Limited liability company

Núñez Rubio Niño Abogados & Asociados Limitada

CONSTITUCIÓN — Jan 11, 2024

Diario Oficial

IncorporationDiario Oficial · 2024-01-11View PDF (CVE 2435350)

Corporate information

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duration: cinco años, tácita y sucesivamente renovada por períodos iguales de cinco años
Administration: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá conjuntamente, separada o indistintamente a ALEXIS OMAR NÚÑEZ SEPÚLVEDA, ENRIQUE IGOR RUBIO POLANCO y JETZABEL BERNABET NIÑO CIORINO.

Corporate purpose

La prestación de servicios, asesorías y consultorías en cuestiones legales, judiciales y legislativas, incluyéndose todas las labores o funciones propias de los abogados, a personas naturales y jurídicas, comunidades, asociaciones y cualquier tipo de entidades, públicas o privadas. Así sea directamente o de otros profesionales que determine, podrá: absolver consultas y asumir representación y defensa en juicios en todas las materias del orden constitucional, civil, penal, tributario, comercial, laboral, familia, ambiental, administrativo y de cualquier otro orden que se le encomienden; asumir representación y defensa en todo tipo de gestiones administrativas y extrajudiciales ante organismos públicos y privados, nacionales e internacionales; preparar informes sobre cuestiones legales y estudios respectivos a las áreas de ejercicio; realizar gestiones de cobranzas; practicar mediaciones, peritajes y arbitrajes; realizar actividades docentes, realización de charlas, conferencias, clases y seminarios, relativos a temas legales ya al público general como especializado, o en la formación superior en el área del derecho y actividades de capacitación y formación continua, cursos y congresos en chile y/o en el extranjero; y inscribirse en los registros de cualquier entidad pública o privada y participar en todo tipo de licitaciones y concursos relacionados a su objeto y en general, todos los demás actos y actividades que se relacionen directa o indirectamente con este o que puedan guardar relación con los objetos antes señalados y que el o los socios de común acuerdo determinen; y en general, realizar toda actividad relacionada con el ejercicio de la profesión.

Capital

Total capital

$3.000.000

Paid-in capital

$3.000.000

Pending capital

$0

Shareholders (3)

NameParticipation

ALEXIS OMAR NÚÑEZ SEPÚLVEDA

Socio

33.33%

ENRIQUE IGOR RUBIO POLANCO

Socio

33.33%

JETZABEL BERNABET NIÑO CIORINO

Socio

33.33%

Official extract text

MATIAS JORQUIERA SOTOMAYOR, abogado, Notario Público Interino de la Vigésimo Quinta Notaría de Santiago, con domicilio en calle Amunátegui número trescientos sesenta y uno, local número seis, de esta ciudad, CERTIFICA: Que, por escritura pública de fecha 04 de enero de 2024, repertorio N°17-2024, otorgada ante don JOSE HUMBERTO MERELLO MONTOFRE, abogado, para esa fecha, Notario Público Interino de la Vigésimo Quinta Notaría de Santiago, don ALEXIS OMAR NÚÑEZ SEPÚLVEDA, don ENRIQUE IGOR RUBIO POLANCO y doña JETZABEL BERNABET NIÑO CIORINO, todos domiciliados para estos efectos en pasaje Bombero Adolfo Ossa 1010, oficina 918, comuna de Santiago, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad profesional de responsabilidad limitada, cuya razón social es “NÚÑEZ RUBIO NIÑO ABOGADOS & ASOCIADOS LIMITADA” la que podrá actuar para todos los efectos, inclusive ante bancos y otras instituciones financieras, con el nombre de fantasía de “NRYN ABOGADOS LTDA”. Objeto social: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios, asesorías y consultorías en cuestiones legales, judiciales y legislativas, incluyéndose todas las labores o funciones propias de los abogados, a personas naturales y jurídicas, comunidades, asociaciones y cualquier tipo de entidades, públicas o privadas. Así sea directamente o de otros profesionales que determine, podrá: absolver consultas y asumir representación y defensa en juicios en todas las materias del orden constitucional, civil, penal, tributario, comercial, laboral, familia, ambiental, administrativo y de cualquier otro orden que se le encomienden; asumir representación y defensa en todo tipo de gestiones administrativas y extrajudiciales ante organismos públicos y privados, nacionales e internacionales; preparar informes sobre cuestiones legales y estudios respectivos a las áreas de ejercicio; realizar gestiones de cobranzas; practicar mediaciones, peritajes y arbitrajes; realizar actividades docentes, realización de charlas, conferencias, clases y seminarios, relativos a temas legales ya al público general como especializado, o en la formación superior en el área del derecho y actividades de capacitación y formación continua, cursos y congresos en chile y/o en el extranjero; y inscribirse en los registros de cualquier entidad pública o privada y participar en todo tipo de licitaciones y concursos relacionados a su objeto y en general, todos los demás actos y actividades que se relacionen directa o indirectamente con este o que puedan guardar relación con los objetos antes señalados y que el o los socios de común acuerdo determinen; y en general, realizar toda actividad relacionada con el ejercicio de la profesión. La representación, administración y uso de la Razón Social: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a don ALEXIS OMAR NÚÑEZ SEPÚLVEDA y a don ENRIQUE IGOR RUBIO POLANCO y a doña JETZABEL BERNABET NIÑO CIORINO quienes actuando conjunta, separada o indistintamente en nombre de la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la obligará en todos los actos y negocios que celebre por ella. Capital social: El capital social será la suma de $3.000.000 de pesos que ha sido completamente enterado por los socios y que estos mismos se obligan a aportar y pagar en las proporciones y forma que se indica a continuación: A) Socio. ALEXIS OMAR NÚÑEZ SEPÚLVEDA, se obliga a enterar el equivalente al 33,33% del capital social, mediante el aporte de $1.000.000 de pesos, monto que se entera y paga a la caja social en este acto; B) Socio. ENRIQUE IGOR RUBIO POLANCO, se obliga a enterar el equivalente al 33,33% del capital social, mediante el aporte de $1.000.000 de pesos, monto que se entera y paga a la caja social en este acto; C) Socia. JETZABEL BERNABET NIÑO CIORINO se obliga a enterar el equivalente al 33,33% por ciento del capital social, mediante el aporte de $1.000.000 de pesos, monto que se entera y paga a la caja social en este acto. Responsabilidad de los Socios: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Duración. La sociedad comenzará a regir desde la fecha de esta escritura y tendrá una duración de cinco años, la que se entenderá tácita y sucesivamente renovada por períodos iguales de cinco años, si ninguno de los socios manifestare su voluntad en contrario mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción social con una anticipación de seis meses al vencimiento del plazo de duración o prórroga respectivo.Domicilio y Jurisdicción. La sociedad fija su domicilio en catedral mil doscientos treinta y tres oficia ciento cuatro, en la comuna y ciudad de Santiago, territorio jurisdiccional de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, sin perjuicio de las sucursales, agencias o establecimientos que pueda instalar y de las actividades que pueda desarrollar en cualquier otro lugar del país o del extranjero. Las demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 08 de enero de 2024.-

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