Société à responsabilité limitée

Inversiones El Peumo Limitada

CONSTITUCIÓN — 8 mai 2024

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2024-05-08Voir le PDF (CVE 2489324)

Informations sociétaires

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Durée: Cuarenta años contados desde la fecha de la escritura de constitución, prorrogable automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno
Administration: La administración, el uso de la razón social y la representación judicial y extrajudicial corresponderá a RODRIGO ALEJANDRO PIMENTEL GUZMAN, actuando individualmente. En caso de fallecimiento, ausencia y/o impedimento definitivo de RODRIGO ALEJANDRO PIMENTEL GUZMAN, corresponderá a MARIA ALEJANDRA ANDREA PINTO SCHULZE, actuando individualmente. En caso de fallecimiento, ausencia y/o impedimento definitivo de MARIA ALEJANDRA ANDREA PINTO SCHULZE, corresponderá a JAVIERA ALEJANDRA PIMENTEL GUZMAN, SEBASTIÁN IGNACIO PIMENTEL GUZMAN, CRISTOBAL ALEJANDRO PIMENTEL PINTO, CAMILA ALEJANDRA PIMENTEL PINTO y MATIAS ANDRÉS ROBE PINTO, quienes actuando conjuntamente, 4 cualquiera de ellos, contarán con amplias facultades de administración.

Objet social

La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesa de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de título o valores mobiliarios. La participación en sociedades, compañías, corporaciones, comunidades, asociaciones y en cualquier clase de personas con o sin fines de lucro, cuyas acciones y/o derechos se transen o no en los mercados bursátiles mundiales, tanto en Chile como en el extranjero; pudiendo, entre otros actos, adquirirlos, explotarlos, administrarlos, enajenarlos, percibir sus frutos, darlos en arriendo u otras formas de cesión temporal, por cuenta propia o ajena. La adquisición y explotación comercial sobre bienes e inversiones sin limitación alguna. Además, ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con su objeto.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital libéré

$1.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (7)

Texte officiel de l’extrait

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, 2° piso, Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 19 de abril del año 2024, ante mí: /i/ don RODRIGO ALEJANDRO PIMENTEL GUZMAN; /ii/ doña MARIA ALEJANDRA ANDREA PINTO SCHULZE; /iii/ doña JAVIERA ALEJANDRA PIMENTEL GUZMAN; /iv/ don SEBASTIÁN IGNACIO PIMENTEL GUZMAN; /v/ don CRISTOBAL ALEJANDRO PIMENTEL PINTO; /vi/ doña CAMILA ALEJANDRA PIMENTEL PINTO; y /vii/ don MATIAS ANDRÉS ROBE PINTO, todos los anteriores domiciliados para estos efectos en El Peumo número 240-7, Lo Barnechea, Santiago, Región Metropolitana; quienes vienen en constituir una sociedad de responsabilidad limitada en los siguientes términos: I. Razón Social. El nombre o razón social será INVERSIONES EL PEUMO LIMITADA, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualquier organismo el nombre de fantasía de “EL PEUMO LTDA”. - II. Objeto. La sociedad tendrá por objeto: /a/ La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesa de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de título o valores mobiliarios. /b/ La participación en sociedades, compañías, corporaciones, comunidades, asociaciones y en cualquier clase de personas con o sin fines de lucro, cuyas acciones y/o derechos se transen o no en los mercados bursátiles mundiales, tanto en Chile como en el extranjero; pudiendo, entre otros actos, adquirirlos, explotarlos, administrarlos, enajenarlos, percibir sus frutos, darlos en arriendo u otras formas de cesión temporal, por cuenta propia o ajena. /c/ La adquisición y explotación comercial sobre bienes e inversiones sin limitación alguna. Además, ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con su objeto. - III. Domicilio. El domicilio social es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o del extranjero.- IV. Duración. La duración de la sociedad será de cuarenta años contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de seis meses de anticipación al respectivo vencimiento.- V. Capital. El capital social es la suma única y total de $1.000.000, los cuales son pagados por sus socios en dinero en efectivo en este acto, en las siguientes cantidades y proporciones: /i/ don RODRIGO ALEJANDRO PIMENTEL GUZMAN, con $150.000, equivalentes al 15,00% del capital y los derechos sociales; /ii/ doña MARIA ALEJANDRA ANDREA PINTO SCHULZE, con $150.000, equivalentes al 15,00% del capital y los derechos sociales; /iii/ doña JAVIERA ALEJANDRA PIMENTEL GUZMAN, con $140.000, equivalentes al 14,00% del capital y los derechos sociales; /iv/ don SEBASTIÁN IGNACIO PIMENTEL GUZMAN, con $140.000, equivalentes al 14,00% del capital y los derechos sociales; /v/ don CRISTOBAL ALEJANDRO PIMENTEL PINTO, con $140.000, equivalentes al 14,00% del capital y los derechos sociales; /vi/ doña CAMILA ALEJANDRA PIMENTEL PINTO, con $140.000, equivalentes al 14,00% del capital y los derechos sociales; y /vii/ don MATIAS ANDRÉS ROBE PINTO, con $140.000, equivalentes al 14,00% restante del capital y los derechos sociales.- VI. Administración. La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a don RODRIGO ALEJANDRO PIMENTEL GUZMAN, quien actuando individualmente contará con las más amplias facultades de administración. En caso de fallecimiento, ausencia y /o impedimento definitivo de don RODRIGO ALEJANDRO PIMENTEL GUZMAN, la administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial, corresponderá a doña MARIA ALEJANDRA ANDREA PINTO SCHULZE, quien actuando individualmente contará con las más amplias facultades de administración. En caso de fallecimiento, ausencia y /o impedimento definitivo de doña MARIA ALEJANDRA ANDREA PINTO SCHULZE, la administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a doña JAVIERA ALEJANDRA PIMENTEL GUZMAN; don SEBASTIÁN IGNACIO PIMENTEL GUZMAN; don CRISTOBAL ALEJANDRO PIMENTEL PINTO; doña CAMILA ALEJANDRA PIMENTEL PINTO; y don MATIAS ANDRÉS ROBE PINTO; quienes actuando conjuntamente 4 cualquiera de ellos contaran con las más amplias facultades de administración. Asimismo los administradores contaran con las facultades enunciadas en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En Santiago, 29 de abril del año 2024.-

