Bet-Nassar Limitada
Diario Oficial
公司信息
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
CHRISTIAN JANDIR PEÑA MAMANI Socio | - | 60% | - |
Socio | - | 40% | - |
公报所载公司沿革
- 权益转让· 2024年11月26日
ALFREDO PEÑA MAMANI VENDE el total de sus derechos sociales, equivalentes al 40%, a HECTOR CALDERON LUCERO.
ALFREDO PEÑA MAMANI · HECTOR CALDERON LUCERO
摘要官方正文
ZARELLA ELENA CAMEROTTO MORAGA, Abogado, Notario Público Suplente de la Titular de la Quincuagésima Notaría de Santiago, doña CLAUDIA MARCELA GÓMEZ LUCARES, con oficio en Teatinos N° 371, oficina 113, Santiago, RECTIFICA extracto de escritura pública de modificación de sociedad “BET-NASSAR LIMITADA”, otorgada en esta misma notaría ante su Notario Titular doña Claudia Marcela Gómez Lucares con fecha 26 de noviembre del año 2024 repertorio N° 87.200-2024, inscrito a fojas 106.212 número 42.702 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2024, publicado en el Diario Oficial de fecha 9 de diciembre de 2024, en el sentido de corregir el nombre de don Héctor Lucero Calderón, siendo el correcto HECTOR CALDERON LUCERO y rectificar porcentajes: socio ALFREDO PEÑA MAMANI VENDE el total de sus derechos en la sociedad, equivalentes a un 40% a don HECTOR CALDERON LUCERO quedando como únicos socios CHRISTIAN JANDIR PEÑA MAMANI con un 60% de los derechos sociales y HECTOR CALDERON LUCERO Con un 40% de los derechos sociales. Santiago, a 14/01/2025.
公司信息
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
CHRISTIAN JANDIR PEÑA MAMANI Socio 21.xxx.xxx-3 | 21.xxx.xxx-3 | 65% | - |
Socio 14.xxx.xxx-4 | 14.xxx.xxx-4 | 35% | - |
管理人(2)
CHRISTIAN JANDIR PEÑA MAMANI
摘要官方正文
CLAUDIA MARCELA GOMEZ LUCARES, Abogado, Notario Público de la Quincuagésima Notaría de Santiago, con oficio en Teatinos N° 371, oficina 113, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 26/11/2024, bajo el Repertorio N° 87.200-2024, ante mí, CHRISTIAN JANDIR PEÑA MAMANI, comerciante, cédula de identidad extranjero número veintiún millones novecientos veintitrés mil seiscientos setenta y cuatro guión tres, con domicilio en calle Libertad número ocho, comuna de Santiago, ALFREDO PEÑA MAMANI, comerciante, cédula de identidad extranjero número veintidós millones ochocientos veinticuatro mil setecientos cuarenta y uno guión tres, domiciliado en calle Libertad diez A, comuna de Santiago, y HECTOR LUCERO CALDERON, comerciante, cedula de identidad extranjero 14.756.276-4, domiciliado en Av Mapocho 2067, comuna de Santiago, suscribieron escritura de MODIFICACIÓN de sociedad BET-NASSAR LIMITADA, constituida por escritura pública de fecha dieciocho de noviembre del año dos mil nueve, otorgada ante el notario de Santiago don Alberto Mozo Aguilar, e inscrita a fojas cincuenta y nueve mil veintiocho número cuarenta y un mil ciento veintiocho, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del año dos mil nueve, rol único tributario número setenta y seis millones ciento trece mil ochocientos treinta y dos guión cuatro, en el sentido que: a) socio don ALFREDO PEÑA MAMANI, vende, cede y transfiere EL TOTAL DE SUS DERECHOS EN LA SOCIEDAD equivalentes a un treinta y cinco por ciento de los derechos sociales a don HECTOR LUCERO CALDERON , quien compra, acepta y adquiere para si dichos derechos, en la suma de cinco millones de pesos, que se pagan en este acto al contado y en dinero en efectivo, suma que la parte cedente declara recibir a su entera satisfacción y conformidad.- Quedando de esta forma como únicos socios don CHRISTIAN JANDIR PEÑA MAMANI con un sesenta y cinco por ciento de los derechos sociales, y don HECTOR LUCERO CALDERON con un treinta y cinco por ciento de los derechos sociales; b) Se modifica también la cláusula relativa a la administración, representación y uso de la razón social que corresponderá a los socios don CHRISTIAN JANDIR PEÑA MAMANI y a don HECTOR LUCERO CALDERON, INDISTINTAMENTE, quienes con tendrán las más amplias facultades de administración y disposición de bienes. - SEGUNDO: En todo lo no modificado por el presente instrumento queda plenamente vigente lo estipulado en el contrato social. Santiago, a 05/12/2024.-
