Sociedad De Transportes San Vicente Limitada
Diario Oficial
公司信息
资本
总资本
$271.556.631
实缴资本
$271.556.631
待缴资本
$0
股东(5)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
GASPAR SANTIAGO GOYCOOLEA VIAL Socio 7.xxx.xxx-7 | 7.xxx.xxx-7 | - | $7.365 |
PATRICIA ALEJANDRA SONE CAROCA Socio 6.xxx.xxx-5 | 6.xxx.xxx-5 | - | $7.365 |
Accionista 96.835.510-4 | 96.835.510-4 | - | $205.526.685 |
Socio 76.034.789-2 | 76.034.789-2 | - | $28.925.096 |
ESTUDIOS E INVERSIONES VIVEROS HIJUELAS LIMITADA Socio 76.030.161-2 | 76.030.161-2 | - | $35.104.850 |
法定代理(6)
GASPAR SANTIAGO GOYCOOLEA VIAL
GASPAR SANTIAGO GOYCOOLEA VIAL
GASPAR SANTIAGO GOYCOOLEA VIAL
PATRICIA ALEJANDRA SONE CAROCA
PATRICIA ALEJANDRA SONE CAROCA
PATRICIA ALEJANDRA SONE CAROCA
公报所载公司沿革
- 设立· 1997年11月24日
Constitución de Sociedad de Transportes San Vicente Limitada.
GASPAR SANTIAGO GOYCOOLEA VIAL · PATRICIA ALEJANDRA SONE CAROCA
- 其他行为· 1998年9月4日
La sociedad fue saneada por escritura pública.
- 权益转让· 2015年12月31日
GASPAR SANTIAGO GOYCOOLEA VIAL y PATRICIA ALEJANDRA SONE CAROCA ceden derechos a Viveros Stonefly Limitada, Viveros Hijuelas S.A. y Estudios e Inversiones Viveros Hijuelas Limitada.
GASPAR SANTIAGO GOYCOOLEA VIAL · PATRICIA ALEJANDRA SONE CAROCA · VIVEROS STONEFLY LIMITADA · VIVEROS HIJUELAS S.A. · ESTUDIOS E INVERSIONES VIVEROS HIJUELAS LIMITADA
摘要官方正文
GISELLE TAPIA ROMO, Abogado, Notario Público de las comunas de La Calera, Nogales e Hijuelas, con domicilio en esta ciudad, calle Diego Lillo número trescientos treinta y uno, suplente de la Titular Lidia María Chahuán Issa, certifico: Por escritura de fecha 30 de Diciembre de 2016, ante mí, don GASPAR SANTIAGO GOYCOOLEA VIAL, casado, ingeniero agrónomo, cédula identidad 7.040.019-7, por sí y en representación de Viveros Stonefly Limitada, persona jurídica de derecho privado, del giro de su denominación, RUT. 76.034.789-2; por Viveros Hijuelas S.A., persona jurídica, de derecho privado, del giro de su razón social, RUT. 96.835.510-4; y, de Estudios e Inversiones Viveros Hijuelas Limitada, persona jurídica, de derecho privado, del giro de su razón social, RUT. 76.030.161-2; y doña PATRICIA ALEJANDRA SONE CAROCA, casada, ingeniero agrónomo, cédula identidad 6.993.364-5, todos con domicilio en Panamericana Norte, kilómetro 102, de la comuna de Hijuelas, sanea, conforme Ley 19.499, “ SOCIEDAD DE TRANSPORTES SAN VIVENTE LIMITADA ”, constituida con fecha 24 de Noviembre de 1997, otorgada ante la Notario de Valparaíso doña María Ester Astorga Lagos, cuyo extracto fue debidamente inscrito a fojas 6 No. 7 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de La Calera del año 1998. Posteriormente por escritura pública de fecha 4 de Septiembre de 1998, otorgada ante el Notario de Santiago don José Musalem Saffie, la sociedad fue saneada, cuyo extracto fue inscrito a fojas 62 vuelta N 56 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de La Calera del año 1998, sin realizar la correspondiente publicación del extracto en el Diario Oficial.- Con fecha 31 Diciembre 2015 mediante escritura pública, otorgada ante mí, modificaron la sociedad.- Saneamiento obedece a vicios formales de inscripción y publicación.- EXTRACTO: Lidia María Chahuán Issa, Abogado, Notario Público de las comunas de La Calera, Nogales e Hijuelas, con domicilio en esta ciudad, calle Diego Lillo número trescientos treinta y uno, certifica, con fecha 31 de Diciembre de dos mil quince, ante mi suplente Giselle Tapia Romo, Don GASPAR SANTIAGO GOYCOOLEA VIAL, chileno, casado en régimen de separación total de bienes, según se acreditará, Ingeniero Agrónomo, Cédula Nacional de Identidad y Rol Único Tributario número siete millones cuarenta mil diecinueve guión siete; Doña PATRICIA ALEJANDRA SONE CAROCA, chilena, casa en régimen de separación total de bienes, según se acreditará, Ingeniero Agrónomo, Cédula Nacional de Identidad número seis millones novecientos noventa y tres mil trescientos sesenta y cuatro guión cinco; VIVEROS STONEFLY LIMITADA, persona jurídica de derecho privado, del giro de su denominación, Rol Único Tributario número