Sociedad de Responsabilidad Limitada78.559.910-1

Inmobiliaria E Inversiones Concepción Limitada

MODIFICACIÓN — 31 may 2021

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2021-05-31Ver PDF (CVE 1953062)

Información societaria

Ltda
Camino Mirasol 2.229

Objeto social

Efectuar toda clase de inversiones, mobiliarias e inmobiliarias, tangibles e intangibles, pudiendo formar o participar en cualquier forma e intervenir en toda clase de sociedades, entidades y comunidades; adquirir bienes, valores mobiliarios y toda clase de especies valoradas o valorables; prestar servicios profesionales; y en general realizar todas las operaciones y contratos, que de común acuerdo determinen los socios, y que accedan o se relacionen directamente o indirectamente con cualquier acto de naturaleza civil.

Texto oficial del extracto

JAVIER IGNACIO HORMAZABAL COLLAO Notario Público Suplente del Titular de la 19ª Notaría de Santiago don Pedro Ricardo Reveco Hormazábal, Bandera 341 oficina 352, certifica: Por escritura pública de fecha 13 de abril de 2021, repertorio nro. 17.361, ante mí, GLADYS INÉS SAMUR ANANÍAS, PAULINA ALEJANDRA CARRASCO SAMUR, LORENA CAROLINA CARRASCO SAMUR, JAVIERA ANDREA CARRASCO SAMUR y CARLOS ANDRÉS CARRASCO SAMUR, todos domiciliados para estos efectos en Camino Mirasol 2.229, Las Condes, Región Metropolitana; modificaron “INMOBILIARIA E INVERSIONES CONCEPCIÓN LIMITADA” inscrita a fojas 1.448 N° 1180 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción de 1994.- Modificaciones consisten: 1) En convertir la sociedad comercial de responsabilidad limitada antes mencionada en una sociedad civil de responsabilidad limitada, acordando reemplazar la actual cláusula primera del estatuto social por la siguiente “Los comparecientes constituyen una sociedad civil de responsabilidad limitada que se regirá por las normas establecidas en la Ley 3.918 y sus modificaciones posteriores, y las disposiciones del Código Civil y demás que versan sobre la materia, en todo lo que no se hubiera estipulado en este contrato”; y 2) En sustituir la cláusula tercera del estatuto social, referida al objeto de la sociedad, por el siguiente: “El objeto de la sociedad será efectuar toda clase de inversiones, mobiliarias e inmobiliarias, tangibles e intangibles, pudiendo formar o participar en cualquier forma e intervenir en toda clase de sociedades, entidades y comunidades; adquirir bienes, valores mobiliarios y toda clase de especies valoradas o valorables; prestar servicios profesionales; y en general realizar todas las operaciones y contratos, que de común acuerdo determinen los socios, y que accedan o se relacionen directamente o indirectamente con cualquier acto de naturaleza civil”. En lo no modificado, permanecen plenamente vigentes las estipulaciones contenidas en los estatutos de la sociedad. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Santiago, 17 de Mayo de 2021.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    INMOBILIARIA E INVERSIONES CONCEPCIÓN LIMITADA

    CVE 1953062

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