Limited liability company

Transportes Arrayan Limitada

MODIFICACIÓN — Sep 27, 2019

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2019-09-27View PDF (CVE 1660097)

Corporate information

Ltda

Shareholders (2)

NameParticipation

COMERCIAL J&A S.A.

Socio

76.901.930-8

-

JOHANNA MARGARITA VARAS ORMAZABAL

Socio

10.xxx.xxx-7

-

Legal representation (1)

JOHANNA MARGARITA VARAS ORMAZABAL

10.xxx.xxx-7On behalf of COMERCIAL J&A S.A.76.901.930-8

Corporate history on record

  1. Transfer of rights· November 7, 2017

    Se celebra una escritura previa de saneamiento y cesión/modificación entre los mismos comparecientes.

    COMERCIAL J&A S.A. · JOHANNA MARGARITA VARAS ORMAZABAL

Official extract text

MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Abogado, Notario Público titular de la Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas número mil ciento sesenta y uno, entrepiso, comuna y ciudad de Santiago, certifico que: por escritura pública de fecha 9 de agosto de 2019, ante mí COMERCIAL J&A S.A., sociedad del giro de transportes, rol único tributario número setenta y seis millones novecientos un mil novecientos treinta guión ocho, representada por doña JOHANNA MARGARITA VARAS ORMAZABAL, Chilena, soltera, factor de comercio, cédula de identidad número diez millones sesenta y dos mil cuatrocientos noventa guión siete, ambos domiciliados en calle Hogar de Cristo número tres mil seiscientos cincuenta y nueve, comuna de Estación Central, ciudad de Santiago, quien también comparece en este acto, por sí, mayor de edad, quien acredita su identidad con la cédula personal ya anotada, y expusieron: Los comparecientes en su calidad de únicos socios de la sociedad que gira bajo la razón social de TRANSPORTES ARRAYAN LIMITADA, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, vienen en otorgar Escritura Pública de saneamiento, la cual se realiza en atención a que con anterioridad, no fue publicada dentro de plazo en el Diario Oficial el extracto de una anterior Escritura Pública de saneamiento, la cual se celebró entre los mismos comparecientes ya individualizados, con fecha siete de noviembre del año dos mil diecisiete, ante mismo Notario doña María Soledad Santos Muñoz, Titular de la Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas número mil ciento sesenta y uno, entre piso, comuna y ciudad de Santiago, y la cual rola inscrita a fojas ochenta y siete mil novecientos uno, número cuarenta y seis mil novecientos noventa y dos del año dos mil diecisiete del registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. De este modo, y con el fin de enmendar el vicio consistente en la no publicación del extracto referido, los comparecientes regularizan por este acto el vicio de nulidad, ratificando lo pactado en la cesión y modificación citada. En todo lo no modificado la sociedad seguirá rigiéndose por lo estipulado en el pacto social primitivo. Santiago, 02 de septiembre de 2019.

IncorporationDiario Oficial · 2019-08-21View PDF (CVE 1639335)

Corporate information

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duration: cinco años, contados desde la fecha de ésta escritura, renovables, tácita y sucesivamente por iguales períodos si ninguno de los socios manifestare voluntad contraria
Administration: Corresponderá a don ALEJANDRO ANTONIO CABELLO REYES, actuando solo y quien anteponiendo su firma a la razón social, obligará a la sociedad y tendrá todas las facultades necesarias para el desarrollo del objeto social, dentro del giro administrativo ordinario de la sociedad y sin que la enunciación sea taxativa la representará con las más amplias facultades de administración y disposición enunciadas en escritura extractada

Corporate purpose

transporte de carga y/o pasajeros por cuenta propia y/o ajena en vehículos propios y/o de terceros, la administración y explotación a cualquier título de vehículos de transporte de carta y de pasajeros y la representación de personas naturales o jurídicas que presten estos servicios, y cualquier actividad relacionada o no con el giro de la sociedad que los socios acuerden

Capital

Total capital

$218.700.000

Shareholders (2)

NameParticipation

COMERCIAL J&A S.A.

Socio

76.901.930-8

85%

JOHANNA MARGARITA VARAS ORMAZABAL

Socio

10.xxx.xxx-7

15%

Administrators (1)

Legal representation (1)

