Limited liability company

Ramírez Arquitectos Limitada

CONSTITUCIÓN — Jan 9, 2023

Diario Oficial

IncorporationDiario Oficial · 2023-01-09View PDF (CVE 2249620)

Corporate information

Ltda
Avenida Cristóbal Colón N° 3118
Duration: Indefinida
Administration: La administración y uso de la razón social será ejercida por don JORGE LUIS RAMÍREZ MORALES, por doña CARLA ANDREA RAMÍREZ LECHUGA, y por don GONZALO MATÍAS RAMÍREZ LECHUGA, quienes, actuando separada e indistintamente, y anteponiendo sus firmas al nombre o razón social, representarán a la Sociedad con las más amplias facultades en todos los actos, contratos, negocios, operaciones, gestiones o convenciones que estimen necesarios o convenientes para la correcta administración y acertado cumplimiento de los fines sociales, sin limitación alguna.

Corporate purpose

El objeto de la sociedad será exclusivamente llevar a cabo toda clase de actividades de asesoría y servicios profesionales en materia de arquitectura, en particular, para proyectar, diseñar y dirigir la construcción o el mantenimiento de edificios, urbanizaciones, estructuras urbanísticas, de interior o exterior, y, en general, celebrar toda clase de contratos y realizar todos los actos necesarios o convenientes para desarrollar el giro social.

Capital

Total capital

$10.000.000

Shareholders (3)

NameParticipation

JORGE LUIS RAMÍREZ MORALES

Socio

65%

CARLA ANDREA RAMÍREZ LECHUGA

Socio

17.5%

GONZALO MATÍAS RAMÍREZ LECHUGA

Socio

17.5%

Official extract text

FELIX JARA CADOT, Notario Público Titular 41ª Notaria de Santiago, con domicilio en Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 28 de diciembre de 2022, Repertorio N° 33. 857-2022, ante mí, JORGE LUIS RAMÍREZ MORALES, CARLA ANDREA RAMÍREZ LECHUGA y GONZALO MATÍAS RAMÍREZ LECHUGA, todos domiciliados en Avenida Cristóbal Colón N° 3118, comuna de Las Condes, Santiago, constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada, bajo las siguientes estipulaciones: 1) Razón social: La razón social de la sociedad será RAMÍREZ ARQUITECTOS LIMITADA. 2) Objeto: El objeto de la sociedad será exclusivamente llevar a cabo toda clase de actividades de asesoría y servicios profesionales en materia de arquitectura, en particular, para proyectar, diseñar y dirigir la construcción o el mantenimiento de edificios, urbanizaciones, estructuras urbanísticas, de interior o exterior, y, en general, celebrar toda clase de contratos y realizar todos los actos necesarios o convenientes para desarrollar el giro social. 3) Capital: El capital será la suma de diez millones de pesos, el cual se aportará y pagará por los socios de la siguiente manera: a) Don JORGE LUIS RAMÍREZ MORALES, aportará y pagará en dinero a la Sociedad, en un plazo máximo de diez años a contar de fecha de constitución, la cantidad de seis millones quinientos mil pesos, equivalente a un sesenta y cinco por ciento de participación en el capital social; b) Doña CARLA ANDREA RAMÍREZ LECHUGA, aportará y pagará en dinero a la Sociedad, en un plazo máximo de diez años a contar de fecha de constitución, la cantidad de un millón setecientos cincuenta mil pesos, equivalente a un diecisiete coma cinco por ciento de participación en el capital social; y, c) Don GONZALO MATÍAS RAMÍREZ LECHUGA, aportará y pagará en dinero a la Sociedad, en un plazo máximo de diez años a contar de fecha de constitución, la cantidad de un millón setecientos cincuenta mil pesos, equivalente a un diecisiete coma cinco por ciento de participación en el capital social. En consecuencia, el capital se aportará y pagará por los socios en la forma y plazos antes indicados. 4) Administración: La administración y uso de la razón social será ejercida por don JORGE LUIS RAMÍREZ MORALES, por doña CARLA ANDREA RAMÍREZ LECHUGA, y por don GONZALO MATÍAS RAMÍREZ LECHUGA, quienes, actuando separada e indistintamente, y anteponiendo sus firmas al nombre o razón social, representarán a la Sociedad con las más amplias facultades en todos los actos, contratos, negocios, operaciones, gestiones o convenciones que estimen necesarios o convenientes para la correcta administración y acertado cumplimiento de los fines sociales, sin limitación alguna. 5) Duración: La duración de la sociedad es indefinida. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 28 de diciembre de 2022. FELIX JARA CADOT. Notario Público.

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  1. CONSTITUCIÓN

    RAMÍREZ ARQUITECTOS LIMITADA

    CVE 2249620

Corporate relationships

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