有限责任公司76.114.358-1

Transportes Jotabeche Cuarenta Limitada

MODIFICACIÓN — 2016年11月24日

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公司信息

Ltda
calle Ruiz Tagle numero quinientos cincuenta y nueve
管理方式: Administración exclusiva de Jaime Enrique Paredes Arancibia

股东(2)

姓名持股比例

JACOB ELIAS MONTECINOS BRAVO

Socio

-

JAIME ENRIQUE PAREDES ARANCIBIA

Socio

-

管理人(1)

摘要官方正文

FELIX JARA CADOT, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Primera Notaría de Santiago, Huérfanos 1160, subsuelo, certifica: Por escritura pública de hoy, ante mí don EDUARDO DURAN CASTRO, chileno, casado, obispo evangélico, JACOB ELIAS MONTECINOS BRAVO, chileno, casado, empresario, JUAN CARLOS MARCHANT MORENO, chileno, casado, pastor evangélico, y JAIME ENRIQUE PAREDES ARANCIBIA, chileno, casado, empleado, todos domiciliados en calle Ruiz Tagle numero quinientos cincuenta y nueve, Comuna Estación Central, Ciudad Santiago, Región Metropolitana, modificaron sociedad “ TRANSPORTES JOTABECHE CUARENTA LIMITADA ", inscrita Registro de Comercio Santiago a fojas 43.302 N° 29.978 del Registro de Comercio de Santiago del año 2010, en siguiente sentido: EDUARDO DURAN CASTRO y JUAN CARLOS MARCHANT MORENO, ceden, venden y transfieren el total de su participación y derechos sociales a don JAIME ENRIQUE PAREDES ARANCIBIA, quien compra y adquiere para sí dichos derechos sociales. El precio de la cesión es la suma de ocho millones de pesos, suma que el cesionario pago con anterioridad a esta fecha, con la suma de un $8.000.000 en dinero efectivo y de contado que los cedentes reciben en la siguiente forma: EDUARDO DURAN CASTRO, con la suma de $4.000.000 en dinero en efectivo y al contado y JUAN CARLOS MARCHANT MORENO, con la suma de $4.000.000 en dinero en efectivo y al contado, y que los cedentes declaran recibir a su entera satisfacción. Asimismo, JACOB ELIAS MONTECINOS BRAVO y JAIME ENRIQUE PAREDES ARANCIBIA, titulares de los derechos sociales, declaran que por este acto modifican el pacto social en su cláusula quinta referente al uso y administración de la razón social sustituyendo dicha cláusula a partir de ésta fecha por la siguiente: “Uso de la Razón Social: La administración de la empresa, uso de la razón social y uso del nombre de fantasía, corresponderá exclusivamente a don JAIME ENRIQUE PAREDES ARANCIBIA, quien administrará y obligará a la empresa con las más amplias facultades en todos los contratos, actos y negociaciones que el efectúe anteponiendo a su firma el nombre de la empresa, quien podrá ejecutar todos los actos y contratos en nombre y representación de la sociedad, con las mismas facultades y formas descritas en cláusula quinta del pacto social que se da íntegramente por reproducida”. En lo no modificado rigen plenamente los estatutos sociales. Santiago 11 de Noviembre de 2016. FELIX JARA CADOT. N.P.

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