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Sociedad De Inversiones Casablanca Limitada

MODIFICACIÓN — 2023年5月31日

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公司信息

Ltda
Los Militares número 5953, oficina 704

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MARÍA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Quinta Notaría de Santiago señor Patricio Raby Benavente, ambos domiciliados en calle Gertrudis Echeñique número 30, oficina 32, Las Condes, Santiago, certifico que, con fecha 31 de Marzo de 2023 bajo el repertorio N°3232-2023, ante el titular, don PATRICIO JOSÉ EGUIGUREN MUÑOZ, doña MARÍA YOLANDA CLARO VIAL, doña MARÍA YOLANDA EGUIGUREN CLARO, don PATRICIO JOSÉ EGUIGUREN CLARO, doña FRANCISCA EGUIGUREN CLARO, don FEDERICO EGUIGUREN CLARO, y doña MARÍA EGUIGUREN CLARO, todos domiciliados en Los Militares número 5953, oficina 704, comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago, modificaron SOCIEDAD DE INVERSIONES CASABLANCA LIMITADA, inscrita a fojas 1715 número 1321 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2004, de la siguiente manera: don PATRICIO JOSÉ EGUIGUREN MUÑOZ, vende cede y transfiere a doña MARÍA EGUIGUREN CLARO, quien compra, acepta y adquiere para sí el 57,1428571% de los derechos sociales que le pertenecen y que corresponden al 20% de los derechos totales de la sociedad, en el precio de $100.000, que se pagó por la cesionaria al momento de suscribir la escritura extractada de contado en dinero en efectivo, precio que fue aceptado por el cedente a su entera conformidad, teniéndose por íntegramente pagado el precio de venta, don PATRICIO JOSÉ EGUIGUREN MUÑOZ, vende cede y transfiere a doña MARÍA YOLANDA EGUIGUREN CLARO, quien compra, acepta y adquiere para sí el 66,6666667% de los derechos sociales que le pertenecen y que corresponden al 10% de los derechos totales de la sociedad, en el precio de $50.000, que se pagó por la cesionaria al momento de suscribir la escritura extractada de contado en dinero en efectivo, precio que fue aceptado por el cedente a su entera conformidad, don PATRICIO JOSÉ EGUIGUREN MUÑOZ, vende cede y transfiere a don PATRICIO JOSÉ EGUIGUREN CLARO, quien compra, acepta y adquiere para sí el 100% de los derechos sociales que le pertenecen y que corresponden al 5% de los derechos totales de la sociedad, en el precio de $25.000, que se pagó por la cesionaria al momento de suscribir la escritura extractada de contado en dinero en efectivo, precio que fue aceptado por el cedente a su entera conformidad, doña MARÍA YOLANDA CLARO VIAL, vende cede y transfiere a don PATRICIO JOSÉ EGUIGUREN CLARO, quien compra, acepta y adquiere para sí el 14,2857143% de los derechos sociales que le pertenecen y que corresponden al 5% de los derechos totales de la sociedad, en el precio de $25.000, que se pagó por la cesionaria al momento de suscribir la escritura extractada de contado en dinero en efectivo, precio que fue aceptado por el cedente a su entera conformidad, doña MARÍA YOLANDA CLARO VIAL, vende cede y transfiere a doña FRANCISCA EGUIGUREN CLARO, quien compra, acepta y adquiere para sí el 33,3333333% de los derechos sociales que le pertenecen y que corresponden al 10% de los derechos totales de la sociedad, en el precio de $50.000, que se pagó por la cesionaria al momento de suscribir la escritura extractada de contado en dinero en efectivo, precio que fue aceptado por el cedente a su entera conformidad, doña MARÍA YOLANDA CLARO VIAL, vende cede y transfiere a don FEDERICO EGUIGUREN CLARO, quien compra, acepta y adquiere para sí el 100% de los derechos sociales que le pertenecen y que corresponden al 20% de los derechos totales de la sociedad, en el precio de $100.000, que se pagó por la cesionaria al momento de suscribir la escritura extractada de contado en dinero en efectivo, precio que fue aceptado por el cedente a su entera conformidad. Como consecuencia de las cesiones anteriores don PATRICIO JOSÉ EGUIGUREN MUÑOZ, y doña MARÍA YOLANDA CLARO VIAL, salen de la sociedad, y doña MARÍA EGUIGUREN CLARO, y don FEDERICO EGUIGUREN CLARO, son aceptados expresamente por el socio don PATRICIO JOSÉ EGUIGUREN CLARO, la socia doña MARÍA YOLANDA EGUIGUREN CLARO, y por la socia doña FRANCISCA EGUIGUREN CLARO. Los actuales y únicos socios de la sociedad, acuerdan modificar la cláusula de los estatutos sociales relativa a la razón social, de “SOCIEDAD DE INVERSIONES CASABLANCA LIMITADA”, a “SOCIEDAD DE INVERSIONES EC LIMITADA”, en consecuencia, los únicos y actuales socios de la sociedad, acuerdan modificar la cláusula segunda de los estatutos sociales por la siguiente: “SEGUNDO: NOMBRE: La razón social será SOCIEDAD DE INVERSIONES EC LIMITADA, pudiendo usar para todos los efectos legales como nombre de fantasía INVERSIONES EC LTDA”. Adicionalmente, los únicos y actuales dueños del total de los derechos sociales de la sociedad, deciden ceder y transferir el usufructo sobre la totalidad de los derechos sociales en favor de don PATRICIO JOSÉ EGUIGUREN MUÑOZ, y de doña MARÍA YOLANDA CLARO VIAL, en partes iguales, quienes lo aceptan para si. Los cedentes se reservan la nuda propiedad de los derechos sociales. En consecuencia, don PATRICIO JOSÉ EGUIGUREN MUÑOZ, es usufructuario del cincuenta por ciento de la totalidad de los derechos sociales de la sociedad, y doña MARÍA YOLANDA CLARO VIAL, es usufructuaria en un cincuenta por ciento de la totalidad d ellos derechos sociales de la sociedad. El precio de la cesión del usufructo es la suma única y total de quinientos mil pesos, pagados de la siguiente forma: a) don PATRICIO JOSÉ EGUIGUREN MUÑOZA, pagó la cantidad de $250.000, en el acto de suscripción de la escritura, en dinero en efectivo, y b) doña MARÍA YOLANDA CLARO VIAL, pagó la cantidad de $250.000 en dinero en efectivo, al momento de suscripción de la escritura extractada, precio que es aceptado por los cedentes a su entera y total conformidad. La duración de los usufructos es vitalicia, lo que es expresamente aceptado por todos los socios de la sociedad. En caso de fallecimiento de uno de los usufructuarios, quedará el usufructuario sobreviviente con el cien por ciento de los derechos de usufructo, con una duración vitalicia, lo que es aceptado expresamente por todos los socios de la sociedad. En todo lo demás, siguen vigentes los estatutos de la sociedad. Santiago, 29 de Mayo de 2023.- Maria Virginia Wielandt Covarrubias.- Notario Suplente.-

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