Société à responsabilité limitée76.683.586-4

Inversiones Nueva San Barth Limitada

CONSTITUCIÓN — 19 janv. 2017

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2017-01-19Voir le PDF (CVE 1170496)

Informations sociétaires

Ltda
San Ignacio, Ñuble
Durée: 5 años contados desde fecha de escritura extractada, prorrogables tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, de manera estipulada en escritura extractada
Administration: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a Christian Moisés Sitnisky Grunwald.

Objet social

a) La inversión sobre toda clase de bienes muebles, sean corporales o incorporales, y en especial acciones y derechos en cualquier especie de sociedades, comunidades, cuotas de fondos de inversión, valores mobiliarios, y cualquier instrumento del mercado de capitales o financiero, además de la percepción y administración de los frutos naturales y civiles que generen dichas actividades; b) La inversión y realización de todo tipo de negocios inmobiliarios, para lo cual podrá comprar y vender, arrendar, subarrendar y explotar bienes inmuebles, en cualquier forma y a cualquier título, encargar la construcción en ellos, urbanizarlos, lotearlos, acogerlos o no a la ley de Copropiedad Inmobiliaria, y enajenar las unidades, viviendas, lotes o bienes resultantes; c) Participar en la formación o constitución de sociedades de cualquier naturaleza, el ingreso como socia o como accionista a las ya constituidas, y d) En general, realizar toda otra actividad o negocios relacionados con las actividades antes descritas y que de común acuerdo fijen los socios

Capital

Capital total

$465.115

Capital libéré

$465.115

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

Christian Moisés Sitnisky Grunwald

Socio

99%

Juan Pablo Sitnisky Grunwald

Socio

1%

Administrateurs (1)

Texte officiel de l’extrait

ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Notario Público Titular de la 42° Notaría de Santiago, Matías Cousiño 150, oficina 647, piso 6, Santiago, certifica: Por escritura pública de 29 de noviembre de 2016, bajo Repertorio Nº 32.197, ante mí, Christian Moisés Sitnisky Grunwald y Juan Pablo Sitnisky Grunwald, ambos domiciliados para estos efectos en San Ignacio 0201, Quilicura, Santiago, acordaron dividir INVERSIONES SAN BARTH LIMITADA, inscrita a fs. 45.719 Nº32.536 en el Registro de Comercio de 2006 de Santiago, constituyendo una sociedad nueva asignando el patrimonio de forma indicada en escritura extractada: Razón social: INVERSIONES NUEVA SAN BARTH LIMITADA pudiendo usar el nombre de fantasía Nueva San Barth Ltda..- ADMINISTRACIÓN: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a Christian Moisés Sitnisky Grunwald. CAPITAL: $465.115, que los socios aportaron de la siguiente manera: (a) don Christian Moisés Sitnisky Grunwald, enteró y pagó con anterioridad a esta fecha el equivalente al 99% de los derechos sociales, y (b) don Juan Pablo Sitnisky Grunwald, enteró y pagó con anterioridad a esta fecha el equivalente al 1% de los derechos sociales. OBJETO: a) La inversión sobre toda clase de bienes muebles, sean corporales o incorporales, y en especial acciones y derechos en cualquier especie de sociedades, comunidades, cuotas de fondos de inversión, valores mobiliarios, y cualquier instrumento del mercado de capitales o financiero, además de la percepción y administración de los frutos naturales y civiles que generen dichas actividades; b) La inversión y realización de todo tipo de negocios inmobiliarios, para lo cual podrá comprar y vender, arrendar, subarrendar y explotar bienes inmuebles, en cualquier forma y a cualquier título, encargar la construcción en ellos, urbanizarlos, lotearlos, acogerlos o no a la ley de Copropiedad Inmobiliaria, y enajenar las unidades, viviendas, lotes o bienes resultantes; c) Participar en la formación o constitución de sociedades de cualquier naturaleza, el ingreso como socia o como accionista a las ya constituidas, y d) En general, realizar toda otra actividad o negocios relacionados con las actividades antes descritas y que de común acuerdo fijen los socios. DURACIÓN: 5 años contados desde fecha de escritura extractada, prorrogables tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, de manera estipulada en escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 02 de Diciembre de 2016.-

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