Limited liability company

SC Servicios Médicos Limitada

CONSTITUCIÓN — Jan 19, 2022

Diario Oficial

IncorporationDiario Oficial · 2022-01-19View PDF (CVE 2073875)

Corporate information

Ltda
Dag Hammarskjöld N° 3.081, departamento 162
Duration: 30 años a contar desde esta fecha y se entenderá prorrogada por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno si ninguno de los socios da aviso de su voluntad en contrario a la prórroga del plazo
Administration: La administración y uso de la razón social le corresponderá a don Francisco de Borja Silva Donoso y a doña Sara Concha Goycoolea, actuando individual e indistintamente uno cualquiera de ellos

Corporate purpose

La prestación de todo tipo de servicios y asesorías profesionales en cualesquiera de las ramas o especialidades de la medicina; la atención médica de pacientes, particulares o en convenio con organismos privados, fiscales y/o semifiscales; la creación, organización, instalación, administración y operación de toda clase de establecimientos de salud, por cuenta propia o ajena; el desarrollo de clases, exposiciones, cursos, simposios, seminarios, congresos y demás actividades educativas relacionadas con la medicina y las ciencias; la realización de toda clase de actividades de investigación en las diversas ramas o especialidades de la medicina y la ciencia; la confección de estudios, informes y toda clase de documentos relacionados con cualesquiera de las ramas o especialidades de la medicina; la prestación de todo tipo de servicios relacionados con la medicina, incluyendo actividades de laboratorio, diagnóstico, procedimientos, toma de exámenes, tratamientos y rehabilitaciones, ya sea en beneficio de particulares o de afiliados al Fondo Nacional de Salud, Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o cualquier otro organismo, sea público o privado; y la inversión en todas sus formas, la administración de los bienes en que se invierta y la percepción de sus frutos. Para el cumplimiento de este objeto la Sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el desarrollo de su objeto, incluyendo la participación en toda clase de sociedades, cualquiera sea su objeto. Además, podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los accionistas, y que tengan relación con el objeto social, de manera directa o a través de terceros, ya sea por cuenta propia o de terceros.

Capital

Total capital

$1.000.000

Paid-in capital

$1.000.000

Pending capital

$0

Shareholders (2)

NameParticipation

Francisco de Borja Silva Donoso

Socio

50%

Sara Concha Goycoolea

Socio

50%

Administrators (2)

Official extract text

Jorge Enrique Figueroa Herrera, Abogado y Notario Público, interino de la 29ª Notaría de Santiago, calle Mac-Iver N° 225, oficina 302, Santiago, certifico que, por escritura de fecha 12 de enero de 2022, ante mí, Francisco de Borja Silva Donoso y Sara Concha Goycoolea, ambos domiciliados en Dag Hammarskjöld N° 3.081, departamento 162, comuna de Vitacura, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada cuyos estatutos extractados son los siguientes: Razón social: "SC Servicios Médicos Limitada", pudiendo usar para fines bancarios y publicitarios el nombre de fantasía de "SC Ltda.". Administración: La administración y uso de la razón social le corresponderá a don Francisco de Borja Silva Donoso y a doña Sara Concha Goycoolea, actuando individual e indistintamente uno cualquiera de ellos. Capital: $1.000.000 que los socios aportan y enteran en dinero en el acto de constitución, en la forma siguiente: a) don Francisco de Borja Silva Donoso aporta y entera $500.000; y b) doña Sara Concha Goycoolea aporta y entera $500.000. Objeto: El objeto de la sociedad es: a) la prestación de todo tipo de servicios y asesorías profesionales en cualesquiera de las ramas o especialidades de la medicina; b) la atención médica de pacientes, particulares o en convenio con organismos privados, fiscales y/o semifiscales; c) la creación, organización, instalación, administración y operación de toda clase de establecimientos de salud, por cuenta propia o ajena; d) el desarrollo de clases, exposiciones, cursos, simposios, seminarios, congresos y demás actividades educativas relacionadas con la medicina y las ciencias; e) la realización de toda clase de actividades de investigación en las diversas ramas o especialidades de la medicina y la ciencia; f) la confección de estudios, informes y toda clase de documentos relacionados con cualesquiera de las ramas o especialidades de la medicina; g) la prestación de todo tipo de servicios relacionados con la medicina, incluyendo actividades de laboratorio, diagnóstico, procedimientos, toma de exámenes, tratamientos y rehabilitaciones, ya sea en beneficio de particulares o de afiliados al Fondo Nacional de Salud, Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o cualquier otro organismo, sea público o privado; y h) la inversión en todas sus formas, la administración de los bienes en que se invierta y la percepción de sus frutos. Para el cumplimiento de este objeto la Sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el desarrollo de su objeto, incluyendo la participación en toda clase de sociedades, cualquiera sea su objeto. Además, podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los accionistas, y que tengan relación con el objeto social, de manera directa o a través de terceros, ya sea por cuenta propia o de terceros. Duración: 30 años a contar desde esta fecha y se entenderá prorrogada por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno si ninguno de los socios da aviso de su voluntad en contrario a la prórroga del plazo. Para la eficacia de este aviso deberá formularse declaración por escritura pública de la que se tomará nota al margen de la inscripción del extracto de la sociedad en el Registro de Comercio con una anticipación no inferior a seis meses a la fecha de vencimiento del plazo de la sociedad o de la prórroga que esté corriendo, en su caso. Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad personal al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 17 de enero de 2022. Jorge Enrique Figueroa Herrera. Notario Público.

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    SC Servicios Médicos Limitada

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