Agrícola La Esperanza Limitada
Diario Oficial
公司信息
资本
总资本
$90.000.000
实缴资本
$90.000.000
待缴资本
$0
股东(5)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Socio 5.xxx.xxx-0 | 5.xxx.xxx-0 | 35% | $31.500.000 |
Socio 11.xxx.xxx-2 | 11.xxx.xxx-2 | 22.5% | $20.250.000 |
DANIEL NICOLÁS ANDRÉS GAETE ROSALES Socio 17.xxx.xxx-k | 17.xxx.xxx-k | 10% | $9.000.000 |
SEBASTIÁN ANDRÉS NAVARRO GAETE Socio 17.xxx.xxx-9 | 17.xxx.xxx-9 | 10% | $9.000.000 |
Socio 8.xxx.xxx-8 | 8.xxx.xxx-8 | 22.5% | $20.250.000 |
管理人(1)
公报所载公司沿革
- 身故· 2019年9月30日
Fallece el socio Servando de Jesús Gaete Becerra y se concede posesión efectiva de su herencia intestada.
- 继承· 2022年8月17日
Se liquida y particiona la herencia de Servando de Jesús Gaete Becerra, adjudicándose derechos sociales a Etelvina Urra Cortés, Pola Angélica Gaete Urra y Daniel Servando Gaete Urra.
SERVANDO DE JESÚS GAETE BECERRA · ETELVINA URRA CORTÉS · POLA ANGÉLICA GAETE URRA · DANIEL SERVANDO GAETE URRA
摘要官方正文
Ministerio del Interior SEBASTIÁN JOSÉ CAMIRUAGA MARSHALL, abogado, Notario Público Titular de la 3ª Notaría de San Fernando, con asiento en Chimbarongo, Miraflores 399 Local 4, certifico que por escritura de hoy, ante mi, POLA ANGÉLICA GAETE URRA, agricultora, C.I. 11.455.948-2; ETELVINA URRA CORTÉS, agricultora, C.I. 5.263.774-0; DANIEL NICOLÁS ANDRÉS GAETE ROSALES, soltero, estudiante, C.I. 17.059.438-K; SEBASTIÁN ANDRÉS NAVARRO GAETE, soltero, ingeniero agrónomo, C.I. 17.919.816-9; DANIEL SERVANDO GAETE URRA, empresario, C.I. 8.730.911-8 y; LA SUCESIÓN SERVANDO DE JESÚS GAETE BECERRA, representada por sus herederos, doña Etelvina Urra Cortés; doña Pola Angélica Gaete Urra y; don Daniel Servando Gaete Urra, todos ya individualizado, todos Parcela Nº 13, Sector La Esperanza, Chimbarongo, Región del Libertador Bernardo O`Higgins, MODIFICARON “AGRÍCOLA LA ESPERANZA LIMITADA”, inscrita en Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Fernando año 2009, a fojas 382 vuelta, número 281, ASÍ: DA CUENTA DE HECHO.- /1/ Da cuenta del fallecimiento del socio SERVANDO DE JESÚS GAETE BECERRA, concediéndose la posesión efectiva de su herencia intestada a los herederos por Resolución Exenta 11.226, de 30 de septiembre de 2019, concedida por el Director Regional del Servicio de Registro Civil e Identificación de la Región del Libertador Bernardo O`Higgins, número de inscripción en Registro de Posesiones Efectivas 60.735 del año 2019. Impuesto pagado, según certificado del Servicio de Impuestos Internos de 06 de enero de 2021.- /2/ Por escritura publica de 17 de agosto de 2022, Repertorio 3.766-2022, otorgada ante R. Alfredo Martin Illanes, Notario Público Titular de la 15ª Notaría de Santiago, se liquidó y realizó la partición de la herencia, de don SERVANDO DE JESÚS GAETE BECERRA, realizándose las siguientes adjudicaciones: /A/ a ETELVINA URRA CORTÉS, el 35% de los derechos sociales en “AGRÍCOLA LA ESPERANZA LIMITADA”. /B/ a POLA ANGÉLICA GAETE URRA, el 12,5% de los derechos sociales en sociedad “AGRÍCOLA LA ESPERANZA LIMITADA”. /C/ a DANIEL SERVANDO GAETE URRA, el 