公司信息
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
CHRISTIAN JANDIR PEÑA MAMANI Socio 21.xxx.xxx-3 | 21.xxx.xxx-3 | 60% | $4.500.000 |
ALFREDO PEÑA MAMANI Socio 22.xxx.xxx-3 | 22.xxx.xxx-3 | 40% | $500.000 |
管理人(2)
CHRISTIAN JANDIR PEÑA MAMANI
ALFREDO PEÑA MAMANI
摘要官方正文
CLAUDIA MARCELA GOMEZ LUCARES, Abogado, Notario Público de la Quincuagésima Notaría de Santiago, con oficio en Teatinos N° 371, oficina 113, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 12/07/2024, bajo el repertorio N° 47.907-2024, ante mí, CHRISTIAN JANDIR PEÑA MAMANI, comerciante, cédula de identidad extranjero número veintiún millones novecientos veintitrés mil seiscientos setenta y cuatro guión tres, con domicilio en calle Libertad número ocho, comuna de Santiago, ALFREDO PEÑA MAMANI, comerciante, cédula de identidad extranjero número veintidós millones ochocientos veinticuatro mil setecientos cuarenta y uno guión tres, domiciliado en calle Libertad diez A, comuna de Santiago, y RONALD ROSSELL AYALA JULCA, comerciante, cedula de identidad extranjero veinticinco millones doscientos cinco mil cuarenta y uno guión ocho, domiciliado en Huérfanos dos mil ochocientos ochenta, comuna de Santiago, suscribieron escritura de MODIFICACIÓN de sociedad BET-NASSAR LIMITADA, constituida por escritura pública de fecha dieciocho de noviembre del año dos mil nueve, otorgada ante el notario de Santiago don Alberto Mozo Aguilar, e inscrita a fojas cincuenta y nueve mil veintiocho número cuarenta y un mil ciento veintiocho, del Registro de Comercio del Conser vador de Bienes Raíces de Santiago, del año dos mil nueve en el sentido que: PRIMERO: A) El socio don RONALD ROSSELL AYALA JULCA, vende, cede y transfiere EL TOTAL DE SUS DERECHOS EN LA SOCIEDAD equivalentes a un treinta por ciento de los derechos sociales de la siguiente manera: vende cede y transfiere a don CHRISTIAN JANDIR PEÑA MAMANI, quien compra, acepta y adquiere para si el 25 por ciento de dichos derechos, en la suma de cuatro millones quinientos mil pesos, suma que el cesionario paga en este acto al contado y en dinero en efectivo, y que la parte cedente declara recibir a su entera satisfacción y conformidad, y a don ALFREDO PEÑA MAMANI, quien compra, acepta y adquiere para sí el 5 por ciento de dichos derechos, en la suma de quinientos mil pesos, suma que el cesionario paga en este acto al contado y en dinero en efectivo, y que la parte cedente declara recibir a su entera satisfacción y conformidad, Quedando de esta forma como únicos socios don CHRISTIAN JANDIR PEÑA MAMANI con un sesenta por ciento de los derechos sociales, y don ALFREDO PEÑA MAMANI con un cuarenta por ciento de los derechos sociales. B) Se modifica también la cláusula relativa a la administración, representación y uso de la razón social que corresponderá a los socios don CHRISTIAN JANDIR PEÑA MAMANI y a don ALFREDO PEÑA MAMANI, INDISTINTAMENTE, quienes con tendrán las más amplias facultades de administración y disposición de bienes señaladas en escritura extractada. - SEGUNDO: En todo lo no modificado por el presente instrumento queda plenamente vigente lo estipulado en el contrato social. Santiago, a 27/08/2024.
公司信息
资本
总资本
$2.000.000
股东(3)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Christian Jandir Peña Mamani Socio 20.xxx.xxx-3 | 20.xxx.xxx-3 | 35% | $700.000 |
Alfredo Peña Mamani Socio 22.xxx.xxx-3 | 22.xxx.xxx-3 | 35% | $700.000 |
Socio 25.xxx.xxx-8 | 25.xxx.xxx-8 | 30% | $600.000 |
公报所载公司沿革
- 设立· 2009年11月18日
Constitución de BET-NASSAR LIMITADA.
- 权益转让· 2022年9月21日
Michel Nassar Elias cede el 100% de sus derechos sociales a Christian Jandir Peña Mamani, Alfredo Peña Mamani y Ronald Rossell Ayala Julca.
Michel Nassar Elias · Christian Jandir Peña Mamani · Alfredo Peña Mamani · Ronald Rossell Ayala Julca
- 权益转让· 2022年9月21日
Jenefiaf Nassar Elias cede el 100% de sus derechos sociales a Christian Jandir Peña Mamani, Alfredo Peña Mamani y Ronald Rossell Ayala Julca.
