Nexo Hídrico Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
La sociedad tendrá por objeto: a) la prestación de servicios de corretaje, intermediación, gestión comercial, promoción, administración, representación, mandato, comisión y asesoría comercial en operaciones relativas a derechos de aprovechamiento de aguas, bienes raíces urbanos o rurales, predios agrícolas, industriales, comerciales, proyectos inmobiliarios, agrícolas, sanitarios, energéticos, mineros, industriales o de cualquier otra naturaleza; b) la intermediación, por cuenta propia o ajena, en la compra, venta, promesa de compraventa, permuta, cesión, transferencia, arrendamiento, subarrendamiento, cesión de uso, goce o explotación, constitución de derechos, gravámenes, opciones, mandatos y demás actos o contratos relativos a derechos de aprovechamiento de aguas, inmuebles, derechos reales, derechos personales, servidumbres, concesiones, permisos, autorizaciones, proyectos o activos relacionados; c) la adquisición, enajenación, explotación, arrendamiento, administración, inversión, desarrollo, comercialización y disposición, a cualquier título, por cuenta propia o ajena, de derechos de aprovechamiento de aguas, bienes raíces, derechos reales, derechos personales, derechos incorporales, acciones, cuotas, participaciones sociales, concesiones, permisos, autorizaciones, servidumbres y demás bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; d) la elaboración, contratación, coordinación y prestación, directamente o por medio de terceros, de estudios de títulos, análisis de antecedentes registrales, notariales, conservatorios, administrativos, catastrales y tributarios, informes de factibilidad jurídica, técnica, administrativa, comercial, económica y regulatoria, informes de valorización, análisis de disponibilidad, regularización, perfeccionamiento, traslado, cambio de punto de captación, cambio de fuente de abastecimiento, cambio de uso, ejercicio, explotación o transferencia de derechos de aprovechamiento de aguas; e) la prestación de servicios de consultoría, asesoría estratégica, técnica, comercial, documental, administrativa, financiera y de gestión de negocios vinculados a derechos de aprovechamiento de aguas, recursos hídricos, inmuebles, proyectos agrícolas, industriales, sanitarios, inmobiliarios o de inversión; f) la búsqueda, identificación, análisis, evaluación, estructuración, negociación, coordinación y cierre de oportunidades de inversión, adquisición, venta, arriendo, explotación o transferencia de derechos de aprovechamiento de aguas, inmuebles, predios, proyectos o activos relacionados; g) la representación de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, en calidad de mandataria, comisionista, agente, intermediaria, gestora comercial o asesora, para la búsqueda, negociación, estructuración, coordinación y cierre de operaciones sobre los bienes, derechos y activos señalados; h) la celebración de toda clase de actos y contratos preparatorios, complementarios o accesorios necesarios para el cumplimiento del objeto social, incluyendo promesas, opciones, mandatos, contratos de corretaje, contratos de asesoría, contratos de prestación de servicios, contratos de administración, convenios de confidencialidad, cartas de oferta, órdenes de venta, órdenes de compra, encargos de búsqueda, encargos de administración, contratos de colaboración, asociaciones, joint ventures, alianzas comerciales y demás instrumentos relacionados; i) la realización de gestiones documentales, notariales, conservatorias, administrativas, comerciales, bancarias, financieras, tributarias y de coordinación con terceros que sean necesarias o convenientes para el desarrollo de las actividades comprendidas dentro del giro social; j) la inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, derechos, acciones, cuotas, valores mobiliarios, instrumentos financieros, efectos de comercio y participaciones en sociedades, comunidades, asociaciones o entidades de cualquier naturaleza, siempre que ello sea compatible con el objeto social; y k) en general, la realización de todos los actos, contratos, negocios, inversiones, asesorías, servicios y actividades que los socios o la administración estimen necesarios, útiles, complementarios o conducentes para el desarrollo del objeto social.
Capital
Total capital
$1.000.000
Paid-in capital
$1.000.000
Pending capital
$0
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio 18.xxx.xxx-1 | 18.xxx.xxx-1 | 50% | $500.000 |
Nicolás Andrés Schmidt Javalquinto Socio 17.xxx.xxx-2 | 17.xxx.xxx-2 | 50% | $500.000 |
Administrators (2)
Nicolás Andrés Schmidt Javalquinto
Official extract text
Ministerio del Interior MAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN, Abogada, Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Santiago, con oficio en Avenida El Golf número noventa y nueve, oficina ciento uno B, comuna de Las Condes, Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha dieciséis de junio de dos mil veintiséis, otorgada ante mí, Repertorio número cinco mil ciento veintiséis guion dos mil veintiséis, doña MAITE LUCÍA HERRERA LOMBERA, chilena, casada y separada de bienes, abogada, cédula de identidad número 18.018.725-1, y don NICOLÁS ANDRÉS SCHMIDT JAVALQUINTO, chileno, casado y separado de bienes, abogado, cédula de identidad número 17.697.646-2, ambos domiciliados para estos efectos en Napoleón número tres mil doscientos, oficina ochocientos cinco, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, de carácter comercial, regida por la Ley número tres mil novecientos dieciocho, por las disposiciones aplicables del Código de Comercio, por las demás normas legales pertinentes y por las estipulaciones de la escritura extractada. Razón social: La razón social será “Nexo Hídrico Limitada”. La sociedad podrá actuar, usar y contratar bajo dicha razón social o bajo el nombre de fantasía “Nexo Hídrico Ltda.” Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales, oficinas, representaciones, establecimientos o dependencias en otros lugares del país o del extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) la prestación de servicios de corretaje, intermediación, gestión comercial, promoción, administración, representación, mandato, comisión y asesoría comercial en operaciones relativas a derechos de aprovechamiento de aguas, bienes raíces urbanos o rurales, predios agrícolas, industriales, comerciales, proyectos inmobiliarios, agrícolas, sanitarios, energéticos, mineros, industriales o de cualquier otra naturaleza; b) la intermediación, por cuenta propia o ajena, en la compra, venta, promesa de compraventa, permuta, cesión, transferencia, arrendamiento, subarrendamiento, cesión de uso, goce o explotación, constitución de derechos, gravámenes, opciones, mandatos y demás actos o contratos relativos a derechos de aprovechamiento de aguas, inmuebles, derechos reales, derechos personales, servidumbres, concesiones, permisos, autorizaciones, proyectos o activos relacionados; c) la adquisición, enajenación, explotación, arrendamiento, administración, inversión, desarrollo, comercialización y disposición, a cualquier título, por cuenta propia o ajena, de derechos de aprovechamiento de aguas, bienes raíces, derechos reales, derechos personales, derechos incorporales, acciones, cuotas, participaciones sociales, concesiones, permisos, autorizaciones, servidumbres y demás bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; d) la elaboración, contratación, coordinación y prestación, directamente o por medio de terceros, de estudios de títulos, análisis de antecedentes registrales, notariales, conservatorios, administrativos, catastrales y tributarios, informes de factibilidad jurídica, técnica, administrativa, comercial, económica y regulatoria, informes de valorización, análisis de disponibilidad, regularización, perfeccionamiento, traslado, cambio de punto de captación, cambio de fuente de abastecimiento, cambio de uso, ejercicio, explotación o transferencia de derechos de aprovechamiento de aguas; e) la prestación de servicios de consultoría, asesoría estratégica, técnica, comercial, documental, administrativa, financiera y de gestión de negocios vinculados a derechos de aprovechamiento de aguas, recursos hídricos, inmuebles, proyectos agrícolas, industriales, sanitarios, inmobiliarios o de inversión; f) la búsqueda, identificación, análisis, evaluación, estructuración, negociación, coordinación y cierre de oportunidades de inversión, adquisición, venta, arriendo, explotación o transferencia de derechos de aprovechamiento de aguas, inmuebles, predios, proyectos o activos relacionados; g) la representación de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, en calidad de mandataria, comisionista, agente, intermediaria, gestora comercial o asesora, para la búsqueda, negociación, estructuración, coordinación y cierre de operaciones sobre los bienes, derechos y activos señalados; h) la celebración de toda clase de actos y contratos preparatorios, complementarios o accesorios necesarios para el cumplimiento del objeto social, incluyendo promesas, opciones, mandatos, contratos de corretaje, contratos de asesoría, contratos de prestación de servicios, contratos de administración, convenios de confidencialidad, cartas de oferta, órdenes de venta, órdenes de compra, encargos de búsqueda, encargos de administración, contratos de colaboración, asociaciones, joint ventures, alianzas comerciales y demás instrumentos relacionados; i) la realización de gestiones documentales, notariales, conservatorias, administrativas, comerciales, bancarias, financieras, tributarias y de coordinación con terceros que sean necesarias o convenientes para el desarrollo de las actividades comprendidas dentro del giro social; j) la inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, derechos, acciones, cuotas, valores mobiliarios, instrumentos financieros, efectos de comercio y participaciones en sociedades, comunidades, asociaciones o entidades de cualquier naturaleza, siempre que ello sea compatible con el objeto social; y k) en general, la realización de todos los actos, contratos, negocios, inversiones, asesorías, servicios y actividades que los socios o la administración estimen necesarios, útiles, complementarios o conducentes para el desarrollo del objeto social. Capital: El capital de la sociedad es la cantidad de $1.000.000, que los socios aportan en este acto, de la siguiente forma: a) doña Maite Lucía Herrera Lombera aporta la cantidad de $500.000, al contado y en dinero efectivo, correspondiente al cincuenta por ciento del capital social; y b) don Nicolás Andrés Schmidt Javalquinto aporta la cantidad de $500.000, al contado y en dinero efectivo, correspondiente al cincuenta por ciento del capital social. El capital social quedó íntegramente aportado y pagado por los comparecientes e ingresado a caja social. Responsabilidad: La responsabilidad de cada socio queda limitada al monto de sus respectivos aportes, sin que respondan personalmente por las obligaciones sociales más allá de dichos montos. Utilidades y pérdidas: Las utilidades y pérdidas se repartirán entre los socios a prorrata de sus respectivos aportes, salvo acuerdo en contrario. Administración y uso de la razón social: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá conjuntamente a doña Maite Lucía Herrera Lombera y a don Nicolás Andrés Schmidt Javalquinto, quienes deberán actuar anteponiendo la razón social a sus respectivas firmas para obligar válidamente a la sociedad. En consecuencia, ninguno de los administradores podrá actuar separada o individualmente en representación de la sociedad, salvo para actos de mera gestión, tramitación material, obtención de antecedentes o actuaciones administrativas que no importen contraer obligaciones, disponer de bienes sociales, asumir garantías, modificar contratos, efectuar pagos, retiros o transferencias de fondos, ni comprometer patrimonialmente a la sociedad. Los administradores, actuando conjuntamente por la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas, tendrán las facultades de administración, representación, disposición y ejecución establecidas en la escritura extractada. Duración: La sociedad comenzará a regir a partir de la fecha de la escritura extractada y tendrá una duración de cinco años, renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de poner término a la misma mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 19 de junio de 2026. MAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN, Notario Público Interino.-
Recent filings
- CONSTITUCIÓN
Nexo Hídrico Limitada
CVE 2830153