22,5% de los derechos sociales en “AGRÍCOLA LA ESPERANZA LIMITADA”. En consecuencia, Etelvina Urra Cortés; Pola Angélica Gaete Urra; Daniel Nicolás Andrés Gaete Rosales y; Sebastián Andrés Navarro Gaete, en su calidad de actuales y únicos socios de “AGRÍCOLA LA ESPERANZA LIMITADA”, conjuntamente con Etelvina Urra Cortés; Pola Angélica Gaete Urra y; Daniel Servando Gaete Urra, éstos últimos por si y en su calidad de herederos de don SERVANDO DE JESÚS GAETE BECERRA, en representación de LA SUCESIÓN SERVANDO DE JESÚS GAETE BECERRA, materializan las adjudicaciones efectuadas en virtud de la liquidación de la herencia de don SERVANDO DE JESÚS GAETE BECERRA. MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS.- Se adjudica, cede y transfiere a ETELVINA URRA CORTÉS, quien acepta para si, el 35% de los derechos sociales en “AGRÍCOLA LA ESPERANZA LIMITADA”, en $83.922.430. Se adjudica, cede y transfiere a POLA ANGÉLICA GAETE URRA, quien acepta para si, el 12,5% de los derechos sociales en “AGRÍCOLA LA ESPERANZA LIMITADA”, en $29.972.296. Se adjudica, cede y transfiere a DANIEL SERVANDO GAETE URRA, quien acepta para si, el 22,5% de los derechos sociales en “AGRÍCOLA LA ESPERANZA LIMITADA”, en $53.950.134.- Consecuencia de lo anterior, se modifican los estatutos sociales de “AGRÍCOLA LA ESPERANZA LIMITADA”, en lo que respecta al capital social, el que queda de la siguiente manera: “QUINTO: CAPITAL SOCIAL.- El capital de la sociedad, totalmente pagado, asciende a la suma de $90.000.000, distribuido entre los socios en la siguiente proporción: /UNO/ ETELVINA URRA CORTÉS, $31.500.000, equivalentes al 35% de los derechos y capital social; /DOS/ POLA ANGÉLICA GAETE URRA $20.250.000, equivalentes a 22,5% de los derechos y capital social; /TRES/ DANIEL NICOLÁS ANDRÉS GAETE ROSALES, $9.000.000, equivalentes a un 10% de los derechos y capital social; /CUATRO/; SEBASTIÁN ANDRÉS NAVARRO GAETE, $9.000.000, equivalentes a un 10% de los derechos y capital social y; /CINCO/ DANIEL SERVANDO GAETE URRA, $20.250.000, equivalentes a un 22,5% de los derechos y capital social.”. Actuales y únicos socios de “AGRÍCOLA EL ESFUERZO LIMITADA”, acuerdan modificar cláusula Cuarta referente a la representación de la sociedad, la administración y el uso de la razón social, la que se sustituye por la siguiente: “CUARTO: De la administración.- La administración de la sociedad, el uso de la razón social y su representación corresponderá, con amplias facultades de administración y de disposición exclusivamente a doña POLA ANGÉLICA GAETE URRA, quien anteponiendo a su firma y nombre, la razón social, representará y obligará a la sociedad, pudiendo en consecuencia realizar todos los actos, celebrar todos los contratos y ejecutar todas las convenciones, que tengan por finalidad dar cumplimiento al objeto social o que se estimen necesarios o adecuados para dicho objetivo, no siendo necesario acreditar frente a terceros si ellos corresponden o no al giro social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Chimbarongo, 25 de agosto de 2025.
