizo a la sociedad que en este acto se modifica, con fecha siete de julio del año dos mil dieciséis y que, previamente realizados todos los avisos correspondientes al Servicio de Impuestos Internos dentro de los plazos legales y para evitar múltiples modificaciones de estatutos, quedó pendiente la formalización del correspondiente aumento de capital, lo que se hace mediante el presente acto. k) quinientos millones de pesos mediante la reinversión de quinientos millones de pesos que ROSA lNÉS ESPINOZA ASTUDILLO hizo a la sociedad que en este acto se modifica, con fecha quince de julio del año dos mil dieciséis y que, previamente realizados todos los avisos correspondientes al Servicio de Impuestos Internos dentro de los plazos legales y para evitar múltiples modificaciones de estatutos, quedó pendiente la formalización del correspondiente aumento de capital, lo que se hace mediante el presente acto. l) setecientos sesenta y seis millones ochocientos cincuenta y dos mil ciento doce pesos que ROSA lNÉS ESPINOZA ASTUDILLO hizo a la sociedad que en este acto se modifica, con fecha veintiocho de octubre del año dos mil dieciséis y que, estando dentro de los plazos reglamentarios para realizar todos los avisos correspondientes al Servicio de Impuestos Internos, quedó pendiente la formalización del correspondiente aumento de capital, lo que se hace mediante el presente acto. m) trescientos sesenta y nueve millones setecientos cincuenta mil pesos se pagarán por ROSA lNÉS ESPINOZA ASTUDILLO durante el mes de noviembre del año en curso, en dinero en efectivo, mediante la reinversión de dicho capital, debiendo, por tanto, ingresar en dinero en efectivo a la sociedad, durante el presente mes, trescientos sesenta y nueve millones setecientos cincuenta mil pesos. El saldo de dos millones cien mil pesos, para completar el aporte de capital de ROSA lNÉS ESPINOZA ASTUDILLO, ya fue íntegramente pagado e ingresado a la caja social en el acto de constitución de la misma. Dos) CLAUDIA ALEJANDRA CORVALÁN ESPINOZA, aporta ciento ochenta y cuatro millones seiscientos ocho mil quinientos quince pesos, que se paga en la siguiente forma; a) trescientos mil pesos mediante el aporte de todos sus derechos sociales en la sociedad INVERSIONES MAFERNA LIMITADA, rol único tributario número setenta y seis millones ciento treinta y nueve mil doce guion cero, que ascienden al diez por ciento de participación, avaluados de común acuerdo por los socios en trescientos mil pesos. Aporte que ha quedado enterado y pagado el día de hoy, con la suscripción de la escritura de modificación social pertinente, en esta misma notaría. b) cien millones de pesos mediante la reinversión de cien millones de pesos que CLAUDIA ALEJANDRA CORVALÁN ESPINOZA hizo a la sociedad que en este acto se modifica, con fecha quince de abril del año dos mil dieciséis y que, previamente realizados todos los avisos correspondientes al Servicio de Impuestos Internos dentro de los plazos legales y para evitar múltiples modificaciones de estatutos, quedó pendiente la formalización del correspondiente aumento de capital, lo que se hace mediante el presente acto. c) sesenta y dos millones doscientos cincuenta y ocho mil quinientos quince pesos mediante la reinversión de sesenta y dos millones doscientos cincuenta y ocho mil quinientos quince pesos que CLAUDIA ALEJANDRA CORVALÁN ESPINOZA hizo a la sociedad que en este acto se modifica, con fecha veintiocho de octubre del año dos mil dieciséis y que, estando dentro de los plazos reglamentarios para realizar todos los avisos correspondientes al Servicio de Impuestos Internos, quedó pendiente la formalización del correspondiente aumento de capital, lo que se hace mediante el presente acto. d) veintiún millones setecientos cincuenta mil pesos se pagarán por CLAUDIA ALEJANDRA CORVALÁN ESPINOZA durante el mes de noviembre del año en curso, en dinero en efectivo, mediante la reinversión de dicho capital, debiendo, por tanto, ingresar en dinero en efectivo a la sociedad, durante el presente mes, veintiún millones setecientos cincuenta mil pesos. El saldo de trescientos mil pesos, para completar el aporte de capital de CLAUDIA ALEJANDRA CORVALÁN ESPINOZA, ya fue íntegramente pagado e ingresado a la caja social en el acto de constitución de la misma. Tres) ROSA ANDREA CORVALÁN ESPINOZA, aporta ciento ochenta y cuatro millones seiscientos ocho mil quinientos quince pesos, que se paga en la siguiente forma; a) doscientos setenta mil pesos mediante el aporte del noventa por ciento de sus derechos sociales en la sociedad INVERSIONES MAFERNA LIMITADA, rol único tributario número setenta y seis millones ciento treinta y nueve mil doce guion cero, que ascienden al nueve por ciento de participación, avaluados de común acuerdo por los socios en doscientos setenta mil pesos. Aporte que ha quedado enterado y pagado el día de hoy, con la suscripción de la escritura de modificación social pertinente, en esta misma notaría. b) noventa millones de pesos mediante la reinversión de noventa millones de pesos que ROSA ANDREA CORVALÁN ESPINOZA hizo a la sociedad