Sociedad De Servicios Medicos J & G Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
La prestación de servicios, atenciones y asesorías médicas en todas las áreas de la medicina en general; la atención de pacientes en consultas médicas, en domicilios y hospitalizados; efectuar consultas domiciliarias; efectuar procedimientos médicos, diagnósticos y terapéuticos; apoyo técnico y equipamiento clínico; importar, exportar y comercializar artículos médicos. Además, podrá impartir charlas, capacitar personal, dictar clases, cursos, seminarios y confección de material didáctico, todo esto en relación con la medicina en general y por cualquier medio de comunicación. Asimismo la sociedad podrá realizar cualquier actividad o negocio que se relacione o vincule con los objetos sociales antes descritos, y cualquier otra actividad complementaria o necesaria para su consecución que los socios acuerden realizar, relacionada o no con el giro social.
Capital
Total capital
$94.100.000
Paid-in capital
$94.100.000
Pending capital
$0
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
GHISLAINE STEPHANIE HAUSER VARGAS Socio | - | 50% | $47.050.000 |
Socio | - | 50% | $47.050.000 |
Administrators (2)
GHISLAINE STEPHANIE HAUSER VARGAS
Official extract text
COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público titular 4a Notaría de Santiago, Ahumada 341, 4º piso, certifico: Por escritura pública 27 de Septiembre de 2019, Repertorio N°13925, ante mí, comparecen: doña GHISLAINE STEPHANIE HAUSER VARGAS y don JOHAN MICHAEL BAIER NUALART, ambos domiciliados en San Pablo N° 1503, Depto. 1316, Comuna de Santiago, Región Metropolitana; constituyeron Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada, bajo RAZÓN SOCIAL: “SOCIEDAD DE SERVICIOS MEDICOS J & G LIMITADA”, la que podrá actuar y funcionar, inclusive con los bancos con el nombre de fantasía “J & G LTDA .” OBJETO: El objeto de la sociedad será: La prestación de servicios, atenciones y asesorías médicas en todas las áreas de la medicina en general; la atención de pacientes en consultas médicas, en domicilios y hospitaliza¬dos; efectuar consultas domiciliarias; efectuar procedimientos médicos, diagnósticos y terapéuticos; apoyo técnico y equipa¬miento clínico; importar, exportar y comercializar artículos médicos. Además, podrá impartir charlas, capacitar personal, dictar clases, cursos, seminarios y confección de material didáctico, todo esto en relación con la medicina en general y por cualquier medio de comunicación. Asimismo la sociedad podrá realizar cualquier actividad o negocio que se relacione o vincule con los objetos sociales antes descritos, y cualquier otra actividad complementaria o necesaria para su consecución que los socios acuerden realizar, relacionada o no con el giro social.- ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: Corresponderá a ambos socios, doña GHISLAINE STEPHANIE HAUSER VARGAS y a don JOHAN MICHAEL BAIER NUALART, quienes podrán actuar indistintamente por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades señaladas en la escritura.- CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $94.100.000.- que es aportado por los socios en partes iguales, con la suma de $47.050.000.- cada socio. Dicho aporte se entera de la siguiente manera: Mediante el aporte en propiedad y en este acto de los derechos y acciones que le corresponden a cada uno de los socios en: A).- Departamento N° 908 del piso 9, del Edificio Ana Luisa ubicado en calle Ana Luisa N° 1171, Comuna de San Miguel Región Metropolitana. Rol de Avalúo 3252 – 219 de la Comuna de San Miguel, el que se valoriza por las partes de común acuerdo en la suma de $82.500.000.- B).- Estacionamiento N° E 123, del segundo subterráneo del Edificio Ana Luisa ubicado en calle Ana Luisa N° 1171, Comuna de San Miguel Región Metropolitana. Rol de Avalúo N° 3252 – 573 Comuna de San Miguel, el que se valoriza por las partes de común acuerdo en la suma de $4.100.000.- C).- Bodega N° B 125 del 2° subterráneo del Edificio Ana Luisa ubicado en calle Ana Luisa N° 1171, Comuna de San Miguel Región Metropolitana. Rol de Avalúo N° 3252 – 430 Comuna de San Miguel, el que se valoriza por las partes de común acuerdo en la suma de $700.000.- y D).- Inmueble ubicado en el Sector Chequen, Comuna de Marchigue, Provincia Cardenal Caro, Sexta Región. Rol Avalúo N° 62 – 138 Comuna de Marchigue, el que se valoriza por las partes de común acuerdo en la suma de $6.800.000.- De esta manera queda íntegramente pagado y enterado el capital social y de acuerdo a lo expresado, cada socio tiene un cincuenta por ciento del haber social. UTILIDADES Y EVENTUALES PERDIDAS: Se repartirán entre los socios en proporción a sus respectivos aportes. RESPONSABILIDAD: Socios limitan responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. DURACIÓN: Cinco años, a contar del día de la presente escritura, prorrogable en forma automática por periodos iguales y sucesivos de cinco años si ninguno de los socios expresare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, y deberá notificarse al otro socio con una anticipación de a lo menos tres meses. DOMICILIO: ciudad de Santiago, sin perjuicio agencias o sucursales resto del país o extranjero. Demás estipulaciones escritura extractada. - mg.
Recent filings
- CONSTITUCIÓN
SOCIEDAD DE SERVICIOS MEDICOS J & G LIMITADA
CVE 1677697