公司信息
公司目的
La explotación y administración de toda clase de predios agrícolas, frutícolas, forestales o de secano, ya sean propios o ajenos, en la actividad agrícola, frutícola, hortofrutícola, vitícola, ganadera y forestal; La explotación industrial, producción, exportación, importación, compraventa y comercialización de todo tipo de productos agrícolas, especies animales, productos agroindustriales y forestales; y toda actividad conexa o derivada de las antes indicadas que los accionistas determinen y cualquier otro objeto que los accionistas acuerden realizar
资本
总资本
$60.000.000
实缴资本
$30.000.000
待缴资本
$30.000.000
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | $30.000.000 |
Gerardo Andrés Pizarro Henríquez Socio | - | 50% | $30.000.000 |
管理人(1)
摘要官方正文
MARIA CRISTINA DIAZ HERNANDEZ, Abogada, Notaria Interina de la Tercera Notaría Pública de Ovalle, con oficio en Prolongación calle Benavente número 1075 “Open Plaza Ovalle” local 1480, de la ciudad de Ovalle, CERTIFICA: Por escritura pública hoy, ante mí, Don MARCO ANTONIO VICENCIO CORTES, domiciliado en camino Embalse Recoleta sin número, Fundo La Chapeana, comuna de Ovalle; y don GERARDO ANDRÉS PIZARRO HENRÍQUEZ, domiciliado en Fundo El Carmen sin número, comuna de Río Hurtado; constituyeron sociedad responsabilidad limitada.- Razón Social: “AGRÍCOLA LA ESPERANZA LIMITADA”, nombre fantasía “AGRÍCOLA LA ESPERANZA LTDA.”.- Administración y Uso Razón Social: Marco Antonio Vicencio Cortes, sin otras limitaciones que las señaladas al final de la cláusula quinta.- Capital Social: $60.000.000; socio Marco Antonio Vicencio Cortes $30.000.000, de los cuales $15.000.000 en efectivo caja social y $15.000.000 se enterarán en un plazo de 3 años contados desde la presente escritura; y socio Gerardo Andrés Pizarro Henríquez $30.000.000, de los cuales $15.000.000 en efectivo caja social y $15.000.000 se enterarán en un plazo de 3 años contados desde la presente escritura.- Objeto Sociedad: El objeto de la sociedad será: La explotación y administración de toda clase de predios agrícolas, frutícolas, forestales o de secano, ya sean propios o ajenos, en la actividad agrícola, frutícola, hortofrutícola, vitícola, ganadera y forestal; La explotación industrial, producción, exportación, importación, compraventa y comercialización de todo tipo de productos agrícolas, especies animales, productos agroindustriales y forestales; y toda actividad conexa o derivada de las antes indicadas que los accionistas determinen y cualquier otro objeto que los accionistas acuerden realizar.- Vigencia: 20 años a contar fecha escritura, prorrogable por períodos de 10 años iguales y sucesivos forma tácita salvo renuncia socios con seis meses antes cada plazo de vencimiento.- Responsabilidad: Los socios limitan expresamente su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.- Domicilio Sociedad: Ovalle.- Demás estipulaciones escritura extractada. Ovalle, 06 de Abril de 2022.
公司信息
资本
总资本
$2.500.000
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 90% | - |
Socio 7.xxx.xxx-8 | 7.xxx.xxx-8 | 10% | - |
管理人(1)
公报所载公司沿革
- 设立· 1994年4月21日
Roberto de la Cerda Parot y Juan Pablo de la Cerda Court constituyen Agrícola La Esperanza Limitada.
- 身故· 1995年6月6日
Fallece Roberto de la Cerda Parot.
- 继承· 1995年8月9日
Se concede posesión efectiva a Carmen Gloria Court Cortés y sus cuatro hijos.
Carmen Gloria Court Cortés · Bernardita de la Cerda Court · Ana María de la Cerda Court · Roberto Guillermo de la Cerda Court · Juan Pablo de la Cerda Court
- 权益转让· 1995年10月30日
Bernardita, Ana María, Roberto y Juan Pablo ceden a su madre el total de los derechos en la herencia de Roberto de la Cerda Parot.
Bernardita de la Cerda Court · Ana María de la Cerda Court · Roberto Guillermo de la Cerda Court · Juan Pablo de la Cerda Court · Carmen Gloria Court Cortés
- 股东加入
Carmen Gloria Court Cortés se incorpora a la sociedad como heredera de Roberto de la Cerda Parot, con el 90% de los derechos sociales.
