Sociedad Inmobiliaria E Inversiones Jara Y Compañía Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
LA REALIZACION DE INVERSIONES Y PROYECTOS INMOBILIARIOS, A CUYO EFECTO PODRA ADQUIRIR Y ENAJENAR A CUALQUIER TITULO TODA CLASE DE BIENES INMUEBLES, URBANOS O RUSTICOS; LA REALIZACION DE INVERSIONES EN INMUEBLES, DE CUALQUIER NATURALEZA, DERECHOS, O CUOTAS EN ELLOS; DE PISOS, OFICINAS, DEPARTAMENTOS, ESTACIONAMIENTOS Y PROCEDER A LA EXPLOTACION DE LOS MISMOS; REALIZAR LA CONSTRUCCION DE TODA CLASE DE OBRAS Y EDIFICIOS, SEA EN PREDIOS PROPIOS O AJENOS, POR CUENTA PROPIA O AJENA; PROCEDER A LA COMERCIALIZACION, ARRIENDO O EXPLOTACION DE TODO LOS INMUEBLES QUE ADQUIERA EN PROPIEDAD, POSESION O MERA TENENCIA; PROCEDER A LA COMPRA, VENTA, ARRENDAMIENTO, SUBARRENDAMIENTO Y LEASING DE TODO TIPO DE BIENES INMUEBLES; LA EXPLOTACIÓN DE CUALQUIERA OTRA ACTIVIDAD RELACIONADA CON LAS ANTERIORES Y QUE LOS SOCIOS DE COMÚN ACUERDO DETERMINEN
Capital
Total capital
$275.000.000
Paid-in capital
$216.000.000
Pending capital
$59.000.000
Shareholders (5)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio 7.xxx.xxx-2 | 7.xxx.xxx-2 | 45% | $123.750.000 |
TECCIA IVONNE MORALES LEVANCINI Socio 5.xxx.xxx-4 | 5.xxx.xxx-4 | 25% | $68.750.000 |
KARIN TECCIA ANGELICA JARA MORALES Socio 13.xxx.xxx-3 | 13.xxx.xxx-3 | 10% | $27.500.000 |
Socio 15.xxx.xxx-9 | 15.xxx.xxx-9 | 10% | $27.500.000 |
Socio 16.xxx.xxx-8 | 16.xxx.xxx-8 | 10% | $27.500.000 |
Administrators (1)
Official extract text
MARIANA CRISTINA ABUTER GAME, abogado, Notario Público y Conservador de Bienes Raíces, Comercio, Minas y Archivero Judicial Titular de las comunas de Nacimiento y Negrete, con domicilio en calle San Martin Nº 360, Nacimiento, certifica que: Por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 14 de enero de 2020; repertorio N°40-2020, GABRIEL ENRIQUE JARA SEGUEL, chileno, Ingeniero Forestal, C.I. Nº 7.227.191-2; TECCIA IVONNE MORALES LEVANCINI, chilena, Profesora, C.I. Nº 5.754.908-4; KARIN TECCIA ANGELICA JARA MORALES, chilena, asistente social, C.I. Nº 13.853.102-3; ALEJANDRA IVONNE JARA MORALES, chilena, profesora, C.I. Nº 15.213.173-9; y LORETO ANDREA JARA MORALES, chilena, Administrador publico, C.I.N° 16.395.819-8, todos con domicilio en Avenida Julio Hemmelmann Nº 165, de la comuna de Nacimiento. Los comparecientes constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, cuya Razón Social es: SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES JARA Y COMPAÑÍA LIMITADA, pudiendo ser conocida con el nombre de fantasía de INVERSIONES JARA Y COMPAÑÍA LIMITADA; su domicilio está ubicada en Avenida Julio Hemmelmann Nº 165 comuna de Nacimiento, sin perjuicio de las agencias, representaciones, corresponsalías, filiales o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país. Su Objeto será: 1) LA REALIZACION DE INVERSIONES Y PROYECTOS INMOBILIARIOS, A CUYO EFECTO PODRA ADQUIRIR Y ENAJENAR A CUALQUIER TITULO TODA CLASE DE BIENES INMUEBLES, URBANOS O RUSTICOS; 2) LA REALIZACION DE INVERSIONES EN INMUEBLES, DE CUALQUIER NATURALEZA, DERECHOS, O CUOTAS EN ELLOS; DE PISOS, OFICINAS, DEPARTAMENTOS, ESTACIONAMIENTOS Y PROCEDER A LA EXPLOTACION DE LOS MISMOS, 3) REALIZAR LA CONSTRUCCION DE TODA CLASE DE OBRAS Y EDIFICIOS, SEA EN PREDIOS PROPIOS O AJENOS, POR CUENTA PROPIA O AJENA, 4) PROCEDER A LA COMERCIALIZACION, ARRIENDO O EXPLOTACION DE TODO LOS INMUEBLES QUE ADQUIERA EN PROPIEDAD, POSESION O MERA TENENCIA: 5) PROCEDER A LA COMPRA, VENTA. ARRENDAMIENTO, SUBARRENDAMIENTO Y LEASING DE TODO TIPO DE BIENES INMUEBLES 6) LA EXPLOTACIÓN DE CUALQUIERA OTRA ACTIVIDAD RELACIONADA CON LAS ANTERIORES Y QUE LOS SOCIOS DE COMÚN ACUERDO DETERMINEN; La administración corresponde al socio. GABRIEL ENRIQUE JARA SEGUEL, el que obrando y anteponiendo su firma, al de la razón social, obliga y representara a la SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES JARA Y COMPAÑÍA LIMITADA O INVERSIONES JARA Y COMPAÑÍA LIMITADA. El Capital está compuesto por la suma de $275.000.000 de pesos; que se aportan por los socios de la siguiente manera: a) GABRIEL ENRIQUE JARA SEGUEL, aporta la suma de $123.750.000 pesos, que se aportan de la siguiente forma: a.1) Mediante el aporte el propiedad a la sociedad del inmueble consistente en sitio y casa ubicado en Calle Los Carreras número doscientos cuarenta y cuatro, de la ciudad de Los Ángeles, que deslinda: Norte: con don Amador Méndez; Sur: Con Genaro Arriagada, hoy sucesión de don Nicolás Muñoz; Oriente: Con el Hospital san Sebastián; y Poniente: Con Calle Los Carrera. Dicho inmueble se haya inscrito a nombre del socio aportante, a fojas número cinco mil cincuenta y ocho número dos mil cuatrocientos treinta y siete, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles, correspondiente al año dos mil trece, cuyo rol de avalúo es el número quinientos dos guión cuatro, del Servicio de Impuestos Internos de la comuna de Los Ángeles, el cual es tenido a la vista. Ello por la suma de $120.000.000 de pesos y a.2) Con la suma de $3.750.000 de pesos en dinero efectivo y de contado que es enterado a caja social en este acto, lo anterior equivale al 45% del capital social, b) TECCIA IVONNE MORALES LEVANCINI, aporta la suma de $68.750.000 pesos, los cuales se aporta de la siguiente forma: a.1) Mediante el aporte a la sociedad del inmueble urbano compuesto de casa y sitio, ubicada en Nacimiento, en Calle Freire número doscientos noventa y uno esquina de Jorge Montt, y conforme sus títulos tiene dieciséis metros por el lado poniente y treinta y tres coma treinta metros por el lado sur y los siguientes deslindes: Norte: con propiedad de Juan Queiruga, separado por una línea recta y cerco; Sur: calle Freire; Oriente: Con sucesión de Claudina Vergara; y Poniente: Con Calle Jorge Montt. Dicho inmueble se haya inscrito a nombre del socio aportante, a fojas ciento noventa y cinco número doscientos ocho del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Nacimiento, correspondiente al año dos mil dos, cuyo rol de avalúo es el número cuarenta y dos guión cero cero tres del Servicio de Impuestos Internos de la comuna de Los Nacimiento, el cual es tenido a la vista; por la suma de $60.000.000 de pesos y a.2) Con la suma de $8.750.000 pesos en dinero efectivo y de contado enterado a caja social en este acto, equivale al 25% del capital social, c) KARIN TECCIA ANGELICA JARA MORALES, aporta la suma de $27.500.000 pesos, en dinero efectivo y de contado que es enterado de la siguiente forma: c.1) Con la suma de $19.500.000 pesos en dinero efectivo y de contado que entera en este acto en caja social y c.2) Con la suma de $8.000.000 de pesos que se enterará en la medida que la sociedad lo requiera para sus fines y dentro del plazo de dos años contados y a partir de la suscripción de esta escritura social, equivalente al 10% del capital social; d) ALEJANDRA IVONNE JARA MORALES, aporta la suma de $27.500.000 pesos, en dinero efectivo y de contado que es enterado de la siguiente forma: d.1) Con la suma de $19.500.000 pesos en dinero efectivo y de contado que entera en este acto en caja social y d.2) Con la suma de $8.000.000 de pesos que se enterará en la medida que la sociedad lo requiera para sus fines, y dentro del plazo de dos años contados y a partir de la suscripción de esta escritura social, equivalente al 10% del capital social.- y e) LORETO ANDREA JARA MORALES, aporta la suma de aporta la suma de $27.500.000 pesos en dinero efectivo y de contado que es enterado de la siguiente forma: d.1) Con la suma de $19.500.000 pesos, en dinero efectivo y de contado que entera en este acto en caja social y d.2) Con la suma de $8.000.000 de pesos, que se enterará en la medida que la sociedad lo requiera para sus fines, y dentro del plazo de dos años contados a partir de la suscripción de esta escritura social, equivalente al 10% del capital social.- Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes.- La sociedad empezará a regir a contar de la suscripción del presente instrumento y tendrá una duración de cinco años; se entenderá prorrogada la duración de la sociedad en forma automática por períodos iguales, sucesivos y continuos, de cinco años cada uno, salvo si cualquiera de los socios manifiesta la voluntad de ponerle término por escritura pública anotada al margen de la inscripción del extracto de la presente escritura en el Registro de Comercio competente, con una anticipación mínima de seis meses respecto del vencimiento del período que se encuentre en curso.- Los socios, acuerdan repartir las utilidades y pérdidas de la sociedad de acuerdo a sus respectivos aportes y porcentajes.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Nacimiento 20 de enero de 2020.
Recent filings
- CONSTITUCIÓN
SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES JARA Y COMPAÑÍA LIMITADA
CVE 1714868