setenta y seis millones treinta y cuatro mil setecientos ochenta y nueve guión dos, debidamente representada, según se acreditará, por doña MARCELA BRIONES PALMA, chilena, Ingeniero Agrónomo, Cédula Nacional de Identidad número trece millones doscientos ochenta y dos mil ochocientos tres guión dos; y VIVEROS HIJUELAS S.A., persona jurídica de derecho privado, del giro de su denominación, Rol Único Tributario número noventa y seis millones ochocientos treinta y cinco mil quinientos diez guión cuatro, debidamente representada, según se acreditará, por doña MARCELA BRIONES PALMA, ya individualizada ambos comparecientes domiciliados en Panamericana Norte, Kilómetro Cientos Dos, Comuna de Hijuelas; y ESTUDIOS E INVERSIONES VIVEROS HIJUELAS LIMITADA, persona jurídica de derecho privado, del giro de su denominación, Rol Único Tributario número setenta y seis millones treinta mil ciento sesenta y uno guión dos, debidamente representada, según se acreditará, por doña MARCELA BRIONES PALMA, ya individualizada, ambos con domicilio en Kilometro Ciento Dos, Ruta Cinco Norte, comuna de Hijuelas, todos los comparecientes mayores de edad, quienes acreditan sus identidades con las cédula precitadas y exponen: Modifican Sociedad de Transportes San Vicente Limitada en el siguiente sentido: GASPAR SANTIAGO GOYCOOLEA vende, cede y transfiere a VIVEROS ESTONEFLY LIMITADA, quien compra y adquiere para si el diez coma sesenta y cinco por ciento de sus derechos, equivalentes al cinco coma treinta y tres por ciento del capital social, esta última pasa a ser socia de la compañía en la en la misma proporción del capital cedido. El precio de cesión es la suma de ciento seis mil quinientos dieciséis pesos. A su vez, don GASPAR SANTIAGO GOYCOOLEA VIAL vende, cede y transfiere a VIVEROS HIJUELAS S.A., quien compra y adquiere para si el setenta y cinco coma sesenta y ocho por ciento de sus derechos, equivalentes al treinta y siete coma ochenta y cuatro por ciento del capital social, esta última pasa a ser socia de la compañía en la en la misma proporción del capital cedido. El precio de esta cesión es setecientos cincuenta y seis mil ochocientos cuarenta y seis pesos. Por último, don GASPAR SANTIAGO GOYCOOLEA VIAL vende, cede y transfiere a ESTUDIOS E INVERSIONES VIVEROS HIJUELAS LIMITADA, quien compra y adquiere para si el doce coma noventa y tres por ciento de sus derechos, equivalentes al seis coma cuarenta y seis por ciento del capital social, esta última pasa a ser socia de la compañía en la en la misma proporción del capital cedido. El precio de esta cesión es la suma de ciento veintinueve mil doscientos setenta y tres pesos. A su vez, doña PATRICIA ALEJANDRA SONE CAROCA vende, cede y transfiere a VIVEROS ESTONEFLY LIMITADA, quien compra y adquiere para si el diez coma sesenta y cinco por ciento de sus derechos, equivalentes al cinco coma treinta y tres por ciento del capital social, esta última pasa a ser socia de la compañía en la misma proporción del capital cedido. El precio de esta cesión es la suma de ciento seis mil quinientos dieciséis pesos. Doña PATRICIA ALEJANDRA SONE CAROCA vende, cede y transfiere a VIVEROS HIJUELAS S.A., quien compra y adquiere para si el setenta y cinco coma sesenta y ocho por ciento de sus derechos, equivalentes al treinta y siete coma ochenta y cuatro por ciento del capital social, esta última pasa a ser socia de la compañía en la en la misma proporción del capital cedido. El precio de esta cesión es la suma de setecientos cincuenta y seis mil ochocientos cuarenta y seis pesos. Por último, doña PATRICIA ALEJANDRA SONE CAROCA vende, cede y transfiere a ESTUDIOS E INVERSIONES VIVEROS HIJUELAS LIMITADA, quien compra y adquiere para si el doce coma noventa y tres por ciento de sus derechos, equivalentes al seis coma cuarenta y seis por ciento del capital social, de manera que esta última pasa a ser socia de la compañía en la en la misma proporción del capital cedido. El precio de esta cesión es la suma de ciento veintinueve mil doscientos setenta y tres pesos. A través del presente instrumento, los únicos