摘要官方正文
GABRIEL MARCELO GUERRERO GONZÁLEZ, abogado, Notario Público Titular de la 7º Notaría de Talca, calle 30 Oriente Nº 1522, Local A, Talca, certifica: Por escritura pública otorgada el 08 de noviembre de 2019, ante mí, Repertorio N°668-2019, don JUAN PABLO DEL SOLAR DE LA SOTTA, domiciliado en Avenida 30 Oriente 1528, oficina 803, comuna de Talca, Séptima Región del Maule, en representación de doña CARMEN GLORIA COURT CORTÉS y de don JUAN PABLO DE LA CERDA COURT, ambos domiciliados en calle La Capitanía 71, departamento 41, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, saneo conforme a la Ley N°19.499, la modificación de los estatutos de la sociedad Agrícola La Esperanza Limitada, otorgada por escritura pública de fecha 30 de agosto de 2019 en la notaría de Santiago de don Gonzalo Aníbal Hurtado Morales, Repertorio N°3012-2019, cuyo extracto no fuese oportunamente publicado en el Diario Oficial ni inscrito oportunamente en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca, en el sentido de indicar que el extracto autorizado es del siguiente tenor: “GONZALO HURTADO MORALES, Notario Santiago, Las Condes, Av. Apoquindo N°4943, certifico: Por escritura fecha 30/08/2019, ante mi Suplente doña Lilia Sierra Mejía, CARMEN GLORIA COURT CORTÉS, domiciliada en calle La Capitanía 71, depto. 41, Las Condes, Región Metropolitana, JUAN PABLO DE LA CERDA COURT, chileno, factor de comercio, casado y separado totalmente de bienes, cédula de identidad N°7.051.156-8, ambos domiciliados para estos efectos en calle La Capitanía 71, departamento 41, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, BERNARDITA DEL CARMEN DE LA CERDA COURT, ANA MARÍA DE LA CERDA COURT y ROBERTO GUILLERMO DE LA CERDA COURT, domiciliados para estos efectos en la Hijuela 3, Santa Graciela de Ramadillas, comuna de Talca, Séptima Región del Maule, expusieron: Distribución de derechos sucesorios. 1) Mediante escritura pública de 21 de abril de 1994, otorgada en la Notaría de Santiago de don René Benavente Cash, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial de 04 de mayo de 1994 y se inscribió a foja 299 Nº109 en el Registro de Comercio del año 1994 del Conservador de Bienes Raíces de Talca, don Roberto de la Cerda Parot y su hijo don Juan Pablo de la Cerda Court, constituyeron una sociedad civil de responsabilidad limitada, cuya razón social es “Agrícola La Esperanza Limitada”. De conformidad a la cláusula octava de sus estatutos “En caso de fallecimiento del socio Roberto de la Cerda Parot, su cónyuge doña Carmen Gloria Court Cortés, interesada como comunera y heredara si lo sobreviviera, lo sustituirá en su calidad de socio, en su interés social y derechos de tal, con sus mismas ya dichas atribuciones, capacidad y facultades, siendo circunstancia esencial de esta sociedad que, en tal eventualidad, no ingresen como socios sustituyentes del causante ni lleven parte o interés alguno en la sociedad, otros herederos”. La sociedad no se ha modificado. 2) El 06 de junio de 1995 falleció el socio Roberto de la Cerda Parot. El 09 de agosto de 1995 se concede la posesión efectiva a su cónyuge sobreviviente doña Carmen Gloria Court Cortés y a sus cuatro hijos Bernardita, Ana María, Roberto y Juan Pablo, todos de apellidos de la Cerda Court. Mediante escritura pública otorgada el 30 de octubre de 1995 en la notaría de Santiago de don Fernando Opazo Larraín, Bernardita, Ana María, Roberto y Juan Pablo, todos de apellidos la Cerda Court, cedieron y transfirieron a su madre el total de los derechos en la herencia de su padre Roberto de la Cerda Parot. En virtud de la cesión, la herencia quedó en un 100% para doña Carmen Gloria Court Cortés. 