Limited liability company

PRP Auditores y Consultores Limitada

CONSTITUCIÓN — Jan 11, 2017

Diario Oficial

IncorporationDiario Oficial · 2017-01-11View PDF (CVE 1165742)

Corporate information

Ltda
Concepción, Biobío
Duration: cinco años a contar de la fecha de escritura, prorrogable por iguales periodos
Administration: corresponderá a don PATRICIO GABRIEL PULGAR OLIVARES, quien la ejercerá por sí o por intermedio de apoderados con amplias facultades

Corporate purpose

la prestación, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de servicios profesionales, asesorías, consultorías y capacitación en materias de tipo financiero, económico, comercial, gestión administrativa, publicitaria y/o tecnológica. En general, la sociedad podrá realizar todas aquellas actividades de orden profesional que digan relación con el objeto antes señalado, sin perjuicio que de las de común acuerdo convengan los socios, aun cuando no estuvieran relacionadas directa o indirectamente con el objeto social

Capital

Total capital

$3.000.000

Shareholders (2)

NameParticipation

PATRICIO GABRIEL PULGAR OLIVARES

Socio

50%

PATRICIO ESTEBAN PULGAR ROMERO

Socio

50%

Administrators (1)

Official extract text

FELIPE QUILODRAN SLATER, Notario Público de Concepción, Suplente del Titular don Ramón García Carrasco, con Oficio en calle Rengo 444 de la ciudad, certifico: por escritura pública de fecha 30-12-2016, ante Notario Titular de este Oficio, don PATRICIO GABRIEL PULGAR OLIVARES, domiciliado en Isaías Cabezón Nº 1028, Los Canelos, Comuna de San Pedro de la Paz y don PATRICIO ESTEBAN PULGAR ROMERO, domiciliado en Isaías Cabezón Nº 1028, Los Canelos, Comuna de San Pedro de la Paz, constituyen una sociedad de profesionales de responsabilidad limitada, razón social de la Sociedad es "PRP Auditores y Consultores Limitada". La Sociedad tendrá por objeto, la prestación, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de servicios profesionales, asesorías, consultorías y capacitación en materias de tipo financiero, económico, comercial, gestión administrativa, publicitaria y/o tecnológica. En general, la sociedad podrá realizar todas aquellas actividades de orden profesional que digan relación con el objeto antes señalado, sin perjuicio que de las de común acuerdo convengan los socios, aun cuando no estuvieran relacionadas directa o indirectamente con el objeto social. El domicilio de la Sociedad es la comuna y ciudad de Concepción, en la Región del Bíobío, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. La duración de la Sociedad será de cinco años a contar de la fecha de escritura, prorrogable por iguales periodos. El capital es la cantidad de tres millones de pesos, que los socios se obligan a aportar y pagar en las proporciones y de la forma siguiente: A) PATRICIO GABRIEL PULGAR OLIVARES se obliga a enterar el equivalente al 50% del capital social, mediante el aporte de un millón quinientos mil pesos, que enterará y pagará a la caja social en dinero en efectivo, a más tardar dentro del plazo de tres años; B) PATRICIO ESTEBAN PULGAR ROMERO se obliga a enterar el equivalente al 50% del capital social, mediante el aporte de un millón quinientos mil de pesos, que enterará y pagará a la caja social en dinero en efectivo, a más tardar dentro del plazo de tres años contado desde la fecha de esta escritura y en la medida que lo requieran las necesidades sociales. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don PATRICIO GABRIEL PULGAR OLIVARES, quien la ejercerá por sí o por intermedio de apoderados con amplias facultades. Para los efectos previstos en el artículo Séptimo del pacto social, Patricio Gabriel Pulgar Olivares en su calidad de socio administrador de la Sociedad, designa como su apoderado en la administración de la Sociedad a don PATRICIO ESTEBAN PULGAR ROMERO quien actuando individual y separadamente podrá ejercer todas y cada una de las atribuciones establecidas en la cláusula séptima del pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Concepción, enero 09 de 2017.-

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