Estudios E Inversiones Viveros Hijuelas Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$424.259.348
Capital libéré
$424.259.348
Capital restant dû
$0
Associés (4)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
GASPAR SANTIAGO GOYCOOLEA VIAL Socio 7.xxx.xxx-7 | 7.xxx.xxx-7 | - | $14.732 |
PATRICIA ALEJANDRA SONE CAROCA Socio 6.xxx.xxx-5 | 6.xxx.xxx-5 | - | $14.732 |
Accionista 96.835.510-4 | 96.835.510-4 | - | $331.642.321 |
Socio 76.034.789-2 | 76.034.789-2 | - | $87.617.027 |
Représentation légale (2)
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 31 juillet 2008
Se constituyó la sociedad Estudios e Inversiones Viveros Hijuelas Limitada.
- Autre acte· 31 décembre 2015
Se otorgó una modificación previa de la sociedad.
GASPAR SANTIAGO GOYCOOLEA VIAL · PATRICIA ALEJANDRA SONE CAROCA · VIVEROS STONEFLY LIMITADA · VIVEROS HIJUELAS S.A.
Texte officiel de l’extrait
GISELLE TAPIA ROMO, Abogado, Notario Público de las comunas de La Calera, Nogales e Hijuelas, con domicilio en esta ciudad, calle Diego Lillo número trescientos treinta y uno, suplente de la Titular Lidia María Chahuán Issa, certifico: Por escritura de fecha 30 de Diciembre de 2016, ante mí, don GASPAR SANTIAGO GOYCOOLEA VIAL, casado, ingeniero agrónomo, cédula identidad 7.040.019-7, por sí y en representación de Viveros Stonefly Limitada, persona jurídica de derecho privado, del giro de su denominación, RUT. 76.034.789-2; y, de Viveros Hijuelas S.A., persona jurídica, de derecho privado, del giro de su denominación, RUT. 96.834.510-4; y doña PATRICIA ALEJANDRA SONE CAROCA, casada, ingeniero agrónomo, cédula identidad 6.993.364-5, todos con domicilio en Panamericana Norte, kilómetro 102, de la comuna de Hijuelas, sanean, conforme Ley 19.499, escritura modificación sociedad “ESTUDIOS E INVERSIONES VIVEROS HIJUELAS LIMITADA”, constituida con fecha 31 de Julio de 2008, otorgada ante mí, cuyo extracto fue debidamente inscrito a fojas 104 N 96 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de La Calera del año 2008; y, modificada por escritura pública de fecha 31 de Diciembre de 2015.- Saneamiento obedece a vicios formales de inscripción y publicación.- EXTRACTO: Lidia María Chahuán Issa, Abogado, Notario Público de las comunas de La Calera, Nogales e Hijuelas, con domicilio en esta ciudad, calle Diego Lillo número trescientos treinta y uno, certifica, con fecha 31 de Diciembre de dos mil quince, ante mi suplente Giselle Tapia Romo, Comparecen: Don GASPAR SANTIAGO GOYCOOLEA VIAL, chileno, casado en régimen de separación total de bienes, según se acreditará, Ingeniero Agrónomo, Cédula Nacional de Identidad y Rol Único Tributario número siete millones cuarenta mil diecinueve guión siete; Doña PATRICIA ALEJANDRA SONE CAROCA, chilena, casa en régimen de separación total de bienes, según se acreditará, Ingeniero Agrónomo, Cédula Nacional de Identidad número seis millones novecientos noventa y tres mil trescientos sesenta y cuatro guión cinco; VIVEROS STONEFLY LIMITADA, persona jurídica de derecho privado, del giro de su denominación, Rol Único Tributario número setenta y seis millones treinta y cuatro mil setecientos ochenta y nueve guión dos, debidamente representada, según se acreditará, por doña MARCELA BRIONES PALMA, chilena, Ingeniero Agrónomo, Cédula Nacional de Identidad número trece millones doscientos ochenta y dos mil ochocientos tres guión dos; y VIVEROS HIJUELAS S.A., persona jurídica de derecho privado, del giro de su denominación, Rol Único Tributario número noventa y seis millones ochocientos treinta y cinco mil quinientos diez guión cuatro, debidamente representada, según se acreditará, por doña MARCELA BRIONES PALMA, ya individualizada ambos comparecientes domiciliados en Panamericana Norte, Kilómetro Cientos Dos, Comuna de Hijuelas, quienes modifican la sociedad Estudios e Inversiones Viveros Hijuelas en el siguiente sentido: Don GASPAR SANTIAGO GOYCOOLEA vende, cede y transfiere a VIVEROS ESTONEFLY LIMITADA, quien compra y adquiere para si el veinte coma sesenta y cinco por ciento de sus derechos, equivalentes al diez coma treinta y tres por ciento del capital social, que esta última pasa a ser socia de la compañía en la en la misma proporción del capital cedido. El precio de esta cesión es la suma de quinientos dieciséis mil doscientos noventa y cuatro pesos. A su vez, don GASPAR SANTIAGO GOYCOOLEA VIAL vende, cede y transfiere a VIVEROS HIJUELAS S.A., quien compra y adquiere para si el setenta y ocho coma diecisiete por ciento de sus derechos, equivalentes al treinta y nueve coma ocho por ciento del capital social, esta última pasa a ser socia de la compañía en la en la misma proporción del capital cedido. El precio de esta cesión es la suma de un millón novecientos cincuenta y cuatro mil doscientos cuarenta y tres pesos.