Jenefiaf Nassar Elias · Christian Jandir Peña Mamani · Alfredo Peña Mamani · Ronald Rossell Ayala Julca
摘要官方正文
VALERIA RONCHERA FLORES, Abogado, Notario Público Titular de la Décima Notaría de Santiago, con oficio en Calle Agustinas número mil doscientos treinta y cinco, segundo piso, certifico: Por escritura pública de fecha 21 de septiembre de 2022, ante mi, don Michel Nassar Elias, cédula nacional de identidad número seis millones trescientos sesenta y nueve mil trescientos ochenta y dos guion cero, doña Jenefiaf Nassar Elias, cédula de identidad número siete millones novecientos treinta y un mil setecientos cuarenta y seis guion dos, don Christian Jandir Peña Mamani, cedula nacional de identidad número veinte y un millones novecientos veinte y tres mil seiscientos setenta y cuatro guion tres, don Alfredo Peña Mamani, cedula nacional de identidad número veinte y dos millones ochocientos veinte y cuatro mil setecientos cuarenta y uno guion tres y don Ronald Rossell Ayala Julca, cedula nacional de identidad número veinte y cinco millones doscientos cinco mil cuarenta y uno guion ocho, modificaron sociedad sociedad de responsabilidad limitada BET-NASSAR LIMITADA, constituida por escritura pública de fecha 18 de noviembre de 2009, cuyo extracto fue inscrito a fojas 59028 número 41128 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2009 y se publicó en el Diario Oficial de fecha doce de diciembre del año dos mil nueve. Modificaciones consisten en: 1.- Cesión de Derechos Sociales: Don Michel Nassar Elias, cede y transfiere el 100% de sus derechos sociales que representan el 50% del capital social, de la siguiente manera: a) A Christian Jandir Peña Mamani, el 35 % quien acepta y adquiere para sí los referidos derechos. Precio de la cesión es la cantidad de $2.625.000 pagará en cuotas, declarando pagado el precio de la cesión. b) A Alfredo Peña Mamani, el 35 % quien acepta y adquiere para sí los referidos derechos. Precio de la cesión es la cantidad de $2.625.000 pagará en cuotas, declarando pagado el precio de la cesión. c) A Ronald Rossell Ayala Julca, el 30% quien acepta y adquiere para sí los referidos derechos. Precio de la cesión es la cantidad de $2.250.000 pagará en cuotas, declarando pagado el precio de la cesión. 2.- Cesión de Derechos Sociales: doña Jenefiaf Nassar Elias, cede y transfiere el 100% de sus derechos sociales que representan el 50% del capital social, de la siguiente manera: a) A Christian Jandir Peña Mamani, el 35 % quien acepta y adquiere para sí los referidos derechos. Precio de la cesión es la cantidad de $2.625.000 pagará en cuotas, declarando pagado el precio de la cesión. b) A Alfredo Peña Mamani, el 35 % quien acepta y adquiere para sí los referidos derechos. Precio de la cesión es la cantidad de $2.625.000 pagará en cuotas, declarando pagado el precio de la cesión. c) A Ronald Rossell Ayala Julca, el 30% quien acepta y adquiere para sí los referidos derechos. Precio de la cesión es la cantidad de $2.250.000 pagará en cuotas, declarando pagado el precio de la cesión. Quedan como únicos y exclusivos socios de la sociedad: UNO) Christian Jandir Peña Mamani, el 35 % del capital social y la propiedad de la presente sociedad. DOS) Alfredo Peña Mamani, el 35% del capital social y la propiedad de la presente sociedad. TRES) Ronald Rossell Ayala Julca, el 30% del capital social y la propiedad de la presente sociedad. ModificaciónCláusula QUINTA de los estatutos sociales: “CAPITAL. Cláusula QUINTA de los estatutos sociales, relativa al capital, reemplazándola por el siguiente texto: “CAPITAL. El capital de la sociedad es la suma de dos millones de pesos, monto que los socios aportan y enteran o enterarán, de la siguiente forma: (a) don Christian Jandir Peña Mamani aporta la suma de setecientos mil pesos, que pagará y enterará en arcas sociales, en dinero efectivo y/o en especie, dentro del plazo de tres años contados desde la fecha de esta escritura, y que representa el treinta y cinco por ciento del capital social y propiedad en la presente compañía; (b) don Alfredo Peña Mamani aporta la suma de setecientos mil pesos, que pagará y enterará en arcas sociales, en dinero efectivo y/o en especie, dentro del plazo de tres años contados desde la fecha de esta escritura y que representa el treinta y cinco por ciento del capital social y propiedad en la presente compañía; y (c) don Ronald Rossell Ayala Julca aporta la suma de seiscientos mil pesos, que pagará y enterará en arcas sociales, en dinero efectivo y/o en especie, dentro del plazo de tres años contados desde la fecha de esta escritura y que representa el treinta por ciento del capital social y propiedad en la presente compañía. Modificación Cláusula SEXTA de los estatutos sociales: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a todos los socios quienes podrán actuar de manera individual e indistintamente, y anteponiendo la razón social podrán representar y obligar válidamente a la sociedad en todos los actos, declaraciones, contratos y convenciones relacionadas con su giro ordinario, con las más amplias facultades y, además en especial, para la celebración de todo lo que indica la cláusula SEXTA de los estatutos sociales relativa a la administración. En todo lo no modificado, rigen íntegramente los estatutos sociales, continuando los socios limitando su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 05 de Octubre de 2022.
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BET-NASSAR LIMITADA
CVE 2598385
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BET-NASSAR LIMITADA
CVE 2581737
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CVE 2539234
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BET-NASSAR LIMITADA
CVE 2200356
