Sociedad Médica Llo-Lleo SpA
Diario Oficial
Corporate information
Capital
Total capital
$15.000.000
Shareholders (3)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Accionista 65.005.698-4 | 65.005.698-4 | - | - |
CECILIA ANDREA AHUMADA MATURANA Accionista 15.xxx.xxx-1 | 15.xxx.xxx-1 | - | - |
RENÉ ALEJANDRO AHUMADA MATURANA Accionista 10.xxx.xxx-k | 10.xxx.xxx-k | - | - |
Official extract text
XIMENA PATRICIA RICCI DÍAZ, abogado y Notario Público Titular de la Primera Notaría y Conservador de Minas de esta ciudad, con oficio en Avenida Barros Luco número mil setecientos cuarenta y nueve, San Antonio, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 19 de agosto de 2024, Repertorio número 1675-2024, comparecieron ante mi don RENÉ DANILO AHUMADA YÁÑEZ, chileno, casado y separado de bienes, constructor civil, cédula nacional de identidad número seis millones quinientos cinco mil seiscientos noventa y ocho guion cuatro; doña CECILIA ANDREA AHUMADA MATURANA, chilena, casada y separada de bienes, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número quince millones ochocientos sesenta y cinco mil seiscientos sesenta y siete guion uno; y don RENÉ ALEJANDRO AHUMADA MATURANA, chileno, soltero, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número diez millones doscientos cincuenta y siete mil ciento ochenta y seis guion k, todos domiciliados para estos efectos en Camino Lo Gallardo dos mil ciento ochenta y cinco, comuna de San Antonio, región de Valparaíso; todos en calidad de accionistas de la sociedad “SOCIEDAD MÉDICA LLO-LLEO SpA”, con un capital de $15.000.000 y en cuya virtud modificaron los estatutos sociales de la misma. En este sentido, se modificó la cláusula segunda de la escritura de constitución de SOCIEDAD MÉDICA LLO-LLEO SpA, la que pasará a ser del siguiente tenor: “SEGUNDO. Razón social. El nombre de la sociedad y su razón social será ‘SOCIEDAD MÉDICA NUEVA PROVIDENCIA SpA’ y podrá actuar y funcionar, incluso con los bancos, indistintamente, con el nombre de fantasía de ‘NUEVA PROVIDENCIA SALUD SpA’”. Los comparecientes dejan expresa constancia que en todo aquello que no ha sido modificado y/o rectificado, rigen plenamente las disposiciones de la escritura pública de constitución individualizada en la cláusula primera. Demás estipulaciones en la escritura pública extractada. San Antonio, 20 de agosto de 2024.
Corporate information
Corporate purpose
La sociedad tendrá por objeto: a) La prestación de todo tipo o clase de servicios médicos, en cualquier área de la medicina, de asesoría en medicina en general, y otros análogos; b) La intermediación, venta, distribución y comercialización de toda clase de insumos y productos médicos o para rehabilitación, y en general todos los insumos y productos relacionados con la salud; c) Invertir y adquirir bienes muebles o inmuebles corporales de toda clase, así como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; d) El arrendamiento, subarrendamiento, compra y venta, adquisición, enajenación y explotación de toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, pudiendo construir en ellos por cuenta propia o ajena; e) Podrá explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajenas dichas inversiones, obtener rentas o frutos; f) Podrá formar partes en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; g) Podrá realizar toda clase de negocios y actividades relacionadas directa o indirectamente con el giro antes mencionado y que los socios determinen de común acuerdo. Para el cumplimiento de los objetivos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros.
Capital
Total capital
$15.000.000
Shares
150
Shareholders (3)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
RENÉ DANILO AHUMADA YÁÑEZ Accionista 6.xxx.xxx-4 | 6.xxx.xxx-4 | - | - |
CECILIA ANDREA AHUMADA MATURANA Accionista 15.xxx.xxx-1 | 15.xxx.xxx-1 | - | - |
RENÉ ALEJANDRO AHUMADA MATURANA Accionista 10.xxx.xxx-k | 10.xxx.xxx-k | - | - |
Official extract text
XIMENA PATRICIA RICCI DIAZ, abogado y Notario Público Titular de la Primera Notaría y Conservador de Minas de esta ciudad, con oficio en Avenida Barros Luco número mil setecientos cuarenta y nueve San Antonio, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 14 de febrero de dos mil veinticuatro, Repertorio número 328-2024, comparecieron ante mí don RENÉ DANILO AHUMADA YÁÑEZ, chileno, casado y separado de bienes, constructor civil, cédula nacional de identidad número seis millones quinientos cinco mil seiscientos noventa y ocho guion cuatro; doña CECILIA ANDREA AHUMADA MATURANA, chilena, casada y separada de bienes, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número quince millones ochocientos sesenta y cinco mil seiscientos sesenta y siete guion uno; y don RENÉ ALEJANDRO AHUMADA MATURANA, chileno, soltero, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número diez millones doscientos cincuenta y siete mil ciento ochenta y seis guion k, todos domiciliados para estos efectos en Camino Lo Gallardo dos mil ciento ochenta y cinco, comuna de San Antonio, Región de Valparaíso; constituyeron una sociedad por acciones. Nombre: “SOCIEDAD MÉDICA LLO-LLEO SpA”, pudiendo actuar y funcionar, inclusive con los bancos, indistintamente, con el nombre de fantasía “CENTRO MÉDICO LLO-LLEO SpA”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) La prestación de todo tipo o clase de servicios médicos, en cualquier área de la medicina, de asesoría en medicina en general, y otros análogos; b) La intermediación, venta, distribución y comercialización de toda clase de insumos y productos médicos o para rehabilitación, y en general todos los insumos y productos relacionados con la salud; c) Invertir y adquirir bienes muebles o inmuebles corporales de toda clase, así como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; d) El arrendamiento, subarrendamiento, compra y venta, adquisición, enajenación y explotación de toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, pudiendo construir en ellos por cuenta propia o ajena; e) Podrá explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajenas dichas inversiones, obtener rentas o frutos; f) Podrá formar partes en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; g) Podrá realizar toda clase de negocios y actividades relacionadas directa o indirectamente con el giro antes mencionado y que los socios determinen de común acuerdo. Para el cumplimiento de los objetivos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros. Capital: $15.000.000 (quince millones de pesos) dividido en ciento cincuenta acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal. Administración: La Sociedad será administrada por un Gerente General, pudiendo este ser o no accionista, designado por la Junta de Accionistas, mediante acuerdo adoptado por la mayoría absoluta de las acciones con derecho a voto. Duración: Tendrá una duración de cinco años, renovables tácita y sucesivamente, si la Junta de Accionistas no decidiere lo contrario. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- 14 de marzo de dos mil veinticuatro.-
Corporate information
Corporate purpose
La sociedad tendrá por objeto: a) La prestación de todo tipo o clase de servicios médicos, en cualquier área de la medicina, de asesoría en medicina en general, y otros análogos; b) La intermediación, venta, distribución y comercialización de toda clase de insumos y productos médicos o para rehabilitación, y en general todos los insumos y productos relacionados con la salud; c) Invertir y adquirir bienes muebles o inmuebles corporales de toda clase, así como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; d) El arrendamiento, subarrendamiento, compra y venta, adquisición, enajenación y explotación de toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, pudiendo construir en ellos por cuenta propia o ajena; e) Podrá explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajenas dichas inversiones, obtener rentas o frutos; f) Podrá formar partes en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; g) Podrá realizar toda clase de negocios y actividades relacionadas directa o indirectamente con el giro antes mencionado y que los socios determinen de común acuerdo. Para el cumplimiento de los objetivos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros.
Capital
Total capital
$15.000.000
Shares
150
Shareholders (3)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
RENÉ DANILO AHUMADA YÁÑEZ Accionista 6.xxx.xxx-4 | 6.xxx.xxx-4 | - | - |
CELILIA ANDREA AHUMADA MATURANA Accionista 15.xxx.xxx-1 | 15.xxx.xxx-1 | - | - |
RENÉ ALEJANDRO AHUMADA MATURANA Accionista 10.xxx.xxx-k | 10.xxx.xxx-k | - | - |
Administrators (1)
Official extract text
XIMENA PATRICIA RICCI DIAZ, abogado y Notario Público Titular de la Primera Notaría y Conservador de Minas de esta ciudad, con oficio en Avenida Barros Luco número mil setecientos cuarenta y nueve San Antonio, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 14 de febrero de dos mil veinticuatro, Repertorio número 328-2024, comparecieron ante mí don RENÉ DANILO AHUMADA YÁÑEZ, chileno, casado y separado de bienes, constructor civil, cédula nacional de identidad número seis millones quinientos cinco mil seiscientos noventa y ocho guion cuatro; doña CELILIA ANDREA AHUMADA MATURANA, chilena, casada y separada de bienes, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número quince millones ochocientos sesenta y cinco mil seiscientos sesenta y siete guion uno; y don RENÉ ALEJANDRO AHUMADA MATURANA, chileno, soltero, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número diez millones doscientos cincuenta y siete mil ciento ochenta y seis guion k, todos domiciliados para estos efectos en Camino Lo Gallardo dos mil ciento ochenta y cinco, comuna de San Antonio, Región de Valparaíso; constituyeron una sociedad por acciones. Nombre: “SOCIEDAD MÉDICA LLO-LLEO SpA”, pudiendo actuar y funcionar, inclusive con los bancos, indistintamente, con el nombre de fantasía “CENTRO MÉDICO LLO-LLEO SpA”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) La prestación de todo tipo o clase de servicios médicos, en cualquier área de la medicina, de asesoría en medicina en general, y otros análogos; b) La intermediación, venta, distribución y comercialización de toda clase de insumos y productos médicos o para rehabilitación, y en general todos los insumos y productos relacionados con la salud; c) Invertir y adquirir bienes muebles o inmuebles corporales de toda clase, así como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; d) El arrendamiento, subarrendamiento, compra y venta, adquisición, enajenación y explotación de toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, pudiendo construir en ellos por cuenta propia o ajena; e) Podrá explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajenas dichas inversiones, obtener rentas o frutos; f) Podrá formar partes en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; g) Podrá realizar toda clase de negocios y actividades relacionadas directa o indirectamente con el giro antes mencionado y que los socios determinen de común acuerdo. Para el cumplimiento de los objetivos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros. Capital: $15.000.000 (quince millones de pesos) dividido en ciento cincuenta acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal. Administración: La Sociedad será administrada por un Gerente General, pudiendo este ser o no accionista, designado por la Junta de Accionistas, mediante acuerdo adoptado por la mayoría absoluta de las acciones con derecho a voto. Duración: Tendrá una duración de cinco años, renovables tácita y sucesivamente, si la Junta de Accionistas no decidiere lo contrario. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- 16 de febrero de dos mil veinticuatro.
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