合作社65.186.136-5

Cooperativa Campesina Santa Rosa Alto

MODIFICACIÓN — 2025年12月1日

Diario Oficial

变更Diario Oficial · 2025-12-01查看 PDF(CVE 2735514)

公司信息

Cooperativa
calle 1 norte 963, oficina 103

资本

总资本

$800.000

管理人(1)

REBECA SOLEDAD TRONCOSO DIAZ

8.xxx.xxx-2Representante

公报所载公司沿革

  1. 其他行为· 2022年12月30日

    Se redujo a escritura pública el Acta de la Junta General de Socios año 2022 de la cooperativa.

    Héctor Bobadilla Toledo

摘要官方正文

Ministerio del Interior MARIA ANGELICA RAMIREZ FUENTES, Notaria Interina de la Primera Notaria de Talca, con oficio en calle 1 norte 963, oficina 103, de la Comuna de Talca, CERTIFICO: que mediante escritura publica de 21 de noviembre de 2025, ante mí, Repertorio N°.2083-2025, doña REBECA SOLEDAD TRONCOSO DIAZ, chilena, soltera, asesora, domiciliada en calle 1 sur numero 898, Talca, cedula nacional de identidad N°8.887.360-2, en representación de la COOPERATIVA CAMPESINA SANTA ROSA ALTO, RUT 65.186.136-5, SANEA escritura pública del Acta de la Junta General de Socios año 2022 de la Cooperativa Campesina Santa Rosa Alto, reducida a escritura pública con fecha 30 de diciembre de 2022, otorgada ante Notario Interino de la Primera Notaría de Talca don Héctor Bobadilla Toledo, Rep. 2624-2022, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial con fecha 16 de enero de 2023 e inscrito a fojas 4 numero 3 del año 2023 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Chanco, que contiene los siguientes vicios o errores: La inscripción del extracto publicado en el Diario Oficial con fecha 16 de enero de 2023 se realizó fuera del plazo legal. En lo que no se haya expresamente saneado, se mantienen plenamente vigentes las demás estipulaciones de la Junta general año 2022. El Capital de la cooperativa es: $800.000.- Demás estipulaciones escritura extractada. TALCA, 26 de noviembre de 2025.

变更Diario Oficial · 2023-01-16查看 PDF(CVE 2254655)

公司信息

Cooperativa
Talca, Maule

资本

总资本

$800.000

摘要官方正文

HECTOR ENRIQUE BOBADILLA TOLEDO, Notario Público Interino de la Primera Notaría de Talca, con oficio en 1 Norte N° 963 de Talca, certifico: Por escritura pública, otorgada ante mí, con fecha 30 de diciembre de 2022, Repertorio 2624-2022 se redujo a escritura pública Acta de la Junta General de Socios de la COOPERATIVA CAMPESINA SANTA ROSA ALTO, Rut N° 65.186.136-5, celebrada con fecha 30 de junio de 2022. La Cooperativa tiene un capital social inicial de $800.000.-, y se encuentra inscrita a fojas 4 vuelta N° 5 del año 2019, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Chanco; cuyos socios asistentes acordaron por unanimidad modificar los estatutos de la cooperativa, para cumplir con la Ley General de Cooperativas, en el siguiente sentido: a) Modifica ARTICULO 9, quedando de la siguiente forma: “ARTICULO 9°: CORRECCION MONETARIA: Para los efectos monetarios la Cooperativa corregirá monetariamente sus activos y pasivos de conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Decreto Ley N° 824, de 1974.”; b) Modifica ARTICULO 12, quedando de la siguiente forma: “ARTICULO 12°: DISTRIBUCIÓN DE LOS REMANENTES: El saldo favorable del ejercicio económico, que se denominará Remanente, se destinará a absorber las pérdidas acumuladas, si las hubiere. Hecho lo anterior, se destinará a la constitución e incremento de los Fondos de Reserva, en el caso que éstos sean obligatorios, o a la constitución e incremento de los fondos de reserva, en el caso que estos sean obligatorios, o a la constitución e incremento de reservas voluntarias y al pago de intereses al capital de conformidad con el estatuto.”; c) Modifica ARTICULO 24, quedando de la siguiente forma: “ARTICULO 24°: PÉRDIDA DE LA CALIDAD DE SOCIO/A: “... b) Por fallecimiento.”; d) Modifica el ARTICULO 39, quedando de la siguiente forma: ARTICULO 39°: DE LAS JUNTAS GENERALES ESPECIALMENTE CITADA: De conformidad al artículo 23 de la LGC requerirán la conformidad de los dos tercios de los socios presentes o representados en la junta general respectiva los acuerdos relativos a las materias de las letras d), e), f), h), i), j), k), l), m), n), ñ), los que deberán ser tratados solo en juntas generales especialmente citadas con tal objeto”; e) Modifica ARTICULO 42, quedando de la siguiente forma: ARTICULO 42°: DE LOS ACUERDOS DE LAS JUNTAS GENERALES: Los acuerdos de las Juntas Generales de Socios y Socias se tomarán por mayoría simple de quienes estén presentes o representados/as, salvo en los casos en que la Ley General de Cooperativas, su Reglamento o el presente Estatuto Social exijan una mayoría especial. Requerirán la conformidad de los dos tercios de los socios presentes o representados en la Junta General respectiva los acuerdos relativos a las materias de las letras d), e), f), h), i), j), k), l), m), y, ñ) los que deberán ser tratados solo en juntas generales especialmente citadas con tal objeto. Los acuerdos relativos a las demás materias de conocimiento de la junta general se adoptarán por la mayoría simple de los socios presentes o representados en ella; f) Modifica ARTICULO 46, quedando de la siguiente forma; ARTICULO 46°: DE LOS ACUERDOS: Los acuerdos de las Juntas Generales se adoptarán por la mayoría simple de los socios presentes o representados en ella.”; g) Modifica ARTICULO 63, quedando de la siguiente forma: “ARTICULO 63°: La Cooperativa, además, podrá ser disuelta por sentencia judicial ejecutoriada, a solicitud de sus miembros, del Departamento de Cooperativas, si concurre alguna de las causales que al efecto establece la Ley. Lo anterior se entiende sin perjuicio del proceso de liquidación o reorganización que pueda declararse de acuerdo con las normas generales.”.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Talca, 9 de Enero de 2023.

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  1. MODIFICACIÓN

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