Limited liability company

Sociedad De Servicios Eléctricos Limitada

CONSTITUCIÓN — Apr 10, 2023

Diario Oficial

IncorporationDiario Oficial · 2023-04-10View PDF (CVE 2297405)

Corporate information

Ltda
calle Prat N° 470, Local 3
Duration: 2 años contados desde la fecha de la presente escritura, y se entenderá prorrogable tácitamente y sucesivamente por periodos iguales de 2 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare ponerle término con, a lo menos seis meses de anticipación al vencimiento respectivo, mediante escritura pública que se subinscribirá al margen de la inscripción social.
Administration: corresponderá a don VICTOR HUGO FLORES ARDILES y a don IVAN PATRICIO CASTRO FLORES, quienes podrán actuar conjunta, separada e indistintamente, con las facultades que se indican en la escritura.

Corporate purpose

El objeto de la sociedad será; A) Servicios de ingeniería y construcciones eléctricas. B) la formación de sociedades de cualquier tipo, pudiendo incorporarse a otras ya existentes; C) En general, todos los actos que los socios determinen derivados o relacionados con los giros señalados, inclusive la del arrendamiento de todo tipo de maquinarias o inmuebles dentro o fuera del país, como también las actividades adyacentes para el desarrollo de todas estas y otras actividades afines o similares de acuerdo al giro para el cumplimiento de sus fines; y D) Queda establecido, que aunque ello no forme parte del objeto específico de la sociedad, ésta podrá también adquirir otros bienes de cualquiera especie, raíces o muebles, corporales o incorporales, incluyendo valores mobiliarios, participaciones sociales y cualesquiera otros, conservarlos y administrarlos con miras a la percepción de sus frutos naturales y civiles, y, eventualmente, enajenarlos o gravarlos con hipotecas, prendas, servidumbres u otros derechos reales o consentir en cualesquiera limitaciones de dominio, caucionar obligaciones propias o ajenas con garantías reales o personales y, en fin, realizar toda clase de actos, contratos y negocios que, a juicio de los socios o los administradores, sean directa o indirectamente necesarios o conducentes a la realización del objeto social o convenientes para la conservación o incremento de los haberes de la sociedad.

Capital

Total capital

$10.000.000

Paid-in capital

$10.000.000

Shareholders (4)

NameParticipation

SEBASTIÁN GONZALO MARTÍNEZ SALAZAR

Socio

25%

JONY OMAR ARAYA OLIVARES

Socio

25%

VICTOR HUGO FLORES ARDILES

Socio

25%

IVAN PATRICIO CASTRO FLORES

Socio

25%

Administrators (2)

Official extract text

NICOLAS FERNANDO ARRIETA CONCHA, Abogado, Notario Público Titular Sexta Notaría Antofagasta, de este domicilio, calle Prat N° 470, Local 3, Certifica: Por escritura pública hoy ante mí, comparecen, don SEBASTIÁN GONZALO MARTÍNEZ SALAZAR, ingeniero en ejecución en Prevención de Riesgos, domiciliado en avenida Argentina número 1340, departamento número 1008, de la ciudad de Antofagasta; don JONY OMAR ARAYA OLIVARES, ingeniero en automatización y control industrial, domiciliado en calle Los exploradores número 1411, casa 78, de la ciudad de Antofagasta; don VICTOR HUGO FLORES ARDILES, ingeniero civil en electricidad, domiciliado en calle navidad número 0142, de la ciudad de Antofagasta; IVAN PATRICIO CASTRO FLORES, ingeniero civil industrial, domiciliado en calle Benito Ocampo número 10980, casa 9, de la ciudad de Antofagasta, constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada al monto de sus aportes. RAZÓN SOCIAL: SOCIEDAD DE SERVICIOS ELÉCTRICOS LIMITADA, pudiendo usar nombre de fantasía SSE LTDA., que la obligará de la misma manera que razón social. OBJETO: El objeto de la sociedad será; A) Servicios de ingeniería y construcciones eléctricas. B) la formación de sociedades de cualquier tipo, pudiendo incorporarse a otras ya existentes; C) En general, todos los actos que los socios determinen derivados o relacionados con los giros señalados, inclusive la del arrendamiento de todo tipo de maquinarias o inmuebles dentro o fuera del país, como también las actividades adyacentes para el desarrollo de todas estas y otras actividades afines o similares de acuerdo al giro para el cumplimiento de sus fines; y D) Queda establecido, que aunque ello no forme parte del objeto específico de la sociedad, ésta podrá también adquirir otros bienes de cualquiera especie, raíces o muebles, corporales o incorporales, incluyendo valores mobiliarios, participaciones sociales y cualesquiera otros, conservarlos y administrarlos con miras a la percepción de sus frutos naturales y civiles y, eventualmente, enajenarlos o gravarlos con hipotecas, prendas, servidumbres u otros derechos reales o consentir en cualesquiera limitaciones de dominio, caucionar obligaciones propias o ajenas con garantías reales o personales y, en fin, realizar toda clase de actos, contratos y negocios que, a juicio de los socios o los administradores, sean directa o indirectamente necesarios o conducentes a la realización del objeto social o convenientes para la conservación o incremento de los haberes de la sociedad. ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: corresponderá a don VICTOR HUGO FLORES ARDILES y a don IVAN PATRICIO CASTRO FLORES, quienes podrán actuar conjunta, separada e indistintamente, con las facultades que se indican en la escritura. CAPITAL SOCIAL: El capital social será la suma de $10.000.000.- pesos que los socios aportan y pagan en la siguiente proporciones: a) don SEBASTIÁN GONZALO MARTÍNEZ SALAZAR, la cantidad de $2.500.000.- pesos que corresponde al 25 por ciento del capital social, que paga al contado y en dinero en efectivo, en este acto; don JONY OMAR ARAYA OLIVARES, la cantidad de $2.500.000.- pesos que corresponde al 25 por ciento del capital social, que paga al contado y en dinero en efectivo, en este acto; don VICTOR HUGO FLORES ARDILES, la cantidad de $2.500.000.- pesos que corresponde al 25 por ciento del capital social, que paga al contado y en dinero en efectivo, en este acto; don IVAN PATRICIO CASTRO FLORES, la cantidad de $2.500.000.- pesos que corresponde al 25 por ciento del capital social, que paga al contado y en dinero en efectivo, en este acto. De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente aportado y pagado por los comparecientes e ingresado a caja social. DURACIÓN: 2 años contados desde la fecha de la presente escritura, y se entenderá prorrogable tácitamente y sucesivamente por periodos iguales de 2 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare ponerle término con, a lo menos seis meses de anticipación al vencimiento respectivo, mediante escritura pública que se subinscribirá al margen de la inscripción social. RESPONSABILIDAD: Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Antofagasta, 28 de Marzo de 2023.

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  1. CONSTITUCIÓN

    SOCIEDAD DE SERVICIOS ELÉCTRICOS LIMITADA

    CVE 2297405

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