3) A consecuencia de su muerte, Roberto de la Cerda Parot dejo de ser socio de Agrícola La Esperanza Limitada, pasando a serlo su cónyuge sobreviviente y heredera doña Carmen Gloria Court Cortés. Así, entonces, doña Carmen Gloria Court Cortés se incorpora a sociedad, asumiendo como heredera los derechos sociales que le correspondían al socio fallecido don Roberto de la Cerda Parot, esto es, el equivalente al 90% del capital social. Como consecuencia de la distribución de derechos sucesorios descrita en la cláusula segunda precedente, los socios de Agrícola La Esperanza Limitada son las siguientes personas naturales: a) Doña Carmen Gloria Court Cortés, titular del 90% de los derechos sociales; y b) Don Juan Pablo de la Cerda Court, titular del 10% de los derechos sociales. Su capital es $2.500.000. Modificaciones al estatuto social. A efectos de encaminar la sociedad para su disolución y liquidación, las socias modifican el estatuto social, en los siguientes términos: 1) En cuanto a la cláusula tercera relativa a la administración de la sociedad y el uso de la razón social, en el sentido que esta corresponderá al socio Juan Pablo de la Cerda Court, con las mismas facultades establecidas en el pacto social, las que se dan por expresamente reproducidas. 2) Se agrega el siguiente artículo décimo tercero a continuación del artículo décimo segundo: “DÉCIMO TERCERO: La sociedad se disolverá en cualquier tiempo si así lo acuerdan los socios en forma unánime. Acordada la disolución, la sociedad se liquidará de común acuerdo por los socios.”. En lo no modificado permanecen íntegramente vigentes los estatutos sociales. Presentes en este acto, doña Bernardita del Carmen de la Cerda Court, chilena, parvularia, casada y separada totalmente de bienes, cédula de identidad N°6.068.214-3, doña Ana María de la Cerda Court, chilena, docente, soltera, cédula de identidad N°7.033.783-5 y don Roberto Guillermo de la Cerda Court, chileno, agricultor, casado y separado totalmente de bienes, cédula de identidad N°6.376.258-K, todos domiciliados para estos efectos en la Hijuela 3, Santa Graciela de Ramadillas, comuna de Talca; los comparecientes mayores de edad y libres administradores de sus bienes, quienes acreditaron sus identidades con la cédulas citadas, declaran por el presente acto que conocen las disposiciones de este instrumento y están plenamente de acuerdo con ellas, sin tener reparo alguno que formular. Demás estipulaciones constan en escritura que extracto. Santiago, 29 de octubre de 2019.”. Talca, 08 de noviembre de 2019.
公司信息
资本
总资本
$2.500.000
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 90% | $2.500.000 |
Socio | - | 10% | $250.000 |
管理人(1)
公报所载公司沿革
- 设立· 1994年4月21日
Se constituyó la sociedad civil de responsabilidad limitada Agrícola La Esperanza Limitada.
- 身故· 1995年6月6日
Falleció el socio Roberto de la Cerda Parot.
- 继承· 1995年8月9日
Se concedió posesión efectiva a Carmen Gloria Court Cortés y sus hijos Bernardita, Ana María, Roberto y Juan Pablo de la Cerda Court.
Carmen Gloria Court Cortés · Bernardita de la Cerda Court · Ana María de la Cerda Court · Roberto de la Cerda Court · Juan Pablo de la Cerda Court
- 权益转让· 1995年10月30日
Bernardita, Ana María, Roberto y Juan Pablo de la Cerda Court cedieron a su madre el total de los derechos en la herencia de Roberto de la Cerda Parot.
Bernardita de la Cerda Court · Ana María de la Cerda Court · Roberto de la Cerda Court · Juan Pablo de la Cerda Court · Carmen Gloria Court Cortés
- 股东加入
Carmen Gloria Court Cortés se incorporó a la sociedad como heredera con el 90% de los derechos sociales.
- 管理人变更
La administración y uso de la razón social pasó al socio Juan Pablo de la Cerda Court.