JOHANNA MARGARITA VARAS ORMAZABAL

10.xxx.xxx-7On behalf of COMERCIAL J&A S.A.76.901.930-8

Official extract text

MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Notario Público Titular de la 7ª Notaría, Santiago, Agustinas 1161, entrepiso, Santiago, certifico: que por escritura publica de hoy, ante mí, COMERCIAL J&A S.A., sociedad del giro de transportes, rol único tributario número setenta y seis millones novecientos un mil novecientos treinta guión ocho, representada por doña JOHANNA MARGARITA VARAS ORMAZABAL, Chilena, soltera, factor de comercio, cédula de identidad número diez millones sesenta y dos mil cuatrocientos noventa guión siete, ambos domiciliados en calle Hogar de Cristo número tres mil seiscientos cincuenta y nueve, comuna de Estación Central, ciudad de Santiago, quien también comparece en este acto, por sí, y expusieron: Los comparecientes en su calidad de únicos socios de la sociedad que gira bajo la razón social de VIA NORTE SERVICIOS LIMITADA vienen en otorgar escritura de saneamiento, la cual se realiza en atención a que con fecha dos de diciembre del año dos mil catorce, mediante Escritura Pública que no fue inscrita dentro de plazo y en donde comparecieron COMERCIAL J&A S.A y JOHANNA MARGARITA VARAS ORMAZABAL, en virtud de la cual se modificó y dividió la sociedad VIA NORTE SERVICIOS LIMITADA, y que fuese celebrada ante doña María Soledad Santos Muñoz, Notario Público titular de la Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas número mil ciento sesenta y uno, entrepiso, comuna y ciudad de Santiago, cuyo número de repertorio es el catorce mil seiscientos diecisiete del año dos mil catorce, se realizaron a la sociedad materia del presente instrumento las modificaciones que se indicarán. La sociedad figura bajo el rol único tributario número setenta y seis millones ciento quince mil doscientos trece guion cero, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas cuarenta y dos mil cuatrocientos veinte, número veintinueve mil trescientos treinta y siete del Registro de Comercio del año dos mil diez, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y se publicó en el Diario Oficial edición número treinta y nueve mil setecientos cuarenta y dos del día veintiuno de agosto del año dos mil diez. A su vez, la sociedad fue modificada por escritura pública de fecha veintidós de julio de dos mil catorce, donde se procedió a efectuar aumento de capital desde cinco millones de pesos a la suma de cuatrocientos cinco millones de pesos cantidad que será pagada por los socios de la siguiente manera: a) Con la suma de trescientos cuarenta millones de pesos, que ha sido ingresado a caja social por COMERCIAL J&A S.A, como un anticipo de aumento de capital, con fecha primero de octubre de dos mil trece. b) Con la suma de sesenta millones de pesos, que serán pagados por doña JOHANNA MARGARITA VARAS ORMAZABAL, en el plazo de treinta y seis meses, a contar del día veintidós de julio del año dos mil catorce, quedando el extracto de modificación, inscrito en el Registro de Comercio bajo a fojas sesenta y ocho mil ciento diecisiete, número cuarenta y un mil quinientos cuarenta y uno, del año dos mil catorce, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y se publicó en el Diario Oficial edición número cuarenta mil novecientos sesenta y uno del día diecisiete de septiembre del año dos mil catorce. De esta manera, la Sociedad no ha sido objeto de otras modificaciones, salvo las que se verifican por medio de la presente escritura de saneamiento: Constando que a la fecha los únicos socios de la empresa VIA NORTE SERVICIOS LIMITADA, son: la Empresa de Transportes COMERCIAL J&A S.A. y doña JOHANNA MARGARITA VARAS ORMAZABAL, ambos ya individualizados en la comparecencia. Con el fin de optimizar los negocios sociales y obtener una mejor administración, acuerdan proceder a la división de la sociedad en dos sociedades de responsabilidad limitada de conformidad a lo establecido en los Artículos noventa y cuatro, noventa y cinco y cien de la ley dieciocho mil cuarenta y seis. Producto de la división mencionada las partes acuerdan la constitución de la sociedad TRANSPORTES ARRAYAN LIMITADA, la cual se regirá de conformidad con los siguientes estatutos: Objeto: transporte de carga y/o pasajeros por cuenta propia y/o ajena en vehículos propios y/o de terceros, la administración y explotación a cualquier título de vehículos de transporte de carta y de pasajeros y la representación de personas naturales o jurídicas que presten estos servicios, y cualquier actividad relacionada o no con el giro de la sociedad que los socios acuerden.- Razón social: “TRANSPORTES ARRAYAN LIMITADA”, pudiendo usar el nombre de fantasía “TRANSPORTES ARRAYAN LTDA.”.- Representación, administración y uso razón social: Corresponderá a don ALEJANDRO ANTONIO CABELLO REYES, actuando solo y quien anteponiendo su firma a la razón social, obligará a la sociedad y tendrá todas las facultades necesarias para el desarrollo del objeto social, dentro del giro administrativo ordinario de la sociedad y sin que la enunciación sea taxativa la representará con las más amplias facultades de administración y disposición enunciadas en escritura extractada.- Capital: doscientos dieciocho millones setecientos mil pesos, que se entera de la siguiente forma. COMERCIAL J&A S.A. aporta ciento ochenta y cinco millones ochocientos noventa y cinco mil pesos, correspondientes al ochenta y cinco por ciento de los derechos sociales; JOHANNA MARGARITA VARAS ORMAZABAL aporta treinta y dos millones ochocientos cinco mil pesos, que corresponden al quince por ciento de los derechos sociales. El capital social de doscientos dieciocho millones setecientos mil pesos, se entera y se paga por los socios y por los montos indicados con la parte del patrimonio de la sociedad VIA NORTE SERVICIOS LIMITADA, que se asigna a la sociedad “TRANSPORTES ARRAYAN LIMITADA”, que corresponden al valor de los activos menos los Pasivos, que se le adjudican a la nueva sociedad conforme a Inventario Protocolizado en esta misma Notaría.- Duración: cinco años, contados desde la fecha de ésta escritura, renovables, tácita y sucesivamente por iguales períodos si ninguno de los socios manifestare voluntad contraria.- Domicilio: tendrá domicilio en Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las sucursales en cualquier otro punto del país o del extranjero.- La responsabilidad de los socios se limita al monto de sus respectivos aportes.- En todo lo no modificado la sociedad seguirá rigiéndose por lo estipulado en el pacto social primitivo y sus modificaciones posteriores.- Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 16 de agosto de 2019.

Recent filings

  1. MODIFICACIÓN

    TRANSPORTES ARRAYAN LIMITADA

    CVE 1660097

  2. CONSTITUCIÓN

    TRANSPORTES ARRAYAN LIMITADA

    CVE 1639335

Corporate relationships

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