Servicios Jurídicos Sidor Abogados Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
será la prestación de servicios jurídicos y asesoría profesional en materias jurídicas, tanto civil como comerciales, laborales, económicas y tributarias, extrajudicial y judicial y toda la actividad de asesoría legal relacionada
Capital
Total capital
$2.000.000
Paid-in capital
$2.000.000
Pending capital
$0
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | $1.000.000 |
GONZALO ANDRÉS POYANCO CORDONES Socio | - | 50% | $1.000.000 |
Administrators (2)
GONZALO ANDRÉS POYANCO CORDONES
Official extract text
R. ALFREDO MARTIN ILLANES, abogado, Notario Público Titular de la 15º Notaría de Santiago, con oficio en calle Mardoqueo Fernández Nº 201, oficinas 101 y 102, comuna de Providencia, certifico: Por escritura de hoy ante mí, don FRANCISZEK PAWEL SIDOR, domiciliado en Suarez Mujica número cuatrocientos veinte, departamento mil trescientos tres, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana y don GONZALO ANDRÉS POYANCO CORDONES, domiciliado en Vaticano número cincuenta y cinco, comuna de Maipú, Región Metropolitana, vienen en constituir sociedad comercial de responsabilidad limitada al monto de sus respectivos aportes. Razón social: SERVICIOS JURÍDICOS SIDOR ABOGADOS LIMITADA, pudiendo usar nombre de fantasía SIDOR ABOGADOS, que la obligará misma manera que razón social. Objeto de la sociedad: será la prestación de servicios jurídicos y asesoría profesional en materias jurídicas, tanto civil como comerciales, laborales, económicas y tributarias, extrajudicial y judicial y toda la actividad de asesoría legal relacionada. Administración, representación y uso razón social: corresponderá a FRANCISZEK PAWEL SIDOR y a GONZALO ANDRÉS POYANCO CORDONES conjunta, separada e indistintamente con las facultades que se indican en escritura. Capital social: es la cantidad de dos millones de pesos, que los socios aportan y pagan en las siguientes proporciones: a) don FRANCISZEK PAWEL SIDOR, la cantidad de un millón de pesos que corresponde al cincuenta por ciento del capital social, que paga de contado en dinero efectivo en este acto; y b) don GONZALO ANDRÉS POYANCO CORDONES, la cantidad de un millón de pesos que corresponde al cincuenta por ciento del capital social, que paga de contado en dinero efectivo en este acto. De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente aportado y pagado por los comparecientes e ingresado a caja social. Duración: tres años contados desde la fecha de la escritura extractada y se entenderá prorrogable tácita y sucesivamente por períodos iguales de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término con, a lo menos, tres meses de anticipación al vencimiento respectivo, mediante escritura pública que se subinscribirá al margen de la inscripción social. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada Santiago, de 24 de Octubre de 2022.-
Recent filings
- CONSTITUCIÓN
SERVICIOS JURÍDICOS SIDOR ABOGADOS LIMITADA
CVE 2209606
