Ip Proyectos Industriales Limitada
Diario Oficial
公司信息
公司目的
El objeto de la sociedad será servicios de obras civiles y estructuras metálicas, arriendo maquinarias, movimientos de tierra, arriendo de vehículos, asesorías profesionales, servicios mineros, transporte de carga y personal. Además será objeto social todas aquellas actividades que los socios acuerden.
资本
总资本
$33.400.000
实缴资本
$33.400.000
待缴资本
$0
股份
33,400,000
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 33,000,000 股 | $33.000.000 |
Accionista | - | 400,000 股 | $400.000 |
管理人(1)
公报所载公司沿革
- 设立· 2010年1月1日
Constitución de IP PROYECTOS INDUSTRIALES LIMITADA.
- 公司形式转换· 2023年2月8日
Los socios transforman IP PROYECTOS INDUSTRIALES LIMITADA en una sociedad por acciones denominada IP PROYECTOS INDUSTRIALES SpA, que podrá usar el nombre de fantasía IP PROYECTOS SpA.
摘要官方正文
CAMILA ALFARO CAZAUX, Notario Público La Serena, Suplente del Titular don Mariano Torrealba Ziliani, Avenida Juan Cisternas 2283, Local 3, Edificio Atrium, certifica: Por escritura pública ante mí, con esta fecha Iván Gonzalo Pastén Carmona, e Ivanna Valeria Pasten Pizarro, domiciliados para estos efectos en Parcela 110 lote A3 Vegas Norte y comuna de La Serena, modificaron sociedad IP PROYECTOS INDUSTRIALES LIMITADA, Rut 76.105.931-9.- inscrita a fojas 116 número 63 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes de La Serena del año 2010, de la siguiente manera: los socios vienen a transformar la sociedad en una sociedad por acciones, denominada sociedad IP PROYECTOS INDUSTRIALES SpA”. La que podrá usar como nombre de fantasía y para todos los efectos legales la denominación de IP PROYECTOS SpA.- Domicilio ciudad de La Serena, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda abrir o establecer en otras ciudades del país o en el extranjero. Duración :Indefinida.- Objeto: El objeto de la sociedad será servicios de obras civiles y estructuras metálicas, arriendo maquinarias, movimientos de tierra, arriendo de vehículos, asesorías profesionales, servicios mineros, transporte de carga y personal.- Además será objeto social todas aquellas actividades que los socios acuerden.-Administración: La administración social corresponderá Iván Gonzalo Pastén Carmona, en forma y condiciones de acuerdo a escritura.-. Capital de la sociedad es de $33.400.000.- dividido en 33.400.000 acciones, sin valor nominal, todas de una misma serie, totalmente suscrito y que ha sido pagado íntegramente por los socios en la siguiente forma:Don Ivan Gonzalo Pastén Carmona , suscribe 33.000.000 acciones, por un valor de $33.000.000.- los que enterado y pagado con anterioridad a esta fecha en dinero en efectivo y en bienes muebles, doña Ivanna Valeria Pastén Pizarro suscribe 400.000 acciones, por un valor de $400.000.- los que ha enterado y pagado con anterioridad a esta fecha en dinero efectivo, Demás estipulaciones escritura extractada.- La Serena, 8 febrero 2023.
公司信息
资本
总资本
$33.400.000
实缴资本
$33.400.000
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | $33.000.000 |
Socio | - | - | $400.000 |
公报所载公司沿革
- 权益转让· 2021年6月22日
Se otorgó escritura de cesión de derechos de la sociedad, incorporándose Ivanna Valeria Pastén Pizarro y cediendo Claudia Lorena Iturriaga Moreno la totalidad de su interés.
Claudia Lorena Iturriaga Moreno · Iván Gonzalo Pastén Carmona · Ivanna Valeria Pastén Pizarro
摘要官方正文
CAMILA ALFARO CAZAUX, Notario Público La Serena, Suplente del Titular don Mariano Torrealba Ziliani, Avenida Juan Cisternas 2283, Local 3, Edificio Atrium, certifica: Por escritura pública ante mí, con esta fecha, Cristian Andrés García Baltra, cédula nacional de identidad número 12.842.833-K, domiciliado para estos efectos en Calle Pedro Pablo Muñoz, N° 230 La Serena, en representación de Iván Gonzalo Pastén Carmona, de Claudia Lorena Iturriaga Moreno y de Ivanna Valeria Pastén Pizarro, saneó los vicios formales de escritura social de cesión de derechos de la sociedad IP PROYECTOS INDUSTRIALES LIMITADA, r.u.t. 76.105.931-9, de fecha 22 de junio de 2021, otorgada ante don Rubén Reinoso Herrera, Notario Público Titular de La Serena domiciliado en esa fecha en calle Cordovez cuatrocientos cinco La Serena, repertorio número 5.681, cuyo extracto fue inscrito a fojas 663 número 234 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Serena correspondiente al año 2021, y fue publicado en el Diario Oficial de fecha dos de julio del año 2021.- Capital social $33.400.000.- pagados al contado, en dinero en efectivo y en bienes muebles.- En los siguientes términos: UNO.- En la escritura de cesión de derechos mencionada precedentemente y en su extracto, se incurrió en un error al hacer mención al porcentaje de los derechos de los que era dueña doña CLAUDIA LORENA ITURRIAGA MORENO y que cedió en su totalidad a doña IVANNA VALERIA PASTEN PIZARRO, quien por ese acto ingresó a la sociedad, A.