Limited liability company

Sociedad De Profesionales Ugarte Y Zegers Limitada

CONSTITUCIÓN — May 28, 2026

Diario Oficial

IncorporationDiario Oficial · 2026-05-28View PDF (CVE 2816527)

Corporate information

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duration: diez años contados desde la fecha de la presente escritura de constitución, con prórroga automática y sucesiva por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno
Administration: La administración, la representación y el uso de la razón social corresponden, en forma individual, separada e indistinta, a los socios Cristian Pablo Ugarte Caraball y Mónica del Pilar Zegers Larraín, quienes, anteponiendo su firma a la razón social, podrán representar a la Sociedad en todos sus negocios con las más amplias facultades de administración y disposición de los bienes sociales.

Corporate purpose

La Sociedad tendrá por objeto exclusivo la prestación de servicios y asesorías profesionales en el ámbito de las ciencias sociales, comprendiendo en particular las disciplinas de economía, análisis estadístico, educación, y psicología, en todas sus especialidades, ramas y aplicaciones, ya sea en forma conjunta o separada, tanto en Chile como en el extranjero. El objeto social comprende, sin que la enumeración siguiente importe limitación: Uno) La prestación de servicios de consultoría y asesoría técnica especializada, en el ámbito público y privado, en Chile o en el extranjero, en materias económicas, financieras, regulatorias, de comportamiento del consumidor, organizacionales, conductuales, psicosociales, de bienestar y, en general, en toda otra materia propia de las ciencias sociales, conexa o complementaria al ejercicio profesional de los socios. Dos) La investigación, elaboración de estudios, informes técnicos, peritajes, diagnósticos y evaluaciones, cuantitativas o cualitativas, en disciplinas de las ciencias sociales y materias afines o conexas, incluyendo análisis económicos, evaluaciones psicológicas, estudios de mercado, estudios sociales y estudios organizacionales, sea para clientes domiciliados en Chile o en el extranjero. Tres) La capacitación, docencia, formación y entrenamiento, presencial o a distancia, en disciplinas propias de las ciencias sociales y materias conexas, así como la elaboración de materiales pedagógicos, programas formativos, cursos, talleres y seminarios, dirigidos a participantes en Chile o en el extranjero. Cuatro) El diseño, dirección, gestión, ejecución, monitoreo, supervisión y evaluación de proyectos, programas, políticas e intervenciones en áreas vinculadas a las profesiones de los socios, incluyendo proyectos de desarrollo social, evaluación de programas públicos, intervenciones organizacionales y proyectos de investigación aplicada, ejecutados en Chile o en el extranjero. Cinco) La prestación de servicios de mediación, facilitación, coaching, asesoría conductual y resolución de conflictos en materias económicas, psicosociales, familiares, organizacionales y comunitarias. Seis) El diseño, formulación, análisis y evaluación de políticas públicas y privadas en materias propias de las ciencias sociales. Siete) La elaboración y revisión de informes técnicos y expertos para fines administrativos, judiciales, arbitrales, regulatorios o académicos, así como la actuación pericial en sede judicial o administrativa, en Chile o en el extranjero. Ocho) Y, en general, toda otra actividad propia, conexa, complementaria, accesoria o derivada del ejercicio de las profesiones de los socios en el ámbito de las ciencias sociales. Todas las actividades antes indicadas podrán ser prestadas a clientes domiciliados en Chile o en el extranjero, y serán desarrolladas por intermedio de los socios y de otros profesionales que se integren a la Sociedad, todos en el ejercicio personal de sus respectivas profesiones. La Sociedad no podrá dedicarse a actividad alguna que sea ajena a la prestación de los servicios profesionales que constituyen su objeto.

Capital

Total capital

$500.000

Paid-in capital

$500.000

Pending capital

$0

Shareholders (2)

NameParticipation

CRISTIAN PABLO UGARTE CARABALL

Socio

16.xxx.xxx-1

50%

MÓNICA DEL PILAR ZEGERS LARRAÍN

Socio

16.xxx.xxx-k

50%

Administrators (2)

