Sociedad Educacional Southern Star Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
a) ser sostenedora y administradora de establecimientos educacionales; b) instalación, equipamiento, explotación, administración y funcionamiento de escuelas, colegios, de enseñanza básica y media, institutos preuniversitario, jardines infantiles, salas cuna ya sea en locales propios o ajenos; el dar y tomar en arrendamiento establecimientos; y todo lo que en la actualidad o futuro esté relacionado directa o indirectamente con estas actividades; c) la realización de todos los actos y contratos que se estimen necesarios y convenientes para realizar dichos objetivos; c) cualquier actividad relacionada o con esta que el Directorio de la sociedad acuerde.
Capital
Total capital
$2.000.000
Paid-in capital
$2.000.000
Pending capital
$0
Shareholders (4)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
María Angélica Regueira Heskia Socio | - | 25% | $500.000 |
María Belén Ballarín del Valle Socio | - | 25% | $500.000 |
Lorena Patricia Aguilera Pérez Socio | - | 25% | $500.000 |
Mariela Adriana Maturana Luengo Socio | - | 25% | $500.000 |
Administrators (4)
María Angélica Regueira Heskia
María Belén Ballarín del Valle
Lorena Patricia Aguilera Pérez
Mariela Adriana Maturana Luengo
Official extract text
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número sesenta y cinco, piso dos, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 09 de diciembre de 2022, Rep. N° 33.656-2022, ante mi Suplente KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, María Angélica Regueira Heskia, domiciliada en Dublín Nº 529, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; doña María Belén Ballarín del Valle, domiciliada en Las Dalias Nº 2831, departamento 601, comuna de Providencia, Región Metropolitana; doña Lorena Patricia Aguilera Pérez, domiciliada en Avenida Miguel Claro Nº 2550, departamento 702, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, y doña Mariela Adriana Maturana Luengo, domiciliada en Davos Nº 3639, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada con razón social "SOCIEDAD EDUCACIONAL SOUTHERN STAR LIMITADA”, pudiendo usar nombre fantasía "COLEGIO SOUTHERN STAR LIMITADA”. Domicilio será ciudad Santiago. Objeto será: a) ser sostenedora y administradora de establecimientos educacionales; b) instalación, equipamiento, explotación, administración y funcionamiento de escuelas, colegios, de enseñanza básica y media, institutos preuniversitario, jardines infantiles, salas cuna ya sea en locales propios o ajenos; el dar y tomar en arrendamiento establecimientos; y todo lo que en la actualidad o futuro esté relacionado directa o indirectamente con estas actividades; c) la realización de todos los actos y contratos que se estimen necesarios y convenientes para realizar dichos objetivos; c) cualquier actividad relacionada o con esta que el Directorio de la sociedad acuerde. Capital es $2.000.000 aportado siguiente forma: a) María Angélica Regueira Heskia, se obliga a aportar $500.000, equivalente al veinticinco por ciento del capital social, mediante el aporte de dinero que entera. b) María Belén Ballarín del Valle, se obliga a aportar $500.000, equivalente al veinticinco por ciento del capital social, mediante el aporte de dinero que entera. c) Lorena Patrcia Aguilera Pérez, se obliga a aportar $500.000, equivalente al veinticinco por ciento del capital social, mediante el aporte de dinero que entera. d) Mariela Adriana Maturana Luengo se obliga a aportar $500.000, equivalente al veinticinco por ciento del capital social, mediante el aporte de dinero que entera. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a todos los socios, quienes deberán actuar en forma conjunta.Sociedad rige desde fecha escritura constitución y expirará el 31 diciembre del año 2024, prorrogándose tácita y automáticamente por períodos sucesivos de 2 años cada uno, salvo que algún socio manifestare voluntad de ponerle término por escritura pública anotada al margen inscripción social, todo con anticipación mínima de 2 meses al vencimiento plazo primitivo o de cualquiera sus prórrogas que estuviere vigente. Otras estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 17 de enero de 2023.
Recent filings
- CONSTITUCIÓN
Sociedad Educacional Southern Star Limitada
CVE 2258927
