Inmobiliaria Alejandro Sauma Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
La sociedad conservará su razón social y objeto.
Capital
Capital total
$3.691.998.072
Capital integralizado
$3.691.998.072
Capital pendente
$0
Sócios (4)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 99.97% | $3.690.890.472 |
CHRISTIAN ALEJANDRO SAUMA MAHALUF Socio | - | 0.01% | $369.200 |
Socio | - | 0.01% | $369.200 |
DANIELA MACARENA SAUMA MAHALUF Socio | - | 0.01% | $369.200 |
Administradores (2)
CHRISTIAN ALEJANDRO SAUMA MAHALUF
Texto oficial do extrato
Ministerio del Interior MARCELA ANDREA MEDINA RICCI, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio en Avenida Santa Rosa N°7955, certifica: Por escritura pública de fecha 28 de febrero de 2025, ante mí, don ALEJANDRO JOSÉ SAUMA HANANÍAS, don CHRISTIAN ALEJANDRO SAUMA MAHALUF, doña PAOLA PATRICIA SAUMA MAHALUF y doña DANIELA MACARENA SAUMA MAHALUF, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Presidente Kennedy N°9070, oficina 1501, piso 15, comuna de Vitacura, de paso en ésta, Región Metropolitana, celebraron “División y Modificación de Estatutos INMOBILIARIA ALEJANDRO SAUMA LIMITADA”, sociedad inscrita a fojas 17.410 N°7.652 del Reg. de Com. del CBR de Santiago año 2024, y acordaron lo siguiente: I. División social: Los socios acordaron dividir la sociedad INMOBILIARIA ALEJANDRO SAUMA LIMITADA, la cual conserva su razón social y objeto, creándose tres nuevas sociedades, que se denominarán INMOBILIARIA UNIÓN LIMITADA, INVERSIONES MARÍA PATRICIA LIMITADA e INMOBILIARIA SAN SEBASTIÁN LIMITADA. Como consecuencia de la división, disminuye capital social de la sociedad INMOBILIARIA ALEJANDRO SAUMA LIMITADA, de la suma de $4.596.854.207 a la suma de $3.691.998.072. II. Modificación de estatutos: Como consecuencia de lo anterior, los socios acordaron modificar el Artículo Quinto de los estatutos de la sociedad, relativo al capital social, reemplazándolo por el siguiente tenor extractado: “QUINTO: El capital social asciende a la suma de $3.691.998.072, que los socios han aportado y enterado en arcas sociales con anterioridad a esta fecha, el cual se distribuye de la siguiente manera: a) don ALEJANDRO JOSÉ SAUMA HANANÍAS, con la suma de $3.690.890.472, equivalentes aproximadamente al 99,97% del total de los derechos sociales; b) don CHRISTIAN ALEJANDRO SAUMA MAHALUF, con la suma de $369.200, equivalentes aproximadamente al 0,01% del total de los derechos sociales; c) doña PAOLA PATRICIA SAUMA MAHALUF, con la suma de $369.200, equivalentes aproximadamente al 0,01% del total de los derechos sociales; y d) doña DANIELA MACARENA SAUMA MAHALUF, con la suma de $369.200, equivalentes aproximadamente al 0,01% del total de los derechos sociales.” III. Estatutos sociedad INMOBILIARIA UNIÓN LIMITADA. Los socios otorgan los estatutos de la sociedad INMOBILIARIA UNIÓN LIMITADA, sociedad que nace la división, cuyo tenor extractado es el siguiente: Razón social: “INMOBILIARIA UNIÓN LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, las siglas comerciales o nombres de fantasía de “INMOBILIARIA UNIÓN LTDA.” o “UNIÓN LTDA.” Domicilio: Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieren establecerse en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto efectuar, tanto en Chile como en el extranjero, toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualesquiera clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones. La sociedad podrá realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualesquiera negocios que acuerden los socios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Duración: 50 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su voluntad de no prorrogarla, mediante una declaración expresa hecha por escritura pública, inscrita en el Registro de Comercio y anotada al margen de la inscripción del extracto de constitución de la sociedad en el mismo Registro, y notificando su deseo de no prorrogarla a los demás socios, a través de carta certificada dirigida al domicilio registrado en la sociedad, todo ello con no menos de 6 meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórrogas. Capital: $230.222.646, que se distribuye entre los socios de la siguiente manera: a) don ALEJANDRO JOSÉ SAUMA HANANÍAS, con la suma de $230.153.580, equivalentes aproximadamente al 99,97% del total de los derechos sociales; b) don CHRISTIAN ALEJANDRO SAUMA MAHALUF, con la suma de $23.022, equivalentes aproximadamente al 0,01% del total de los derechos sociales; c) doña PAOLA PATRICIA SAUMA MAHALUF, con la suma de $23.022, equivalentes aproximadamente al 0,01% del total de los derechos sociales; y d) doña DANIELA MACARENA SAUMA MAHALUF, con la suma de $23.022, equivalentes aproximadamente al 0,01% del total de los derechos sociales. Los aportes indicados se encuentran íntegramente pagados e ingresados al patrimonio social y se derivan de la asignación de activos y pasivos a la sociedad en virtud de haber nacido de la división de otra. Administración y Uso Razón Social: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los socios, quienes la ejercerán a través de don ALEJANDRO JOSÉ SAUMA HANANÍAS y de don CHRISTIAN ALEJANDRO SAUMA MAHALUF, quienes, actuando indistintamente uno cualquiera de ellos, y anteponiendo sus firmas a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades descritas en la escritura extractada. IV. Estatutos sociedad INVERSIONES MARÍA PATRICIA LIMITADA. Los socios otorgan los estatutos de la sociedad