- DONDE DICE: AL FINAL DE LA CLAUSULA PRIMERA: “El capital social se pactó en la suma de $33.400.000.- aportando doña Claudia Lorena Iturriaga Moreno, la suma de $400.000.- y don Iván Gonzalo Pasten Carmona, la suma de $33.000.000.-, por lo que a la socia doña Claudia Lorena Iturriaga Moreno, le corresponde un cinco por ciento del haber social y al socio don Iván Gonzalo Pasten Carmona, le corresponde un noventa y cinco por ciento del haber social”.- DEBE DECIR CORRECTAMENTE: El capital social se pactó en la suma de $33.400.000.-, aportando doña Claudia Lorena Iturriaga Moreno, la suma de $400.000.- y don Iván Gonzalo Pasten Carmona, la suma de $33.000.000.-“ B.- DONDE DICE: AL INICIO DE LA CLAUSULA SEGUNDA: “Por este instrumento doña CLAUDIA LORENA ITURRIAGA MORENO, cede la totalidad de su interés en la sociedad equivalente a un cinco por ciento de los derechos sobre el capital social a doña IVANNA VALERIA PASTEN PIZARRO…”.- DEBE DECIR CORRECTAMENTE: Por este instrumento doña CLAUDIA LORENA ITURRIAGA MORENO, cede la totalidad de su interés en la sociedad esto es cuatrocientos mil pesos, de los derechos sobre el capital social a doña IVANNA VALERIA PASTEN PIZARRO…”.- C.- DONDE DICE: AL FINAL DE LA CLAUSULA TERCERA: “A su vez también como consecuencia de las cesiones mencionadas, la sociedad queda constituida por don IVAN GONZALO PASTEN CARMONA, con una participación de un noventa y cinco por ciento en el capital y las utilidades y por doña IVANNA VALERIA PASTEN PIZARRO, con una participación de un cinco por ciento en el capital y las utilidades.-“ DEBE DECIR CORRECTAMENTE: “AL FINAL DE LA CLAUSULA TERCERA: “A su vez también como consecuencia de las cesiones mencionadas, la sociedad queda constituida por don IVAN GONZALO PASTEN CARMONA, con una participación de $33.000.000.- en el capital social y por doña IVANNA VALERIA PASTEN PIZARRO, con una participación de $400.000.- en el capital social.-“ En todos los casos singularizados en el numeral UNO, y en el extracto, se incurrió en el respectivo vicio formal al no hacer coincidente la correcta proporción y distribución entre los socios de los derechos sociales con el porcentaje.- A fin de corregir este vicio, el compareciente, en la representación que inviste, y en conformidad a lo establecido en las disposiciones de la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, procede por este acto a sanear el vicio manifestado en los términos expuestos, entendiéndose que en todas partes, de la escritura y de su extracto, antes indicado, donde se menciona a noventa y cinco por ciento y cinco por ciento, se debe tener por no escrito entendiendo que los valores correctos son treinta y tres millones de pesos y cuatrocientos mil pesos, respectivamente.- En razón de lo expuesto se deja constancia que el capital de la sociedad es de $33.400.000.- íntegramente pagado por los socios en dinero en efectivo y bienes muebles en la siguiente proporción: a) Don Iván Gonzalo Pasten Carmona, $33.000.000.- y b) doña Ivanna Valeria Pastén Pizarro, $400.000.- DOS.- En la escritura pública de cesión referida en la Clausula Segunda, por un error se agregó información que no corresponde lo que induce a confusión en relación al precio que se pagó por la cesión.- Por lo que se incurrió en el respectivo vicio formal. A fin de corregir este vicio el compareciente en la calidad que inviste y de conformidad a lo establecido en las disposiciones de la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, procede por este acto a sanear el vicio manifestado en los términos previamente descritos de la siguiente manera.- DONDE DICE: En la cláusula segunda “En proporción a sus respectivos derechos, esto es la suma de un millón de pesos”.- Se debe tener por no escrito para todos los efectos legales.- TRES: Finalmente se incurrió en un error en el rut de doña CLAUDIA LORENA ITURRIAGA MORENO, dice: “siete millones doscientos cincuenta y cinco mil setecientos treinta guion cuatro” y debe decir: ”siete millones doscientos cincuenta y cinco mil setecientos treinta guion uno “. Por lo que se incurrió en el respectivo vicio formal.- A fin de corregir este vicio, el compareciente, en la representación que inviste, y en conformidad a lo establecido en las disposiciones de la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, procede por este acto a sanear el vicio manifestado entendiéndose que en todas partes, de la escritura y de su extracto, antes indicado, debe entenderse que el rut correcto es ”siete millones doscientos cincuenta y cinco mil setecientos treinta guion uno “.- Demás estipulaciones escritura extractada. La Serena, 2 de febrero de 2023.-
最近登记事项
- MODIFICACIÓN
IP PROYECTOS INDUSTRIALES LIMITADA
CVE 2270129
- MODIFICACIÓN
IP PROYECTOS INDUSTRIALES LIMITADA
CVE 2267268