摘要官方正文
GONZALO HURTADO MORALES, Notario Santiago, Las Condes, Av. Apoquindo Nº4943, certifico: Por escritura fecha 30/08/2019, ante mí Suplente doña Lilia Sierra Mejía, CARMEN GLORIA COURT CORTÉS y JUAN PABLO DE LA CERDA COURT, ambos domiciliados en calle La Capitanía 71, depto. 41, Las Condes, Región Metropolitana, expusieron: Distribución de derechos sucesorios. 1) Mediante escritura pública de 21 de abril de 1994, otorgada en la Notaría de Santiago de don René Benavente Cash, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial de 04 de mayo de 1994 y se inscribió a foja 302 Nº111 en el Registro de Comercio del año 1994 del Conservador de Bienes Raíces de Talca, don Roberto de la Cerda Parot y su hijo don Juan Pablo de la Cerda Court, constituyeron una sociedad civil de responsabilidad limitada, cuya razón social es “Agrícola La Esperanza Limitada”. De conformidad a la cláusula octava de sus estatutos “En caso de fallecimiento del socio Roberto de la Cerda Parot, su cónyuge doña Carmen Gloria Court Cortés, interesada como comunera y heredara si lo sobreviviera, lo sustituirá en su calidad de socio, en su interés social y derechos de tal, con sus mismas ya dichas atribuciones, capacidad y facultades, siendo circunstancia esencial de esta sociedad que, en tal eventualidad, no ingresen como socios sustituyentes del causante ni lleven parte o interés alguno en la sociedad, otros herederos”. La sociedad no se ha modificado. 2) El 06 de junio de 1995 falleció el socio Roberto de la Cerda Parot. El 09 de agosto de 1995 se concede la posesión efectiva a su cónyuge sobreviviente doña Carmen Gloria Court Cortés y a sus cuatro hijos Bernardita, Ana María, Roberto y Juan Pablo, todos de apellidos de la Cerda Court. Mediante escritura pública otorgada el 30 de octubre de 1995 en la notaría de Santiago de don Fernando Opazo Larraín, Bernardita, Ana María, Roberto y Juan Pablo, todos de apellidos la Cerda Court, cedieron y transfirieron a su madre el total de los derechos en la herencia de su padre Roberto de la Cerda Parot. En virtud de la cesión, la herencia quedó en un 100% para doña Carmen Gloria Court Cortés. 3) A consecuencia de su muerte, Roberto de la Cerda Parot dejo de ser socio de Agrícola La Esperanza Limitada, pasando a serlo su cónyuge sobreviviente y heredera doña Carmen Gloria Court Cortés. Así, entonces, doña Carmen Gloria Court Cortés se incorpora a sociedad Agrícola La Esperanza Limitada, asumiendo como heredera los derechos sociales que le correspondían al socio fallecido don Roberto de la Cerda Parot, esto es, el equivalente al 90% del capital social. Como consecuencia de la distribución de derechos sucesorios descrita en la cláusula segunda precedente, los socios de sociedad Agrícola La Esperanza Limitada son las siguientes personas naturales: a) Doña Carmen Gloria Court Cortés, titular del 90% de los derechos sociales; y b) Don Juan Pablo de la Cerda Court, titular del 10% de los derechos sociales. Su capital es $2.500.000. Modificaciones al estatuto social. A efectos de encaminar la sociedad para su disolución y liquidación, los socios modifican el estatuto social, en los siguientes términos: 1) En cuanto a la cláusula tercera relativa a la administración de la sociedad y el uso de la razón social, en el sentido que esta corresponderá al socio Juan Pablo de la Cerda Court, con las mismas facultades establecidas en el pacto social, las que se dan por expresamente reproducidas. 2) Se agrega el siguiente artículo décimo tercero a continuación del artículo décimo segundo: “DÉCIMO TERCERO: La sociedad se disolverá en cualquier tiempo si así lo acuerdan los socios en forma unánime. Acordada la disolución, la sociedad se liquidará de común acuerdo por los socios.”. En lo no modificado permanecen íntegramente vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura que extracto. Santiago, 16 de Septiembre de 2019.
最近登记事项
- MODIFICACIÓN
AGRÍCOLA LA ESPERANZA LIMITADA
CVE 2696917
- CONSTITUCIÓN
AGRÍCOLA LA ESPERANZA LIMITADA
CVE 2116766
- MODIFICACIÓN
Agrícola La Esperanza Limitada
CVE 1684882
- MODIFICACIÓN
Agrícola La Esperanza Limitada
CVE 1668629