INVERSIONES MARÍA PATRICIA LIMITADA, sociedad que nace la división, cuyo tenor extractado es el siguiente: Razón social: “INVERSIONES MARÍA PATRICIA LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, las siglas comerciales o nombres de fantasía de “INVERSIONES MARÍA PATRICIA LTDA.” o “MARÍA PATRICIA LTDA.” Domicilio: Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieren establecerse en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto efectuar, tanto en Chile como en el extranjero, toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualesquiera clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones. La sociedad podrá realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualesquiera negocios que acuerden los socios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Duración: 50 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su voluntad de no prorrogarla, mediante una declaración expresa hecha por escritura pública, inscrita en el Registro de Comercio y anotada al margen de la inscripción del extracto de constitución de la sociedad en el mismo Registro, y notificando su deseo de no prorrogarla a los demás socios, a través de carta certificada dirigida al domicilio registrado en la sociedad, todo ello con no menos de 6 meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórrogas. Capital: $120.440.622, que se distribuye entre los socios de la siguiente manera: a) don ALEJANDRO JOSÉ SAUMA HANANÍAS, con la suma de $120.404.490, equivalentes aproximadamente al 99,97% del total de los derechos sociales; b) don CHRISTIAN ALEJANDRO SAUMA MAHALUF, con la suma de $12.044, equivalentes aproximadamente al 0,01% del total de los derechos sociales; c) doña PAOLA PATRICIA SAUMA MAHALUF, con la suma de $12.044, equivalentes aproximadamente al 0,01% del total de los derechos sociales; y d) doña DANIELA MACARENA SAUMA MAHALUF, con la suma de $12.044, equivalentes aproximadamente al 0,01% del total de los derechos sociales. Los aportes indicados se encuentran íntegramente pagados e ingresados al patrimonio social y se derivan de la asignación de activos y pasivos a la sociedad en virtud de haber nacido de la división de otra. Administración y Uso Razón Social: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los socios, quienes la ejercerán a través de don ALEJANDRO JOSÉ SAUMA HANANÍAS y de don CHRISTIAN ALEJANDRO SAUMA MAHALUF, quienes, actuando indistintamente uno cualquiera de ellos, y anteponiendo sus firmas a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades descritas en la escritura extractada. V. Estatutos sociedad INMOBILIARIA SAN SEBASTIÁN LIMITADA. Los socios otorgan los estatutos de la sociedad INMOBILIARIA SAN SEBASTIÁN LIMITADA, sociedad que nace la división, cuyo tenor extractado es el siguiente: Razón social: “INMOBILIARIA SAN SEBASTIÁN LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, las siglas comerciales o nombres de fantasía de “INMOBILIARIA SAN SEBASTIÁN LTDA.” o “SAN SEBASTIÁN LTDA.” Domicilio: Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieren establecerse en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto efectuar, tanto en Chile como en el extranjero, toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualesquiera clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones. La sociedad podrá realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualesquiera negocios que acuerden los socios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Duración: 50 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su voluntad de no prorrogarla, mediante una declaración expresa hecha por escritura pública, inscrita en el Registro de Comercio y anotada al margen de la inscripción del extracto de constitución de la sociedad en el mismo Registro, y notificando su deseo de no prorrogarla a los demás socios, a través de carta certificada dirigida al domicilio registrado en la sociedad, todo ello con no menos de 6 meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórrogas. Capital: $554.192.867, que se distribuye entre los socios de la siguiente manera: a) don ALEJANDRO JOSÉ SAUMA HANANÍAS, con la suma de $554.026.610, equivalentes aproximadamente al 99,97% del total de los derechos sociales; b) don CHRISTIAN ALEJANDRO SAUMA MAHALUF, con la suma de $55.419, equivalentes aproximadamente al 0,01% del total de los derechos sociales; c) doña PAOLA PATRICIA SAUMA MAHALUF, con la suma de $55.419, equivalentes aproximadamente al 0,01% del total de los derechos sociales; y d) doña DANIELA MACARENA SAUMA MAHALUF, con la suma de $55.419, equivalentes aproximadamente al 0,01% del total de los derechos sociales. Los aportes indicados se encuentran íntegramente pagados e ingresados al patrimonio social y se derivan de la asignación de activos y pasivos a la sociedad en virtud de haber nacido de la división de otra. Administración y Uso Razón Social: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los socios, quienes la ejercerán a través de don ALEJANDRO JOSÉ SAUMA HANANÍAS y de don CHRISTIAN ALEJANDRO SAUMA MAHALUF, quienes, actuando indistintamente uno cualquiera de ellos, y anteponiendo sus firmas a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades descritas en la escritura extractada. Demás cláusulas constan en escritura extractada. San Ramón, 25 de abril de 2025. Marcela Andrea Medina Ricci. Notario Público Titular.
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INMOBILIARIA ALEJANDRO SAUMA LIMITADA
CVE 2640246