- Por otra parte, doña PATRICIA ALEJANDRA SONE CAROCA vende, cede y transfiere a VIVEROS ESTONEFLY LIMITADA, quien compra y adquiere para si el veinte coma sesenta y cinco por ciento de sus derechos, equivalentes al diez coma treinta y tres por ciento del capital social, esta última pasa a ser socia de la compañía en la en la misma proporción del capital cedido. El precio de esta cesión es la suma de quinientos dieciséis mil doscientos noventa y cuatro pesos. A su vez, doña PATRICIA ALEJANDRA SONE CAROCA vende, cede y transfiere a VIVEROS HIJUELAS S.A., quien compra y adquiere para si el setenta y ocho coma diecisiete por ciento de sus derechos, equivalentes al treinta y nueve coma ocho por ciento del capital social, esta última pasa a ser socia de la compañía en la en la misma proporción del capital cedido. El precio de esta cesión es la suma de un millón novecientos cincuenta y cuatro mil doscientos cuarenta y tres pesos.- A través del presente instrumento, los únicos socios, don GASPAR SANTIAGO GOYCOOLEA VIAL, doña PATRICIA ALEJANDRA SONE CAROCA, VIVEROS STONEFLY LIMITADA y VIVEROS HIJUELAS S.A., , modifican el pacto social de Estudios e Inversiones Viveros Hijuelas Limitada en las condiciones siguientes: TERCERO: El capital de la sociedad será la suma de CUATROCIENTOS VEINTICUATRO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO PESOS, que los socios aportan de la siguiente manera: a) don GASPAR SANTIAGO GOYCOOLEA VIAL, aporta catorce mil setecientos treinta y dos pesos, los que fueron ingresados a la caja social de manera previa a la suscripción del presente instrumento; b) doña PATRICIA ALEJANDRA SONE CAROCA, aporta catorce mil setecientos treinta y dos pesos, los que fueron ingresados a la caja social de manera previa a la suscripción del presente instrumento; c) VIVEROS HIJUELAS S.A., debidamente representada en la forma ya enunciada, aporta la cantidad de trescientos treinta y un millones seiscientos cuarenta y dos mil trescientos veintiún pesos, de la siguiente manera: uno) tres millones novecientos ocho mil cuatrocientos ochenta y seis pesos, ya ingresados a la caja social de manera previa a la celebración del presente instrumento.- dos) Compensación de saldo equivalente a trescientos veintisiete millones setecientos treinta y tres mil ochocientos treinta y cinco pesos, a favor de Viveros Hijuelas S.A., originado en virtud de celebración de contrato de apertura de crédito suscrito entre las partes, aporte ya ingresado a la caja social, debidamente contabilizado.; d) VIVEROS STONEFLY LIMITADA, debidamente representada en la forma ya enunciada, aporta la cantidad de ochenta y siete millones seiscientos diecisiete mil veintisiete pesos, de la siguiente manera: uno) un millón treinta y dos mil quinientos ochenta y ocho pesos, ya ingresados a la caja social de manera previa a la celebración del presente instrumento.- dos) Compensación de saldo equivalente a ochenta y seis millones quinientos ochenta y cuatro mil cuatrocientos treinta y nueve pesos, a favor de Viveros Stonefly Limitada, originado en virtud de celebración de contrato de apertura de crédito suscrito entre las partes, aporte ya ingresado a la caja social, debidamente contabilizado. De esta forma queda enterado y pagado íntegramente el capital social.- Las estipulaciones del pacto social seguirán vigentes en todo lo no modificado por el presente instrumento.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- La Calera, a 02 de Enero de 2016.- La Calera, a 22 de Febrero de 2017.-
Actes récents
- MODIFICACIÓN
ESTUDIOS E INVERSIONES VIVEROS HIJUELAS LIMITADA
CVE 1188267