socios, don GASPAR SANTIAGO GOYCOOLEA VIAL, doña PATRICIA ALEJANDRA SONE CAROCA, VIVEROS STONEFLY LIMITADA, ESTUDIOS E INVERSIONES VIVEROS HIJUELAS LIMITADA y VIVEROS HIJUELAS S.A., sociedades debidamente representadas en la forma ya señalada, modifican el pacto social, en las condiciones siguientes: QUINTO: El capital social es la suma total de doscientos setenta y un millones quinientos cincuenta y seis mil seiscientos treinta y un pesos, que los socios aportan de la siguiente manera: a) don GASPAR SANTIAGO GOYCOOLEA VIAL, aporta siete mil trescientos sesenta y cinco pesos, los que fueron ingresados a la caja social de manera previa a la suscripción del presente instrumento; b) doña PATRICIA ALEJANDRA SONE CAROCA, aporta siete mil trescientos sesenta y cinco pesos, los que fueron ingresados a la caja social de manera previa a la suscripción del presente instrumento; c) VIVEROS HIJUELAS S.A., debidamente representada en la forma ya enunciada, aporta la cantidad de doscientos cinco millones quinientos veintiséis mil seiscientos ochenta y cinco pesos, de la siguiente manera: uno) un millón quinientos trece mil seiscientos noventa y tres pesos, ya ingresados a la caja social de manera previa a la celebración del presente instrumento.- dos) Compensación de saldo equivalente a doscientos cuatro millones doce mil novecientos noventa y dos pesos, a favor de Viveros Hijuelas S.A., originado en virtud de celebración de contrato de apertura de crédito suscrito entre Sociedad de Trasporte San Vicente Limitada y Viveros Hijuelas S.A., aporte ya ingresado a la caja social, debidamente contabilizado.; d) VIVEROS STONEFLY LIMITADA, debidamente representada en la forma ya enunciada, aporta la cantidad de veintiocho millones novecientos veinticinco mil noventa y seis pesos, de la siguiente manera: uno) doscientos trece mil treinta y dos pesos, ya ingresados a la caja social de manera previa a la celebración del presente instrumento.- dos) Compensación de saldo equivalente a veintiocho millones setecientos doce mil sesenta y cuatro pesos, a favor de Viveros Stonefly Limitada, originado en virtud de celebración de contrato de apertura de crédito suscrito entre Sociedad de Transportes San Vicente Limitada y Viveros Stonefly Limitada, aporte ya ingresado a la caja social, debidamente contabilizado; e) ESTUDIOS E INVERSIONES VIVEROS HIJUELAS LIMITADA, debidamente representada en la forma ya enunciada, aporta la cantidad de treinta y cinco millones ciento cuatro mil ochocientos cincuenta pesos, de la siguiente manera: uno) doscientos cincuenta y ocho mil quinientos cuarenta y cinco pesos, ya ingresados a la caja social de manera previa a la celebración del presente instrumento.- dos) Compensación de saldo equivalente a treinta y cuatro millones ochocientos cuarenta y seis mil trescientos cinco pesos, a favor de Estudios e Inversiones Viveros Hijuelas Limitada, originado en virtud de celebración de contrato de apertura de crédito suscrito entre Sociedad de Transportes San Vicente Limitada y Estudios e Inversiones Viveros Hijuelas Limitada, aporte ya ingresado a la caja social, debidamente contabilizado. De esta forma queda enterado y pagado íntegramente el capital social. Las estipulaciones del pacto social seguirán vigentes en todo lo no modificado por el presente instrumento. Demás estipulaciones en escritura extractada.- La Calera, a 02 de Enero de 2016.- La Calera, 22 de Febrero 2017.-
公司信息
资本
总资本
$271.556.631
实缴资本
$271.556.631
待缴资本
$0
股东(5)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
GASPAR SANTIAGO GOYCOOLEA VIAL Socio 7.xxx.xxx-7 | 7.xxx.xxx-7 | - | $7.365 |
PATRICIA ALEJANDRA SONE CAROCA Socio 6.xxx.xxx-5 | 6.xxx.xxx-5 | - | $7.365 |
Accionista 96.835.510-4 | 96.835.510-4 | - | $205.526.685 |
Socio 76.034.789-2 | 76.034.789-2 | - | $28.925.096 |
ESTUDIOS E INVERSIONES VIVEROS HIJUELAS LIMITADA Socio 76.030.161-2 | 76.030.161-2 | - | $35.104.850 |
法定代理(3)
MARCELA BRIONES PALMA
MARCELA BRIONES PALMA
MARCELA BRIONES PALMA
公报所载公司沿革
- 设立· 1997年11月24日
Se constituye Sociedad de Transportes San Vicente Limitada.
