Sociedad De Profesionales Infante Pereira Y Compañía Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
La prestación de servicios de asesoría jurídica y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de abogado, pudiendo realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, siempre y cuando diga relación con el ejercicio de la profesión de abogado
Capital
Total capital
$1.000.000
Paid-in capital
$1.000.000
Pending capital
$0
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio 17.xxx.xxx-6 | 17.xxx.xxx-6 | 1% | $10.000 |
Socio 18.xxx.xxx-8 | 18.xxx.xxx-8 | 99% | $990.000 |
Administrators (2)
SII representatives (2)
Official extract text
Ministerio del Interior PATRICIA ISABEL ROJAS MORALES, Notario Público Suplente de la 38° Notaria de Santiago de Maria Soledad Lascar Merino, con oficio en Isidora Goyenechea 3477, oficina 10, comuna Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 07/05/2026, Repertorio número 24.089/2026 ante la titular, compareció doña MAGDALENA PAZ INFANTE PEREIRA, chilena, casada y separada totalmente de bienes, abogada, cédula de identidad número dieciocho millones setecientos sesenta y ocho mil setecientos doce guion ocho, y don PATRICIO ESTEBAN CASAS FARÍAS, chileno, casado y separado totalmente de bienes, abogado, cédula de identidad número diecisiete millones setecientos sesenta y seis mil novecientos treinta y dos guión seis, ambos domiciliados en San Ramón dos mil cuatrocientos sesenta y cuatro, Las Condes,, quienes constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada de cuyos estatutos extracto lo siguiente: I. Nombre. El nombre de la sociedad será “SOCIEDAD DE PROFESIONALES INFANTE PEREIRA Y COMPAÑÍA LIMITADA”, pudiendo usar también el nombre de fantasía “INFANTE PEREIRA ABOGADOS LTDA”, para fines comerciales, financieros y de publicidad. II. Domicilio. El domicilio de la sociedad será la comuna de Santiago. III. Objeto. El objeto de la Sociedad será exclusivamente la prestación de servicios de asesoría jurídica y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de abogado, pudiendo realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, siempre y cuando diga relación con el ejercicio de la profesión de abogado. IV. Duración. La duración de la sociedad será de treinta años renovables tácitamente por periodos de diez años cada uno, salvo que los socios acuerden lo contrario por mayoría simple. V. Capital. El capital de la sociedad es la cantidad de un millón de pesos, que los socios han aportado y pagado en dinero efectivo, con anterioridad, y del modo siguiente: a) Don Patricio Esteban Casas Farías ha aportado la suma de diez mil pesos, equivalentes a un uno por ciento del interés social; y b) Doña Magdalena Paz Infante Pereira ha aportado la suma de novecientos noventa mil pesos, equivalentes a un noventa y nueve por ciento del interés social. De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente aportado y pagado. VI. Administración. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña MAGDALENA PAZ INFANTE PEREIRA y a don PATRICIO ESTEBAN CASAS FARÍAS, quienes actuando separada e indistintamente uno cualquiera de ellos podrá representar a la sociedad con las facultades que se indican en la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. Santiago 08 de mayo de 2026.
Recent filings
- CONSTITUCIÓN
SOCIEDAD DE PROFESIONALES INFANTE PEREIRA Y COMPAÑÍA LIMITADA
CVE 2809567
