Sociedad Gastronómica Y Restobar Sabores Del Ñielol Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
Las actividades de restaurante y de servicio móvil de comida o food truck; servicio de comidas por encargo, servicio de banquetearía o catering; la elaboración, comercialización, administración y desarrollo de toda actividad gastronómica en su expresión más amplia, como la organización y administración de restaurantes, por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros, dentro o fuera del país; la producción, elaboración, distribución y venta directa al público, para llevar o entregar a domicilio y a intermediarios, de todo tipo de productos alimenticios y de comida rápida o de restaurantes de cualquier naturaleza, con y sin alcohol y cualquier otro tipo de productos alimenticios frescos, preparados, envasados, elaborados y semielaborados y todo lo relacionado con la industria gastronómica, para lo cual la sociedad podrá elaborar, comprar, vender, importar, exportar, comercializar con productos propios del giro antes señalado; el tomar por cuenta propia o ajena, y dar en arriendo establecimientos de restaurantes, centros de evento, fuentes de soda, cafés, servicios de banquetearía y en general cualquier clase de establecimiento donde se sirvan comidas preparadas y bebidas alcohólicas y analcoholicas, para ser consumidas en el mismo local, para llevar o entregar a domicilio; toda actividad adicional que emane del propio giro establecido, como la externalización, subcontratación, de personal externo; realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado y que los socios determinen de común acuerdo
Capital
Total capital
$4.000.000
Paid-in capital
$4.000.000
Pending capital
$0
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
RICARDO ALFREDO GONZÁLEZ GATICA Socio 18.xxx.xxx-0 | 18.xxx.xxx-0 | 50% | $2.000.000 |
Socio 19.xxx.xxx-5 | 19.xxx.xxx-5 | 50% | $2.000.000 |
Administrators (2)
RICARDO ALFREDO GONZÁLEZ GATICA
Official extract text
JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha nueve de Diciembre de dos mil diecinueve, ante mí, RICARDO ALFREDO GONZÁLEZ GATICA, chileno, soltero, administrador de empresas, cédula de identidad número dieciocho millones ochenta y ocho mil setenta y dos guion cero, domiciliado en calle Catorce de Julio número quinientos veinticinco, de la comuna y ciudad de Freire, Región de La Araucanía, y de paso en esta ciudad y RODRIGO ALEJANDRO PÉREZ SÁEZ, chileno, soltero, supervisor de peajes, cédula de identidad número diecinueve millones ciento noventa y ocho mil quinientos nueve guion cinco, domiciliado en calle Río Grande número ciento treinta, Villa Parque Pilmaiquén, de la comuna de Padre las Casas; quienes constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. RAZÓN SOCIAL: “SOCIEDAD GASTRONÓMICA Y RESTOBAR SABORES DEL ÑIELOL LIMITADA”, nombre de fantasía “RRS FOOD LTDA.”. ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: Corresponderá a ambos socios conjuntamente; facultades y limitaciones en pacto social. CAPITAL: $4.000.000.- que los socios aportan y enteran de la siguiente manera: A) El socio don RICARDO ALFREDO GONZÁLEZ GATICA, aporta la suma de dos millones pesos, esto es el cincuenta por ciento de los derechos sociales, capital que el socio entera y paga en este acto al contado, en dinero efectivo y a entera satisfacción de la Sociedad, suma que se da por ingresada a la arcas de la Sociedad de Responsabilidad Limitada; y, B) El socio don RODRIGO ALEJANDRO PÉREZ SÁEZ, aporta la suma de dos millones pesos, esto es el cincuenta por ciento de los derechos sociales, capital que el socio entera y paga en este acto al contado, en dinero efectivo y a entera satisfacción de la Sociedad, suma que se da por ingresada a la arcas de la Sociedad de Responsabilidad Limitada. Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus respectivos aportes, y la Sociedad responde con todos sus bienes exclusivamente por las obligaciones contraídas dentro de su giro y objeto. OBJETO: a) Las actividades de restaurante y de servicio móvil de comida o food truck; b) Servicio de comidas por encargo, servicio de banquetearía o catering; c) La elaboración, comercialización, administración y desarrollo de toda actividad gastronómica en su expresión más amplia, como la organización y administración de restaurantes, por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros, dentro o fuera del país; d) La producción, elaboración, distribución y venta directa al público, para llevar o entregar a domicilio y a intermediarios, de todo tipo de productos alimenticios y de comida rápida o de restaurantes de cualquier naturaleza, con y sin alcohol y cualquier otro tipo de productos alimenticios frescos, preparados, envasados, elaborados y semielaborados y todo lo relacionado con la industria gastronómica, para lo cual la sociedad podrá elaborar, comprar, vender, importar, exportar, comercializar con productos propios del giro antes señalado; e) El tomar por cuenta propia o ajena, y dar en arriendo establecimientos de restaurantes, centros de evento, fuentes de soda, cafés, servicios de banquetearía y en general cualquier clase de establecimiento donde se sirvan comidas preparadas y bebidas alcohólicas y analcoholicas, para ser consumidas en el mismo local, para llevar o entregar a domicilio; f) Toda actividad adicional que emane del propio giro establecido, como la externalización, subcontratación, de personal externo; g) Realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado y que los socios determinen de común acuerdo. Para el cumplimiento de los objetivos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros. DURACIÓN: La Sociedad empezará a regir con la fecha de la presente escritura extractada y tendrá una duración de cinco años, renovables tácita y sucesivamente por periodos iguales de cinco años cada uno. DOMICILIO: en la comuna de Padre Las Casas, sin perjuicio de las sucursales o agencia que se establezcan en el resto del país o en el extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 13 de diciembre de 2019.
Recent filings
- CONSTITUCIÓN
SOCIEDAD GASTRONÓMICA Y RESTOBAR SABORES DEL ÑIELOL LIMITADA
CVE 1697720