GASPAR SANTIAGO GOYCOOLEA VIAL · PATRICIA ALEJANDRA SONE CAROCA
- 其他行为· 1998年9月4日
La sociedad es saneada mediante escritura pública.
- 权益转让· 2015年12月31日
GASPAR SANTIAGO GOYCOOLEA VIAL y PATRICIA ALEJANDRA SONE CAROCA ceden derechos a Viveros Stonefly Limitada, Viveros Hijuelas S.A. y Estudios e Inversiones Viveros Hijuelas Limitada, modificándose el capital social.
GASPAR SANTIAGO GOYCOOLEA VIAL · PATRICIA ALEJANDRA SONE CAROCA · VIVEROS STONEFLY LIMITADA · VIVEROS HIJUELAS S.A. · ESTUDIOS E INVERSIONES VIVEROS HIJUELAS LIMITADA
摘要官方正文
GISELLE TAPIA ROMO, Abogado, Notario Público de las comunas de La Calera, Nogales e Hijuelas, con domicilio en esta ciudad, calle Diego Lillo número trescientos treinta y uno, suplente de la Titular Lidia María Chahuán Issa, certifico: Por escritura de fecha 30 de Diciembre de 2016, ante mí, don GASPAR SANTIAGO GOYCOOLEA VIAL, casado, ingeniero agrónomo, cédula identidad 7.040.019-7, por sí y en representación de Viveros Stonefly Limitada, persona jurídica de derecho privado, del giro de su denominación, RUT. 76.034.789-2; por Viveros Hijuelas S.A., persona jurídica, de derecho privado, del giro de su razón social, RUT. 96.835.510-4; y, de Estudios e Inversiones Viveros Hijuelas Limitada, persona jurídica, de derecho privado, del giro de su razón social, RUT. 76.030.161-2; y doña PATRICIA ALEJANDRA SONE CAROCA, casada, ingeniero agrónomo, cédula identidad 6.993.364-5, todos con domicilio en Panamericana Norte, kilómetro 102, de la comuna de Hijuelas, sanea, conforme Ley 19.499, “ SOCIEDAD DE TRANSPORTES SAN VICENTE LIMITADA ”, constituida con fecha 24 de Noviembre de 1997, otorgada ante la Notario de Valparaíso doña María Ester Astorga Lagos, cuyo extracto fue debidamente inscrito a fojas 6 No. 7 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de La Calera del año 1998. Posteriormente por escritura pública de fecha 4 de Septiembre de 1998, otorgada ante el Notario de Santiago don José Musalem Saffie, la sociedad fue saneada, cuyo extracto fue inscrito a fojas 62 vuelta N 56 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de La Calera del año 1998, sin realizar la correspondiente publicación del extracto en el Diario Oficial.- Con fecha 31 Diciembre 2015 mediante escritura pública, otorgada ante mí, modificaron la sociedad.- Saneamiento obedece a vicios formales de inscripción y publicación.- EXTRACTO: Lidia María Chahuán Issa, Abogado, Notario Público de las comunas de La Calera, Nogales e Hijuelas, con domicilio en esta ciudad, calle Diego Lillo número trescientos treinta y uno, certifica, con fecha 31 de Diciembre de dos mil quince, ante mi suplente Giselle Tapia Romo, Don GASPAR SANTIAGO GOYCOOLEA VIAL, chileno, casado en régimen de separación total de bienes, según se acreditará, Ingeniero Agrónomo, Cédula Nacional de Identidad y Rol Único Tributario número siete millones cuarenta mil diecinueve guión siete; Doña PATRICIA ALEJANDRA SONE CAROCA, chilena, casa en régimen de separación total de bienes, según se acreditará, Ingeniero Agrónomo, Cédula Nacional de Identidad número seis millones novecientos noventa y tres mil trescientos sesenta y cuatro guión cinco; VIVEROS STONEFLY LIMITADA, persona jurídica de derecho privado, del giro de su denominación, Rol Único Tributario número setenta y seis millones treinta y cuatro mil setecientos ochenta y nueve guión dos, debidamente representada, según se acreditará, por doña MARCELA BRIONES PALMA, chilena, Ingeniero Agrónomo, Cédula Nacional de Identidad número trece millones doscientos ochenta y dos mil ochocientos tres guión dos; y VIVEROS HIJUELAS S.A., persona jurídica de derecho privado, del giro de su denominación, Rol