que en este acto se modifica, con fecha veintiocho de junio del año dos mil dieciséis y que, previamente realizados todos los avisos correspondientes al Servicio de Impuestos Internos dentro de los plazos legales y para evitar múltiples modificaciones de estatutos, quedó pendiente la formalización del correspondiente aumento de capital, lo que se hace mediante el presente acto. c) setenta y dos millones doscientos ochenta y ocho mil quinientos quince pesos mediante la reinversión de setenta y dos millones doscientos ochenta y ocho mil quinientos quince pesos que ROSA ANDREA CORVALÁN ESPINOZA hizo a la sociedad que en este acto se modifica, con fecha veintiocho de octubre del año dos mil dieciséis y que, estando dentro de los plazos reglamentarios para realizar todos los avisos correspondientes al Servicio de Impuestos Internos, quedó pendiente la formalización del correspondiente aumento de capital, lo que se hace mediante el presente acto. d) veintiún millones setecientos cincuenta mil pesos se pagarán por ROSA ANDREA CORVALÁN ESPINOZA durante el mes de noviembre del año en curso, en dinero en efectivo, mediante la reinversión de dicho capital, debiendo, por tanto, ingresar en dinero en efectivo a la sociedad, durante el presente mes, veintiún millones setecientos cincuenta mil pesos. El saldo de trescientos mil pesos, para completar el aporte de capital de ROSA ANDREA CORVALÁN ESPINOZA, ya fue íntegramente pagado e ingresado a la caja social en el acto de constitución de la misma. Cuatro) RICARDO ANTONIO CORVALÁN ESPINOZA, aporta ciento ochenta y cuatro millones seiscientos ocho mil quinientos quince pesos, que se paga en la siguiente forma; a) trescientos mil pesos mediante el aporte de todos sus derechos sociales en la sociedad INVERSIONES MAFERNA LIMITADA, rol único tributario número setenta y seis millones ciento treinta y nueve mil doce guion cero, que ascienden al diez por ciento de participación, avaluados de común acuerdo por los socios en trescientos mil pesos. Aporte que ha quedado enterado y pagado el día de hoy, con la suscripción de la escritura de modificación social pertinente, en esta misma notaría. b) trece millones seiscientos cincuenta y siete mil seiscientos cincuenta y siete pesos mediante el aporte de todos sus derechos sociales en la sociedad AGRÍCOLA Y COMERCIALIZADORA AGRI-KITS LIMITADA, rol único tributario número setenta y seis millones cuatrocientos cuarenta y dos mil seiscientos sesenta y siete guion tres, que ascienden al noventa y nueve por ciento de participación, avaluados de común acuerdo por los socios en trece millones seiscientos cincuenta y siete mil seiscientos cincuenta y siete pesos. Aporte que ha quedado enterado y pagado el día de hoy, con la suscripción de la escritura de modificación social pertinente, en esta misma notaría. c) cincuenta millones de pesos mediante la reinversión de cincuenta millones de pesos que RICARDO ANTONIO CORVALÁN ESPINOZA hizo a la sociedad que en este acto se modifica, con fecha nueve de junio del año dos mil dieciséis y que, previamente realizados todos los avisos correspondientes al Servicio de Impuestos Internos dentro de los plazos legales y para evitar múltiples modificaciones de estatutos, quedó pendiente la formalización del correspondiente aumento de capital, lo que se hace mediante el presente acto. d) noventa y ocho millones seiscientos mil ochocientos cincuenta y ocho pesos mediante la reinversión de noventa y ocho millones seiscientos mil ochocientos cincuenta y ocho pesos que RICARDO ANTONIO CORVALÁN ESPINOZA hizo a la sociedad que en este acto se modifica, con fecha veintiocho de octubre del año dos mil dieciséis y que, estando dentro de los plazos reglamentarios para realizar todos los avisos correspondientes al Servicio de Impuestos Internos, quedó pendiente la formalización del correspondiente aumento de capital, lo que se hace mediante el presente acto. d) veintiún millones setecientos cincuenta mil pesos se pagarán por RICARDO ANTONIO CORVALÁN ESPINOZA durante el mes de noviembre del año en curso, en dinero en efectivo, mediante la reinversión de dicho capital, debiendo, por tanto, ingresar en dinero en efectivo a la sociedad, durante el presente mes, veintiún millones setecientos cincuenta mil pesos. El saldo de trescientos mil pesos, para completar el aporte de capital de RICARDO ANTONIO CORVALÁN ESPINOZA, ya fue íntegramente pagado e ingresado a la caja social en el acto de constitución de la misma. 2) Las utilidades o los resultados operacionales se repartirán entre los socios en proporción a sus respectivos aportes, esto es, ochenta y cinco por ciento para ROSA lNÉS ESPINOZA ASTUDILLO, cinco por ciento para CLAUDIA ALEJANDRA CORVALÁN ESPINOZA, cinco por ciento para ROSA ANDREA CORVALÁN ESPINOZA y cinco por ciento para RICARDO ANTONIO CORVALÁN ESPINOZA. En todo lo que no se modifica, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada. Las Condes, Santiago, 3 de noviembre del año 2016.
最近登记事项
- MODIFICACIÓN
INMOBILIARIA ROSCLARIC LIMITADA
CVE 1147088
- MODIFICACIÓN
INMOBILIARIA ROSCLARIC LIMITADA
CVE 1139012
