Inversiones Y Asesorias Guacolda Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$116.470.587
Capital libéré
$116.470.587
Capital restant dû
$0
Associés (4)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
MARIA MAGDALENA DUARTE VALENZUELA Socio 10.xxx.xxx-6 | 10.xxx.xxx-6 | 85% | $99.000.000 |
Socio 19.xxx.xxx-5 | 19.xxx.xxx-5 | 5% | $5.823.529 |
Socio 18.xxx.xxx-9 | 18.xxx.xxx-9 | 5% | $5.823.529 |
Socio 21.xxx.xxx-9 | 21.xxx.xxx-9 | 5% | $5.823.529 |
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 14 de agosto de 2025, ante mí, REP. N°9.610/2025: los socios de la sociedad INVERSIONES Y ASESORIAS GUACOLDA LIMITADA, RUT N°76.341.010-2, inscrita a FS 29.839 número 21.397 del Registro de Comercio del año 2005 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, señores, MARIA MAGDALENA DUARTE VALENZUELA, ingeniero comercial, cédula de identidad N°10.538.374-6; DIEGO ALONSO NOVOA DUARTE, ingeniero civil, cédula de identidad N°18.393.573-9; CATALINA IGNACIA NOVOA DUARTE, ingeniero comercial, cédula de identidad N°19.078.838-5; Y MAGDALENA SOFIA NOVOA DUARTE, estudiante, cédula de identidad N°21.539.079-9, todos, con domicilio para estos efectos, en Avenida Nueva Providencia N°1850, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, Acordaron: 1) Aumentar el capital social capitalizando utilidades acumuladas por la suma de $109.850.918, aumentando el capital social desde la suma de $149.082 a la suma de $110.000.000, aumento que se efectuará en forma proporcional a la participación de los socios en la sociedad. Consecuencia de esto se modifica el Artículo Séptimo del Pacto Social y lo reemplazan por el siguiente: “SEPTIMO. Capital. El capital de la sociedad es la suma de $110.000.000 que los socios han suscrito y pagado en su totalidad de la siguiente forma y proporción: a) Doña MARIA MAGDALENA DUARTE VALENZUELA, con la suma de $99.000.000.- equivalente a un 90% de los derechos sociales; b) Doña CATALINA IGNACIA NOVOA DUARTE, con la suma de $5.500.000.- equivalente a un 5% de los derechos sociales; y c) Don DIEGO ALONSO NOVOA DUARTE, con la suma de $5.500.000.- equivalente a un 5% de los derechos sociales.” 2) Aumentar nuevamente el capital social, en la suma de $6.470.587, aumentando el capital desde la suma de $110.000.000, a la suma de $116.470.587. Este aumento de capital solo se pagará por los socios CATALINA IGNACIA NOVOA DUARTE y DIEGO ALONSO NOVOA DUARTE y por una nueva socia que ingresa a la sociedad, doña MAGDALENA SOFIA NOVOA DUARTE, en la siguiente forma y proporción: a) Doña CATALINA IGNACIA NOVOA DUARTE, aporta, en este acto, la suma de $323.529, al contado; b) Don DIEGO ALONSO NOVOA DUARTE, aporta, en este acto, la suma de $323.529 al contado; Y c) Doña MAGDALENA SOFIA NOVOA DUARTE, aporta, en este acto, la suma de $5.823.529 al contado. Consecuencia de esto, se modifica el Artículo Séptimo del Pacto Social, que reemplazan por el siguiente: “SEPTIMO. Capital. El capital de la sociedad es la suma de $116.470.587 que los socios han suscrito y pagado en su totalidad de la siguiente forma y proporción: a) Doña MARIA MAGDALENA DUARTE VALENZUELA, con la suma de $99.000.000 equivalente a un 85% de los derechos sociales; b) Doña CATALINA IGNACIA NOVOA DUARTE, con la suma de $5.823.529 equivalente a un 5% de los derechos sociales; c) Don DIEGO ALONSO NOVOA DUARTE, con la suma de $5.823.529 equivalente a un 5% de los derechos sociales; Y d) Doña MAGDALENA SOFIA NOVOA DUARTE, con la suma de $5.823.529 equivalente a un 5% de los derechos sociales”. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 21 de agosto de 2025.
Informations sociétaires
Associés (3)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio 18.xxx.xxx-9 | 18.xxx.xxx-9 | - | - |
Socio 19.xxx.xxx-5 | 19.xxx.xxx-5 | - | - |
MARIA MAGDALENA DUARTE VALENZUELA Socio 10.xxx.xxx-6 | 10.xxx.xxx-6 | - | - |
Administrateurs (3)
MARIA MAGDALENA DUARTE VALENZUELA
Texte officiel de l’extrait
KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogada, Notario Público, Suplente de don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N°65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 28 de noviembre de 2024, ante mí, REP. N°15.053/2024: los socios de la sociedad INVERSIONES Y ASESORIAS GUACOLDA LIMITADA, RUT N°76.341.010-2, inscrita a fojas 29.839 N°21.397 del Registro de Comercio de Santiago del año 2.005; DIEGO ALONSO NOVOA DUARTE, C.I. N°18.393.573-9, CATALINA IGNACIA NOVOA DUARTE, C.I. N°19.078.838-5 y MARIA MAGDALENA DUARTE VALENZUELA, C.I. N°10.538.374-6, todos con domicilio en Av. Nueva Providencia N°1.850, oficina 21, comuna de Providencia; Acordaron, modificar el artículo QUINTO del pacto social, que corresponde a la administración y uso de la razón social de la sociedad, y lo reemplazan por el siguiente: “QUINTO: Administración y Uso de la Razón Social. La administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá única y exclusivamente a doña MARIA MAGDALENA DUARTE VALENZUELA, C.I. N°10.538.374-6, quien anteponiendo a su firma la razón social obligará y representará a la sociedad en todos los actos, relativos o no, a su objeto o giro social. Sin embargo, en caso de ausencia o impedimento de doña MARIA MAGDALENA DUARTE VALENZUELA, ya sea, por enfermedad, viaje o incluso en caso de muerte, lo que no será necesario acreditar ante terceros, la representación y administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá en forma conjunta a los señores DIEGO ALONSO NOVOA DUARTE, C.I. N°18.393.573-9 y a doña CATALINA IGNACIA NOVOA DUARTE, C.I. N°19.078.838-5, quienes, en la forma ya indicada, anteponiendo a su firma la razón social, obligarán y representarán a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario; y, en especial, en la celebración de los actos o contratos que se enumeran más adelante, no siendo necesario acreditar, ante a terceros, si ellos corresponden o no al giro social”. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Otras estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 02 de diciembre de 2024.
Actes récents
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