Único Tributario número noventa y seis millones ochocientos treinta y cinco mil quinientos diez guión cuatro, debidamente representada, según se acreditará, por doña MARCELA BRIONES PALMA, ya individualizada ambos comparecientes domiciliados en Panamericana Norte, Kilómetro Cientos Dos, Comuna de Hijuelas; y ESTUDIOS E INVERSIONES VIVEROS HIJUELAS LIMITADA, persona jurídica de derecho privado, del giro de su denominación, Rol Único Tributario número setenta y seis millones treinta mil ciento sesenta y uno guión dos, debidamente representada, según se acreditará, por doña MARCELA BRIONES PALMA, ya individualizada, ambos con domicilio en Kilometro Ciento Dos, Ruta Cinco Norte, comuna de Hijuelas, todos los comparecientes mayores de edad, quienes acreditan sus identidades con las cédula precitadas y exponen: Modifican Sociedad de Transportes San Vicente Limitada en el siguiente sentido: GASPAR SANTIAGO GOYCOOLEA vende, cede y transfiere a VIVEROS ESTONEFLY LIMITADA, quien compra y adquiere para si el diez coma sesenta y cinco por ciento de sus derechos, equivalentes al cinco coma treinta y tres por ciento del capital social, esta última pasa a ser socia de la compañía en la en la misma proporción del capital cedido. El precio de cesión es la suma de ciento seis mil quinientos dieciséis pesos. A su vez, don GASPAR SANTIAGO GOYCOOLEA VIAL vende, cede y transfiere a VIVEROS HIJUELAS S.A., quien compra y adquiere para si el setenta y cinco coma sesenta y ocho por ciento de sus derechos, equivalentes al treinta y siete coma ochenta y cuatro por ciento del capital social, esta última pasa a ser socia de la compañía en la en la misma proporción del capital cedido. El precio de esta cesión es setecientos cincuenta y seis mil ochocientos cuarenta y seis pesos. Por último, don GASPAR SANTIAGO GOYCOOLEA VIAL vende, cede y transfiere a ESTUDIOS E INVERSIONES VIVEROS HIJUELAS LIMITADA, quien compra y adquiere para si el doce coma noventa y tres por ciento de sus derechos, equivalentes al seis coma cuarenta y seis por ciento del capital social, esta última pasa a ser socia de la compañía en la en la misma proporción del capital cedido. El precio de esta cesión es la suma de ciento veintinueve mil doscientos setenta y tres pesos. A su vez, doña PATRICIA ALEJANDRA SONE CAROCA vende, cede y transfiere a VIVEROS ESTONEFLY LIMITADA, quien compra y adquiere para si el diez coma sesenta y cinco por ciento de sus derechos, equivalentes al cinco coma treinta y tres por ciento del capital social, esta última pasa a ser socia de la compañía en la misma proporción del capital cedido. El precio de esta cesión es la suma de ciento seis mil quinientos dieciséis pesos. Doña PATRICIA ALEJANDRA SONE CAROCA vende, cede y transfiere a VIVEROS HIJUELAS S.A., quien compra y adquiere para si el setenta y cinco coma sesenta y ocho por ciento de sus derechos, equivalentes al treinta y siete coma ochenta y cuatro por ciento del capital social, esta última pasa a ser socia de la compañía en la en la misma proporción del capital cedido. El precio de esta cesión es la suma de setecientos cincuenta y seis mil ochocientos cuarenta y seis pesos. Por último, doña PATRICIA ALEJANDRA SONE CAROCA vende, cede y transfiere a ESTUDIOS E INVERSIONES VIVEROS HIJUELAS LIMITADA, quien compra y adquiere para si el doce coma noventa y tres por ciento de sus derechos, equivalentes al seis coma cuarenta y seis por ciento del capital social, de manera que esta última pasa a ser socia de la compañía en la en la misma proporción del capital cedido. El precio de esta cesión es la suma de ciento veintinueve mil doscientos setenta y tres pesos. A través del presente