股份公司76.097.491-9

Comercializadora Kraviva SpA

MODIFICACIÓN — 2016年12月15日

Diario Oficial

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公司信息

SpA

资本

总资本

$105.000.000

实缴资本

$54.750.000

待缴资本

$50.250.000

股份

105,000

股东(4)

姓名持股比例

ASESORÍAS E INVERSIONES SANTA TERESA LIMITADA

Accionista

37%

ASESORÍAS E INVERSIONES DOÑA INÉS LIMITADA

Accionista

12.6666666667%

ASESORÍAS E INVERSIONES SK LIMITADA

Accionista

37%

JAIME HINZPETER COHEN

Accionista

13.3333333333%

法定代理(1)

ALAN EUGENE KRAUSZ BITRÁN

9.xxx.xxx-1代表 COMERCIALIZADORA KRAVIVA SpA

公报所载公司沿革

  1. 设立· 2010年1月1日

    Se indica que el extracto original de la sociedad fue inscrito en 2010.

    COMERCIALIZADORA KRAVIVA SpA

摘要官方正文

VALERIA RONCHERA FLORES, Notario Público Titular 10° Notaría de Santiago, Agustinas 1235, Piso 2, CERTIFICO: por escritura pública de fecha 22 de noviembre de 2016, ante mi Suplente don Sergio Andres Zamora Altamirano, don ALAN EUGENE KRAUSZ BITRÁN, chileno, casado, abogado, CI Nº 9.407.325-1, Rosario Norte Nº555, oficina 604, Las Condes, debidamente facultado, viene a reducir a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad COMERCIALIZADORA KRAVIVA SpA , celebrada con fecha 8 de junio de 2016 en las oficinas de la sociedad, protocolizado ante mí, en el repertorio Nº 10.676-2016, con fecha 23 de noviembre de 2016, a través de la cual la totalidad de sus accionistas: ASESORÍAS E INVERSIONES SANTA TERESA LIMITADA; ASESORÍAS E INVERSIONES DOÑA INÉS LIMITADA; ASESORÍAS E INVERSIONES SK LIMITADA; y, don JAIME HINZPETER COHEN, aumentaron el capital y modificaron los estatutos de la sociedad por acciones “COMERCIALIZADORA KRAVIVA SpA”, cuyo extracto fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 21.700, número 14.761, del año 2010. AUMENTO DE CAPITAL.- El Presidente informa a los accionistas que, se ha decidido citar a esta Junta para que los accionistas se pronuncien sobre un aumento del capital de la sociedad. Indica que para desarrollar los proyectos es necesario contar con recursos suficientes, para lo cual propone que la sociedad aumente su capital de $55.000.000 de pesos, dividido en 55.000 acciones nominativas, de igual valor, todas de una misma serie, y sin valor nominal a $105.000.000 dividido en 105.000 acciones nominativas, de igual valor, todas de una misma serie y sin valor nominal. Se propone emitir 50.000 acciones de pago para que sean suscritas a un precio total de $50.000.000, a razón de $1.000 por cada acción nueva. Propone el Presidente que las acciones de pago puedan ser suscritas por personas naturales o jurídicas que no sean accionistas de la sociedad, en la medida que acepten sus estatutos y el pacto de accionistas. Agrega, que para estos efectos los accionistas deben renunciar a la opción preferente para suscribir las acciones de pago que les corresponde de acuerdo a la ley. El presidente luego de responder algunas consultas y después de un breve debate sobre las proposiciones, las somete a votación siendo aprobadas por la unanimidad de los accionistas. MODIFICACIÓN DEL PACTO SOCIAL.- Los accionistas acuerdan modificar el pacto social en el siguiente sentido: A) Se sustituye el artículo quinto por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Sociedad será la suma de $105.000.000 pesos, dividido en ciento cinco mil acciones, de una serie, nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal. Existirá un Registro de Accionistas, donde constará cualquier tipo de enajenación de la propiedad accionaria. No será necesario emitir láminas físicas de las acciones, salvo que cualquiera de los accionistas solicite la emisión de los títulos representativos de las acciones de las cuales es titular, en cuyo caso se emitirán los títulos solicitados. Podrán realizarse aumentos de capital acordados por Junta Extraordinaria de Accionistas, modificando el presente estatuto social en dicho sentido. Las opciones para suscribir acciones de aumento de capital de la Sociedad, deberán ser ofrecidas, a lo menos por una vez, preferentemente a los accionistas a prorrata de las acciones que posean. Este derecho es esencialmente renunciable o transferible. Este derecho de preferencia deberá ejercerse o transferirse dentro del plazo de treinta días contado desde que se publique la opción en la forma y condiciones que determine el Reglamento de la Ley dieciocho mil cuarenta y seis sobre sociedades anónimas. Las acciones cuyo valor no se encuentra totalmente pagado gozarán de iguales derechos que las íntegramente pagadas, salvo en lo relativo a la participación que les corresponda en los beneficios sociales y en las devoluciones de capital, casos en los que concurrirán en la proporción a la parte pagada”; y, B) Se sustituye el artículo primero transitorio por el siguiente “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social, según se establece en el artículo quinto del presente Estatuto, es de $105.000.000, divididos en 105.000 acciones sin valor nominal, que ha quedado totalmente suscrito y que se paga, pagará y ha quedado pagado en la siguiente forma: a) Asesorías e Inversiones Santa Teresa Limitada suscribe 38.850 acciones sin valor nominal, por un monto de $38.850.000 pesos, que se pagan: a) Con la suma de $23.100.000 ya aportados con anterioridad a esta fecha e ingresados en caja social; y b) Con la suma de $15.750.000 al contado y en dinero efectivo en el plazo máximo de cinco años contados desde esta fecha a medida que necesidades sociales lo requieran; b) Asesorías e Inversiones Doña Inés Limitada suscribe 13.300 acciones sin valor nominal, por un monto de $13.300.000 ya aportados con anterioridad a esta fecha e ingresados en caja social; c) Asesorías e Inversiones SK Limitada suscribe 38.850 acciones sin valor nominal, por un monto de $38.850.000 pesos, que se pagan: a) Con la suma de $12.650.000 ya aportados con anterioridad a esta fecha e ingresados en caja social; y b) Con la suma de $26.200.000.- al contado y en dinero efectivo en el plazo máximo de cinco años contados desde esta fecha a medida que necesidades sociales lo requieran y d) Jaime Hinzpeter Cohen suscribe 14.000 acciones sin valor nominal, por un monto de $14.000.000 pesos, que se pagan: a) Con la suma de $5.950.000 ya aportados con anterioridad a esta fecha e ingresados en caja social y b) Con la suma de $8.050.000.- al contado y en dinero efectivo en el plazo máximo de cinco años contados desde esta fecha a medida que necesidades sociales lo requieran”. Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 28 de noviembre de 2016.

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  1. MODIFICACIÓN

    COMERCIALIZADORA KRAVIVA SpA

    CVE 1150143

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