CRISTIAN PABLO UGARTE CARABALL

16.xxx.xxx-1Administrador

MÓNICA DEL PILAR ZEGERS LARRAÍN

16.xxx.xxx-kAdministrador

Official extract text

Ministerio del Interior MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la 38° Notaría de Santiago, domiciliada en Avenida Isidora Goyenechea N° 3.477, oficina 10, Las Condes, certifica: por escritura pública de fecha 18 de mayo de 2026, Repertorio N° 25.627-2026, ante mí, doña MÓNICA DEL PILAR ZEGERS LARRAÍN, RUT 16.610.923-K, con domicilio en Ermita de Fátima N° 4.080, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, y don CRISTIAN PABLO UGARTE CARABALL, RUT 16.208.348-1, con domicilio en Carlos Peña Otaegui N° 12.501, departamento B 11, Las Condes, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada. RAZÓN SOCIAL: El nombre o razón social de la Sociedad será "SOCIEDAD DE PROFESIONALES UGARTE Y ZEGERS LIMITADA", pudiendo actuar para todos los efectos legales, comerciales, publicitarios y ante bancos y otras instituciones financieras, bajo el nombre de fantasía "UZ LTDA". OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto exclusivo la prestación de servicios y asesorías profesionales en el ámbito de las ciencias sociales, comprendiendo en particular las disciplinas de economía, análisis estadístico, educación, y psicología, en todas sus especialidades, ramas y aplicaciones, ya sea en forma conjunta o separada, tanto en Chile como en el extranjero. El objeto social comprende, sin que la enumeración siguiente importe limitación: Uno) La prestación de servicios de consultoría y asesoría técnica especializada, en el ámbito público y privado, en Chile o en el extranjero, en materias económicas, financieras, regulatorias, de comportamiento del consumidor, organizacionales, conductuales, psicosociales, de bienestar y, en general, en toda otra materia propia de las ciencias sociales, conexa o complementaria al ejercicio profesional de los socios. Dos) La investigación, elaboración de estudios, informes técnicos, peritajes, diagnósticos y evaluaciones, cuantitativas o cualitativas, en disciplinas de las ciencias sociales y materias afines o conexas, incluyendo análisis económicos, evaluaciones psicológicas, estudios de mercado, estudios sociales y estudios organizacionales, sea para clientes domiciliados en Chile o en el extranjero. Tres) La capacitación, docencia, formación y entrenamiento, presencial o a distancia, en disciplinas propias de las ciencias sociales y materias conexas, así como la elaboración de materiales pedagógicos, programas formativos, cursos, talleres y seminarios, dirigidos a participantes en Chile o en el extranjero. Cuatro) El diseño, dirección, gestión, ejecución, monitoreo, supervisión y evaluación de proyectos, programas, políticas e intervenciones en áreas vinculadas a las profesiones de los socios, incluyendo proyectos de desarrollo social, evaluación de programas públicos, intervenciones organizacionales y proyectos de investigación aplicada, ejecutados en Chile o en el extranjero. Cinco) La prestación de servicios de mediación, facilitación, coaching, asesoría conductual y resolución de conflictos en materias económicas, psicosociales, familiares, organizacionales y comunitarias. Seis) El diseño, formulación, análisis y evaluación de políticas públicas y privadas en materias propias de las ciencias sociales. Siete) La elaboración y revisión de informes técnicos y expertos para fines administrativos, judiciales, arbitrales, regulatorios o académicos, así como la actuación pericial en sede judicial o administrativa, en Chile o en el extranjero. Ocho) Y, en general, toda otra actividad propia, conexa, complementaria, accesoria o derivada del ejercicio de las profesiones de los socios en el ámbito de las ciencias sociales. Todas las actividades antes indicadas podrán ser prestadas a clientes domiciliados en Chile o en el extranjero, y serán desarrolladas por intermedio de los socios y de otros profesionales que se integren a la Sociedad, todos en el ejercicio personal de sus respectivas profesiones. La Sociedad no podrá dedicarse a actividad alguna que sea ajena a la prestación de los servicios profesionales que constituyen su objeto. DOMICILIO: Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de la constitución de agencias, oficinas, sucursales o establecimientos en cualquier otro punto del país o del extranjero. DURACIÓN: La duración de la Sociedad será de diez años contados desde la fecha de la presente escritura de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en vigencia, mediante declaración hecha por escritura pública que deberá anotarse al margen de la inscripción del extracto de constitución de la Sociedad en el Registro de Comercio correspondiente con seis meses de anticipación, a lo menos, a la fecha de expiración del plazo o de la prórroga respectiva. CAPITAL: El capital social es la suma única y total de $500.000, que los socios aportan y pagan del siguiente modo: a) Don CRISTIAN UGARTE CARABALL aporta la cantidad de $250.000, que representan el cincuenta por ciento del capital social, que paga en este acto al contado y en dinero efectivo, suma que se ingresa inmediatamente a la caja social; y b) Doña MÓNICA DEL PILAR ZEGERS LARRAÍN aporta la cantidad de $250.000, que representan el cincuenta por ciento del capital social, que paga en este acto al contado y en dinero efectivo, suma que se ingresa inmediatamente a la caja social. ADMINISTRACIÓN: La administración, la representación y el uso de la razón social corresponden, en forma individual, separada e indistinta, a don CRISTIAN PABLO UGARTE CARABALL y a doña MÓNICA DEL PILAR ZEGERS LARRAÍN, quienes, anteponiendo su firma a la razón social, podrán representar a la Sociedad en todos sus negocios con las más amplias facultades de administración y disposición de los bienes sociales. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 19 de mayo de 2026.

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