instrumento, los únicos socios, don GASPAR SANTIAGO GOYCOOLEA VIAL, doña PATRICIA ALEJANDRA SONE CAROCA, VIVEROS STONEFLY LIMITADA, ESTUDIOS E INVERSIONES VIVEROS HIJUELAS LIMITADA y VIVEROS HIJUELAS S.A., sociedades debidamente representadas en la forma ya señalada, modifican el pacto social, en las condiciones siguientes: QUINTO: El capital social es la suma total de doscientos setenta y un millones quinientos cincuenta y seis mil seiscientos treinta y un pesos, que los socios aportan de la siguiente manera: a) don GASPAR SANTIAGO GOYCOOLEA VIAL, aporta siete mil trescientos sesenta y cinco pesos, los que fueron ingresados a la caja social de manera previa a la suscripción del presente instrumento; b) doña PATRICIA ALEJANDRA SONE CAROCA, aporta siete mil trescientos sesenta y cinco pesos, los que fueron ingresados a la caja social de manera previa a la suscripción del presente instrumento; c) VIVEROS HIJUELAS S.A., debidamente representada en la forma ya enunciada, aporta la cantidad de doscientos cinco millones quinientos veintiséis mil seiscientos ochenta y cinco pesos, de la siguiente manera: uno) un millón quinientos trece mil seiscientos noventa y tres pesos, ya ingresados a la caja social de manera previa a la celebración del presente instrumento.- dos) Compensación de saldo equivalente a doscientos cuatro millones doce mil novecientos noventa y dos pesos, a favor de Viveros Hijuelas S.A., originado en virtud de celebración de contrato de apertura de crédito suscrito entre Sociedad de Trasporte San Vicente Limitada y Viveros Hijuelas S.A., aporte ya ingresado a la caja social, debidamente contabilizado.; d) VIVEROS STONEFLY LIMITADA, debidamente representada en la forma ya enunciada, aporta la cantidad de veintiocho millones novecientos veinticinco mil noventa y seis pesos, de la siguiente manera: uno) doscientos trece mil treinta y dos pesos, ya ingresados a la caja social de manera previa a la celebración del presente instrumento.- dos) Compensación de saldo equivalente a veintiocho millones setecientos doce mil sesenta y cuatro pesos, a favor de Viveros Stonefly Limitada, originado en virtud de celebración de contrato de apertura de crédito suscrito entre Sociedad de Transportes San Vicente Limitada y Viveros Stonefly Limitada, aporte ya ingresado a la caja social, debidamente contabilizado; e) ESTUDIOS E INVERSIONES VIVEROS HIJUELAS LIMITADA, debidamente representada en la forma ya enunciada, aporta la cantidad de treinta y cinco millones ciento cuatro mil ochocientos cincuenta pesos, de la siguiente manera: uno) doscientos cincuenta y ocho mil quinientos cuarenta y cinco pesos, ya ingresados a la caja social de manera previa a la celebración del presente instrumento.- dos) Compensación de saldo equivalente a treinta y cuatro millones ochocientos cuarenta y seis mil trescientos cinco pesos, a favor de Estudios e Inversiones Viveros Hijuelas Limitada, originado en virtud de celebración de contrato de apertura de crédito suscrito entre Sociedad de Transportes San Vicente Limitada y Estudios e Inversiones Viveros Hijuelas Limitada, aporte ya ingresado a la caja social, debidamente contabilizado. De esta forma queda enterado y pagado íntegramente el capital social. Las estipulaciones del pacto social seguirán vigentes en todo lo no modificado por el presente instrumento. Demás estipulaciones en escritura extractada.- La Calera, a 02 de Enero de 2016.- La Calera, 22 de Febrero 2017.-
最近登记事项
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD DE TRANSPORTES SAN VICENTE LIMITADA
CVE 1188262
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD DE TRANSPORTES SAN VICENTE LIMITADA
CVE 1188257
