Limited liability company

Sociedad De Profesionales Infante Pereira Y Compañía Limitada

CONSTITUCIÓN — May 13, 2026

Diario Oficial

IncorporationDiario Oficial · 2026-05-13View PDF (CVE 2809567)

Corporate information

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duration: Treinta años renovables tácitamente por periodos de diez años cada uno, salvo que los socios acuerden lo contrario por mayoría simple
Administration: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña MAGDALENA PAZ INFANTE PEREIRA y a don PATRICIO ESTEBAN CASAS FARÍAS, quienes actuando separada e indistintamente uno cualquiera de ellos podrá representar a la sociedad con las facultades que se indican en la escritura extractada

Corporate purpose

La prestación de servicios de asesoría jurídica y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de abogado, pudiendo realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, siempre y cuando diga relación con el ejercicio de la profesión de abogado

Capital

Total capital

$1.000.000

Paid-in capital

$1.000.000

Pending capital

$0

Shareholders (2)

NameParticipation

PATRICIO ESTEBAN CASAS FARÍAS

Socio

17.xxx.xxx-6

1%

MAGDALENA PAZ INFANTE PEREIRA

Socio

18.xxx.xxx-8

99%

Administrators (2)

MAGDALENA PAZ INFANTE PEREIRA

18.xxx.xxx-8Administrador

PATRICIO ESTEBAN CASAS FARÍAS

17.xxx.xxx-6Administrador

SII representatives (2)

MAGDALENA PAZ INFANTE PEREIRA

18.xxx.xxx-8Representante

PATRICIO ESTEBAN CASAS FARÍAS

17.xxx.xxx-6Representante

Official extract text

Ministerio del Interior PATRICIA ISABEL ROJAS MORALES, Notario Público Suplente de la 38° Notaria de Santiago de Maria Soledad Lascar Merino, con oficio en Isidora Goyenechea 3477, oficina 10, comuna Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 07/05/2026, Repertorio número 24.089/2026 ante la titular, compareció doña MAGDALENA PAZ INFANTE PEREIRA, chilena, casada y separada totalmente de bienes, abogada, cédula de identidad número dieciocho millones setecientos sesenta y ocho mil setecientos doce guion ocho, y don PATRICIO ESTEBAN CASAS FARÍAS, chileno, casado y separado totalmente de bienes, abogado, cédula de identidad número diecisiete millones setecientos sesenta y seis mil novecientos treinta y dos guión seis, ambos domiciliados en San Ramón dos mil cuatrocientos sesenta y cuatro, Las Condes,, quienes constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada de cuyos estatutos extracto lo siguiente: I. Nombre. El nombre de la sociedad será “SOCIEDAD DE PROFESIONALES INFANTE PEREIRA Y COMPAÑÍA LIMITADA”, pudiendo usar también el nombre de fantasía “INFANTE PEREIRA ABOGADOS LTDA”, para fines comerciales, financieros y de publicidad. II. Domicilio. El domicilio de la sociedad será la comuna de Santiago. III. Objeto. El objeto de la Sociedad será exclusivamente la prestación de servicios de asesoría jurídica y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de abogado, pudiendo realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, siempre y cuando diga relación con el ejercicio de la profesión de abogado. IV. Duración. La duración de la sociedad será de treinta años renovables tácitamente por periodos de diez años cada uno, salvo que los socios acuerden lo contrario por mayoría simple. V. Capital. El capital de la sociedad es la cantidad de un millón de pesos, que los socios han aportado y pagado en dinero efectivo, con anterioridad, y del modo siguiente: a) Don Patricio Esteban Casas Farías ha aportado la suma de diez mil pesos, equivalentes a un uno por ciento del interés social; y b) Doña Magdalena Paz Infante Pereira ha aportado la suma de novecientos noventa mil pesos, equivalentes a un noventa y nueve por ciento del interés social. De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente aportado y pagado. VI. Administración. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña MAGDALENA PAZ INFANTE PEREIRA y a don PATRICIO ESTEBAN CASAS FARÍAS, quienes actuando separada e indistintamente uno cualquiera de ellos podrá representar a la sociedad con las facultades que se indican en la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. Santiago 08 de mayo de 2026.

Recent filings

  1. CONSTITUCIÓN

    SOCIEDAD DE PROFESIONALES INFANTE PEREIRA Y COMPAÑÍA LIMITADA

    CVE 2809567

Corporate relationships

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