Sociedad de Inversiones Capitanía SpA
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
(a) desarrollar todo tipo de inversiones, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otras personas, para lo cual podrá adquirir, enajenar, negociar y disponer en cualquier forma y a cualquier título de bienes raíces o inmuebles de cualquier naturaleza, urbanos o rurales, pudiendo efectuar loteos, urbanizaciones, construcciones de cualquier naturaleza y venderlas y/o explotarlas, por cuenta propia o ajena; dar y recibir en arrendamiento, en leasing, subarrendar, y ceder a terceros por cualquier título el uso y goce de bienes raíces o inmuebles; (b) intermediar y asesorar en cualquier tipo de negocio o desarrollo inmobiliario; (c) construir por cuenta propia y ajena, para sí o para terceros, todo tipo de edificaciones, viviendas sean estas de habitación o no, industrias, comercios, urbanizar loteos, rurales o urbanos, condominios, conjuntos habitacionales o industriales, pudiendo para tal efecto, adquirir materiales de la construcción, contratar directamente el personal necesario y/o subcontratarlo, presentar proyectos o anteproyectos de construcción, obtener todos los permisos necesarios, construir a suma alzada, a serie de precios unitarios, por administración delegada y/o por cualquier otra fórmula aceptada por la Ley o convenida entre las partes; (d) la inversión por cuenta propia o ajena en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales y en general en toda clase de valores mobiliarios, efectos de comercio, monedas extranjeras, bonos, debentures, pagarés, acciones y derechos sociales, cualquiera sea su naturaleza, ya sea para fines de inversión y/o renta, para lo cual la sociedad podrá adquirir y enajenar, explotar, administrar y percibir sus frutos a cualquier título. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá adquirir, enajenar o gravar toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales y ceder, a cualquier título, el dominio, uso y goce de los mismos; participar en sociedades de cualquiera clase u objeto; y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para los fines indicados, al desarrollo de su actividad o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad; En general la sociedad podrá realizar todo tipo de inversiones mobiliarias e inmobiliarias.
Capital
Total capital
$10.000.000
Paid-in capital
$5.000.000
Pending capital
$5.000.000
Shares
100
Shareholders (1)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Jorge Benjamín Manterola Chávez Accionista 10.xxx.xxx-6 | 10.xxx.xxx-6 | 100% | $10.000.000 |
Administrators (1)
Official extract text
ANGELITA DE LA PAZ HORMAZABAL ALEGRIA, Notario Público Talca, oficio 2 oriente 1139, certifico: Por escritura pública de hoy ante mí, Jorge Benjamín Manterola Chávez, chileno, divorciado, factor de comercio, cédula nacional de identidad número diez millones cuatrocientos tres mil cuatrocientos cincuenta y ocho guión seis, con domicilio legal en pasaje 20 Norte, Número 3299, Villa Bicentenario, ciudad Talca; de profesión Técnico en comercio Exterior; constituyó sociedad por acciones. RAZÓN SOCIAL: El nombre de la sociedad por acciones será “Sociedad de Inversiones Capitanía SpA”, pudiendo usar como nombre de fantasía, ante los bancos y para otros propósitos el de “Inversiones Capitanía SpA” y/o “Capitanía Spa". DOMICILIO: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Talca, sin perjuicio de las agencias, sucursales y oficinas que establezca en otros puntos del país o en el extranjero.- OBJETO SOCIAL: (a) desarrollar todo tipo de inversiones, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otras personas, para lo cual podrá adquirir, enajenar, negociar y disponer en cualquier forma y a cualquier título de bienes raíces o inmuebles de cualquier naturaleza, urbanos o rurales, pudiendo efectuar loteos, urbanizaciones, construcciones de cualquier naturaleza y venderlas y/o explotarlas, por cuenta propia o ajena; dar y recibir en arrendamiento, en leasing, subarrendar, y ceder a terceros por cualquier título el uso y goce de bienes raíces o inmuebles; (b) intermediar y asesorar en cualquier tipo de negocio o desarrollo inmobiliario; (c) construir por cuenta propia y ajena, para sí o para terceros, todo tipo de edificaciones, viviendas sean estas de habitación o no, industrias, comercios, urbanizar loteos, rurales o urbanos, condominios, conjuntos habitacionales o industriales, pudiendo para tal efecto, adquirir materiales de la construcción, contratar directamente el personal necesario y/o subcontratarlo, presentar proyectos o anteproyectos de construcción, obtener todos los permisos necesarios, construir a suma alzada, a serie de precios unitarios, por administración delegada y/o por cualquier otra fórmula aceptada por la Ley o convenida entre las partes; (d) la inversión por cuenta propia o ajena en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales y en general en toda clase de valores mobiliarios, efectos de comercio, monedas extranjeras, bonos, debentures, pagarés, acciones y derechos sociales, cualquiera sea su naturaleza, ya sea para fines de inversión y/o renta, para lo cual la sociedad podrá adquirir y enajenar, explotar, administrar y percibir sus frutos a cualquier título. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá adquirir, enajenar o gravar toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales y ceder, a cualquier título, el dominio, uso y goce de los mismos; participar en sociedades de cualquiera clase u objeto; y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para los fines indicados, al desarrollo de su actividad o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad; En general la sociedad podrá realizar todo tipo de inversiones mobiliarias e inmobiliarias.-CAPITAL: El capital de la sociedad es la cantidad de diez millones pesos, moneda nacional, dividido en setenta acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal y de una misma serie. el cual se suscribe y paga de la siguiente forma: Don JORGE BENJAMÍN MANTEROLA CHÁVEZ suscribe en este acto las cien acciones en que se divide el capital, y paga también en este acto, al contado y en dinero efectivo, cincuenta acciones, con la suma de cinco millones de pesos, ingresando dicho monto a la caja social. Las cincuenta restantes acciones suscritas y no pagadas, se pagarán a través de dos cuotas anuales y sucesivas de dos millones quinientos mil pesos cada una, que se pagarán durante los primeros cinco días del mes de enero de cada año, de manera sucesiva, a contar de la fecha de la firma de la presente escritura. De este modo, queda íntegramente suscrito y parcialmente pagado el capital social.- DURACIÓN: Indefinida. ADMINISTRACIÓN: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a un administrador, designándose como Administrador de la sociedad a don Jorge Manterola Chávez. Detalles y demás estipulaciones en pacto social y escritura extractada. Talca, 11 de Junio de 2021.
Recent filings
- CONSTITUCIÓN
Sociedad de Inversiones Capitanía SpA
CVE 1961065
