Sociedad Comercial E Inmobiliaria Antica Lucania Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
La adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces por cuenta propia o ajena; la adquisición, administración, explotación y enajenación de locales comerciales, estacionamientos de vehículos, efectos de comercio y valores mobiliarios; el transporte y comercialización en todo el país de productos en general y toda otra actividad relacionada con las anteriores y que los socios acuerden y desarrollen. Para el cumplimiento de los objetos señalados la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en co-participación con terceros.
Capital
Total capital
$2.150.000
Paid-in capital
$2.150.000
Pending capital
$0
Shareholders (4)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
SUSANA GUILLERMINA DE LA CRUZ ORTEGA MUÑOZ Socio | - | 50% | $1.075.000 |
Socio | - | 16.5% | $354.750 |
CANIO GUILLERMO SCIARAFFIA ORTEGA Socio | - | 16.5% | $354.750 |
GINO FRANCISCO SCIARAFFIA ORTEGA Socio | - | 17% | $365.500 |
Administrators (1)
SUSANA GUILLERMINA DE LA CRUZ ORTEGA MUÑOZ
Official extract text
IVAN RAMOS GODOY, Notario Público Iquique, Suplente del Titular Carlos Vila Molina, Patricio Lynch N°525, certifica: por escritura del 14 de enero de 2021, ante mí: Doña SUSANA GUILLERMINA DE LA CRUZ ORTEGA MUÑOZ, don JOSÉ MIGUEL SCIARAFFIA ORTEGA, don CANIO GUILLERMO SCIARAFFIA ORTEGA y don GINO FRANCISCO SCIARAFFIA ORTEGA, todos con domicilio, para estos efectos, en calle Hernán Fuenzalida 2394, Iquique; dividen SOCIEDAD COMERCIAL E INMOBILIARIA LUCANA LIMITADA, R.U.T. Nº 79.591.650-4, reinscrita a fs. 250 vta., N° 148 Registro Comercio Conservador Iquique año 2019: I) Se divide SOCIEDAD COMERCIAL E INMOBILIARIA LUCANA LIMITADA, subsistiendo como continuadora legal, que continuará operando bajo el mismo nombre y se regirá por sus actuales estatutos, salvo la modificación que se acuerda y efectúa como consecuencia de la división, consistente en la disminución del capital social, y se constituye una nueva sociedad de responsabilidad limitada que se denominará SOCIEDAD COMERCIAL E INMOBILIARIA ANTICA LUCANIA LIMITADA; II) El capital de SOCIEDAD COMERCIAL E INMOBILIARIA LUCANA LIMITADA, ascendente a $4.500.000, se disminuye en $2.150.000.- que se asigna a nueva sociedad, quedando con un capital de $2.350.000; III) Resultado de la disminución del capital social de SOCIEDAD COMERCIAL E INMOBILIARIA LUCANA LIMITADA, socios actualizan y, por tanto, modifican cláusula quinta del contrato social, referida al capital social, por la siguiente: “QUINTO: El capital social es la suma de $2.350.000, que los socios aportaron y pagaron de la siguiente forma: (i) La socia SUSANA GUILLERMINA DE LA CRUZ ORTEGA MUÑOZ, con la cantidad de $1.175.000, aportada, pagada e ingresada a la caja social con anterioridad y a entera satisfacción de la sociedad; (ii) El socio don JOSÉ MIGUEL SCIARAFFIA ORTEGA, con la cantidad de $387.750, aportada, pagada e ingresada a la caja social con anterioridad y a entera satisfacción de la sociedad; (iii) El socio don CANIO GUILLERMO SCIARAFFIA ORTEGA, con la cantidad de $387.750, aportada, pagada e ingresada a la caja social con anterioridad y a entera satisfacción de la sociedad; y (iv) El socio don GINO FRANCISCO SCIARAFFIA ORTEGA, con la cantidad de $399.500, aportada, pagada e ingresada a la caja social con anterioridad y a entera satisfacción de la sociedad.”; IV) Resultado de la división de sociedad, socios aprueban el estatuto social de la sociedad creada SOCIEDAD COMERCIAL E INMOBILIARIA ANTICA LUCANIA LIMITADA, que se extracta: Doña SUSANA GUILLERMINA DE LA CRUZ ORTEGA MUÑOZ, don JOSÉ MIGUEL SCIARAFFIA ORTEGA, don CANIO GUILLERMO SCIARAFFIA ORTEGA y don GINO FRANCISCO SCIARAFFIA ORTEGA, todos con domicilio, para estos efectos, en calle Hernán Fuenzalida 2394, Iquique; constituyen sociedad responsabilidad limitada al monto de sus aportes. RAZÓN SOCIAL: SOCIEDAD COMERCIAL E INMOBILIARIA ANTICA LUCANIA LIMITADA. NOMBRES DE FANTASÍA: ANTICA LUCANIA LTDA. y/o ANTICA LUCANIA. OBJETO: La adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces por cuenta propia o ajena; la adquisición, administración, explotación y enajenación de locales comerciales, estacionamientos de vehículos, efectos de comercio y valores mobiliarios; el transporte y comercialización en todo el país de productos en general y toda otra actividad relacionada con las anteriores y que los socios acuerden y desarrollen. Para el cumplimiento de los objetos señalados la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en co-participación con terceros. ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN, USO RAZÓN SOCIAL Y USO NOMBRES FANTASÍA: corresponderá a doña SUSANA GUILLERMINA DE LA CRUZ ORTEGA MUÑOZ con las facultades que se indican en escritura. CAPITAL: $2.150.000, que socios íntegramente aportan y pagan de la siguiente forma: : (i) La socia doña SUSANA GUILLERMINA DE LA CRUZ ORTEGA MUÑOZ, con la cantidad de $1.075.000, aportada y pagada con la proporción del patrimonio de SOCIEDAD COMERCIAL E INMOBILIARIA LUCANA LIMITADA que, como consecuencia de la división de ésta, se traspasa a SOCIEDAD COMERCIAL E INMOBILIARIA ANTICA LUCANIA LIMITADA; (ii) El socio don JOSÉ MIGUEL SCIARAFFIA ORTEGA, con la cantidad de $354.750, aportada y pagada con la proporción del patrimonio de SOCIEDAD COMERCIAL E INMOBILIARIA LUCANA LIMITADA que, como consecuencia de la división de ésta, se traspasa a SOCIEDAD COMERCIAL E INMOBILIARIA ANTICA LUCANIA LIMITADA; (iii) El socio don CANIO GUILLERMO SCIARAFFIA ORTEGA, con la cantidad de $354.750, aportada y pagada con la proporción del patrimonio de SOCIEDAD COMERCIAL E INMOBILIARIA LUCANA LIMITADA que, como consecuencia de la división de ésta, se traspasa a SOCIEDAD COMERCIAL E INMOBILIARIA ANTICA LUCANIA LIMITADA; y (iv) El socio don GINO FRANCISCO SCIARAFFIA ORTEGA, con la cantidad de $365.500, aportada y pagada con la proporción del patrimonio de SOCIEDAD COMERCIAL E INMOBILIARIA LUCANA LIMITADA que, como consecuencia de la división de ésta, se traspasa a SOCIEDAD COMERCIAL E INMOBILIARIA ANTICA LUCANIA LIMITADA. DURACIÓN: 5 años contados desde la fecha de la escritura, y se entenderá prorrogable automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término con, a lo menos, 6 meses de anticipación al vencimiento respectivo, mediante escritura pública que se subinscribirá al margen de la inscripción social. RESPONSABILIDAD: Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. En Iquique, 01 de febrero de 2021.-
Recent filings
- CONSTITUCIÓN
SOCIEDAD COMERCIAL E INMOBILIARIA ANTICA LUCANIA LIMITADA
CVE 1890168
