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Priomet SpA

CONSTITUCIÓN — Mar 27, 2026

Diario Oficial

IncorporationDiario Oficial · 2026-03-27View PDF (CVE 2789451)

Corporate information

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duration: indefinida
Administration: La administración, representación y uso del nombre de la sociedad y de los nombres de fantasía, corresponderá a don BENJAMÍN MARIO CARDEMIL CARAVES, a quien le corresponderá representar judicial y extrajudicialmente a la Sociedad y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, estará investido de todas las facultades de administración y disposición que la ley o los estatutos sociales no establezcan como privativas de la junta de accionistas, sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno. Se designa como Gerente General de la Sociedad a don BENJAMÍN MARIO CARDEMIL CARAVES, quien, junto con las facultades ordinarias de administración de la Sociedad, la representará judicialmente, pudiendo señalar domicilios con prórrogas de jurisdicción, otorgar poderes especiales y revocarlos, como delegar el mandato, en todo o en parte. Tendrá al efecto, todas y cada una de las facultades que se detallan en ambos incisos del artículo Séptimo del Código de Procedimiento Civil.

Corporate purpose

a) La inversión, por cuenta propia o ajena, en el país o en el extranjero, en toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, derechos y toda clase de títulos, créditos o valores, sean o no mobiliarios, percibir e invertir sus frutos, adquirir y enajenar bonos, debentures, acciones, promesas de acciones, cuotas de inversión, cuotas de fondos mutuos, letras hipotecarias, efectos de comercio y financieros y, en general, toda clase de instrumentos, títulos o valores en los cuales sea posible invertir; b) La compra, venta, enajenación, importación, exportación, arrendamiento, comercialización, administración y explotación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales; c) El estudio, preparación, extracción, producción, beneficio, concentración, fundición, refinación y comercialización de minerales; d) La prestación de servicios de muestreo de materiales de metales preciosos en sus instalaciones, incluyendo la recepción, pesaje, homogenización, fundición y análisis para terceros; e) La constitución o participación como socia, administradora, gestora o a cualquier otro título en toda clase de sociedades, cualquiera sea su objeto, naturaleza o nacionalidad, así como también la participación en asociaciones y comunidades; f) Promover y desarrollar toda clase de negocios y empresas industriales, comerciales, de servicios y de profesionales; y/o asumir la representación de dichas empresas; y e) En general, realizar todos los actos, celebrar todos los contratos y desarrollar cualquiera otra actividad que se relacione directa o indirectamente con el objeto social.

Capital

Total capital

$2.700.000

Paid-in capital

$2.700.000

Pending capital

$0

Shares

900

Shareholders (3)

NameParticipation

BENJAMÍN MARIO CARDEMIL CARAVES

Accionista

20.xxx.xxx-3

33.3333333333%

ASESORÍAS E INVERSIONES QUIACA SpA

Accionista

78.381.903-1

33.3333333333%

LEONARDO ANTONIO HERRERA VALENCIA

Accionista

6.xxx.xxx-7

33.3333333333%

Administrators (2)

BENJAMÍN MARIO CARDEMIL CARAVES

20.xxx.xxx-3Administrador

SII representatives (1)

