Sociedad Inmobiliaria Don Antonio Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
El objeto de la sociedad será la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, arrendarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, la explotación de locales , del rubro ferretero, la compra y venta de maquinarias de todo tipo , la compra y venta de insumos agrícolas y forestales , administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; y cualquier otro negocio que acordaren los socios.
Capital
Total capital
$150.000.000
Paid-in capital
$150.000.000
Pending capital
$0
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio 9.xxx.xxx-5 | 9.xxx.xxx-5 | 99.33333333333333% | $149.000.000 |
Socio 20.xxx.xxx-9 | 20.xxx.xxx-9 | 0.6666666666666667% | $1.000.000 |
Administrators (1)
Official extract text
RENATA MARCELA GONZÁLEZ CARVALLO, abogada, Notario Público Titular de la 23 Notaría de Santiago, con oficio Catedral 1265, Santiago certifica que por escritura pública Repertorio N° 2479-2019 de hoy ante mi ANDRES NICOLAS RENDIC GOMEZ, independiente, C.I. veinte millones doscientos ochenta y tres mil cuarenta y tres guión nueve, domiciliado en Payador Taguada mil setecientos sesenta y dos , departamento veintidós, comuna de las Condes, y CLAUDIA MARCELA GOMEZ LUCARES, abogado, C.I. nueve millones ochocientos setenta y ocho mil trescientos diez guión cinco, domiciliada en calle Carlos Silva Vildósola ocho seis cinco nueve casa C , comuna de La Reina, constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada al monto de los aportes. RAZON SOCIAL: “SOCIEDAD INMOBILIARIA DON ANTONIO LIMITADA ”, y podrá operar para todos los fines de cualesquier índole, en la misma seriedad y atributos, con la abreviación “ INMOBILIARIA DON ANTONIO LTDA.” .- OBJETO: El objeto de la sociedad será la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, arrendarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, la explotación de locales , del rubro ferretero, la compra y venta de maquinarias de todo tipo , la compra y venta de insumos agrícolas y forestales , administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; y cualquier otro negocio que acordaren los socios.- ADMINISTRACION Y USO RAZÓN SOCIAL: La administración y el uso de la razón social le corresponderá a la socia doña CLAUDIA MARCELA GOMEZ LUCARES, quien tendrá las más amplias facultades de administración y disposición de bienes.- CAPITAL SOCIAL: Será la suma de ciento cincuenta millones de pesos , el cual es aportado por los socios de la siguiente forma: Socia CLAUDIA MARCELA GOMEZ LUCARES aporta en propiedad los siguientes bienes inmuebles a)Propiedad ubicada en Calle Carlos Silva Vildósola número ocho mil seiscientos cincuenta y nueve guión C, del Conjunto habitacional construido en Calle Carlos Silva Vildosola número ocho mil seiscientos cincuenta y nueve . Comuna de La Reina, Región Metropolitana, la propiedad se encuentra inscrita a fojas tres mil quinientos cincuenta número cinco mil ochocientos noventa y cinco del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Aporte que las partes avalúan en la suma de ochenta y cinco millones de pesos y b) la propiedad que corresponde a el departamento once del piso uno, la bodega número nueve del subterráneo menos uno, ambos del edificio Dos, correspondiente al Conjunto habitacional Costa Puyai, de la comuna de Papudo, Región de Valparaíso. La propiedad se encuentra inscrita a fojas dos mil cuatrocientos sesenta y dos , número dos mil quinientos noventa y tres , del Registro de Propiedad Conservador de Bienes Raíces de La Ligua del año dos mil dieciocho, y la bodega se encuentra inscrita a fojas dos mil cuatrocientos sesenta y dos, número dos mil quinientos noventa y tres del Registro de Propiedad Conservador de Bienes Raíces de La Ligua del año dos mil dieciocho, Aporte que las partes avalúan en la suma de sesenta y cuatro millones de pesos.- El socio ANDRES NICOLAS RENDIC GOMEZ, aporta la suma de UN MILLON de pesos, que se enteran de contado, en dinero en efectivo en este acto y ya ingresados a caja social.- Domicilio: El domicilio de la sociedad será en Santiago , ciudad de Santiago, Región Metropolitana , sin perjuicio de las agencias, establecimientos o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o en el exterior.- Duración : La sociedad tendrá una duración DIEZ AÑOS, sin perjuicio de sus prorrogas por igual período, si alguno de los socios manifieste su intención de ponerle término al vencimiento del plazo, lo harán por escritura pública subinscrita al margen de pacto social.- RESPONSABILIDAD: Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes.- DEMÁS ESTIPULACIONES EN ESCRITURA EXTRACTADA.SANTIAGO 13 de diciembre de 2019.
Recent filings
- CONSTITUCIÓN
SOCIEDAD INMOBILIARIA DON ANTONIO LIMITADA
CVE 1698047