ConstitutionDiario Oficial · 2024-02-21Voir le PDF (CVE 2456923)

Informations sociétaires

Ltda
Santa María, Valparaíso
Durée: 5 años, prorrogable tácita y sucesivamente por períodos de 5 años
Administration: La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá a don OSCAR ALEJANDRO POBLETE ASTRAIN, quien anteponiendo su firma a la razón social podrá representar a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en la ejecución de toda clase de actos y en la celebración de todo tipo de contratos

Objet social

La sociedad tendrá por objeto: a) La inversión, a cualquier título, en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, como asimismo la explotación y administración de estos, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o por cuenta ajena, en Chile o en el extranjero, pudiendo percibir sus frutos; b) Especialmente, la inversión en bienes muebles, corporales e incorporales de toda clase, como: cuotas, acciones, bonos, debentures; pudiendo en general, invertir en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derecho en sociedades, cuotas de fondos, y demás bienes incorporales muebles; pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y recibir sus frutos, por cuenta propia o ajena en Chile o en el extranjero; c) La inversión en bienes y derechos inmuebles, incluyendo la adquisición, compra, venta, permuta, dación en pago, enajenación, arriendo y subarriendo, de bienes amoblados o no, urbanos o agrícolas y, en general, la explotación a cualquier título de todo y cualquier tipo de bienes inmuebles, sean éstos propios o ajenos, y sea ésta a cuenta propia o ajena, en Chile o en el extranjero; d) La constitución, participación e inversión en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, ya sean colectivas, anónimas, por acciones, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo a estas últimas recurrir como socia gestora o comanditaria; y e) La realización y/o celebración y/o ejecución de toda clase de actos, contratos, gestiones, operaciones y/o negociaciones destinadas directa o indirectamente al cumplimiento del objeto social, y en general, la realización de demás actividades, negociaciones y gestiones que los socios acuerden

Capital

Capital total

$1.110.617

Capital libéré

$1.110.617

Capital restant dû

$0

Associés (3)

NomParticipation

MAGDALENA POBLETE SCIOLLA

Socio

49.99%

OSCAR IGNACIO POBLETE SCIOLLA

Socio

49.99%

OSCAR ALEJANDRO POBLETE ASTRAIN

Socio

0.02%

Administrateurs (1)

