Inversiones El Guru SpA
Diario Oficial
公司資料
公司目的
La Sociedad tendrá por objeto: /a/ La inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones o derechos en todo tipo fondos, sociedades, ya sean comerciales, civiles, comunidades o asociaciones, en toda clase de títulos o valores mobiliarios, pudiendo realizar inversiones en toda clase de activos financieros, bienes muebles o inmuebles, y en general, la promoción de negocios sobre estos; /b/ Efectuar inversiones en dólares de los Estados Unidos de Norte América, Euro, Yen y en general en cualquier otra moneda extranjera, dentro y fuera del territorio de la República de Chile; /c/ El arrendamiento, subarrendamiento, compra, venta, desarrollo, urbanización y administración de inmuebles propios o de terceros; /d/ El estudio, promoción, participación, construcción, ejecución y desarrollo de negocios y proyectos inmobiliarios, en todas y cada una de sus fases; /e/ La ejecución de obras civiles, construcciones, edificaciones, remodelaciones, la realización de obras en general, pudiendo al efecto realizar cuanto acto o contrato sea necesario para la consecución de sus fines señalados anteriormente; y, /f/ En general, realizar toda otra actividad que directa o indirectamente se relacione con las anteriores y que los accionistas determinen. En el desarrollo de su objeto, la Sociedad podrá comprar, vender, arrendar, prendar, hipotecar, ceder, y realizar cualquier tipo de actos o contratos sobre dichos bienes e inversiones sin limitación alguna, y realizar, en general, cualquier acto o contrato relacionado con el objeto principal, pudiendo concurrir a la constitución y/o participar en toda clase de sociedades, de personas, de capital, anónimas, por acciones o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones.
資本
總資本
$2.000.000
實繳資本
$2.000.000
待繳資本
$0
股份
1,000
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Accionista | - | - | - |
Accionista | - | - | - |
摘要官方正文
HUMBERTO QUEZADA MORENO, abogado, Notario Público, Titular de la vigésima sexta Notaría de Santiago, con oficio en avenida Apoquindo número 3196, Las Condes, Santiago, certifico: Por escritura de fecha 25 de agosto de 2023, Rep. N°7.064, ante mí: /i/ don Alejandro José Sáenz Arroyo, y; /ii/ doña Francisca Matthews Jaramillo, ambos domiciliados para estos efectos en calle Callao N° 3418, departamento 31, Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, constituyen una sociedad por acciones, cuyos estatutos son del siguiente tenor: Razón Social: La razón social será “INVERSIONES EL GURU SpA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía de “EL GURU SpA”, en adelante, la "Sociedad". Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: /a/ La inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones o derechos en todo tipo fondos, sociedades, ya sean comerciales, civiles, comunidades o asociaciones, en toda clase de títulos o valores mobiliarios, pudiendo realizar inversiones en toda clase de activos financieros, bienes muebles o inmuebles, y en general, la promoción de negocios sobre estos; /b/ Efectuar inversiones en dólares de los Estados Unidos de Norte América, Euro, Yen y en general en cualquier otra moneda extranjera, dentro y fuera del territorio de la República de Chile; /c/ El arrendamiento, subarrendamiento, compra, venta, desarrollo, urbanización y administración de inmuebles propios o de terceros; /d/ El estudio, promoción, participación, construcción, ejecución y desarrollo de negocios y proyectos inmobiliarios, en todas y cada una de sus fases; /e/ La ejecución de obras civiles, construcciones, edificaciones, remodelaciones, la realización de obras en general, pudiendo al efecto realizar cuanto acto o contrato sea necesario para la consecución de sus fines señalados anteriormente; y, /f/ En general, realizar toda otra actividad que directa o indirectamente se relacione con las anteriores y que los accionistas determinen. En el desarrollo de su objeto, la Sociedad podrá comprar, vender, arrendar, prendar, hipotecar, ceder, y realizar cualquier tipo de actos o contratos sobre dichos bienes e inversiones sin limitación alguna, y realizar, en general, cualquier acto o contrato relacionado con el objeto principal, pudiendo concurrir a la constitución y/o participar en toda clase de sociedades, de personas, de capital, anónimas, por acciones o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de un $2.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, de igual valor y sin valor nominal, que se suscribe y paga totalmente en este acto, de la manera establecida en el Artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales. Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo o con otros bienes. El capital social en sus posteriores aumentos deberá quedar totalmente suscrito y pagado dentro del plazo de tres años contados desde la escritura de aumento de capital, según corresponda, salvo que en el respectivo aumento los accionistas pactaren un plazo diferente. Domicilio: El domicilio social será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las sucursales que estime conveniente abrir en otros puntos del país o del extranjero. Duración: La Sociedad tendrá una duración indefinida. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 28 de agosto de 2023. HQM. Not. Pub.
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