BENJAMÍN MARIO CARDEMIL CARAVES

20.xxx.xxx-3Representante

Official extract text

Ministerio del Interior FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Público Titular de la 2ª Notaría de Santiago, con domicilio en calle Alcántara N°107, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica: Que por escritura pública de fecha 23 de marzo 2026, anotada bajo el repertorio número 23.127/2026, otorgada ante mí, don BENJAMÍN MARIO CARDEMIL CARAVES, chileno, soltero, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número 20.283.158-3, domiciliado en calle Polo Manquehue Dos, casa 17, comuna de Colina, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; don FRANCISCO JOSÉ CORONA QUEZADA, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad número 12.403.116-8, domiciliado en calle Paul Harris N° 9998, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, en representación de ASESORÍAS E INVERSIONES QUIACA SpA, sociedad del giro de su denominación, RUT 78.381.903-1, del mismo domicilio de su representante; y don LEONARDO ANTONIO HERRERA VALENCIA, chileno, soltero, sociólogo, cédula nacional de identidad número 6.951.887-7, domiciliado en calle Antonio Varas N° 1414, departamento 204, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, constituyeron sociedad por acciones (en adelante, la “Sociedad”), que se regirá por las disposiciones de sus estatutos sociales, que se extractan a continuación: NOMBRE: PRIOMET SpA, pudiendo actuar, indistintamente, para todos los efectos comerciales y de publicidad, incluso ante bancos comerciales y organismos públicos y privados, con los nombres o siglas de fantasía de "PRIOMET". OBJETO: a) La inversión, por cuenta propia o ajena, en el país o en el extranjero, en toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, derechos y toda clase de títulos, créditos o valores, sean o no mobiliarios, percibir e invertir sus frutos, adquirir y enajenar bonos, debentures, acciones, promesas de acciones, cuotas de inversión, cuotas de fondos mutuos, letras hipotecarias, efectos de comercio y financieros y, en general, toda clase de instrumentos, títulos o valores en los cuales sea posible invertir; b) La compra, venta, enajenación, importación, exportación, arrendamiento, comercialización, administración y explotación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales; c) El estudio, preparación, extracción, producción, beneficio, concentración, fundición, refinación y comercialización de minerales; d) La prestación de servicios de muestreo de materiales de metales preciosos en sus instalaciones, incluyendo la recepción, pesaje, homogenización, fundición y análisis para terceros; e) La constitución o participación como socia, administradora, gestora o a cualquier otro título en toda clase de sociedades, cualquiera sea su objeto, naturaleza o nacionalidad, así como también la participación en asociaciones y comunidades; f) Promover y desarrollar toda clase de negocios y empresas industriales, comerciales, de servicios y de profesionales; y/o asumir la representación de dichas empresas; y e) En general, realizar todos los actos, celebrar todos los contratos y desarrollar cualquiera otra actividad que se relacione directa o indirectamente con el objeto social. DOMICILIO: El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de poder establecer domicilios especiales o crear agencias o sucursales en otros puntos del país o en el extranjero. DURACIÓN: La Sociedad tendrá una duración indefinida. CAPITAL: El capital de la Sociedad es de $2.700.000.-, dividido en 900 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. El capital se encuentra totalmente suscrito y pagado. BENJAMÍN MARIO CARDEMIL CARAVES, pagó con anterioridad a esta fecha $900.000.-, correspondientes a 300 acciones; QUIACA SpA, pagó con anterioridad a esta fecha $900.000.-, correspondientes a 300 acciones; y LEONARDO ANTONIO HERRERA VALENCIA, pagó con anterioridad a esta fecha $900.000.-, correspondientes a 300 acciones. Los accionistas solo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes a la Sociedad. ADMINISTRACIÓN: La administración, representación y uso del nombre de la sociedad y de los nombres de fantasía, corresponderá a don BENJAMÍN MARIO CARDEMIL CARAVES, a quien le corresponderá representar judicial y extrajudicialmente a la Sociedad y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, estará investido de todas las facultades de administración y disposición que la ley o los estatutos sociales no establezcan como privativas de la junta de accionistas, sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno. Se designa como Gerente General de la Sociedad a don BENJAMÍN MARIO CARDEMIL CARAVES, quien, junto con las facultades ordinarias de administración de la Sociedad, la representará judicialmente, pudiendo señalar domicilios con prórrogas de jurisdicción, otorgar poderes especiales y revocarlos, como delegar el mandato, en todo o en parte. Tendrá al efecto, todas y cada una de las facultades que se detallan en ambos incisos del artículo Séptimo del Código de Procedimiento Civil. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Francisco Javier Leiva Carvajal. Notario Público. Santiago, 24 de marzo de 2026.-

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