Texte officiel de l’extrait

MYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Abogado, Notario Público Titular de la 21ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Nº 578, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifica: que, por escritura pública de fecha 29 de diciembre de 2023, repertorio Nº 10.894/2023, otorgada ante mí, comparecen: Doña MAGDALENA POBLETE SCIOLLA, quien actúa en su calidad de Empresaria Individual; don OSCAR IGNACIO POBLETE SCIOLLA, quien actúa en su calidad de Empresario Individual; y don OSCAR ALEJANDRO POBLETE ASTRAIN; todos domiciliados para estos efectos en Avenida Santa María número 2450, Piso cuatro, comuna de Providencia, Región Metropolitana; los comparecientes, como únicos socios de la sociedad INVERSIONES PS LIMITADA, acordaron modificar la sociedad en los siguientes sentidos: Uno) Dividir la sociedad en tres sociedades, INVERSIONES PS LIMITADA, que será la continuadora legal, con las reformas a sus estatutos que se consignan en extracto separado y se constituye a partir de ésta una nueva sociedad de responsabilidad limitada con el nombre de INVERSIONES EL PEUMO LIMITADA de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Razón social: INVERSIONES EL PEUMO LIMITADA; Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) La inversión, a cualquier título, en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, como asimismo la explotación y administración de estos, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o por cuenta ajena, en Chile o en el extranjero, pudiendo percibir sus frutos; b) Especialmente, la inversión en bienes muebles, corporales e incorporales de toda clase, como: cuotas, acciones, bonos, debentures; pudiendo en general, invertir en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derecho en sociedades, cuotas de fondos, y demás bienes incorporales muebles; pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y recibir sus frutos, por cuenta propia o ajena en Chile o en el extranjero; c) La inversión en bienes y derechos inmuebles, incluyendo la adquisición, compra, venta, permuta, dación en pago, enajenación, arriendo y subarrendamiento, de bienes amoblados o no, urbanos o agrícolas y, en general, la explotación a cualquier título de todo y cualquier tipo de bienes inmuebles, sean éstos propios o ajenos, y sea ésta a cuenta propia o ajena, en Chile o en el extranjero; d) La constitución, participación e inversión en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, ya sean colectivas, anónimas, por acciones, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo a estas últimas recurrir como socia gestora o comanditaria; y e) La realización y/o celebración y/o ejecución de toda clase de actos, contratos, gestiones, operaciones y/o negociaciones destinadas directa o indirectamente al cumplimiento del objeto social, y en general, la realización de demás actividades, negociaciones y gestiones que los socios acuerden; Administración: La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá a don OSCAR ALEJANDRO POBLETE ASTRAIN, quien anteponiendo su firma a la razón social podrá representar a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en la ejecución de toda clase de actos y en la celebración de todo tipo de contratos; Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.110.617.-, aportado por los socios en la siguiente proporción: Uno) doña MAGDALENA POBLETE SCIOLLA, aporta la cantidad de $555.197.-, que corresponde al 49,99% de los derechos sociales, suma que se encuentra íntegramente pagada e ingresada en la caja social con anterioridad a esta fecha; Dos) don OSCAR IGNACIO POBLETE SCIOLLA, aporta la cantidad de $555.197.-, que corresponde al 49,99%de los derechos sociales, suma que se encuentra íntegramente pagada e ingresada en la caja social con anterioridad a esta fecha; y, Tres) don OSCAR ALEJANDRO POBLETE ASTRAIN, aporta la cantidad de $223, que corresponde, al 0,02% de los derechos sociales, suma que se encuentra íntegramente pagada e ingresada en la caja social con anterioridad a esta fecha; Duración: El plazo de duración de la sociedad será de 5 años a contar de esta fecha. La vigencia de la Sociedad se prorrogará tácita y sucesivamente por períodos de 5 años, salvo que alguno de los socios de aviso de su intención de ponerle término mediante declaración que efectuará por escritura pública debidamente anotada al margen de la inscripción social con una anticipación mínima de 3 meses al vencimiento del período inicial o la prórroga correspondiente; Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 16 de febrero de 2024.-

Actes récents

  1. CONSTITUCIÓN

    INVERSIONES EL PEUMO LIMITADA

    CVE 2489324

  2. CONSTITUCIÓN

    INVERSIONES EL PEUMO LIMITADA

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Relations sociétaires

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