Carrasco Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Capital
Capital total
$60,000,000.-
Capital integralizado
$60,000,000.-
Capital pendente
$0.-
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 17.xxx.xxx-8 | 17.xxx.xxx-8 | 50% | $30,000,000.- |
Lorena Carolina Carrasco Samur Socio 10.xxx.xxx-9 | 10.xxx.xxx-9 | 50% | $30,000,000.- |
Administradores (2)
Lorena Carolina Carrasco Samur
Histórico societário relatado
- Cessão de direitos· 12 de agosto de 2020
Paulina Alejandra Carrasco Samur cede el 5% de sus derechos sociales a Lorena Carolina Carrasco Samur.
Paulina Alejandra Carrasco Samur · Lorena Carolina Carrasco Samur
- Cessão de direitos· 12 de agosto de 2020
Inmobiliaria e Inversiones Concepción Limitada cede el 40% de los derechos sociales a Lorena Carolina Carrasco Samur.
Inmobiliaria e Inversiones Concepción Limitada · Lorena Carolina Carrasco Samur
- Cessão de direitos· 12 de agosto de 2020
Inmobiliaria e Inversiones Concepción Limitada cede el 50% de los derechos sociales a Carlos Andrés Carrasco Samur.
Inmobiliaria e Inversiones Concepción Limitada · Carlos Andrés Carrasco Samur
- Mudança de capital· 12 de agosto de 2020
Se fija el capital social en $60.000.000, íntegramente pagado, distribuido en partes iguales entre Carlos Andrés Carrasco Samur y Lorena Carolina Carrasco Samur.
Carlos Andrés Carrasco Samur · Lorena Carolina Carrasco Samur
- Mudança de administrador· 12 de agosto de 2020
La administración y uso de la razón social pasa a corresponder individualmente a Carlos Andrés Carrasco Samur y Lorena Carolina Carrasco Samur.
Carlos Andrés Carrasco Samur · Lorena Carolina Carrasco Samur
Texto oficial do extrato
JORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera número cuatro mil ochocientos ochenta y seis, Comuna de San Miguel, certifica: que, ante mí Jorge Reyes Bessone, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera número 4.886, comuna de San Miguel, por escritura pública de fecha 12 de agosto del año 2020, doña Paulina Alejandra Carrasco Samur, cédula de identidad número 10.947.328-6, e Inmobiliaria e Inversiones Concepción Limitada, cédula de identidad número 78.559.910-1, en calidad de cedentes; y doña Lorena Carolina Carrasco Samur, cédula de identidad número 10.947.349-9, y don Carlos Andrés Carrasco Samur, cédula de identidad número 17.043.032-8, en calidad de cesionarios, todos domiciliados para estos efectos en calle Mirasol número 2229, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, acordaron la cesión de derechos sociales de la sociedad CARRASCO LIMITADA (la “Sociedad”), sociedad inscrita a fojas 29182, número 21063 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2007; de acuerdo a lo siguiente: (1) A. doña PAULINA ALEJANDRA CARRASCO SAMUR, vende, cede y transfiere a doña LORENA CAROLINA CARRASCO SAMUR, la totalidad de los derechos sociales que le corresponden en la Sociedad, y que equivalen al 5% de los derechos sociales de la misma. El precio de la cesión de derechos sociales asciende a la cantidad única y total de $1.052.632.-, que la cesionaria se obliga a pagar en un plazo máximo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada; B. INMOBILIARIA E INVERSIONES CONCEPCIÓN LIMITADA, vende, cede y transfiere a doña LORENA CAROLINA CARRASCO SAMUR, un 44,4% de los derechos sociales que le corresponden en la Sociedad, y que equivalen al 40% de la totalidad de los derechos sociales de la misma. El precio de la cesión de derechos sociales asciende a la cantidad única y total de $8.421.052.-, que la cesionaria se obliga a pagar en un plazo máximo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada; e, C. INMOBILIARIA E INVERSIONES CONCEPCIÓN LIMITADA, vende, cede y transfiere a don CARLOS ANDRÉS CARRASCO SAMUR, un 56,6% de los derechos sociales que le corresponden en la Sociedad, y que equivalen al 50% de la totalidad de los derechos sociales de la misma. El precio de la cesión de derechos sociales asciende a la cantidad única y total de $10.526.316.-, que la cesionaria se obliga a pagar en un plazo máximo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada; (2) Como consecuencia de lo anterior, se modifica el Artículo Sexto de los estatutos, reemplazándose por el siguiente: “SEXTO: El capital de la sociedad es la cantidad de $60,000,000.-, que ha sido íntegramente pagado y enterado a la caja social con anterioridad a esta fecha y que corresponde a los siguientes socios en las siguientes proporciones: (a) don CARLOS ANDRÉS CARRASCO SAMUR, con un 50 por ciento del capital social equivalente a $30,000,000.-; y, (b) doña LORENA CAROLINA CARRASCO SAMUR, con un 50 por ciento del capital social equivalente a $30,000,000.-.” (3) Los socios acordaron modificar los estatutos en lo que respecta a la administración de la Sociedad, señalando que la administración y el uso de la razón social corresponderá individualmente a los señores CARLOS ANDRÉS CARRASCO SAMUR y LORENA CAROLINA CARRASCO SAMUR, quienes anteponiendo la razón social a su firma, representarán a la sociedad con las facultades otorgadas en escritura extractada. En virtud de la modificación acordada, la unanimidad de los socios acordó modificar los estatutos de la Sociedad, reemplazando el Artículo QUINTO, relativo a la administración de la misma. En todo lo no modificado rige el pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 12 de agosto de 2020.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
CARRASCO LIMITADA
CVE 1800382
