Sociedad de Profesionales Ojeda y Lorca Ingenieros Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
La prestación de asesoría profesional a empresas, personas jurídicas o naturales, públicas, semi públicas o privadas, en materias del área de finanzas, operaciones, optimización de recursos, estrategias de negocios, análisis económico, planificación y evaluación de proyectos o políticas, marketing, diseño y optimización de gestión en sistemas productivos, logísticos y organizacionales.
Capital
Total capital
$2.000.000
Paid-in capital
$2.000.000
Pending capital
$0
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio 8.xxx.xxx-4 | 8.xxx.xxx-4 | 50% | $1.000.000 |
Socio 8.xxx.xxx-7 | 8.xxx.xxx-7 | 50% | $1.000.000 |
Administrators (2)
Official extract text
Ministerio del Interior CARLOS ALBERTO ALARCON LARA, Abogado, Notario Público Interino de la 22° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida el Bosque Norte N° 047, Las Condes, certifico que: Por escritura pública de 12 de Marzo de 2026, Repertorio N°242-2026, ante mí, ante mí, ANA ISABEL OJEDA HESS, chilena, casada , ingeniero comercial, cédula de identidad número 8.233.781-4, domiciliada en Nueva Providencia número 2040, departamento 42 de la comuna de Providencia, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; y LUIS RICARDO LORCA PIZARRO, chileno, casado, ingeniero civil industrial, cédula de identidad número 8.712.868-7, domiciliado en Nueva Providencia número 2040, departamento 42, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, constituyen sociedad de responsabilidad limitada, con Nombre: SOCIEDAD DE PROFESIONALES OJEDA Y LORCA INGENIEROS LIMITADA, cuyo nombre de fantasía será “ ASESORIAS OJEDA Y LORCA LTDA”. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda establecer en otras regiones o ciudades del País o del extranjero. Objeto: Objeto de la sociedad, de conformidad a lo preceptuado y dispuesto por la ley 21.420, los socios tienen profesiones similares, afines o complementarias, y en virtud de ello los servicios de asesoría profesional serán prestados y ejecutados directamente por sus socios o con el apoyo de empleados que colaboren en la ejecución de sus funciones, la sociedad tendrá como único y exclusivo objeto: a) La prestación de asesoría profesional a empresas, personas jurídicas o naturales, públicas, semi públicas o privadas. en materias del área de finanzas, operaciones, optimización de recursos, estrategias de negocios, análisis económico, planificación y evaluación de proyectos o políticas, marketing, diseño y optimización de gestión en sistemas productivos, logísticos y organizacionales. Duración: La sociedad tendrá una duración de cinco años a partir de su constitución, pudiéndose renovar en forma tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos, a menos que uno de los socios manifieste lo contrario vía escritura pública antes del vencimiento. Capital: $2.000.000.-( dos millones de pesos) que se aportan y enteran por los socios de la siguiente manera: Uno) doña ANA ISABEL OJEDA HESS aporta la suma de Un Millón de pesos , que equivale al cincuenta por ciento del haber social, que entera y paga en dinero efectivo en este acto en caja social; y Dos) don LUIS RICARDO LORCA PIZARRO aporta la suma de Un Millón de pesos, que equivale al cincuenta por ciento del haber social, que entera y paga en este acto al contado y en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social. En consecuencia, el capital se encuentra totalmente suscrito y pagado en la forma señalada precedentemente por los socios. Administración : La representación, administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los socios ANA ISABEL OJEDA HESS y LUIS RICARDO LORCA PIZARRO, la que se realizará o ejecutará de la siguiente forma: A) Para aquellos actos, contratos, operaciones y gestiones cuya cuantía no sea superior a las mil quinientas unidades de fomento UF, Los socios podrán actuar individual o indistintamente el uno respecto del otro; B) Para aquellos actos, contratos, operaciones y gestiones cuya cuantía sea superior a las mil quinientas unidades de fomento UF, en este caso los socios deberán actuar conjuntamente. Quienes anteponiendo su firma a la razón social, representará o representarán a la sociedad con las más amplias facultades ante cualquier persona, autoridad o institución civil, pública, semi pública, privada, bancaria, de fomento, de crédito, actuando a nombre de la sociedad judicial y extrajudicialmente, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, etcétera, que digan relación con su objeto social o sean necesarios, complementarios o conducentes a sus fines, demás estipulaciones escritura extractada. Santiago 13 de marzo de 2026.
Recent filings
- CONSTITUCIÓN
Sociedad de Profesionales Ojeda y Lorca Ingenieros Limitada
CVE 2784843
